PGN - RESOLUCION - Por la cual se modifica la resolución 048 del 25 de febrero de 2009
Procuraduría General de la Nación
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Detalles
- Título
- PGN - RESOLUCION - Por la cual se modifica la resolución 048 del 25 de febrero de 2009
- Autor
- Procuraduría General de la Nación
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Disciplinario
- Año
- 2009
Ésta MODIFICA la Resolución 48 del 2.009 RESOLUCIÓN NÚMERO 1031 ( ) 3 0 MAR. 2009 “Por la cual se modifican la Resolución No. 048 del 25 de febrero de 2009” El Procurador General de la Nación, en uso de sus atribuciones constitucionales y legales, y CONSIDERANDO Que mediante Resolución No. 048 del 25 de febrero de 2009 se ordenó en su artículo 1? que la actividad conciliatoria extrajudicial en asuntos de lo contencioso administrativo en los términos del artículo 13 de la Ley 1285 de 2009, estará a cargo de los siete (7) Procuradores Delegados ante el Consejo de Estado en los procesos de única instancia que se surtan ante esa Corporación, de los cincuenta y cinco (55) Procuradores Judiciales Il para Asuntos Administrativos que actúan ante los Tribunales Administrativos en la capital de cada departamento, y de los cincuenta y cinco (55) cincuenta y cinco (55) Procuradores Judiciales | que actúan ante los Juzgados Administrativos del Circuito de cada Distrito Judicial del país. Que en el parágrafo primero del artículo primero de la citada Resolución, se señaló que el trámite de las solicitudes de conciliación extrajudicial cuyos asuntos sean de conocimiento de los Juzgados Administrativos serán de competencia de los Procuradores Judiciales |, a quienes corresponderá su atención, quedando habilitados para actuar como Agentes del Ministerio Público ante dichos juzgados para efectos del control de legalidad de los acuerdos conciliatorios extrajudiciales tramitados en sus despachos, en los términos del
artículo 4 del Decreto 2511 de 1998. Que en el artículo quinto de la Resolución No. 048 del 25 de febrero de 2009 dispuso que dicha medida entraría a regir a partir del primero (1%) de abril del presente año. Que por dificultades de índole logístico relacionadas con la necesidad de la adecuación de instalaciones para la recepción de las solicitudes de conciliación y salas de audiencia para adelantar los trámites conciliatorios y la falta de dotación completa de equipos de oficina, cómputo e impresoras para los Procuradores Judiciales | para Asuntos Administrativos de todo el país, se hace necesario retrasar la entrada en vigencia de la Resolución mencionada. Por lo anteriormente expuesto, el Procurador General de la Nación en uso de sus facultades constitucionales y legales, RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO: Vigencia. La entrada en vigencia de lo dispuesto por el parágrafo primero del artículo primero de la Resolución No. 048 del 25 de febrero de 2009, será a partir del quince (15) de mayo del presente año. Publíquese y Cúmplase +. _, —_—
ALEJANDRO ORDÓÑEZ MALDONADO
Prócurador General de la Nación RASV/LAPV/LAM oh