PGN - RESOLUCION - Por medio de la cual se acepta una renuncia a una licencia ordinaria

Procuraduría General de la Nación

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Detalles

Título
PGN - RESOLUCION - Por medio de la cual se acepta una renuncia a una licencia ordinaria
Autor
Procuraduría General de la Nación
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Disciplinario
Año
—

RESOLUCION NUMERO 0029 (30 ENE. 2001 ) Por medio de la cual se acepta una renuncia a una licencia ordinaria. EL PROCURADOR GENERAL DE LA NACIÓN en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las señaladas en los artículos 113 y 115 del Decreto 262 de 2000, y CONSIDERANDO: Que mediante Resolución No. 304 del 29 de agosto de 2000, se le concedió licencia ordinaria no remunerada a partir del 11 de enero de 2001 y hasta el 10 de abril del mismo año, a la doctora ROSA MYRIAM PINZON MARROQUIN, quien se identifica con la cédula de ciudadanía 26.617.848 de Bogotá, en su condición de Coordinador Administrativo, Código 3CA, Grado .17 de la Procuraduría Regional de Caquetá, por las razones expuestas en la parte motiva de la providencia mencionada; Que según escrito del 29 de enero de 2001, recibido vía fax, la mencionada servidora comunica con anticipación su decisión de renunciar a la licencia ordinaria no remunerada y reintegrarse a sus labores, a partir del 1 de febrero de 2001; Que de conformidad con el articulo 115 del Decreto 262 de 2000, la licencia ordinaria no remunerada es renunciable por el beneficiario, mediante escrito con tres (3) días de anticipación a la fecha que estima reincorporarse al servicio; Que en mérito de lo expuesto

RESUELVE.

ARTÍCULO PRIMERO: Aceptar la renuncia a la licencia ordinaria no remunerada, otorgada mediante Resolución No 304 del 29 de agosto de 2000, a la doctora ROSA

MYRIAM PINZON MARROQUIN, quien se identifica con la cédula de ciudadanía 26,617.848 de Bogotá, Coordinador Administrativo, Código 3AC, Grado 17, de la Procuraduría Regional de Caquetá, a partir del 1 de febrero de 2001, por las razones expuestas en la parte motiva de esta providencia.

ARTÍCULO SEGUNDO: Comunicar la presente resolución por intermedio de la División de Gestión Humana a la interesada y a las dependencias competentes de la Entidad, ARTÍCULO TERCERO: La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Santa fe de Bogotá, D.C, a los 3O ENE. 2001

EDGARDO JOSÉ MAYA VILLAZÓN

Procurador General de la Nación

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