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PGN - RESOLUCION - Por medio de la cual se aclara la resolución n. 328 del 24 de agosto de

Procuraduría General de la Nación

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Detalles

Título
PGN - RESOLUCION - Por medio de la cual se aclara la resolución n. 328 del 24 de agosto de
Autor
Procuraduría General de la Nación
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Disciplinario
Año

RESOLUCION NÚMERO 341 (- 6 SET. 2005) Por medio de la cual se aclara la Resolución N. 328 del 24 de agosto de 2005 EL PROCURADOR GENERAL DE LA NACIÓN En ejercicio de las facultades constitucionales y legales, especialmente las conferidas en el articulo 7 del Decreto Ley 262 de 2000, y

CONSIDERANDO

1. Que la Procuraduría General de la Nación se encuentra adelantando el proceso de selección de personal de 2004, basado en el mérito de los participantes, circunstancia que exige la aplicación permanente de principios tales como transparencia y eficacia.

2. Que mediante la Resolución N. 328 del 24 de agosto de 2005, se dejo sin efectos y se ordenó repetir la prueba de entrevistas realizada dentro de las convocatorias N. 2004 -025, 2004 -026, - 2004 -052, 2004 -057, 2004 -058 y 2004 -079 en las ciudades señaladas en el numeral 4º de los antecedentes del mencionado acto administrativo.

3. Que esa decisión fue adoptada, teniendo en cuenta que como jurado calificador de la entrevista no participo el jefe de la dependencia del cargo a proveer, circunstancia que afectó la legalidad del mismo conforme a lo dispuesto en el artículo 204 del Decreto 262 de 2000, y

4. Que los actos administrativos proferidos y etapas del concurso surtidos con posterioridad a la realización de entrevistas, especialmente los relativos a la prueba de análisis de antecedentes, se encuentran conforme a derecho y gozan de la presunción de legalidad,

Oficina de Selección y Carrera Ext.: 12315

Carrera 5 No. 15-80 Piso 23 Pbx: 3360011-3520066 www.procuraduria.gov.co RESUELVE ARTÍCULO UNICO. ACLARAR que mediante la Resolución N. 328 del 24 de agosto de 2005, se deja sin efectos y se ordena repetir UNICAMENTE la prueba de entrevistas y los actos administrativos relativos a las mimas, y solo dentro de las convocatorias N. 2004 - 025, 2004 -026, 2004 -052, 2004 -057, 2004 -058 y 2004079 en las ciudades señaladas en el numeral 4º de los antecedentes del mencionado acto administrativo. La presente rige a partir de la fecha y contra la misma no procede recurso alguno. 6 SET. 2005

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

EDGARDO JOSÉ MAYA VILLAZÓN

Procurador General

RBG/PPR

Oficina de Selección y Carrera Ext.: 12315 Carrera 5 No. 15-80 Piso 23 Pbx: 3360011-3520066 www.procuraduria.gov.co

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