PGN - RESOLUCION - Por medio de la cual se actualiza el plan de enajenación onerosa
Procuraduría General de la Nación
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Detalles
- Título
- PGN - RESOLUCION - Por medio de la cual se actualiza el plan de enajenación onerosa
- Autor
- Procuraduría General de la Nación
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Disciplinario
- Año
- —
Da aal lcancea la la ReRseosloulucciióó n 108 de 2007 P GR EO NC EU RR ADEA LD L AU RIANACI 18 mn 11259 RES ro "Por medio de la cual se actualiza el Plan de Enajenación Onerosa” EL PROCURADOR GENERAL DE LA NACIÓN En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las conferidas en el numeral 72 del Artículo 72 del Decreto Ley 262 del 22 de febrero de 2000, la ley 708 de 2001, los artículos 12 y 22 del Decreto 4637 del 5 de diciembre de 2008, y los Artículos 7 y 82 del Decreto 3297 de septiembre 5 de 2009, CONSIDERANDO: Que el Decreto No. 4637 de diciembre 5 de 2008, modificado por el Decreto 3297 de septiembre 5 de 2009, disponen que las entidades públicas del orden nacional de carácter no financiero que hagan parte de cualquiera de la Ramas del Poder Público, .«así como los órganos autónomos e independientes, deberán adoptar o actualizar los Planes de - Enajenación Onerosa mediante acto administrativo dentro de los tres primeros meses de cada vigencia fiscal, suscrito por el Representante Legal de la respectiva entidad pública, donde se realiza una identificación de sus bienes inmuebles fiscales que no tienen vocación para la construcción de vivienda de interés social, que no los requiere la entidad para el desarrollo de sus funciones, así como aquellos que no han sido solicitados por otras entidades para el desarrollo de programas contemplados en el Plan Nacional de Desarrollo, y
los que se encuentran incluidos en el artículo 3 ibídem. Que en los Planes de Enajenación Onerosa se deben identificar los inmuebles, señalando el municipio o distrito donde se localizan; su ubicación exacta; el número de folio de matrícula inmobiliaria; el avalúo comercial vigente; el uso del suelo; el área del terreno en metros cuadrados, la constitución o no de gravámenes, limitaciones al dominio, querellas y litigios pendientes, la existencia de contratos que afecten dichos inmuebles, así como de ocupantes y el estado de impuestos, tasas y contribuciones que recaigan sobre los bienes inmuebles. Que los bienes inmuebles que se incorporen dentro de los Planes de Enajenación Onerosa, deberán enajenarse de conformidad con lo establecido en la Ley 80 de 1993, Ley 1150 de 2007, Decreto 2474 de 2008, Decreto 4444 de 2008, Decreto 4637 de 2008, Decreto 3297 de - 2009 y las normas que los adicionen o modifiquen. Que el acto mediante el cual se adopta o actualiza el Plan de Enajenación Onerosa deberá publicarse en la página web de la entidad y en un diario de amplia circulación nacional dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a su expedición, y enviarse copia a Central de Inversiones S.A. - CISA, dentro de los diez (10) días siguientes a su publicación. Que la Procuraduría General de la Nación adoptó mediante Resolución No. 108 de fecha 30 de abril de 2007, el Plan de Enajenación Onerosa de los bienes inmuebles fiscales de la
entidad que no requería para el desarrollo de sus funciones y cumplían con las condiciones exigidas en las normas mencionadas. Que el Plan de Enajenación Onerosa adoptado mediante Resolución No. 108 de 2007, fue publicado en el Diario Oficial No. 46.625 el día 11 de mayo de 2007 y en la página web de la 0043 e | RESOLUCION NÚMERO | e 1 259. ( 26 MAR "Por medio de la cual se actualiza el ci de Enajenación Onerosa” entidad (www.procuraduría.gov.co), el día 23 de mayo de 2007. De igual forma se remitió copia de la Resolución No. 108 de 2007 a la Secretaría Técnica de la Comisión Intersectorial de Gestión de Activos Fijos Públicos del Departamento Nacional de Planeación, la cual fue publicada el día 14 de junio de 2007. Que en el Plan de Enajenación Onerosa adoptado, se incluyeron unos inmuebles que no se . vendieron (Oficinas 601 y 602 del Edificio Estudiante, ubicado en la Calle 17 No. 6-107 de Ipiales; y Unidad 2 del Edificio San Francisco, ubicado en la calle 14 No. 9-49 Piso 2 de San Gil). Que la Procuraduría General de la Nación tiene otros bienes inmuebles adicionales a los' incluidos en el Plan de Enajenación Onerosa adoptado mediante Resolución No. 108 de 2007, que no requiere para el desarrollo de sus funciones, y cumplen con las condiciones exigidas en las normas mencionadas. Que la Procuraduría General de la Nación es propietaria de las oficinas 201, 202, 203, 204,
205, 206, 207, 208 y 209 de la carrera. 10 No. 6-15 de la ciudad de Barrancabermeja (Santander); de la unidad 2 de la calle 14 No. 9-49 piso 2 del Edificio San Francisco de San Gil (Santander); es propietaria de las oficinas 601 y 602 de la calle 17 No. 6 — 107 Edificio El Estudiante de la ciudad de Ipiales (Nariño) y de la casa ubicada en la carrera 7 No. 15 — 74 de Tumaco (Nariño). - : Que frente a los precitados bienes el Grupo de inmuebles de la Procuraduría, en cumplimiento de lo señalado en el artículo 5 de la Resolución 355 de 2000, conceptúo que no existen limitaciones de dominio ni gravámenes vigentes que le impidan enajenarlos. Que los referidos bienes inmuebles fiscales no tienen vocación para la construcción de vivienda de interés social, la entidad que no los requiere para el desarrollo de sus funciones, no han sido solicitados por otras entidades para el desarrollo de programas contemplados en el Plan Nacional de Desarrollo, no se encuentran en las circunstancias previstas en el artículo 3 del Decreto 4637 de 2008, y no son objeto de procedimientos administrativos agrarios, de conformidad con los conceptos emitidos por el Grupo de Inmuebles y los documentos aportados por la División Administrativa de la Procuraduría General de la Nación. Que los citados bienes tienen avalúo vigente a la fecha de adopción del presente plan. En merito de lo expuesto, este Despacho RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO: Actualizar el Plan de Enajenación Onerosa de la Procuraduría
General de la Nación para la vigencia 2010, con los siguientes bienes inmuebles, que se enajenarán de acuerdo con lo establecido en la Ley 80 de 1993, Ley 1150 de 2007, Decreto y 2 de 4
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RESOLUCION NÚMERO ( 26 MAR 208 ) "Por medio de la cual se actualiza el Plan de Enajenación Onerosa” 2474 de 2008, Decreto 4444 de 2008, Decreto 4637 de 2008, Decreto 3297 de 2009 y las normas que los adicionen o modifiquen: M2
INMUEBL ; AY USO DEL | TERREN AFECTA No| CIUDAD E DIRECCIÓN MATRÍCULA | AVALUO ($) SUELO O/CONS CIONES
T. Oficina Carrera 10 + T 61.085,37 1 201 15 303-29409 24.408.000 124,5 2 Oficina 202: | Carrera 10 + T 6-15 | 303-29410 24.597.000 a BARRANCA - 1.085 37 No tienen 3 | BERMEJA | Oficina 203 .| Carrera 10 +t T 6-15 303-29411 20.317.500 " 120 4 constitución o Actividad 1.085 37 de 4 Oficina 204 | Carrera 10 + T 6-15 | 303-29412 20.317.500 múltiple, /20, 4 | gravámenes, 5 OfiQcsi na 205 | Carrera 104 T 6-15 | 303-29413 | 20.929.500| suureblaon o, 1.08 /5 2, 13 07 l a| ll imita dc oi mo in ne is o ,
6 Oficina 206 | Carrera 10 + T6-15 | 303-29414 31.648.500 292 1.085,37 | querellas y comercial / 31,8 | litigios 7 Oficina 207 | Carrera 104 T6-15 | 303-29415 19.098.000 1.085,37 | pendientes. an /192|No existen 8 Oficina 208 | Carrera 104 T6-15 | 303-29418 | 23.202.000 Depp contratos 1065 37 que afecten 9 Oficina 209: | Carrera 10 Ht T 6-15 303-29417 22.243.500 y ' 2) 3 dichos — Comercial ¿5 inmuebles. Calle 14 4 9-49 suelo ' 326.60 / No tienen 10 SAN GIL Unidad 2 pSani so 2F ranci Edificio 319-17998 96.448.750 urbano, zona 16y 1,25 | Ocupantet s. an Francisco centro Están al día Calle 17 Ht 6 - 107 194.00 / en 11 Oficina 601 .| Edificio El 244-32136 43.574.100 | Actividad 90 82 impuestos, IPIALES Estudiante mixta, suelo Ñ tasas o y o Calle 17 6-107 urbano, zona 194.00 / contribucion 12 Oficina 602 | Edificio El 244-32137 47.189.300 | comercial 98 43|es _ Estudiante ? Actividad Casa , , 165, 75/ 13 TUMACO 2 pisos Carrera 7 4 15-74 252-0009-508 40.360.000 | residencial, 210,50 suelo urbano
ARTICULO SEGUNDO: Publicar la presente resolución en la página web de la Entidad
(www.procuraduría.gov.co) y en un diario de amplia circulación nacional, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a su expedición.
ARTÍCULO TERCERO: Enviar copia de la presente resolución a Central de Inversiones S.A. - CISA, dentro de los diez (10) días siguientes a su publicación. £ ARTICULO CUARTO: Comunicar la presente resolución a la Secretaría General, la División Administrativa y la División Financiera de la Procuraduría General de la Nación.
ARTICULO QUINTO: La ejecución del Presente Plan de enajenación Onerosa estará a cargo de la División Administrativa, de conformidad con lo señalado en la Resolución 322 de 2009. 3 de 4 eau RL OELANACIÓ RESOLUCION NÚMERO .125 q ( 26 MAR 20 "Por medio de la cual se actualiza el Man da e Enajenación Onerosa” - ARTÍCULO SEXTO. El presente acto administrativo rige a partir de su publicación.
Dada en Bogotá, D. C., 2105, 440 2010
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE +.- rro
ALEJÁNDRO ORDÓÑEZ MALDONADO Pfocurador General de la Nación o me VB José Pablo Santamaría Patiño - Secretario eral pr Pe Ja) Samuel Ricardo Perea Donado - Jete Oficina Jurídica
Proyectó: Manuel Enrique Tinoco García - Asesor División Administrativa
Revisó: — Bivlana Aguillón Mayorga — Asesora Oficina Jurídica Diana Patricia Velandia Castro — Asesora Secretaría General 4 de 4