PGN - RESOLUCION - Por medio de la cual se adopta el plan de contingencias logísticas de l
Procuraduría General de la Nación
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Detalles
- Título
- PGN - RESOLUCION - Por medio de la cual se adopta el plan de contingencias logísticas de l
- Autor
- Procuraduría General de la Nación
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Disciplinario
- Año
- —
RESOLUCIÓN NÚMERO 377 (18 DIC. 2006) Por medio de la cual se adopta el Plan de Contingencias Logísticas de la Procuraduría General de la Nación El PROCURADOR GENERAL DE LA NACIÓN En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas en el numeral 7 y 41 del artículo 7 del Decreto 262 de 2000, y CONSIDERANDO Que con el fin de dar cumplimiento a la Ley 87 de 1993, artículo 2, literales a y f, en cuanto a la protección de los recursos de la organización, buscando su adecuada administración ante posibles riesgos que los afecten así como la definición y aplicación de medidas para prevenir los riesgos; detectar y corregir las desviaciones que se presentan en la organización y que puedan afectar el logro de sus objetivos. Que consecuencia de los anterior se hace necesario contar con instrumentos que permitan delimitar funciones, actividades y responsabilidades entre las distintas dependencias de la entidad, para que de forma conjunta y coordinada actúen ante la presencia o inminencia de algún agente perturbador que ponga en riesgo a los funcionarios de la Procuraduría General de la Nación, los procesos administrativos o estructura física que no permitan el cumplimiento de las funciones asignadas a la Entidad, Que el Decreto 262 de 2000 en su artículo 11, numeral 6 asignó a la Oficina de Planeación el diseño del Plan de Contingencias Logísticas. Que de conformidad cono lo expuesto en el artículo 7, numeral 7 del Decreto 262 de 2000 es función del Procurador General de la Nación, "Expedir los actos administrativos, órdenes, directivas y circulares que sean necesarios para el
funcionamiento de la entidad y para desarrollar las funciones atribuidas por le ley". Que en merito de lo expuesto, RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO. Adóptese para la PGN el Plan de Contingencias Logísticas de la Procuraduría General de la Nación. ARTÍCULO SEGUNDO. La actualización del Plan de Contingencias Logísticas y su difusión será responsabilidad de la Oficina de Planeación de la Procuraduría General de la Nación. Esta actualización se realizará anualmente, ARTÍCULO TERCERO. La responsabilidad de la ejecución del Plan de Contingencias Logísticas de la Entidad, estará a cargo de las dependencias que se relacionan en dicho plan. ARTÍCULO CUARTO. La Oficina de Control Interno de la Procuraduría General de la Nación se encargará de vigilar la ejecución del Plan de Contingencias Logísticas, adoptado en la presente resolución. ARTÍCULO QUINTO. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación Dada en Bogotá, D. C., a los 18 DIC. 2006
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
EDGARDO JOSE MAYA VILLAZON
Procurado General de la Nación