PGN - RESOLUCION - Por medio de la cual se aprueba y adopta el plan de desarrollo informát
Procuraduría General de la Nación
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Detalles
- Título
- PGN - RESOLUCION - Por medio de la cual se aprueba y adopta el plan de desarrollo informát
- Autor
- Procuraduría General de la Nación
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Disciplinario
- Año
- —
RESOLUCIÓN NÚMERO 350 (27 NOVIEMBRE 2006) Por medio de la cual se aprueba y adopta el Plan de Desarrollo Informático de la Entidad 2006 -2008 EL PROCURADOR GENERAL DE LA NACIÓN En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial la consagrada en el numeral 7° del Artículo 7° del Decreto 262 de 2000, y
CONSIDERANDO
1. Que de conformidad con lo normado por el numeral 7° del Articulo 7 del Decreto 262 de 2000, corresponde al Procurador General de la Nación "Expedir los actos administrativos, órdenes, directivas y circulares que sean necesarios para el funcionamiento de la Entidad y para desarrollar las funciones atribuidas por la ley".
2. Que el numeral 4° del Artículo 16 del Decreto 262 de 2000 señala como función de la Oficina de Sistemas de la Entidad "Elaborar, en coordinación con la Oficina de Planeación, el Plan de Desarrollo Informático de la Entidad, y someterlo a consideración del Procurador General de la Nación."
3. Que revisado el Plan de Desarrollo Informático de la Entidad, se encuentra que este se encuentra ajustado a los últimos proyectos derivados del Programa de Modernización PGN -BID; que es acorde a los objetivos estratégicos de la Procuraduría y refleja la integración de los proyectos de desarrollo y tecnologías de información requeridos por esta.
4. Que el Plan de Desarrollo Informático de la Entidad 2006 -2008 sometido a consideración del Procurador General de la Nación se encuentra ajustado con las directrices estratégicas de la Entidad.
RESUELVE
Artículo Primero: Aprobar y adoptar el Plan de Desarrollo Informático de la Procuraduría General de la Nación, para la vigencia 2006 -2008, el cual se encuentra en documento anexo y hace parte integral de la presente Resolución.
Artículo Segundo: La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición,
Dada en Bogotá D.C., a los 27 NOV. 2006
PUBLÍQUESE y CÚMPLASE
EDGARDO JOSÉ MAYA VILLAZÓN
Procurador General de la Nación