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PGN - RESOLUCION - Por medio de la cual se asignan unas funciones a la procuraduría tercer

Procuraduría General de la Nación

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Detalles

Título
PGN - RESOLUCION - Por medio de la cual se asignan unas funciones a la procuraduría tercer
Autor
Procuraduría General de la Nación
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Disciplinario
Año

PROCURADOR 180. _ o A

Procurador General deja Nació , RESOLUCIÓN No. 10 MAY 2010 “Por la cual se asignan unas funciones a la Procuraduría Tercera Delegada ante el Consejo de Estado ” EL PROCURADOR GENERAL DE LA NACIÓN En ejercicio de sus funciones constitucionales y legales, en especial, las conferidas en el artículo 277 numeral 7 de la Carta Política, los numerales 7, 8 y parágrafo del artículo 7 del Decreto 262 de febrero 22 de 2000,

PA CONSIDERANDO: Que el Procurador General de la Nación puede ejercer por sí las funciones señaladas en el artículo 277 de la Constitución Política, o delegarlas en cualquier servidor público o dependencia de la entidad, de conformidad con el inciso primero del parágrafo único del artículo 7 del Decreto 262 de febrero 22 de 2000.

Que el Procurador General de la Nación puede expedir los actos administrativos que sean necesarios para desarrollar las funciones atribuidas por la ley, de conformidad con la facultad prevista en el artículo 7 del Decreto 262 de 2000. Que es función del Procurador General de la Nación distribuir las funciones y competencias atribuidas en la Constitución o la ley a la Procuraduría General de la Nación, entre las dependencias y servidores de la entidad, atendiendo los criterios de especialidad, jerarquía y calidades de las personas investigadas, cada vez que las necesidades del servicio lo requieran. Que el Procurador General de la Nación mediante Decreto No. 2348 del 16 de octubre de 2009, designó al doctor CARLOS ARTURO RAMÍREZ VÁSQUEZ como Procurador Delegado para la Vigilancia Judicial y la Policía

Judicial, dependencia esta última que ejerce las funciones de Ministerio Público en los procesos disciplinarios que adelante la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura contra los funcionarios de la Rama Judicial, en los términos del artículo 89 del Código disciplinario Único, conforme a lo señalado en la Resolución No. 102 del 6 de febrero de 2003 expedida por el Procurador General de la Nación. Que el doctor CARLOS ARTURO RAMÍREZ VÁSQUEZ, se desempeñó como Magistrado de la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura y en ejercicio de sus funciones, en algunos expedientes o asuntos de esa Corporación disciplinaria ha actuado y ha manifestado su opinión.

CROCURADURIA 193 m'

1S0 7733] 10 MAY 2010 e Que eventualmente y en el ejercicio de las funciones del doctor CARLOS ARTURO RAMÍREZ VÁSQUEZ como Procurador Delegado para la Vigilancia Judicial y la Policía Judicial y agente del Ministerio Público ante la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura, le corresponde notificarse, actuar o conceptuar en los expedientes disciplinarios seguidos contra funcionarios de la Rama Judicial. Que a efectos de mantener la imparcialidad que se exige a los servidores públicos que intervienen en las distintas actuaciones, en defensa de los intereses de la sociedad, se hace necesario separar del conocimiento al doctor CARLOS ARTURO RAMÍREZ VÁSQUEZ, en su calidad de Procurador Delegado para la Vigilancia Judicial y la Policía Judicial en

aquellos asuntos en los cuales haya actuado o manifestado su opinión o voto cuando se desempeñó como Magistrado de la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura y en su lugar asignar la función de intervención de Ministerio Público como sujeto procesal, señalada en la citada Resolución No. 102 del 6 de febrero de 2003 a otra dependencia o procuraduría delegada de la entidad. Que mediante Resolución No. 403 del 1% de diciembre de 2009 se había designado a la doctora ANA MARÍA GARZÓN BOTERO, en su condición de Procuradora Segunda Delegada para la Casación Penal y quien actualmente no labora en la entidad, por lo que se hace necesario designar para ello a otro despacho o dependencia de la entidad. - En mérito de lo expuesto, el Procurador General de la Nación, en ejercicio de sus facultades legales, RESUELVE: PRIMERO: Separar al doctor CARLOS ARTURO RAMÍREZ VÁSQUEZ del conocimiento y actuación como agente del Ministerio Público de los asuntos que se tramitan en la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura contra funcionarios de la Rama Judicial en los cuales haya intervenido o manifestado su opinión cuando se desempeñó como Magistrado de esa Corporación judicial disciplinaria.

SEGUNDO: Asígnese al doctor FERNANDO BRITO RUIZ, en su calidad de Procurador Tercero Delegado ante el Consejo de Estado, la competencia para intervenir como Ministerio Público y sujeto procesal en los procesos disciplinarios que adelante el Consejo Superior de la Judicatura, contra los

funcionarios de la Rama Judicial, en los cuales el doctor CARLOS ARTURO RÁMIREZ VÁSQUEZ haya actuado o manifestado su opinión.

TERCERO: Comunicar y notificar de esta determinación al doctor CARLOS ARTURO RAMÍREZ yg Procurador Delegado para la Vigilancia Judicial y la Policía Judicial, al Procurador Tercero Delegado ante el Consejo de Estado, al igual que a la Secretaría Judicial de la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura para los fines pertinentes.

CUARTO: La presente Resolución deroga y deja sin efectos la resolución No. 403 del 1 de diciembre de 2009.

QUINTO: La presente Resolución rige a partirde la fecha de su expedición.

Dada en Bogotá D.C. a los . .. 1 0 MAY 2010

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Se Pa

ALEJANDRO ORDOÑEZ MALDONADO

Prócurador General de la Nación

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