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PGN - RESOLUCION - Por medio de la cual se comisiona para la práctica de pruebas

Procuraduría General de la Nación

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Detalles

Título
PGN - RESOLUCION - Por medio de la cual se comisiona para la práctica de pruebas
Autor
Procuraduría General de la Nación
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Disciplinario
Año

RESOLUCION NÚMERO 032 (13 FEBRERO 2009) Por medio de la cual se comisiona para la práctica de pruebas EL PROCURADOR GENERAL DE LA NACIÓN En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas por el articulo 7° del Decreto Ley 262 de 2000, y en cumplimiento a los principios consagrados en el artículo 209 de la Carta Política CONSIDERANDO: Que mediante providencia del 14 de noviembre de 2008 se creó la Comisión Especial integrada por los titulares de las Procuradurías Delegadas para la Economía y la Hacienda Pública, Delegada para Ministerio Público en Asuntos Penales y la Dirección de Investigaciones Especiales, con el fin de verificar las actuaciones de los diferentes funcionarios del Estado, en especial de las Super intendencias Financiera y de Sociedades, la Unidad de Información y Análisis Financiero y la Unidad Administrativa Especial de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales DIAN, en relación con la situación presentada en distintas regiones del país por presunta captación masiva e ilegal de recursos económicos del público. Que conforme a lo establecido en el numeral 5 del artículo 10 del Decreto 262 de 2000, considera este Despacho conveniente que sea la Dirección Nacional de Investigaciones Especiales la que practique las pruebas que estime necesarias dentro de las presentes diligencias, teniendo en cuenta que las funciones de policía judicial que le fueron asignadas y el personal especializado con que cuenta, le permitirá actuar con la diligencia y efectividad que el caso amerita. En mérito de lo expuesto, RESUELVE: ARTICULO 1°. COMISIONAR a la Dirección de Investigaciones Especial para que

practique las pruebas que considere necesarias dentro de las presentes diligencias iniciadas con el fin de verificar las actuaciones de los diferentes funcionarios del Estado, en relación con la captación masiva e ilegal de recursos económicos. ARTICULO 2°. Remítase a la Dirección de Investigaciones toda la documentación recaudada, para que se de cumplimiento a la comisión conferida.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

ALEJANDRO ORDOÑEZ MALDONADO

Procurador General de la Nación

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