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PGN - RESOLUCION - Por medio de la cual se concede prórroga para tomar posesión de un carg

Procuraduría General de la Nación

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Detalles

Título
PGN - RESOLUCION - Por medio de la cual se concede prórroga para tomar posesión de un carg
Autor
Procuraduría General de la Nación
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Disciplinario
Año

RESOLUCION NUMERO 122 ( 2 MAYO 2001 ) Por medio de la cual se concede prórroga para tomar posesión de un cargo EL PROCURADOR GENERAL DE LA NACION en ejercicio de sus atribuciones legales, y en especial de las conferidas en el numeral 7 del artículo 7 y parágrafo del articulo 84 del decreto 262 del ano 2000, y CONSIDERANDO Que mediante Decreto 381 de marzo 23 de 2001, el señor Procurador General de la Naci6n, nombró al doctor DARIO ALFONSO BOTERO ARANGO, quien se identifica con la CC. No. 17.044.557 de Bogotá, en el cargo de Procurador Delegado Sala Disciplinaria, Código OPD, Grado EA. Que el doctor BOTERO ARANGO, mediante escrito del 23 de marzo del presente año, solicitó ampliación por quince (15) dias más del término para tomar posesión del cargo de Procurador Delegado Sala Disciplinaria, toda vez que aún no se ha designado el Magistrado que lo reemplazara en el Tribunal Superior de Bogotá. Que el parágrafo del artículo 84 del Decreto 262 de 2000 establece que " el término para la posesión podrá ser prorrogado por el nominador por una sola vez hasta por treinta (30) dias, siempre que se considere justa la causa invocada y que la solicitud se formule antes del vencimiento del término inicial". Que en mérito de lo expuesto, RESUELVE: ARTICULO PRIMERO: Prorrogar hasta el veintid6s (22) de mayo de 2001, el termino para tomar posesión en el cargo Procurador Delegado Sala Disciplinaria, Código OPD, Grado EA, al doctor DARIO ALFONSO BOTERO ARANGO, quien se identifica

con la C.C. No. 17.044.557 de Bogotá, por las razones expuestas en la parte motiva de este proveído ARTICULO SEGUNDO: Comunicar la presente resolución por intermedio de la División de Gestión Humana al interesado y a las dependencias competentes de la Entidad.

ARTICULO TERCERO: La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

COMUNÍQUESE Y CUMPLASE

Dada en Bogotá, D.C., a los 2 MAYO 2001

EDGARDO JOSÉ MAYA VILLAZÓN

Procurador General de la Nación

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