PGN - RESOLUCION - Por medio de la cual se conceden unas comisiones de servicios

Procuraduría General de la Nación

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Detalles

Título
PGN - RESOLUCION - Por medio de la cual se conceden unas comisiones de servicios
Autor
Procuraduría General de la Nación
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Disciplinario
Año
—

RESOLUCION NUMERO 3 1 4 ( 2 0 SEP. 2002 ) Por medio de la cual se conceden unas Comisiones de servicios EL PROCURADOR GENERAL DE LA NACIÓN en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las señaladas en el numerales 7 y 54 del artículo 7, numeral 2 del artículo 17, en concordancia con los artículos 94, 107 y 108 del Decreto 262 de 2000, y CONSIDERANDO: Que de conformidad con los artículos 94, 107 y 108 del decreto 262 de 2002, es procedente autorizar comisión de servicio a los servidores de la entidad para asistir a seminarios que interesen a la Procuraduría General de la Nación, y si la comisión ha de cumplirse en el exterior, el término de duración incluirá además el necesario para el traslado; Que de acuerdo con lo dispuesto por el parágrafo del artículo 108 del citado decreto, al vencimiento de la comisión, las servidoras comisionadas deberán rendir un informe de sus actividades ante su superior inmediato; Que las doctoras LUZ MARLENY CHAVARRO DE NAMEN, c.c 41.450.634, Procuradora Judicial II de Familia con sede en Valledupar, MARIA FANNY BARRAGAN AVILA, Procuradora Judicial II de Familia con sede en Ibagué, y MARIA VICTORIA GRANADOS DE MANOTAS, c.c 33.170.016, Procurador Judicial II de Familia, con sede en Sincelejo, solicitaron Comisión para asistir al CONGRESO INTERNACIONAL DE DERECHO DE FAMILIA, en la Habana (Cuba), del 23 al 27 de

septiembre de 2002; Que las Comisión de Servicios autorizadas, no dará lugar al pago de viáticos y gastos de transporte, de acuerdo con lo previsto por el artículo 95 del decreto 262 de 2000; Que en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO: Conceder Comisiones de Servicio a las doctoras LUZ

MARLENY CHAVARRO DE NAMEN, C.c 41.450.634 de Bogotá, Procuradora 29 Judicial II de Familia, 3PJ, Grado EC, con sede en Valledupar, MARIA FANNY BARRAGAN AVILA, c.c. No. 28.813.605, Procuradora Judicial 14 II de Familia, 3PJ, Grado EC, con sede en la ciudad de Ibagué, y MARIA VICTORIA GRANADOS DE MANOTAS, c.c 33.170.016, Procuradora Judicial 27 II de Familia, con sede en Sincelejo, del 22 al 28 de septiembre de 2002, dadas las razones expuestas en la parte motiva de esta providencia; ARTÍCULO SEGUNDO: Durante las comisiones no se reconocerán viáticos, gastos de transporte y alojamiento.

ARTICULO TERCERO: Comunicar la presente resolución, por intermedio de la División de Gestión Humana, a las interesadas, haciéndoles saber su deber de presentar un informe sobre las actividades cumplidas durante la Comisión, a su superior inmediato, y a los Grupos de Nómina, y Hojas de Vida.

ARTICULO CUARTO: La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición,

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Santa fe de Bogotá, D.C, a los 2 0 SEP 2002

EDGARDO JOSÉ MAYA VILLAZÓN

Procurador General de la Nación

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