PGN - RESOLUCION - Por medio de la cual se decide sobre una petición de revocatoria direct
Procuraduría General de la Nación
Descargar PDF
Disponible
Detalles
- Título
- PGN - RESOLUCION - Por medio de la cual se decide sobre una petición de revocatoria direct
- Autor
- Procuraduría General de la Nación
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Disciplinario
- Año
- —
RESOLUCION NÚMERO 364 (28 SET. 2005) Por medio de la cual se decide sobre una petición de revocatoria directa de la prueba de entrevistas EL PROCURADOR GENERAL DE LA NACIÓN En ejercicio de las facultades constitucionales y legales, especialmente las conferidas en el artículo 7 del Decreto Ley 262 de 2000, y teniendo en cuenta los siguientes
ANTECEDENTES
4. La Señora LAURA EUGENIA OCHOA GIRALDO, mediante escrito de fecha 9 de septiembre del año en curso, solicita, la revocatoria directa de la Resolución N° 241 del 5 de julio de 2005, por medio de la cual se estableció la lista de elegibles de la Convocatoria N° 2004 -004 y se repita la prueba de entrevistas realizada.
5. Dicha solicitud, se fundamenta en la decisión adoptada mediante la Resolución N° 328 del 24 de agosto de 2005, por medio de la cual se revocan las listas de elegibles de las convocatorias N° 2004 -025, 2004 -052, 2004, 057, 2004 -058 y 2004 -079 y se ordena la repetición de la prueba de entrevistas.
6. Es preciso señalar que la Comisión de Carrera Administrativa de la Entidad, estuvo atenta a conocer y estudiar todas y cada una de las solicitudes formuladas por los participantes dentro del proceso de selección de 2004 y relacionadas con cualquier etapa del mismo. En sesiones ordinarias del 1º de julio, 1º de agosto y extraordinarias del 12 de agosto del año en curso, la Comisión estudió y analizó los casos relacionados con las peticiones presentadas y referidas al acto de entrevistas. Teniendo en cuenta la oportunidad de la solicitud y las
circunstancias particulares de la realización del acto de entrevista se acogió la pretensión formulada.
CONSIDERANDO
1. Que desde la fecha en que tuvo lugar la entrevista, es decir, desde el 16 de abril del año en curso y de la publicación de los resultados, no se recibió de Ud., manifestación alguna de inconformismo o desacuerdo con la realización de la prueba ni con las condiciones de transparencia
y objetividad de la entrevista, que advirtiera a la Comisión de Carrera Administrativa de la Entidad o a la Oficina de Selección y Carrera la necesidad de revisar la ejecución de la misma. RESUELVE PRIMERO. NO REVOCAR la prueba de entrevista realizada dentro de la convocatoria N° 2004 -019. SEGUNDO. La presente rige a partir de la fecha y contra la misma no procede recurso alguno. 28 SET. 2005
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
EDGARDO JOSÉ MAYA VILLAZÓN
Procurador General