PGN - RESOLUCION - Por medio de la cual se decide un recurso de reposición interpuesto con
Procuraduría General de la Nación
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Detalles
- Título
- PGN - RESOLUCION - Por medio de la cual se decide un recurso de reposición interpuesto con
- Autor
- Procuraduría General de la Nación
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Disciplinario
- Año
- —
RESOLUCION NÚMERO 216 (21 JUN. 2005) Por medio de la cual se decide un recurso de reposición interpuesto contra la Resolución No. 146 del 17 de mayo de 2005. EL PROCURADOR GENERAL DE LA NACIÓN En uso de las facultades constitucionales y legales, especialmente las conferidas en los artículos 279 de la Constitución Política y 7 del Decreto Ley 262 de 2000 y con fundamento en los siguientes
ANTECEDENTES
1. Realizada la prueba de análisis de antecedentes del proceso de selección de
2004, la Oficina de Selección y Carrera, encontró que algunos de los aspirantes inscritos en las diferentes convocatorias, fueron admitidos al concurso, sin que al momento de la inscripción, reunieran los requisitos mínimos exigidos por la convocatoria para desempeñar el empleo y que a pesar de aplicar las equivalencias establecidas en el artículo 20 del Decreto 263 2000, no se reunieron dichos requisitos.
2. La Comisión de Carrera de la Procuraduría General de la Nación, una vez realizado el estudio correspondiente, encontró que efectivamente, no se acreditó por parte de dichos aspirantes el cumplimiento de los requisitos mínimos de educación o experiencia que exigía la convocatoria para el ejercicio del cargo a proveer, razón por la cual, se recomendó su exclusión del proceso de selección.
3. En consecuencia, se profirió la Resolución No. 146 del 17 de mayo del año en curso, por medio de la cual se excluye del proceso de selección a unos aspirantes que fueron admitidos al concurso sin cumplir los requisitos mínimos exigidos para el ejercicio del cargo en la convocatoria inscrita.
4. El Señor LUIS CARLOS BUCHELI MORA, identificado con cédula de ciudadanía N. 12.967.658 de Pasto, aspirante inscrito dentro de la convocatoria N. 2004, 071, presentó dentro del término oportuno, recurso de reposición contra la decisión anteriormente mencionada.
5. Señala el Señor BUCHEL MORA, en su escrito de reposición, que como exfuncionario del Departamento Administrativo de Seguridad DAS, laboró por el lapso de trece años, suficiente experiencia para cumplir con el requisito exigido por la convocatoria y que ello se especifica en la hoja de vida que se requirió para la inscripción.
Oficina de Selección y Carrera Ext.: 12315 Carrera 5 No. 15-80 Piso 23 Pbx: 3360011-3520066 www.procuraduría.gov.co
CONSIDERANDO
1. Que la convocatoria inscrita, exige como requisito mínimo para el ejercicio del cargo, aprobación de tres años de educación básica secundaria, licencia de conducción y un (1) año de experiencia específica.
2. Que al revisar nuevamente la hoja de vida del Señor BUCHELI MORA, se encuentra fotocopia de diploma que lo acredita como bachiller industrial, fotocopia de la cédula, fotocopia del pase y copia documento expedido por el Departamento Administrativo de Seguridad mediante el cual se concede mención al merito al participante por 10 años de servicio al a Institución
3. Que la experiencia específica como conductor, exigida por la convocatoria no se encuentra acreditada, RESUELVE PRIMERO. CONIFIRMAR la decisión de excluir al aspirante LUIS CARLOS
BUCHELI MORA, del proceso de selección de 2004, con base en las consideraciones expuestas en la parte motiva de esta decisión. SEGUNDO. Contra la presente no procede recurso alguno. TERCERO. La presente rige a partir de la fecha 21 JUN. 2005
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
EDGARDO JOSÉ MAYA VILLAZÓN Procurador General de la Nación p.ruiz Oficina de Selección y Carrera Ext.: 12315 Carrera 5 No. 15-80 Piso 23 Pbx: 3360011-3520066 www.procuraduría.gov.co