PGN - RESOLUCION - Por medio de la cual se modifica el inciso 3 del artículo 4 de la resol
Procuraduría General de la Nación
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Detalles
- Título
- PGN - RESOLUCION - Por medio de la cual se modifica el inciso 3 del artículo 4 de la resol
- Autor
- Procuraduría General de la Nación
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Disciplinario
- Año
- —
Ésta fue DEROGADA por la Resolución 164 de 2015 RESOLUCIÓN NÚMERO 49 (25 FEBRERO 2009) "Por medio de la cual se modifica el inciso 3° del artículo 4° de la Resolución No. 342 del 3 de septiembre de 2004" El Procurador General de la Nación, en uso de sus atribuciones constitucionales y legales, y CONSIDERANDO Que en virtud a lo dispuesto por la Ley 878 de 2004, se profirió la Resolución No. 342 del 3 de septiembre de 2008 del Procurador General por medio de la cual se reglamentó la prestación del servicio de auxiliar jurídico ad-honorem en la Procuraduría General de la Nación. Que en el inciso 3° del artículo 4° de la Resolución 342 dispone que se podrá nombrar un (1) auxiliar ad-honorem para cada una de las Procuradurías Judiciales I y II para Asuntos Administrativos. Que mediante Resolución No. 123 del 26 de abril de 2005 de este despacho se modificó la Resolución 342 de 2004, dejando vigente el artículo 4° de la misma. Que con ocasión de la entrada en vigencia de la Ley 1285 de 2009 - reformatoria de la Ley 270 de 1996, Estatutaria de la Administración de Justicia -se estableció como requisito de procedibilidad para el ejercicio de las acciones previstas en los artículos 85, 86 y 87 del Código Contencioso Administrativo, cuando los asuntos sean conciliables, el agotamiento del trámite de la conciliación extrajudicial. Que de conformidad con lo dispuesto por el artículo 23 de la Ley 640 de 2001 las
conciliaciones extrajudiciales en materia de lo contencioso administrativo sólo podrán ser adelantadas ante los Agentes del Ministerio Público asignados a esa jurisdicción. Que los Procuradores Judiciales I y II para Asuntos Administrativos -de conformidad con sus respectivas competenciastienen asignadas funciones de intervención ante Juzgados Administrativos del Circuito, Tribunales Administrativos, y Tribunales de Arbitramento, preventivas dentro del programa de Gerencia Jurídica Pública, y, adicional mente, con la entrada en vigencia de la Ley 1285 de 2009 en armonía con el artículo 23 de la Ley 640 de 2001, deben adelantar de manera obligatoria los trámites de conciliación extrajudicial que se presenten ante sus despachos. Que teniendo en cuenta el incremento de la carga laboral y para el mejoramiento en el ejercicio de las funciones de los Procuradores Judiciales I y II para Asuntos Administrativos se hace necesario incrementarles el número de auxiliares adhonorem para sus despachos. Por lo anteriormente expuesto, RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO: El inciso 3° del artículo 4° de la Resolución No. 342 del 3 de septiembre de 2004 expedida por este Despacho, quedará así: Se nombraran dos (2) auxiliares ad-honorem para cada una de las Procuradurías Delegadas que actúan ante la Corte Suprema de Justicia y ante el Consejo de Estado y para cada uno de los Procuradores Judiciales I y II para Asuntos Administrativos, y uno (1) para cada uno de los demás Procuradores Judiciales I y II.
ARTÍCULO SEGUNDO: La presente Resolución rige a partir de la fecha de
expedición y modifica el inciso 3° del artículo 4° de la Resolución No. 342 del 3 de septiembre de 2004 proferida por este Despacho. Publíquese y Cúmplase,
ALEJANDRO ORDÓÑEZ MALDONADO
Procurador General de la Nación