PGN - RESOLUCION - Por medio de la cual se modifica la resolución 17 de 2000
Procuraduría General de la Nación
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Detalles
- Título
- PGN - RESOLUCION - Por medio de la cual se modifica la resolución 17 de 2000
- Autor
- Procuraduría General de la Nación
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Disciplinario
- Año
- 2000
Esta MODIFICÓ la Resolución 17 MODIFICADA por la Resolución 45 de 2000 de 2017 RESOLUCIÓN NÚMERO 283 (-9 OCTUBRE 2007) "Por medio de la cual se modifica la Resolución No. 017 de 2000" EL PROCURADOR GENERAL DE LA NACIÓN En ejercicio de sus funciones constitucionales y en especial de las que le confiere el artículo 7° del Decreto Ley 262 de 2000, CONSIDERANDO: Que el Procurador General de la Nación puede expedir los actos administrativos que sean necesarios para el funcionamiento de la entidad y para desarrollar las funciones atribuidas por la ley, de conformidad con la facultad prevista en el numeral 7 del artículo 7° del Decreto 262 de 2000. Así mismo, de conformidad con el numeral 8 del mismo artículo, es función del Procurador General de la Nación distribuir las funciones y competencias atribuidas en la Constitución o la ley a la Procuraduría General de la Nación, entre las distintas dependencias y servidores de la entidad, atendiendo criterios de especialidad, jerarquía y las calidades de las personas investigadas, cada vez que por las necesidades del servicio se requiera. Igualmente, conforme al numeral 38 del artículo 7° del Decreto Ley 262 de 2000, el Procurador General de la Nación está facultado para organizar las dependencias de la entidad para su adecuado funcionamiento y denominarlas de acuerdo con las necesidades del servicio. Que la Procuraduría Delegada para Asuntos Laborales ejerce funciones en virtud de lo dispuesto en el artículo 277 de la Constitución Política en concordancia con lo dispuesto en el Decreto Ley 262 de 2000 y en la Resolución No. 0017 de 2000.
Que en Colombia nos encontramos frente a un cambio en las relaciones de trabajo, por ende normativo y de adecuación constante de sus normas y de la Seguridad Social, las cuales a pesar de su autonomía, se encuentran íntimamente vinculadas en la esfera de los Derechos Sociales. Que el artículo 48 de la Constitución Política referido al "Derecho a la Seguridad Social", consagra la Seguridad Social, como un derecho irrenunciable y un servicio público de carácter obligatorio que se prestará bajo la dirección, coordinación y control del Estado, en sujeción a los principios de eficiencia, universalidad y solidaridad en los términos que establezca la ley. Que la adopción, por parte del país, de tratados bilaterales en materia de libre comercio, la globalización que incluye a todos los países, y las obligaciones contra Idas con la comunidad Internacional de observación y respeto a los principios del trabajo y los derechos fundamentales de los trabajadores; el surgimiento de modalidades asociativas de trabajo y otras formas de vinculación no regidas por el contrato de trabajo; como también, la adopción de nuevos procedimientos dirigidos a simplificar trámites procesales y la complejidad de conflictos en materia de Seguridad Social, son temas que corresponden a las exigencias y al cambio de los procedimientos internos previstos para el ejercicio de funciones preventivas y de control de gestión de las Procuradurías Delegadas. Que de igual manera, el artículo 53 Constitucional garantiza la Seguridad Social. Que en esas condiciones los asuntos que conoce la actual Delegada para Asuntos Laborales, abarcan claramente los ámbitos del Trabajo y de la Seguridad Social, en cuanto se relacionen con éstos en el ámbito de sus competencias.
Que en mérito de lo expuesto, RESUELVE: Artículo 1°.- Modificar para todos los efectos legales y de intervención el artículo primero de la Resolución No. 017 de 2000, en el sentido de cambiar la denominación de la Procuraduría Delegada para Asuntos Laborales, la cual en adelante se llamará
PROCURADURÍA DELEGADA PARA LOS ASUNTOS DEL TRABAJO Y LA
SEGURIDAD SOCIAL.
Artículo 2°.- La presente resolución rige desde la fecha de su publicación -9 OCT. 2007
PUBLIQUESE y CÚMPLASE
Dado en Bogotá D.C.
EDGARDO JOSÉ MAYA VILLAZÓN
Procurador General de la Nación Procurador Delegado. Doctor Oswaldo Duque Luque Proyectó. Diana Díaz