PGN - RESOLUCION - Por medio de la cual se prorroga el término de una licencia ordinaria n
Procuraduría General de la Nación
Descargar PDF
Disponible
Detalles
- Título
- PGN - RESOLUCION - Por medio de la cual se prorroga el término de una licencia ordinaria n
- Autor
- Procuraduría General de la Nación
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Disciplinario
- Año
- —
RESOLUCION NÚMERO 159 (25 MAYO 2005) "Por medio de la cual se prorroga el término de una licencia ordinaria no remunerada." EL PROCURADOR GENERAL DE LA NACION (E) En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las señaladas en el Artículo 7º., numeral 7, en concordancia con los Artículos 110 a 114, 117 y 131 del Decreto 262 de 2000, y CONSIDERANDO: Que de conformidad con los Artículos 110, 111,112 y 131 del Decreto 262 de 2000, los servidores tienen derecho por cada año calendario a licencia ordinaria no remunerada hasta por tres (3) meses, en forma continua o discontinua, según lo solicite el interesado, que la misma debe concederse siempre y cuando no obedezca a razones relacionadas con los impedimentos, inhabilidades o incompatibilidades señaladas en la Ley y, a su vencimiento, el servidor deberá reincorporarse de inmediato al ejercicio de sus funciones, so pena de incurrir en abandono del cargo. Que de acuerdo con lo previsto por el Artículo 117 ibídem, " Las prohibiciones, inhabilidades e incompatibilidades que la Ley establece se extienden a quienes se hallen en uso de licencia, y su violación constituye falta disciplinaria". Que mediante Resolución No. 099 del 7 de abril de 2005, se le concedió licencia ordinaria no remunerada a la funcionaria LUPE GIRÓN DE OCAMPO, Auxiliar Administrativo, Código 5AM, Grado 09, adscrita a la Procuraduría Regional del Valle del Cauca, por el término comprendido entre el 11 de abril y el 31 de mayo de 2005.
Que mediante escrito del 18 de mayo de 2005, la mencionada funcionaria solicitó la prórroga de la licencia ordinaria, por el término de quince (15) días, comprendidos entre el primero (12) y el quince (15) de junio del presente año, aduciendo que subsiste la calamidad doméstica que motivó la licencia inicial. Que de acuerdo a lo dispuesto en las normas ya referidas, procede conceder la prórroga de la licencia ordinaria no remunerada solicitada por la señora LUPE
GIRÓN DE OCAMPO.
En mérito de lo expuesto, RESUELVE: ARTICULO PRIMERO: Prorrogar por quince (15) días, comprendidos entre el primero (1º.) de junio de dos mil cinco (2005) y el quince (15) de junio del mismo año, el término de la licencia ordinaria no remunerada concedida mediante Resolución No. 099 del 7 de abril de la presente anualidad, a la funcionaria LUPE GIRÓN DE OCAMPO, identificada con la Cédula de Ciudadanía No. 31.224.227, Auxiliar Administrativo, Código 5AM, Grado 09, adscrita a la Procuraduría Regional del Valle del Cauca, por las razones expuestas en la parte motiva del presente proveído.
ARTICULO SEGUNDO: Comunicar la presente Resolución por intermedio de la División de Gestión Humana, a la interesada, haciéndole saber que al vencerse la licencia deberá reincorporarse de inmediato a sus funciones; igualmente infórmese a su superior inmediato y a los Grupos de Cesantías, Nómina y Hojas de Vida, para lo de sus competencias.
ARTICULO TERCERO: La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
Dada en Bogotá, D.C., a los, 25 MAYO 2005 CARLOS ARTURO GÓMEZ PAVAJEAU Procurador General de la Nación (E) SIAF : 126198
Proyectó: Tulio Ancizar Cardona S, PU, Grado 17, División Gestión Humana
Revisó: Martha Julieta Tovar C, Jefe División Gestión Humana (E)