🇨🇴⚖️ La Rama Judicial valida a Ariel en prueba de concepto de IA. Conoce los resultados aquí

PGN - RESOLUCION - Por medio de la cual se rechaza un recurso de apelación

Procuraduría General de la Nación

Icono de documento PDF

Descargar PDF

Disponible

Detalles

Título
PGN - RESOLUCION - Por medio de la cual se rechaza un recurso de apelación
Autor
Procuraduría General de la Nación
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Disciplinario
Año

COMISION DE CARRERA

Bogotá, D.C., 11 JUNIO 2010

RESOLUCION N° _25

POR MEDIO DEL CUAL SE RECHAZA UN RECURSO DE APELACIÓN ANTECEDENTES El 31 de julio de 2009, se le notificó personalmente la calificación de servicios correspondiente al periodo comprendido entre el 1° de mayo al 3 de octubre de 2006, a la doctora CARMEN OLFIDIA TORRES SANCHEZ, Profesional Universitario 3PU15 adscrita a la Procuraduría Provincial del Valle de Aburrá. La Oficina de Selección y Carrera teniendo en cuenta que la doctora TORRES SANCHEZ, a partir del día 8 de agosto de 2006, inició un encargo, situación administrativa ésta que por haberse extendido más allá de la finalización del periodo (abril 30 de 2007), no se califica de conformidad con el parágrafo 1° del artículo 228 del Decreto 262 de 2000, se procedió a anualizar dicha calificación correspondiente al periodo comprendido entre el 1° de mayo al 9 de agosto de 2006, analizándola e ingresándola al Sistema de Información (SIAF). (fl. 13) El 18 de enero de 2010, la doctora CARMEN OLFIDIA TORRES SANCHEZ, servidora adscrita a la Dirección Nacional de Investigaciones Especiales, Seccional Antioquia, se presentó en la Oficina de Selección y Carrera con el fin de informar que la habían calificado por el periodo 1° de mayo al 3 de octubre de 2006, sin tener en cuenta la calificadora que el 9 de agosto de 2006, había iniciado un encargo, por lo

que se le manifestó lo señalado en párrafo anterior, se le entregó fotocopia de la calificación y se le informó que contra la mencionada calificación procedían los recursos de ley interpuestos dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes. (fl. 14) La doctora CARMEN OLFIDIA TORRES SANCHEZ, mediante escrito radicado en la Procuraduría Provincial del Valle de Aburrá el 20 de enero de 2010 a las 5:02 p.m., presentó recurso de apelación contra la calificación de servicios correspondiente al periodo comprendido entre el 1° de mayo al 3 de octubre de 2006, al considerar que a partir del 9 de agosto de 2006 inició una situación administrativa de encargo, por lo que el periodo a calificar debió ser entre el 1° de mayo al 9 de agosto de 2010. (fls. 2 y 3)

Selección y Carrera Ext: 10651-10690-10691 selecciónycarrera@procuraduria.gov.co

Carrera 5 No. 15 -80 piso 6 Pbx: 5878750 www.procuraduria.gov.co CONSIDERACIONES DE LA COMISION Teniendo en cuenta lo señalado en el acápite anterior, en concordancia con las disposiciones legales que rigen el presente procedimiento, se advierte: El artículo 232 del Decreto 262 de 2000, señala que la calificación se notificará personalmente y si el calificado no está conforme con ella podrá interponer los recursos procedentes de conformidad con el Código Contencioso Administrativo. El Código Contencioso Administrativo en el artículo 51, señala que los recursos de reposición y apelación se interpondrán por escrito, en la diligencia de notificación

personal o dentro de los cinco (5) días siguientes a la notificación. Entre los requisitos que deberán reunir los recursos, el numeral 1° del artículo 52 ibídem, señala: “ Interponerse dentro del plazo legal, ..”. Si el recurso no cumple los requisitos exigidos, se rechazará de conformidad con el artículo 53. A su vez, la Comisión de Carrera mediante Acuerdo N° 001 del 2 de mayo de 2006, consagró los parámetros para la interposición de los recursos y la proposición de los impedimentos y recusaciones, señalando respecto a la oportunidad y presentación, que se hará por escrito en la diligencia de la notificación o dentro de los cinco (5) días siguientes a la notificación. Igualmente, respecto a los requisitos de los recursos, en el literal a) se contempla que se deben interponer dentro del plazo legal, es decir en el momento de la notificación o dentro de los cinco (5) días siguientes a la notificación. En el caso que nos ocupa, se observa a folio 14 que a la doctora CARMEN OLFIDIA TORRES SANCHEZ, servidora adscrita a la Dirección Nacional de Investigaciones Especiales, Seccional Antioquia, el 18 de enero de 2010, en la Oficina de Selección y Carrera se le informó que la calificación correspondiente al periodo 1° de mayo al 9 de agosto de 2006, se le había anualizado como única obtenida para el periodo 2006-2007, se le entregó fotocopia de la misma, informándole que contra la misma procedían los recursos de ley interpuestos dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes. Es decir, que el plazo para interponer los recursos de ley, vencían el día

veinticinco (25) de enero de 2010 y la calificada presentó el recurso de alzada ante la Procuraduría Provincial del Valle de Aburrá, el veintiséis (26) de enero de la citada anualidad, según se observa en el fecha de recibido del escrito visible a folio 2 de las presentes diligencias. Por lo anotado anteriormente, se rechaza por extemporáneo el recurso de apelación interpuesto por la doctora CARMEN OLFIDIA TORRES SANCHEZ, quien para la época de la calificación se desempeñaba en el cargo de Profesional Universitario 3PU-15, contra la calificación de servicios correspondiente al periodo comprendido entre el 1° de mayo al 9 de agosto de 2006, al tenor de lo dispuesto el artículo 53 del Código Contencioso Administrativo en concordancia con el Acuerdo N° 001 del 2 de mayo de 2006 de la Comisión de Carrera. En mérito de lo expuesto, la Comisión de Carrera en uso de sus facultades legales,

Selección y Carrera Ext: 10651-10690-10691 selecciónycarrera@procuraduria.gov.co

Carrera 5 No. 15 -80 piso 6 Pbx: 5878750 www.procuraduria.gov.co 2/3 RESUELVE PRIMERO.- RECHAZAR por extemporáneo el recurso de apelación presentado por la doctora CARMEN OLFIDIA TORRES SANCHEZ, Profesional Universitario 3PU-15 para la época de los hechos, contra la calificación de servicios correspondiente al periodo comprendido entre el 1° de mayo al 9 de agosto de 2006.

SEGUNDO.-NOTIFICAR personalmente la presente decisión, por intermedio de la Secretaría de la Dirección Nacional de Investigaciones Especiales, Seccional Antioquia, a la doctora CARMEN OLFIDIA TORRES SANCHEZ, quien en la actualidad se desempeña como Asesora 1AS-19 de la Dirección Nacional de Investigaciones Especiales, Seccional Antioquia, en caso de no ser posible, se notificará por edicto, al tenor de lo dispuesto en el artículo 45 del C.C.A. TERCERO.- Por la Secretaría de la Comisión de Carrera háganse las anotaciones y líbrense las comunicaciones de rigor.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE

JUAN CARLOS NOVOA BUENDIA

Presidente Comisión de Carrera

CRHISTIAN JOSE MORA PADILLA

Director Instituto de Estudios del Ministerio Público

MARIA EUGENIA CARREÑO GOMEZ

Procuradora Delegada para la Vigilancia Preventiva de la Función Pública Representante Procuradores Delegados

VILMA ASCENETH MORENO MARTINEZ

Abogada Representante Servidores de Carrera

LIBIA RUTH DIAZ JIMÉNEZ

Suplente Comisión de Carrera

Ponente: Dra. María Eugenia Carreño Gómez.

MECG/mivs

Selección y Carrera Ext: 10651-10690-10691 selecciónycarrera@procuraduria.gov.co

Carrera 5 No. 15 -80 piso 6 Pbx: 5878750 www.procuraduria.gov.co 3/3

Consultar sobre este documento ...