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PGN - RESOLUCION - Por medio de la cual se rechaza un recurso de reposición interpuesto co

Procuraduría General de la Nación

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Detalles

Título
PGN - RESOLUCION - Por medio de la cual se rechaza un recurso de reposición interpuesto co
Autor
Procuraduría General de la Nación
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Disciplinario
Año

GENERAL DE LA NACIÓN RESOLUCIÓN No. L224 08 23 JUL 2009 “Por medio de la cual se rechaza un recurso de reposición interpuesto contra el Decreto No. 1385 del 2 de julio de 2009” EL PROCURADOR GENERAL DE LA NACIÓN En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas en los artículos 275 y 278 -numeral 6de la Carta Política y 165 del Decreto Ley 262 de 2000, y CONSIDERANDO Que mediante el Decreto No. 1385 del 2 de julio de 2009, comunicado el día 9 de julio del mismo año, se declaró insubsistente el nombramiento del señor HÉCTOR JULIO PULIDO MILLÁN, identificado con la cédula de ciudadanía No. 19.488. 277, como Agente de Seguridad, Código 6AG, Grado 14 de la División de Seguridad. Que el señor HÉCTOR JULIO PULIDO MILLÁN, con escrito radicado ante el Centro de Atención al Servidor CAS, el día 16 de julio de la presente anualidad, promovió recurso de reposición en contra del anterior acto, con el propósito de que se revoque y se le reintegre al cargo que desempeñaba. Que los cargos de Agente de Seguridad, según lo previsto en el artículo 182 del Decreto 262 de 2000, son de libre nombramiento y remoción. ' Que de conformidad con lo establecido en los artículos 158, numeral 3, y 165 del Decreto 262 de 2000, el retiro de un funcionario de la Procuraduría que ocupe un cargo de libre nombramiento y

remoción puede producirse en ejercicio de la facultad discrecional del nominador. : Que de acuerdo con el inciso segundo del artículo 165 ibídem, contra el acto que declara la . insubsistencia discrecional de un nombramiento no procede recurso alguno. En mérito de lo expuesto, % DECRETA: ARTÍCULO PRIMERO: Rechazar por improcedente el recurso de reposición promovido por el señor HÉCTOR JULIO PULIDO MILLÁN, identificado con la cédula de ciudadanía No. 19.488.277, en contra del Decreto 1385 del 2 de julio de 2009, de acuerdo con la parte motiva del presente acto.

ARTÍCULO SEGUNDO: Notificar la presente resolución al señor HÉCTOR JULIO PULIDO MILLÁN, por intermedio de la División de Gestión Humana, haciéndole saber que contra la misma no procede recurso alguno.

ARTÍCULO TERCERO: Comunicar el presente acto a los Grupos de Nómina, Cesantías y Hojas de Vida, para los fines legales pertinentes.

ARTÍCULO CUARTO: La presente resolución tigo a partir de la fecha de su expedición.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE

Dado en Bogotá, D.C,a 23 JUL. 2009 | +», ATA

| ALEJANDRO ORDÓÑEZ MALDONADO

PSP /CHGARCIA) A

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