PGN - RESOLUCION - Por medio de la cual se resuelve un recurso de reposición del proceso d
Procuraduría General de la Nación
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Detalles
- Título
- PGN - RESOLUCION - Por medio de la cual se resuelve un recurso de reposición del proceso d
- Autor
- Procuraduría General de la Nación
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Disciplinario
- Año
- —
RESOLUCIÓN NÚMERO 073 (3 MARZO 2008) Por medio de la cual se resuelve un recurso de REPOSICIÓN ANTECEDENTES La doctora SARAHIM LONDOÑO LONDOÑO, en su condición de concursante de la Convocatoria 2006-054 -profesional universitario 3PU-17, Procuraduría Provincial de Armenia -, actuando dentro del término legal previsto en el numeral 3° de la Resolución 049 del 20 de febrero del presente año, proferida por el Despacho del señor Procurador, interpuso recurso de REPOSICIÓN, contra la decisión de excluirla del actual proceso de selección 2006-2007, denominado “Fortalecimiento del Talento Humano en la Procuraduría General de la Nación”, acto administrativo que fue publicado en la pág. Web de la Entidad, el día 20 de febrero de 2008. FUNDAMENTO DEL RECURSO La reclamante solicita se establezcan los motivos por los cuales al consultar los resultados de la prueba de análisis de antecedentes arroja un error, que le impide conocer sus resultados. Por este motivo y ante la imposibilidad de comunicarse con esta entidad, presenta reclamación. CONSIDERACIONES DE LA OFICINA DE SELECCIÓN Y CARRERA La convocatoria 2006-055 exigió como requisitos: título de formación profesional en derecho y dos años de experiencia profesional o docente (educación superior), en derecho disciplinario o administrativo, esto es, experiencia específica. El artículo 6° del Decreto 263 de 2000, desarrollado por la Res. 081 de 2007 proferida por el Procurador General de la Nación, definió la experiencia específica
como la adquirida en el ejercicio de las funciones de un empleo o el desempeño de una actividad determinada área de trabajo o de la profesión. Como se enunció, la convocatoria en referencia exigió experiencia específica de dos años en las áreas del derecho disciplinario o administrativo, de la cual carece el impugnante, toda vez que según las certificaciones obrantes en su hoja de vida, solamente acredita experiencia específica de 11 meses 10 días. Igualmente anexa certificado de terminación de materias del postgrado en derecho administrativo, pero no obra acta de grado o diploma, motivo por el cual no se puede hacer equivalencia alguna por la experiencia específica, al tenor de lo establecido por el Decreto Ley 262 de 2000. Así las cosas, concluye el Despacho que NO HAY lugar a REVOCAR la decisión de excluir al recurrente, en consideración al incumplimiento de los requisitos mínimos exigidos en la convocatoria, valga decir, experiencia profesional mínima y, por el contrario, se CONFIRMA la decisión adoptada en la Resolución 049 del 20 de Febrero de 2008 proferida por este Despacho, previa solicitud de la Comisión de Carrera de la Procuraduría General de la Nación. En mérito de lo expuesto, el Procurador General de la Nación, en ejercicio de las facultades legales, R E S U E L V E: PRIMERO: CONFIRMAR la decisión de excluir del actual proceso de selección 20062007, denominado “Fortalecimiento del Talento Humano en la PGN”, a la Dra. SARAHIM LONDOÑO LONDOÑO, identificada con la C.C. 41900970, por las
razones expuestas en la parte motiva de este acto.
SEGUNDO: Publíquese la presente decisión, de conformidad con lo previsto en el artículo 212 del decreto 262 de 2000 y anexar la a la hoja de vida correspondiente.
TERCERO: De acuerdo con el numeral anterior, publicar la presente decisión en la página web de la Procuraduría General de la Nación.
CUARTO: Contra la presente decisión no procede recurso alguno.
PUBLIQUESE Y CÚMPLASE
EDGARDO JOSÉ MAYA VILLAZÓN
Procurador General de la Nación