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PGN - SERVICIO DE SALUD - Debe garantizarse por cualquier medio que la comunidad conozca s

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Título
PGN - SERVICIO DE SALUD - Debe garantizarse por cualquier medio que la comunidad conozca s
Autor
Procuraduría General de la Nación
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Disciplinario
Año
—

SERVICIO DE SALUD-Debe garantizarse por cualquier medio que la comunidad conozca sus derechos frente a los medicamentos e insumos para el control de enfermedades El Ministerio de la Protección Social debe prever unos canales de comunicación (radio, prensa, página Web e Internet), y campañas publicitarias de divulgación (impresos, folletos, talleres, etc.) incluyendo el institucional de la Televisión, para que informen los planes y las políticas públicas en forma general acerca de los medicamentos e insumos de los cuales disponen controlar las enfermedades, y con el fin de que la ciudadanía conozca sus derechos y los demás actores del sistema de salud, estén orientados y comprometidos para el manejo de los diferentes esquemas básicos de las enfermedades de interés en Salud Pública, prevenidos de las acciones y obligaciones con el propósito de que efectúen sus requerimientos; además, podría considerarse como una estrategia de política de los medicamentos e insumos próximos a expirar, pactarse algunos convenios de cooperación con otros países para su aprovechamiento. SERVICIO DE SALUD-Manejo de residuos hospitalarios y similares Se debe garantizar el cumplimiento de las normas que regulan la gestión integral de residuos hospitalarios y similares, por lo tanto, el Ministerio de la Protección Social en su calidad de Generador (adquiere, distribuye y garantiza el suministro de medicamentos e insumos para las enfermedades transmisibles y de control especial), tiene el compromiso Institucional obligatorio de minimizar los riesgos y brindar la seguridad para la salud humana y el medio ambiente, en este caso específico, es urgente y de gestión prioritaria

adelantar el proceso de contratación para la destrucción ó disposición final de los medicamentos e insumos que se encuentran vencidos (peso aproximado 6.191,32 kilos, valor total $ 873.488.371,45) (fls-21,273,350,351) y se conservan algunos en el Almacén por más de 10 años, los cuales son considerados residuos peligrosos, para lo cual se recomienda el acompañamiento de las autoridades de control, sanitarias y del medio ambiente. Delegada para la Vigilancia Preventiva de la Función Pública. funcionpublica@procuraduría.gov.co Carrera 5 No. 15 - 80 Piso 17 Pbx 5 878750 - Ext 11728 Fax 11798 www.procuraduría.gov.co

PROCURADURÍA DELEGADA PARA LA VIGILANCIA PREVENTIVA DE LA FUNCIÓN PÚBLICA Radicación : IUS 2011-31656 ; 53342/11

Signatario : De oficio Entidad : Ministerio de la Protección Social Asunto : Vigilancia preventiva y control de gestión ante el MINISTERIO DE LA PROTECCIÓN SOCIAL, para verificar la gestión y las actuaciones administrativas relacionadas con medicamentos, distribución a nivel nacional y su expiración, y la contratación de los servicios de una empresa para la destrucción de medicamentos vencidos.

Decisión : Informe final

Bogotá, D.C., 24 de febrero de 2011 Doctora

MARÍA EUGENIA CARREÑO GÓMEZ

Procuradora Delegada para la Vigilancia Preventiva de la Función Pública Presente Respetada doctora María Eugenia: Comedidamente presentamos a continuación el Informe final de las diligencias adelantadas con motivo de la vigilancia preventiva ordenada de oficio por su Despacho

ante el Ministerio de la Protección Social –MPS mediante auto del 03 de febrero de 2011(fl-1).

I. HECHOS Se relacionan con el artículo que emitió la Cadena Radial CARACOL el día 2 de febrero del presente año, el cual refiere: Procuraduría inicia operativos para verificar existencia de medicamentos vencidos / La procuradora delegada para la Función Pública, María Eugenia Carreño, adelantará personalmente una inspección para determinar la cantidad de medicamentos vencidos que estarían en poder del Estado. De esta manera, se ordenó una visita al Ministerio de la Protección Social y al Invima. Según la denuncia recibida por Caracol Radio, 39 mil unidades de medicamentos de un lote de 45 mil estarían a punto de expirar. El volumen de los medicamentos sería de 4 toneladas. La procuraduría busca determinar la cantidad de medicamentos exactos que están a punto de vencerse o si han expirado, y si existen ya los contratos para destruir o incinerar estas drogas (fl-2).

II. DILIGENCIAS PREVENTIVAS PRACTICADAS Delegada para la Vigilancia Preventiva de la Función Pública. funcionpublica@procuraduría.gov.co

Carrera 5 No. 15 - 80 Piso 17 Pbx 5 878750 - Ext 11728 Fax 11798 www.procuraduría.gov.co Se procedió a ejercer la vigilancia preventiva y el control de gestión ante el Ministerio de la Protección Social, de acuerdo con lo expuesto en la nota periodística, para establecer la situación fáctica denunciada. Para verificar los aspectos relacionados con la denuncia, se practicó una visita administrativa, los días 3 y 4 de febrero de 2011, ante el Despacho del doctor Arturo Díaz

Gómez, en su calidad de Coordinador del Grupo de Salud Ambiental, quien presentó a la doctora Janeth Solano, Profesional Especializada, a quienes se dio a conocer el artículo que publicó la Cadena Radial Caracol, para indagar sobre las actuaciones administrativas relacionadas con compras de medicamentos, distribución a nivel nacional y su expiración, y la contratación de los servicios de una empresa para la destrucción de medicamentos vencidos. Adicionalmente se efectuó reunión con el Dr. Lenis Enrique Urquijo Velásquez, Director General de Salud Pública, acto seguido se solicitó la información aclaratoria y los respectivos documentos probatorios, que sustenten las explicaciones otorgadas por los mencionados funcionarios, así: Respuestas dadas por el Coordinador del Grupo Salud Acta de visita – solicitudes de Ambiental, la Profesional Especializada, y el Director información (fls-4 s.s) General de Salud Pública del MPS De acuerdo con la información pública, En el Ministerio de la Protección Social a la fecha no se existe presuntamente la cantidad de 39 presenta la situación planteada, es decir que de un lote de mil unidades de medicamentos de un medicamentos de 45.000 unidades estén próximos a vencerse o lote de 45 mil que están próximos a se hayan vencido 39.000 unidades de dicho lote. Revisadas las vencer, en este caso el Ministerio tiene existencias en el almacén y procesos de adquisición de insumos identificado cuál es el medicamento, se de interés en salud pública desde el año 2008 a la fecha, no se requiere informe estudios previos y ha adquirido ningún medicamento cuyo lote sea igual a 45.000

cuándo fue su compra, existencias unidades. actuales, que políticas de manejo y Es pertinente aclarar que el Ministerio de la Protección Social, distribución se están aplicando, porque en desarrollo de las competencias asignadas por la Ley 715 de se dejaron vencer, indicar su 2001, garantiza la adquisición y distribución de los distribución actual, anexar información medicamentos e insumos a las Secretarías de Salud que sustente esta información. Departamentales y Distritales de Salud, para el manejo de los esquemas básicos de las enfermedades de interés en Salud Pública. Para tal efecto, y como parte integral de los estudios previos que se elaboran para los procesos contractuales de compra o adquisición de medicamentos, se efectúa la estimación de necesidades tomando como referencia el consumo histórico, las existencias a la fecha en el Almacén y la proyección de casos esperados conforme a la tendencia de la enfermedad y la situación de los factores de riesgo que inciden en la ocurrencia de brotes o epidemias. En relación con el manejo para la distribución se informa que ésta se hace por demanda de las Secretarías Departamentales y Distritales de Salud, ante lo cual la Dirección General de Salud Pública expide una solicitud de despacho al Almacén del Ministerio teniendo en cuenta adicionalmente el consumo histórico del medicamento requerido, los casos reportados, y las políticas definidas para la distribución de medicamentos definidas para algunos casos específicos como es el caso de los medicamentos para tratamiento de la tuberculosis, la lepra y la influenza. Sin embargo, al realizar las estimaciones de volúmenes de medicamentos a adquirir se prevé un porcentaje que

corresponde a una reserva para atender eventuales aumentos de casos o brotes atípicos que no fueron consumidos, razón por la cual se pueden presentar eventualmente excedentes de algunos medicamentos cuando no se presenten estos comportamientos; razón por la cual en los contratos de adquisición de algunos medicamentos se pacta la reposición de un porcentaje de medicamentos próximos a vencerse. En caso contrario, los medicamentos vencidos se disponen inmediatamente en una bodega diferente a la de los medicamentos vigentes, en espera de su disposición final de conformidad con la normatividad vigente que regula la materia. Se anexa la información suministrada por el Almacén del Ministerio con respecto a los medicamentos próximos a vencerse según memorando anexo 27685 de fecha febrero 3 de Delegada para la Vigilancia Preventiva de la Función Pública. funcionpublica@procuraduría.gov.co Carrera 5 No. 15 - 80 Piso 17 Pbx 5 878750 - Ext 11728 Fax 11798 www.procuraduría.gov.co 2011. Cuáles han sido las gestiones Durante los años 2009 y 2010 la Dirección General de Salud referentes al contrato o proyecto de Pública del Ministerio de la Protección Social, a través del Grupo contratación para adquirir los servicios de Salud Ambiental adelantó procesos precontractuales con el de una empresa para destruir o propósito de efectuar la disposición final de los medicamentos e incinerar los medicamentos vencidos, insumos vencidos, sin que se hubieran podido culminar cuáles son los medicamentos satisfactoriamente. Así por ejemplo, en el 2010 se adelantó el involucrados para este caso, su proceso público de Selección Abreviada por Subasta Inversa

cantidad y volumen (toneladas), tiempo para la Adquisición de Bienes de Características Técnicas de existencia en stock, fecha Uniformes – SACTU No. 14 de 2010, la cual fue declarado fabricación y de expiración, vida útil desierto ante la no presentación de propuestas (Resolución (%) de su compra o distribución. 4415 del 2 de noviembre del 2010, anexa). Ante esta situación en los meses de noviembre y diciembre de 2010 con el fin de buscar solución a la disposición final de los medicamentos vencidos se efectuaron gestiones ante las empresas de servicios públicos habilitadas para la recolección y disposición final de residuos peligrosos, sin que se hubiese obtenido oportuna respuesta a la solicitud del Ministerio (anexo solicitudes de cotización). La descripción y volumen de los insumos a ser sometidos a disposición final se relacionan en el estudio previo y pliego de condiciones del precitado proceso SACTU 14 de 2010 del cual se anexa copia. Es importante aclarar, que el mayor volumen de los insumos vencidos corresponde al antiguo Ministerio de Salud, tal es el caso, del Fluoruro de Sodio que corresponde a 5.360 kg. Para la vigencia fiscal 2011, se han apropiado recursos en el Plan de Compras de la Dirección General de Salud Pública por la suma de $40.000.000, para efectuar un proceso de selección pública para contratar el manejo y disposición final de los mismos de conformidad con la normatividad vigente. (anexo plan de compras 2011). Se solicita un listado de los Se adjunta el listado de medicamentos existentes en el Almacén

medicamentos existentes que se (vencidos y sin expirar) conforme a la solicitud estipule su denominación, gramos, cantidad, para que se usa, fecha de adquisición, fecha de fabricación y expiración, nombres de interventores o supervisores de la ejecución del contrato. Cual es la normatividad por los cuales Para el ejercicio de las supervisiones o interventorías de se rigen para desarrollar sus funciones contratos el Ministerio de la Protección Social expidió la de supervisión o interventorías, y Resolución 2471 del 30 de junio de 2010, en la cual se destrucción o incineración de establecen las pautas para desarrollar actividades de medicamentos. supervisión e interventoría de los contratos suscritos por la entidad. Con respecto a la normatividad vigente para la disposición final de medicamentos vencidos, esta actividad está regulada por la Resolución No. 1164 de 2002 del Ministerio de Ambiente y los Decretos No. 4741 de 2005 y 2676 de 2000. Informe que gestión ha realizado el El INVIMA no tiene competencia frente a la disposición final de INVIMA frente a los anteriores hechos. medicamentos vencidos. De otra parte, se solicitó a los funcionarios ampliar la información, que sea de utilidad y que justifique los anteriores hechos, obteniendo el siguiente resultado, que se transcribe: << Con el fin de dar respuesta a las inquietudes planteadas verbalmente por los abogados de la Procuraduría en desarrollo de esta reunión, para suministro de información en relación con las políticas que se aplican para la adquisición de medicamentos e insumos de interés en salud pública, y de manera específica en lo relacionado con el medicamento

para el tratamiento de la influenza, se hacen las siguientes aclaraciones, así: 1. ¿Cuáles eran las recomendaciones de la Organización Mundial de la SaludOMS, en relación con la adquisición y manejo de los medicamentos ante una situación de pandemia de Influenza? Delegada para la Vigilancia Preventiva de la Función Pública. funcionpublica@procuraduría.gov.co Carrera 5 No. 15 - 80 Piso 17 Pbx 5 878750 - Ext 11728 Fax 11798 www.procuraduría.gov.co Respuesta: En el año 2005, ante la creciente amenaza de una pandemia de Influenza por nuevas cepas resultado de la recombinación de virus humanos y animales, específicamente aviar (Caso asiático), la OMS elaboró la Guía para el uso de vacunas y antivíricos en las pandemias de influenza (Anexa)1, en la cual se dan recomendaciones a los países para el manejo de antivíricos. Entre ellas se resaltan: Formular estrategias para el uso de vacunas y antivíricos y garantizar la disponibilidad de abastecimiento adecuado para una pandemia: Colombia elaboró un estimativo de los requerimientos calculando cubrir poblaciones de mayor riesgo que evitaran una alta mortalidad y el colapso de los servicios esenciales. Formular y ensayar estrategias para la producción de emergencia, concesión de licencias y ensayo de vacunas y antivírico: A la par de los procesos de adquisición, y previendo que en la medida que aumentara la pandemia la disponibilidad de medicamento sería baja, se priorizó y agilizó el trámite del registro sanitario de

Oseltamivir del Laboratorio PROCAPS de Barranquilla, quién previo a la pandemia venía adelantando este trámite para producir el medicamento en el país. Elaborar modelos y guías para el uso de vacunas y antivíricos cuando sean escasos, ajustando estos modelos y guías cuando comience la pandemia: Se elaboraron y socializaron guías de manejo que, como se mencionará más adelante, permitieron orientar el manejo y uso racional de los medicamentos y vacunas, siguiendo las recomendaciones de OMS en términos de priorizar grupos de población. (Anexo) Incorporar la creación de una reserva de antivíricos a los planes antipandémicos: Ya en el 2007 cuando el país formuló el Plan de preparación ante una pandemia de Influenza Aviar, se había adquirido cerca de 25.000 tratamientos que se encontraban en el Almacén del Instituto Nacional de Salud. Esta provisión permitió iniciar un rápido manejo de los primeros casos y sus contactos, cuando apenas se adelantaba el primer proceso de adquisición del medicamento. En esta misma publicación la OMS, advierte: “la OMS, abordará la cuestión de la equidad en el suministro entre los países. Al comienzo de una pandemia no se dispondrá de vacunas. A falta de vacunas, la única intervención específica posible será el uso de antivíricos, pero para que su disponibilidad sea adecuada es necesario crear previamente reservas. Además, es preciso tomar medidas para acelerar la disponibilidad de vacunas y antivíricos y para formular guías que regulen su uso cuando sean escasos” (Negrilla fuera del texto)

2. ¿Cuál es la vida útil máxima de los medicamentos en Colombia?

Respuesta: El parágrafo 2 del artículo 22 del Decreto 677 de 1995, que versa sobre la documentación para la evaluación farmacéutica a fin de tramitar el Registro Sanitario, establece lo siguiente con respecto a la vida útil de los medicamentos: “Cuando el registro sanitario se expida con base en resultado de pruebas de corto plazo, la vida útil máxima aceptable será de tres (3) años. En todo caso, la vida útil de un medicamento en ningún caso será superior a cinco (5) años”. (Anexo aparte del decreto) Con el propósito de reducir el riesgo de vencimiento de inventarios, la política de adquisición de medicamentos del Ministerio ha establecido que los elementos a entregar por parte de nuestros proveedores tengan mínimo un 75% de su vida útil; no obstante, en situaciones de excepción, por urgencia o desabastecimiento de un medicamento considerado esencial, ha sido necesario adquirir insumos con vida útil inferior al 75%. 3. ¿Por qué el Tamiflú adquirido tenía una vida útil inferior al 75%? 4. ¿Cómo se calcularon las necesidades de medicamento?

1 . Disponible en: http://www.who.int/csr/resources/publications/influenza/WHO_CDS_CSR_RMD_2004_8es.pdf Delegada para la Vigilancia Preventiva de la Función Pública. funcionpublica@procuraduría.gov.co Carrera 5 No. 15 - 80 Piso 17 Pbx 5 878750 - Ext 11728 Fax 11798 www.procuraduría.gov.co Respuesta a preguntas 3 y 4: El Ministerio de la Protección Social adquirió Oseltamivir

en dos momentos: La primera adquisición se solicitó el 30 de abril de 2009, cuando recién las autoridades sanitarias de México informaron de la emergencia sanitaria originada por la presencia de casos de Influenza atípica con más de 800 casos de enfermedad similar a influenza y 57 muertes de neumonía grave aparentemente causadas por una nueva cepa porcina de virus de influenza AH1N1 identificado por el Centro de Control de Enfermedades (CDC) de los EUA. En ese momento nos encontrábamos en fase pandémica 4 en una escala de 6, lo cual representaba una seria amenaza, con un riesgo muy grande de desabastecimiento. En tal virtud, los diferentes países, en la medida de su capacidad económica, iniciaron procesos sumarios de adquisición de medicamentos antivirales. En esa medida los países desarrollados adquirieron cantidades importantes de medicamentos, dejando en el mercado poca disponibilidad de los mismos para los países menos desarrollados. Por estas circunstancias, la empresa propietaria de la molécula (Roche) quién a su vez era la única empresa en Colombia con registro sanitario del medicamento ofreció al país, una cantidad máxima de 400.000 tratamientos, con una vida útil de 45%, según este proveedor era lo que se disponía en ese momento en inventario. En mayo 13 de 2009, el número de países afectados subía a 30 donde se reportaban 4.694 casos de infección y 53 muertos a causa del nuevo virus. En Colombia, a mayo 13 se habían confirmado 7 casos. De acuerdo a lo anterior, el comportamiento que venía presentando la enfermedad, el ascenso en la fase pandémica determinado por la OMS, al pasar a fase 5 y la posibilidad

latente de ascenso a fase 6, así como el incremento de países afectados, el compromiso de más de una zona epidemiológica, la detección y confirmación de 7 personas positivas para el virus de influenza AH1N1 en el país, y el aumento en la probabilidad de contacto con enfermos, obligó a que el Ministerio de la Protección Social realizara un ajuste al análisis de cálculo de medicamentos antivirales requeridos a fin de asegurar una respuesta oportuna y efectiva bajo estas nuevas condiciones. Para lo anterior y bajo este nuevo escenario se realizó un análisis prospectivo en el escenario “más probable” con una tasa de ataque del 10%, en período pandémico Fase 5 de OMS,. Para el efecto se utilizó el software de simulación FLuAid2 del Centers for Disease Control and Prevention (CDC), para la población colombiana, obteniendo como resultado: Con base en las estadísticas poblacionales de las proyecciones del DANE para el año 2008, se procedió a establecer los porcentajes de distribución de población de la pirámide poblacional para los grupos etáreos de 0 a 18 años, de 19 a 64 años y mayores de 65 años, a fin de realizar con estos datos la simulación de escenarios “máximo”, “mínimo” y “más probable” determinados en el software FLuAid2, del Centers for Disease Control and Prevention (CDC), para determinar el total de pacientes afectados por el evento. Grupos de Edad Hombres Mujeres TOTAL Distribución Porcentual 018 8.938.232 8.537.193 17.475.425 39,31 19-64 11.706.834 12.406.137 24.112.971 54,25

>65 1.297.131 1.564.733 2.861.864 6,44

TOTAL 21.942.197 22.508.063 44.450.260 100

Una vez determinadas las cifras de la población con esta distribución etárea, se simuló con el software FluAid2, con un porcentaje de ataque del 10%, determinando las cifras por Delegada para la Vigilancia Preventiva de la Función Pública. funcionpublica@procuraduría.gov.co Carrera 5 No. 15 - 80 Piso 17 Pbx 5 878750 - Ext 11728 Fax 11798 www.procuraduría.gov.co escenario para los eventos de atención ambulatoria, hospitalización y mortalidad, que se ven en la siguiente tabla.

ESCENARIO

Eventos Máximo Mínimo Más probable Muertes 15.034 3.224 7.684 Hospitalizaciones 54.466 39.568 11.816 Atenciones ambulatorias 3.278.768 1.864.640 2.391.142

TOTAL 3.348.268 1.907.432 2.410.642

Una vez establecidas estas cifras, se tomó el valor del escenario más probable es decir 2.410.642 pacientes y de acuerdo a los porcentajes de riesgo por co-morbilidad y otros eventos establecidos por la Organización Mundial de la Salud, que determinarían la indicación de tratamiento profiláctico, para los grupos etáreos, que corresponden para la población de 0 a 18 años al 6.4%, de 19 a 64 años al 14.4% y para mayores de 65 años al 40%, se definió el número probable de dosis necesarias para profilaxis. De la misma manera una vez establecidas las cifras nacionales tanto de profesionales de

salud como personal auxiliar de salud, en los diferentes estudios de recurso humano en salud, presentados por CENDEX al Ministerio de la Protección Social, se estimó un porcentaje de contacto con pacientes en los eventos descritos del 50%, así mismo para total de cobertura de aseguramiento de las fuerza militares, estimado en 1.200.000, personas, se consideró un porcentaje de contacto con este tipo de pacientes del 40%, que da como resultado el número de profilaxis antivirales que se determina en la siguiente tabla.

GRUPO OBJETIVO DISTRIBUCIÓN % APLICACIÓN DE DOSIS

TOTALES PROFILAXIS ETÁREA PROFILAXIS PROFILAXIS Profesionales de Salud 171.468 50 85.734

Auxiliares de salud 17.600 50 8.800 Fuerzas militares 1.200.000 40 480.000 Población afectada por tasa de ataque del 10% 2.410.642 0 Población 0 - 19 39,31 947.733 6,4 60.655 Población 19 - 64 54,25 1.307.703 14,4 188.309 Población Mas de 65 años 6,44 155.206 40 62.082

TOTAL DOSIS DE PROFILAXIS ESTIMADA PARA PORCENTAJE DE ATAQUE DEL 10% 885.581

Con el anterior análisis se encuentra como resultado un requerimiento de 885.581 dosis de profilaxis de antivirales, para una simulación de doce semanas. En razón a lo anteriormente descrito y atendiendo las recomendaciones tanto de la OMS como del CDC para profilaxis de personal de salud y fuerza pública y analizando objetivamente la

progresión de la enfermedad en el mundo, el compromiso de más de una zona epidemiológica y la detección y confirmación de siete casos positivos para el virus de influenza AH1N1 en el país, se estimó y recomendó bajo un escenario del 10%, que adicional a los 400.000 esquemas de tratamiento adquiridos previamente, se adquirieran 600.000 esquemas para completar un millón de tratamientos2 no sólo para profilaxis antiviral sino para tratamiento de casos confirmados y sospechosos, en desarrollo del Plan Nacional de Prevención y Mitigación del impacto de la pandemia de influenza en Colombia, el cual establece el suministro del medicamento Oseltamivir como una estrategia efectiva para la atención y reducción de la morbilidad y la mortalidad. Así las cosas, el Ministerio recibió ofertas por parte de las siguientes compañías: 2 Un esquema de tratamiento consta de 10 cápsulas Delegada para la Vigilancia Preventiva de la Función Pública. funcionpublica@procuraduría.gov.co Carrera 5 No. 15 - 80 Piso 17 Pbx 5 878750 - Ext 11728 Fax 11798 www.procuraduría.gov.co  Biotoscana S.A., la cual ofreció el medicamento a un precio de US$12.5 por esquema de tratamiento, valor que, convertido a pesos colombianos, es de $28.621,625 según TRM vigente a la fecha.  Bio Health S.A., la cual ofreció el medicamento a un precio de US$14 por esquema de tratamiento, valor que, convertido a pesos colombianos, es de $32.056,22 según TRM vigente a la fecha. El valor en dólares se debe calcular a la tasa representativa del mercado del día 30 de

abril de 2009, esto es, a $2.289,73. Se toma el 30 de abril, pues corresponde a la fecha de recibo de las ofertas por parte de las dos empresas. De conformidad con lo anterior, resultaba más favorable, por razones de precio, adquirir el medicamento Oseltamivir a la empresa Biotoscana S.A. No obstante lo anterior, dicha empresa estaba en capacidad de entregar sólo 250.000 dosis, razón por la cual, y con el fin de adquirir las 600.000 dosis requeridas, se hizo necesario celebrar un contrato con Bio Health S.A. por las 350.000 dosis restantes. De otro lado, es importante anotar que se realizó la consulta de precios indicativos en el SICE. Dicha consulta arrojó como resultado que no existe un precio indicativo “... ya que existen menos de 10 precios de referencia.” Sin embargo, se reporta un precio de $ 35.530,oo que corresponde a la media aritmética de los precios de referencia. La vida útil de estos últimos medicamentos era superior, recibiendo en consecuencia medicamentos con fechas de vencimiento de abril de 2014 y abril de 2012. De los 425.000 tratamientos que compró inicialmente el Ministerio (incluyendo los entregados por exención de arancel), se distribuyeron 389.124, quedando en el almacén 35.826 cuya fecha de expiración es octubre de 2011 y 50 con fecha de expiración de agosto de 2011. 5. ¿Estrategias para asegurar el uso responsable del Oseltamivir?

Respuesta: Entre las diferentes estrategias y acciones para asegurar el uso responsable del Oseltamivir y reducir el riesgo de resistencia al fármaco, se resalta:

Formulación de guías de manejo: el Ministerio de la Protección Social, con apoyo y participación de la Asociación Colombiana de Infectología, realizó y difundió la Guía de manejo y estudio de casos y sus contactos para enfermedad similar a Influenza

(Anexa), en la cual se dieron las primeras directrices para el uso del Oseltamivir. Entrega de directrices a las entidades territoriales para el buen uso de los medicamentos, el manejo adecuado de casos y la vigilancia en salud pública. Al respecto se resalta, la circular 048 de Julio 17 de 2009, en la cual se actualizan las directrices sobre vigilancia y medidas de salud pública para el manejo de casos con infección por virus pandémico AH1N1/09 (Anexa). Igualmente, se realizaron videoconferencias para la socialización de guías de manejo y protocolos para la prevención, diagnóstico y manejo de la Influenza y sus contactos, dirigidos al cuerpo médico, a las autoridades de salud departamentales y distritales y a las autoridades de sanidad portuaria; igualmente, se dispuso de un call center para la atención, asesoramiento de profesionales y comunidad en general con respecto a la Influenza y se activó el Centro Nacional de Enlace como instancia de coordinación nacional para la vigilancia y respuesta a la pandemia. El 9 de septiembre de 2010, al informar la OMS el paso de fase pandémica 6 a fase post – pandémica, Colombia emitió la Circular 055 en la cual se dan directrices a las entidades territoriales, IPS y aseguradoras, para el mantenimiento de las acciones de

prevención, vigilancia y control en salud pública en fase post-pandémica de la influenza Delegada para la Vigilancia Preventiva de la Función Pública. funcionpublica@procuraduría.gov.co Carrera 5 No. 15 - 80 Piso 17 Pbx 5 878750 - Ext 11728 Fax 11798 www.procuraduría.gov.co AH1N1, lo cual incluye una redefinición de los casos que son sujeto de tratamiento con Oseltamivir. (Anexa) De igual forma se definieron lineamientos y manuales para el manejo de la vacuna contra la Influenza AH1N1 dirigida a grupos priorizados según lineamientos de la OPS/OMS. (Anexo) >> Adicionalmente, se anexó la siguiente documentación:  Memorando del grupo de Recursos físicos del MPS, radicado 27685 de fecha febrero 3 de 2011.  Estudios Previos SACTU No. 14 de 2010.  Pliego de condiciones SACTU 14 de 2010.  Acta de cierre del proceso SACTU 14 de 2010.  Resolución 4415 de 2010, mediante la cual se declara desierto el proceso SACTU 14 de 2010.  Solicitudes de cotizaciones efectuadas en noviembre de 2010 a empresas para la disposición final de medicamentos.  Plan de Compras 2011 en el cual se apropian recursos para la disposición final de medicamentos e insumos vencidos.  Listado de medicamentos existentes (vencidos y no expirados a la fecha).  Decreto 2676 de 2000 por el cual se reglamenta la gestión integral de los residuos hospitalarios.

 Guía para el uso de vacunas y antivíricos en las pandemias de influenza.  Documento Política para distribución y uso de medicamentos en condiciones de pandemia.  Decreto No. 677 de 1995, sobre evaluación farmacéutica para trámite del Registro Sanitario.  Guía de manejo y estudio de casos y sus contactos para enfermedad similar a Influenza, versiones de mayo de 2009 y octubre de 2009.  Circular 048 de julio 17 de 2009.  Circular 055 de septiembre 9 de 2011.  Lineamientos y manuales para el manejo de la vacuna contra la Influenza AH1N1 dirigida a grupos priorizados según lineamientos de la OPS/OMS, incluye CD.  Copia del informe de Auditoría Gubernamental con Enfoque Integral Modalidad Especial, pr

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