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PGN - TESTIGO SOSPECHOSO - Valoración más severa y estricta de su testimonio

Procuraduría General de la Nación

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Detalles

Título
PGN - TESTIGO SOSPECHOSO - Valoración más severa y estricta de su testimonio
Autor
Procuraduría General de la Nación
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Disciplinario
Año
—

VICEPROCURADURIA

DEPENDENCIA Viceprocuraduría General

RADICACIÓN 002-73503-02

INVESTIGADOS Amilkar Acosta Medina y Otros CARGO Y ENTIDAD Senadores y Representantes a la Cámara QUEJOSO Copias de oficio FECHA HECHOS Septiembre de 1998 a abril de 1999. ASUNTO Fallo de única instancia Bogotá, D.C., Enero veintiocho (28) de dos mil cuatro (2004). El Despacho procede a resolver lo que en derecho corresponda en relación con la responsabilidad disciplinaria de los Senadores y Representantes investigados por recomendar personas para ser nombradas en la Contraloría General de la República, conforme a lo previsto en los artículos 169 y 170 de la ley 734 de 2002, después de verificar que no existe causal de nulidad alguna que impida tomar esta decisión. H E C H O S En atención a la publicación de la revista Cambio, edición 381, que circuló entre el 9 y el 16 de octubre de 2000, en la cual denunciaba que el Contralor, CARLOS OSSA ESCOBAR, había repartido 900 cargos entre los congresistas, el Procurador General de la Nación ordenó adelantar indagación mediante auto del 10 de octubre de 2000. Por impedimento que manifestó el Procurador General de la Nación, el Viceprocurador asumió el conocimiento de la investigación y mediante auto del 18 de enero de 2002 decidió abrir investigación contra el Contralor y otros funcionarios de la entidad, conforme a lo previsto en el artículo 17, numeral 3 del Decreto 262 de 2000. En atención al concepto emitido por las Procuradurías Primera y Quinta

Delegadas ante el Consejo de Estado, quienes estimaron que no era procedente la acción de pérdida de la investidura, pero que los congresistas habrían podido cometer falta disciplinaria teniendo en cuenta la prohibición contenida en el artículo 268, numeral 10 de la Constitución Política, el despacho analizó las pruebas que obraban en relación con los congresistas y encontró mérito para abrir investigación contra 205 personas que figuraban con dicha calidad, con fundamento en la competencia atribuida por el artículo 17, numeral 3 del Decreto 262 de 2000, mediante auto del 21 de junio de 2002. En auto del 18 de diciembre de 2002, se formularon cargos contra 139 investigados y se ordenó el archivo en relación con los restantes (c.o. 6) Una vez notificados los cargos y transcurridos los términos legales para la presentación de descargos, aporte y solicitud de pruebas, mediante auto del 28 de febrero de 2003 se resolvió sobre las causales de nulidad planteadas por varios investigados; igualmente el 24 de abril de 2003 se decidió sobre nulidades y pruebas; y, sobre los recursos presentados contra dichas decisiones se resolvió mediante auto del 29 de julio del mismo año. 1 VICEPROCURADURIA El 5 de septiembre de 2003 se dispuso traslado a los sujetos procesales para que hicieran uso del derecho a presentar alegatos de conclusión, conforme a lo previsto en el artículo 92, numeral 8 del N.C.D.U. PRUEBAS Las pruebas generales fundamentales allegadas a lo largo de la investigación fueron las siguientes: 1.-Transcripción de la grabación sobre la entrevista concedida por el doctor

CARLOS OSSA ESCOBAR a periodistas de la revista Cambio, efectuada por la Dirección Nacional de Investigaciones Especiales de la Procuraduría General de la Nación. En dicha entrevista, al referirse al tema de investigación manifestó que los parlamentarios le llevaban hojas de vida y como no las podía desconocer porque era una realidad indiscutible, entonces miraba qué vacantes había y entonces ponía al lado del parlamentario un grado 10, por ejemplo, y así sucesivamente. Las hojas de vida iban a la Secretaría Administrativa y allí revisaban si cumplía requisitos y perfil. Precisó que hubo nombramiento de personas cuyas hojas de vida llegaban vía parlamentario. 2.-Versión libre del Contralor CARLOS OSSA ESCOBAR, rendida el 15 de enero de 2002, en la cual explicó que no nombró a nadie por recomendación personal y política, que llegaban hojas de vida a la Contraloría, enviadas por congresistas, amigos y conocidos, las recibía el doctor SAADE y junto con el doctor CASASFRANCO organizó una especie de base de datos, seleccionaron las mejores hojas según el perfil y el cumplimiento de requisitos. Sobre el procedimiento para nombramientos, explicó que se reunía con SAADE Y CASASFRANCO, preguntaba: para el grado 10 cuál es la hoja de vida seleccionada que cumple requisitos y le contestaban la hoja seleccionada es tal; preguntaba: como llegó esa hoja de vida y le contestaban: la envió el Representante tal y anotaba el nombre del Representante. Registraba de su puño y letra con el objeto de llevar una especie de bitácora de ese proceso. Sobre el documento “Nombramientos Administración Dr. CARLOS OSSA

ESCOBAR”, explicó que seguramente fue elaborado por AFREDO SAADE como resultado del proceso de nombramientos entre septiembre de 1998 y mayo de 1999, en la lista aparecen nombramientos de personas cuyas hojas de vida fueron enviadas por parlamentarios y por otras personas. Registraba cada nombramiento al frente del parlamentario que había enviado la hoja de vida, que cumpliera requisitos. En la ampliación de versión, rendida por el doctor OSSA, el 24 de abril de 2002, se ratificó en el procedimiento de nombramiento explicado, precisando que preguntaba cómo llegó la hoja de vida y el señor SAADE le decía tal o cual persona o parlamentario la envió, lo cual también anotaba y esa es la explicación de la lista manuscrita de su puño y letra. Hizo reiterados reparos a lo declarado por el doctor ALFREDO SAADE y manifestó, entre otras cosas, que la lista de “nombramientos” la elaboró él a su arbitrio y a su antojo, por ello apareció cualquier cosa derivada de su imaginación, como se comprueba con la declaración de MARCELINO ACOSTA; que la lista la alimentaba SAADE y no 2 VICEPROCURADURIA LUZ MARINA NOREÑA como lo declaró; que se apropió de la lista contactos que fue elaborada por el Vicecontralor a partir de enero de 2000, mucho tiempo después de que sucedieran los hechos investigados por la Procuraduría, para unirla con la lista de nombramientos y armar una historia truculenta y engañosa. 3.- Versión libre rendida por el doctor MAURICIO CASASFRANCO, el 15 de

diciembre de 2000, quien explicó que a finales de abril de 1998 se posesionó como Secretario Administrativo de la Contraloría, y en septiembre del mismo año lo ratificó en el cargo el doctor OSSA. Sobre las hojas de vida manifestó que se canalizaban por el asesor del despacho y las enviaba a la Secretaría Administrativa donde un grupo de profesionales revisaban los perfiles para ubicarlos en los grados 9, 10, 11, 12 y 13; el Contralor preguntaba a SAADE porqué medio había llegado la hoja de vida y éste respondía por un funcionario, un gerente, por un congresista o por un amigo del Contralor, entonces el Contralor tomaba apuntes y elaboraba la lista que entregaba al asesor, lo que le servía para control. Sobre el listado “Nombramientos Administración Dr. CARLOS OSSA ESCOBAR”, dijo que la manejaba el asesor SAADE para tener un control sobre sus archivos, pero ahora entendía que el propósito era la publicación por un resentimiento en virtud a que la institución adelantó proceso fiscal contra su hermano. Explicó que la base de datos “Contraloría (Diego Felipe)” que salió en la revista Cambio, se manejó en el despacho del Vicecontralor y la finalidad era tener una información real sobre qué tan politizada estaba la Contraloría e identificar nexos de funcionarios con congresistas para evitar conflictos de intereses en procesos de auditoría, porque la gente acudía voluntariamente a informar el medio como había ingresado a la entidad, pero la utilidad fue inocua porque los datos publicados demuestran que la gente incorporada es de carrera con antigüedad de 5 a 7 años.

4.- Versión del doctor JOSE FELIX LAFAURIE RIVERA, rendida el 18 de diciembre de 2000, quien explicó que el doctor SAADE atendía todas las solicitudes de los congresistas y terminó recibiendo las hojas de vida; que la base de datos publicada en la revista Cambio tenía el propósito de relacionar el nombre de funcionario de carrera que tenían vínculos personales con congresistas y con dirigentes de los Departamentos para tomar precauciones cuando se integraban comisiones de auditoría o investigación y también anotación sobre la inclinación temática del congresista. Señaló que debía cuestionarse si las listas que originalmente se entregaron a NELSON PINEDA para que incorporara los nombres bajo la supervisión de MARIELA BARRAGAN se hizo de manera exacta o si se adulteró. En la ampliación de versión, rendida el 2 de mayo de 2003, ratificó la explicación sobre la base de datos y señaló que ordenó desarrollar el software aplicativo “Contactos” que lo vació NELSON PINEDA, quien lo alimentaba, cuyas fuentes de información era la planta de personal, lo manifestado por funcionarios en el proceso de reestructuración y la información de ALFREDO SAADE sobre los provisionales, el cual mantenía en un computador de su despacho; precisó que el doctor OSSA recibió hojas de vida de diferentes 3 VICEPROCURADURIA fuentes, incluidos los parlamentarios, pero todos sin excepción fueron sometidos al procedimiento de selección; que PINEDA fue quien entregó la información a SAADE. 5.- Los cuadros denominados “Consulta Contactos” donde aparecen los nombres y apellidos de congresistas, con datos como profesión, partido

político, corporación y comisión a la que pertenece, datos sobre dirección y números telefónicos; en la parte inferior de cada cuadro aparece la información sobre los funcionarios de la contraloría que estaban relacionados con el congresista, con datos como sus nombres y apellidos, cédula, cargo, grado, tipo de nombramiento (provisional, ordinario, escalafonado), profesión, ciudad sede del cargo y nombre de la oficina o dependencia donde fue nombrado. La Unidad de Asesoría Técnica Científica de la Dirección Nacional de Investigaciones Especiales de la Procuraduría revisó la base de datos denominada “Diego Felipe” y verificó que la información entregada por la revista Cambio en las planillas “Consulta Contactos” es la misma que se encuentra en la tabla “Nómina 1302” entregada por la Contraloría General de la República (fls, 46.ss. c.o.4) 6.-Listado denominado “Nombramientos Administración Dr. CARLOS OSSA ESCOBAR” que contiene los nombres y apellidos de 564 personas nombradas en la Contraloría, con los datos de: cargo, grado, resolución y fecha de nombramiento, perfil o profesión, seccional o sede del cargo y en la última columna bajo el nombre de observaciones aparece el nombre del congresista o de la persona que recomendó al nombrado, según lo explicado por el doctor ALFREDO SAADE en las diligencias de declaración que rindió (fls. 87 a 100 c.o.2) 7.-Cuadros por departamento y listados con los nombres y apellidos de Senadores y Representantes a la Cámara, donde aparece frente al nombre de

ellos, con algunas excepciones, el nombre de los cargos y los grados que le fueron asignados por el Contralor (fls. 57 a 86 c.o.2) 8.-Declaración del doctor ALFREDO RAFAEL SAADE VERGEL, rendida el 2 de noviembre de 2000, en la cual explicó que se vinculó por programa de Naciones Unidas –PNUDcomo asesor del despacho del Contralor, el 15 de septiembre de 1998; entre las labores que cumplía estaba la de revisar los cargos disponibles en la Contraloría, la cual era realizada con el Contralor y el doctor MAURICIO CASASFRANCO; se verificaban los cargos disponibles y el doctor OSSA de su puño y letra iba decidiendo a qué Senador o Representante le asignaba dichos cargos; por orden del Contralor recibía hojas de vida que llevaban los congresistas y con el Contralor miraban el cargo que le iba a entregar; el doctor OSSA le enviaba los datos y él iba almacenando en una base de datos que alimentaba LUZ MARINA NOREÑA y aveces JAVIER

RIVERA.

En diligencia de ampliación de declaración, rendida por el doctor SAADE el 11 de marzo de 2003, ratificó el procedimiento empleado para asignar los cargos o grados por parte del Contralor y señaló el nombre de los parlamentarios que atendió en su oficina para efectos de hacer los nombramientos respectivos, al igual que el nombre de parlamentarios que no atendió como GERMAN 4

VICEPROCURADURIA

VARGAS LLERAS, MARIO URIBE ESCOBAR, HERNANDO CARVALHO y

WILLIAM VELEZ y aclaró que no todos los congresistas iban a buscar puestos a la Contraloría; explicó que la base de datos de los nombramientos era alimentada con las resoluciones de nombramiento firmadas por el Contralor; las hojas de vida que presentaban los congresistas eran diferentes, en formato normal particular no en formato oficial; los cargos los distribuía directamente el doctor OSSA con su puño y letra como consta en los manuscritos, en su despacho de asesor lo único que se guardaban eran hojas de vida. 9.-Declaración de NELSON PINEDA RODRIGUEZ. Explicó que se desempeñaba como mensajero y a partir de noviembre de 1998 trabajó en la oficina del doctor JOSE FELIX LAFAURIE; señaló que el 23 de diciembre de 1999 se enteró de la base de datos que tenía el computador personal y portátil del doctor LAFAURIE, quien le ordenó que lo alimentara ingresando datos de funcionarios que laboraban en la entidad y eran recomendados o tenían afinidad política con parlamentarios; se alimentaba con datos que le suministraban ALFREDO SAADE y MARIELA BARRAGAN, siguiendo las instrucciones que en ese sentido le había impartido el doctor LAFAURIE; la información se la entregaban en listas, la mayoría realizadas a “puño y letra”, aparecía el nombre del parlamentario y las personas que recomendaba; la base de datos que le entregaron ya estaba abierta y terminó de alimentarla el 15 de enero de 2000; el doctor LAFAURIE le solicitaba que le mostrara los datos a los parlamentarios y éstos pedían correcciones, adicionando o retirando nombres de sus recomendados.

Continuó el declarante explicando que en mayo de 2000, la doctora MARIELA BARRAGAN estaba nerviosa porque iba a venir una investigación, entonces el doctor LAFAURIE ordenó bajar el computador a sistemas para crear un Backup de la base de datos y eliminar los archivos del computador, le ordenó entregar el Backup a la doctora MARIELA y ésta ordenó eliminar los impresos de la base de datos, aclaró que se creó una copia de su computador en un CD Room o sea un Backup que fue el que quedó en manos de MARIELA BARRAGAN, mucho antes de la publicación de Cambio, y que fue en la oficina de sistemas donde se le dio a la base de datos el nombre de “Consulta Contactos” El declarante explicó también que la lista “Nombramientos Administración Dr. OSSA” corresponde a la que le entregó inicialmente el doctor SAADE entre el 23 y 24 de diciembre de 1999 y que en la revista Cambio se publicaron los manuscritos que le entregó el doctor SAADE y la doctora BARRAGAN; que la base de datos del computador del doctor LAFAURIE que le entregaron en dicha fecha era muy completa y tuvo que ser creada antes. Precisó que al doctor LAFAURIE le llegaban hojas de vida en sobre sellado, las abría MARIELA BARRAGAN, le pasaba el nombre del recomendado y a quién recomendaba, entonces buscaba el parlamentario en la base y le incluía la información con “HV” (hoja de vida), como se ve en la revista Cambio, pagina 21(fls. 100 ss c.o.8) CARGOS y DESCARGOS #AMILKAR ACOSTA MEDINA (1) Se le formularon cargos porque el implicado recomendó a CARLOS ARIEL

COLLAZOS RUIZ, en virtud de lo cual el doctor CARLOS OSSA ESCOBAR en 5 VICEPROCURADURIA la lista que elaboró para atender los requerimientos que le hacían los congresistas, le asignó un grado 10 frente al nombre del investigado y lo nombró mediante Resolución 034 del 5 de enero de 1999 en el cargo de Profesional Universitario, grado 10, con sede en Bogotá, cargo que ejerció hasta el 22 de agosto de 1999, fecha en que le aceptaron la renuncia (fls. 61 y 95 C.0.2, anx. 1). El implicado rindió versión libre y espontánea (fls.13 a 15 anexo 1) donde negó que haya hecho llegar al Contralor la hoja de vida de CARLOS ARIEL COLLAZOS pero admitió que lo conocía porque era el esposo de NANCY SÁENZ, quien fue su asistente por varios años y últimamente en el Congreso de la República de 1991 a 1999. Aclaró que se enteró del nombramiento del señor COLLAZOS a raíz de la publicación de prensa donde daba cuenta de un listado en el que se le atribuía el nombramiento. Sobre lo declarado por ALFREDO SAADE manifestó que no se explicaba porque lo había relacionado con quienes hicieron llegar hojas de vida al Contralor, la única explicación es que el nombrado lo hubiera dado como referencia personal al momento de presentar su hoja de vida por las relaciones de amistad que tenía. Sobre lo manifestado por el doctor OSSA ESCOBAR, respecto a los nombramientos dijo que no conoció el procedimiento interno que empleó para hacer el acopio de las hojas de vida, razón por la cual desconoce el por qué se

le atribuye esa recomendación. A través de apoderado presentó sus descargos, explicando lo siguiente: Que su defendido votó en favor del doctor OSSA ESCOBAR para Contralor General de la República por disciplina de partido y por órdenes de su jefe político el doctor HORACIO SERPA URIBE. Señaló que no mediaron acuerdos o compromisos entre el implicado y el doctor OSSA ESCOBAR para recomendar persona alguna a fin de lograr la vinculación de estas a la Contraloría. Además, que el doctor ACOSTA MEDINA nunca visitó las oficinas de los doctores OSSA ESCOBAR, ALFREDO SAADE o FELIX LAFAURIE en la Contraloría para llevar hojas de vida de aspirantes a ser vinculados a esa entidad y sólo visitó las oficinas de los últimos por razones de índole constitucional del Congreso y por situación de amistad respectivamente. Pone en duda la credibilidad de lo manifestado por ALFREDO SAADE porque indica que sus declaraciones temerarias y contradictorias inducen al error e igualmente argumenta que lo declarado por OSSA ESCOBAR no hace inferir que AMILKAR ACOSTA haya enviado a la Contraloría la hoja de vida del señor COLLAZOS RUIZ, por cuanto no indica en su versión cuál fue la forma o el medio como llegaron esas hojas. Afirma que no existe prueba testimonial ni documental que comprometa al investigado dentro de la presente investigación. Señala que el listado que elaboró el doctor OSSA ESCOBAR como bitácora del proceso de nombramientos de personal en la Contraloría, lo hizo con informaciones dadas

por ALFREDO SAADE, que nunca se corroboraron y por ello pudo haber sido asaltado en su buena fe consignando datos errados. 6 VICEPROCURADURIA Señala que el señor COLLAZOS RUIZ renunció en forma anticipada a la terminación de su provisionalidad y nunca volvió a ser nombrado, ni fue nombrado tampoco nadie que fuera cuota del implicado y que para el nombramiento del Gerente Seccional de la Contraloría en Guajira no se tuvo en cuenta el nombre de AMILKAR ACOSTA para nombrar a alguien allegado a él. Dice el apoderado del implicado que el señor COLLAZOS RUIZ, llegó a la Contraloría por cuanto entregó su hoja de vida al doctor ALBERTO CAMILO SUAREZ DE LA CRUZ, Delegado en la Contraloría durante la administración de OSSA, quien entregó a su vez la hoja de vida de COLLAZOS al doctor ALFREDO SAADE y una vez estudiado su perfil profesional lo nombraron en esa Entidad. Agrega que se ha desconocido la presunción de inocencia del investigado quien como Senador nunca votó proyectos de Ley presionado por intereses particulares o compromisos y siempre reflejó transparencia y pulcritud por lo que solicita el archivo de la investigación en su contra de conformidad con el artículo 73 de la ley 734 de 2003. #JOSE ARISTIDES ANDRADE (2) Se le formularon cargos por cuanto el investigado recomendó a TARCISIO PALLARES ACONCHA, ENRIQUE ROJAS ARENAS y ANDRES HIBER AREVALO PACHECO, en virtud de lo cual el doctor CARLOS OSSA ESCOBAR

en la lista que elaboró para atender los requerimientos que le hacían los Congresistas les asignó un grado 10 frente al nombre del implicado (fl.61 C.O.2) y les hizo los respectivos nombramientos en la Contraloría General de la República según el cuadro “Consulta Contactos” y la relación de nombramientos de su administración. El implicado en diligencia de versión libre afirmó que no envió oficio alguno al Contralor para que le hiciera nombramientos y que hay personas que por iniciativa propia lo colocan como referencia, lo que generalmente se acostumbra a escribir en las hojas de vida; además, aclaró que las llamadas que hizo a la oficina del Contralor fueron para solicitar audiencia siempre con el objeto de tratar temas referentes al control que debe hacer esa institución y mencionó varios de ellos. Admitió que conocía hace más de ocho años a las tres personas que le figuran como recomendadas y que supo que ante las perspectivas de cambio presentaron hojas de vida posiblemente en la oficina de personal de la Contraloría, lo cual era costumbre al saber que existían los nombramientos provisionales y que se enteró que estas personas lo habían colocado como referencia en su hoja de vida para presentarla no sólo en la Contraloría, sino en las instituciones donde podían solicitar empleo. En cuanto a lo declarado por ALFREDO SAADE sobre los nombramientos por recomendación, manifestó que se enteró por informaciones de prensa porque no tuvo ningún trato con él y con relación a lo que manifestó el doctor OSSA ESCOBAR, dijo que no estaba enterado del procedimiento interno que siguió para los nombramientos y que el famoso grado 10, que dice le asignó, no lo

òbserva para ninguna de las personas supuestamente recomendadas. (fls. 34 ss. anx.2). 7 VICEPROCURADURIA El implicado presentó descargos a través de apoderado, donde explicó lo siguiente: Que en versión libre el implicado ya explicó que no hizo ninguna recomendación ante el Contralor OSSA ESCOBAR y que si los presuntos recomendados lo colocaron como referencia fue a iniciativa de ellos, además que visitó la Contraloría para tratar temas de control de “constitucionalidad”.

Señala además lo siguiente: En declaración del señor ANDRES AREVALO, este afirmó que lo nombraron mediante un procedimiento técnico y que él entregó su hoja de vida en la oficina de Planeación de la Contraloría.

En visita a la oficina de Talento Humano de la Contraloría practicada el 2 de diciembre de 2002, no se encontró en los formatos de hojas de vida de la entidad y de la Función Pública, ninguna anotación sobre referencia personal o política (Anexo 2 flo. 3940) hecha por el implicado en favor de alguna persona. Afirma la apoderada del implicado que dar una recomendación es diferente a figurar como referencia personal en una hoja de vida y que el verbo rector de la prohibición constitucional establecida en el artículo 268 numeral 10 es dar, lo cual no se adecuaría típicamente a la circunstancia de que alguien hubiere colocado motu propio como referencia personal a cualquier congresista y además ello no significa que el congresista haya dado la referencia por cuanto no fue consultada por quien la colocó. Rechaza lo dicho por ALFREDO SAADE, por cuanto su defendido nunca llevó la hoja de vida de ninguna persona al despacho del Contralor OSSA ESCOBAR

ni al del propio SAADE y tampoco hay prueba de que haya hecho recomendación alguna y señala que el implicado siempre combatió esas costumbres irregulares de intereses burocráticos por cuanto fue el ponente de la ley 443 sobre méritos para ingresar a la carrera administrativa. Agrega que en este caso hay que salvaguardar el debido proceso y no dejarse influenciar por lo que dicen los medios de comunicación, porque los resultados deben estar sustentados con probanzas en el proceso. Se interroga, sino se encontró recomendación alguna en las hojas de vida y el señor ANDRES AREVALO dice que entregó personalmente su hoja de vida en la Contraloría bajo que parámetros se esgrime por la Procuraduría que hubo recomendación de parte del investigado ?. Sostiene la profesional del derecho que se debe aplicar la presunción de inocencia en toda la actuación de acuerdo a la doctrina y a lo establecido en los artículos 9 y 142 de la ley 734 de 2003 sobre la prueba que conduzca a la certeza de la existencia de la falta y que en este caso no hay prueba para determinar la existencia de una falta disciplinaria que el defendido la haya cometido. Solicita finalmente que de acuerdo a los artículos 73 y 210 del CDU, se archive este disciplinario. 8 VICEPROCURADURIA En versión libre señala el implicado que nunca envió al Contralor recomendaciones para que hiciera nombramientos a su nombre y que si alguien lo colocó como referencia fue por voluntad de ellos, que igualmente las llamadas que hizo a la Contraloría obedecieron a la necesidad de tratar temas relacionados con la labor de congresista y menciona algunos ejemplos entre

ellos, modificaciones a la Ley 80 de 1993, control a los recursos del régimen subsidiado, etc. Aduce que siempre fue un defensor de que en Colombia los cargos se ocuparan por méritos, lo que defendió en el Congreso, como ponente de la Ley 443 sobre carrera administrativa. Agrega que conoce hace más de ocho (8) años a los señores TARCISIO PALLARES ACONCHA, ENRIQUE ROJAS ARENAS y ANDRES HIBER AREVALO PACHECO y que se imagina que presentaron hojas de vida a la Contraloría cuando hubo cambio de administración y que le informaron sobre su intención de colocarlo como referencia en sus hojas de vida. Por otra parte, dice que nunca tuvo trato con ALFREDO SAADE y que por lo que se enteró en periódicos y revistas piensa que lo declarado por SAADE obedeció al ánimo de desquitarse del Contralor OSSA por rencillas que tuvieron. Que no conoce el procedimiento utilizado para hacer nombramientos en la Contraloría y el famoso grado 10 que le asignan no lo ve claramente asignado a uno de sus supuestos recomendados. Que hace recomendaciones con cartas abiertas pero nunca dirigidas directamente a una institución. #LUIS ELMER ARENAS PARRA (4) Se le formularon cargos por haber recomendado a ORLANDO TUTA DIAZ Y ELIZABETH LOPEZ SARRIA, en virtud de lo cual el doctor CARLOS OSSA ESCOBAR en las listas que elaboró para atender los requerimientos que le hacían los Congresistas le asignó un grado 10 y un grado 11 (fls. 58 - 59 C.O.”)

y dichas personas aparecen nombradas en provisionalidad en el cuadro denominado “Consulta Contactos” y en el denominado “Nombramientos Administración Dr. CARLOS OSSA ESCOBAR” ( fls. 96 Y 100 C.O.2). El implicado no rindió versión libre pero presentó descargos a través de apoderado, donde manifestó lo siguiente: Que debe exonerarse al implicado por cuanto existen nulidades en el auto de apertura de investigación de acuerdo al artículo 143 numerales 1 y 2 de la ley 734 de 2002, así: Falta de competencia: por razón de la investidura del investigado solo puede conocer el asunto el Procurador General de la Nación según artículo 7o. numeral 21 del decreto “226” en única instancia, sin embargo, el Procurador se declaró impedido por parentesco con un senador. En este caso, no puede comisionar la toma de decisiones como apertura de investigación o formulación de pliego de cargos; porque se observa un vicio de falta de competencia, por que se declara impedido en otro asunto concerniente a un parlamentario que no tiene nada que ver con el implicado. El hecho que el señor Procurador se declare impedido respecto a un congresista familiar no tiene porque arrastrar a los otros 204 Congresistas, debiéndose adelantar proceso aparte para ese pariente y no vulnerar para los demás implicados la garantía procesal de ser juzgados por el juez competente. 9 VICEPROCURADURIA Violación del derecho de defensa del investigado: Existe en el proceso indebida acumulación de investigaciones. Sin embargo, la responsabilidad es individual y no se pueden mezclar conductas realizadas por diferentes personas con el argumento que la norma infringida es la misma. El comportamiento de cada

Congresista es diferente, las pruebas recaudadas no los involucran a todos y globalmente no se puede juzgar a todos con el mismo rasero. Existe una aplicación indebida del artículo 81 de la Ley 734 de 2002 en eventos de faltas conexas, porque en este proceso no existe ninguna relación para dicho efecto. Se vulneran entonces las garantías fundamentales del debido proceso y el derecho de defensa porque cada uno debe responder por sus actos y merecen proceso aparte. Concretamente frente a los descargos, indica que no hay una sola prueba en el informativo que demuestre la responsabilidad del implicado, por cuanto, la información dada al respecto por la Revista Cambio, no constituye ninguna prueba. Además señala que ni las declaraciones de los funcionarios de la Contraloría ni las cartas de recomendación o listas de llamadas telefónicas o de cargos obrantes en el proceso aluden al implicado en sentido de haber hecho alguna recomendación. De esta manera indica que hay error de hecho en la apreciación de la prueba, por cuanto dichas listas de nombres y cargos no prueban los hechos y de conformidad con el artículo 128 del la ley 734 de 2002 para tomar decisiones frente a los investigados deben existir pruebas legalmente recaudadas. Señala en el mismo sentido que el apreciador de la prueba no puede ir más allá de lo que contenga materialmente un documento y no puede suponer situaciones de hechos. Lo anterior por cuanto el nombre del implicado en estas listas, que se considera un contacto, no hace deducir que llevó a la Contraloría recomendaciones en favor de alguien porque dicho documento no conduce a ninguna certeza y no se sabe quien lo creó, sólo es un escrito ambigüo y

anónimo que incluye nombres nada más, pero no es una prueba reina para inferir el dolo del implicado con la consecuente sanción disciplinaria. Así mismo, indica que no existe nexo de causalidad entre el listado de presuntos recomendados y el comportamiento endilgado al acusado, no existen otras pruebas que configuren el abuso del cargo. Por otra parte, dice el apoderado del implicado que la norma invocada como violada, a

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