POLICIA NACIONAL - Derechos Humanos en la Policía Nacional

Policía Nacional

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Título
POLICIA NACIONAL - Derechos Humanos en la Policía Nacional
Autor
Policía Nacional
Categoría
Doctrina
Área del derecho
Penal Militar
Año
—

DERECHOS

HUMANOS EN LA

POLICÍA NACIONALDERECHOS HUMANOS EN LA

POLICÍA NACIONAL Publicación de la Policía Nacional de Colombia Dirección General - Oficina de Planeación Doctor JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN Presidente de la República

Doctor RODRIGO RIVERA SALAZAR

Ministro de Defensa Nacional

Mayor General ÓSCAR ADOLFO NARANJO TRUJILLO

Director General Policía Nacional Mayor General RAFAEL PARRA GARZÓN Subdirector General Policía Nacional Mayor General ORLANDO PÁEZ BARÓN Inspector General Policía Nacional Brigadier General JOSÉ ROBERTO LEÓN RIAÑO Director de Seguridad Ciudadana1Contenido 5Derechos Humanos en la Policía Nacional Contenido PRESENTACIÓN . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 9

INTRODUCCIÓN . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 11

Génesis del enfoque filosófico . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .12

Reseña histórica . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .12 Objetivo general . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .13 Objetivos específicos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .13 1 FUNDAMENTOS 1 .1 . NORMAS INTERNACIONALES SOBRE CONDUCTA POLICIAL ÉTICA Y LÍCITA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .16

1 .1 .1 . Aspectos Generales de la conducta policial ética y lícita . . . . . . . . . . . . . . .16 1 .2 . MODELO DE ESTADO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .18 1 .3 . EL MANDATO CONSTITUCIONAL . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .18 1 .4 . MARCO JURÍDICO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .19 1 .5 . SISTEMA DE GESTIÓN INTEGRAL . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .20 1 .6 . CRITERIOS DE IMPLEMENTACIÓN . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .21

1 .6 . CRITERIOS DE IMPLEMENTACIÓN . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .21 1 .7 . LA ATENCIÓN A GRUPOS ESPECIALES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .22 1 .8 . LA COORDINACIÓN JUDICIAL E INVESTIGATIVA . . . . . . . . . . . . . . . . . .23 1 .9 . EL ACOMPAÑAMIENTO INTERNACIONAL . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .23 1 .10 . EL SEGUIMIENTO Y LA EVALUACIÓN . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .24 1 .11 . EL CONSEJO CENTRAL DE DERECHOS HUMANOS . . . . . . . . . . . . . . .24 2 LÍNEA DE ACCIÓN DE FORMACIÓN 2 .1 . POLÍTICA ESTRATÉGICA EDUCATIVA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .28

2 .1 . POLÍTICA ESTRATÉGICA EDUCATIVA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .28 2 .2 . POTENCIACIÓN DEL CONOCIMIENTO Y FORMACIÓN POLICIAL . . . . .28 2 .3 . RENOVACIÓN DE LA FORMACIÓN POLICIAL . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .29 2 .4 . EL SISTEMA EDUCATIVO POLICIAL . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .29 2 .5 . CONOCIMIENTO Y CONECTIVIDAD . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .31 2 .6 . EQUIPOS MÓVILES DE CAPACITACIÓN (EMCAP) . . . . . . . . . . . . . . . . .316 Derechos Humanos en la Policía Nacional VER:0 Aprobación:05-11-2010 2 .7 . LECCIONES APRENDIDAS . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .31

2 .8 . TALLERES DE CAPACITACIÓN COYUNTURAL . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .32 2 .9 . CULTURA POLICIAL EN DERECHOS HUMANOS Y DERECHO INTERNACIONAL HUMANITARIO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .33 3 LÍNEA DE ACCIÓN DE DISCIPLINA 3 .1 . POLÍTICA DE INTEGRIDAD POLICIAL . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .36 3 .2 . EL SISTEMA ÉTICO POLICIAL . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .36 3 .3 . INSPECTORES DELEGADOS . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .37 3 .4 . PROCESO DE INTEGRIDAD POLICIAL . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .38

3 .4 . PROCESO DE INTEGRIDAD POLICIAL . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .38 3 .4 .1 . Componentes del Proceso de Integridad Policial . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .38 3 .5 . EL OBSERVATORIO DE INTEGRIDAD, DESEMPEÑO ÉTICO POLICIAL Y DERECHOS HUMANOS . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .42 3 .6 . ÁREA DE DERECHOS HUMANOS . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .43 3 .7 . RED DE VEEDURÍAS CIUDADANAS ANTE LA POLICÍA NACIONAL . . . .44 4 LÍNEA DE ACCIÓN DE DEFENSA INSTITUCIONAL 4 .1 . LA SECRETARÍA GENERAL . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .48

4 .2 . ACTUALIZACIÓN JURÍDICA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .50 4 .3 . GRUPO DOCTRINA Y SERVICIO DE POLICÍA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .51 4 .4 . DEFENSA TÉCNICA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .53 4 .5 . DEFENSA DEL ESTADO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .53 4 .6 . CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .54 5 LÍNEA DE ATENCIÓN A GRUPOS ESPECIALES 5 .1 . LA POLÍTICA ESTRATÉGICA OPERACIONAL Y DEL SERVICIO POLICIAL 59 5 .2 . GESTIÓN DEL SERVICIO SOBRE RESULTADOS EFECTIVOS . . . . . . . .60

5 .1 . LA POLÍTICA ESTRATÉGICA OPERACIONAL Y DEL SERVICIO POLICIAL 59 5 .2 . GESTIÓN DEL SERVICIO SOBRE RESULTADOS EFECTIVOS . . . . . . . .60 5 .3 . LA RED NACIONAL DE OBSERVATORIOS DEL DELITO Y EL CENTRO DE INVESTIGACIONES CRIMINOLÓGICAS (CICRI) . . . .61 5 .4 . ATENCIÓN A GRUPOS ESPECIALES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .62 5 .5 . SISTEMA DE ALERTAS TEMPRANAS . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .62Aprobación:05-11-2010 Contenido 7Derechos Humanos en la Policía Nacional 5 .6 . BENEFICIARIOS DE MEDIDAS CAUTELARES Y PROVISIONALES DEL SISTEMA INTERAMERICANO DE DERECHOS HUMANOS (SIDH) . . .63 5 .7 . OFICIALES DE ENLACE . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .63 5 .8 . RELACIONES CON EL SECTOR EMPRESARIAL . . . . . . . . . . . . . . . . . . .63

5 .8 . RELACIONES CON EL SECTOR EMPRESARIAL . . . . . . . . . . . . . . . . . . .63 5 .9 . PROGRAMA DEPARTAMENTOS Y MUNICIPIOS SEGUROS . . . . . . . . . .63 COOPERACIÓN INTERINSTITUCIONAL Y RELACIONES INTERNACIONALES 6 .1 . TRABAJO INTERINSTITUCIONAL . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .66 6 .2 . INTERCAMBIO DE INFORMACIÓN Y REALIZACIÓN DE INVESTIGACIONES CONJUNTAS Y COORDINADAS . . . . . . . . . . . . . . . .66 6 .3 . ESTRATEGIA INTERNACIONAL DE LA POLICÍA NACIONAL . . . . . . . . . .67

MARCO NORMATIVO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 69

BIBLIOGRAFÍA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 71

69Derechos Humanos en la Policía Nacional Presentación Presentación La Policía Nacional es una Institución de naturaleza civil, cuyo fin primordial es el mantenimiento de las condiciones necesarias para el ejercicio de los derechos y libertades públicas y para asegurar la convivencia pacífica. La construcción de un país acorde con lo establecido por la Constitución Política de Colombia en materia de los derechos, libertades y las obligaciones es un trabajo que vincula a todos los colombianos para generar acciones correspondientes al Estado Social de Derecho . La Policía Nacional, en desarrollo de la Política de Direccionamiento Policial Basado en el Humanismo, busca consolidar una Institución altamente competitiva, enmarcada por la defensa y promoción de la convivencia y seguridad ciudadana, generando una nueva actitud, y para ello se necesita de funcionarios abiertos al cambio, con una mentalidad positiva, generadora de acciones que nos conduzcan a la realización personal . El reconocimiento, respeto y garantía de los Derechos Humanos es una actividad prioritaria de la Institución Policial, para lo cual se requiere de un trabajo continuo a nivel organizacional . Los derechos reconocidos constitucionalmente deben mirarse no solo desde la perspectiva jurídica sino desde una dinámica interna que involucra la esencia misma del servicio de Policía . La vanguardia estratégica en el cumplimiento de la misión institucional se fundamenta en el derecho de ser todos iguales en derechos ante la Constitución y la ley, pero con las naturales diferencias que caracterizan cada persona . En este marco constitucional se inició un proceso de transformación de la Policía Nacional . Luego se expidió, por parte del Congreso, la Ley 62 de 1993, cuyo artículo 1º añade a lo señalado anteriormente, que “la actividad policial está regida por la ConstiNacional . Luego se expidió, por parte del Congreso, la Ley 62 de 1993, cuyo artículo 1º añade a lo señalado anteriormente, que “la actividad policial está regida por la Constitución Política, la ley y los Derechos Humanos” . Es por ello que el servicio a la comunidad y la efectiva protección de los Derechos Humanos han sido siempre nuestros principales objetivos . Este marco normativo no es otra cosa que la materialización del cumplimiento de la misión a través de estrategias concretas dirigidas a integrar todas las capacidades para garantizar el Estado de Derecho en todo el territorio nacional y asegurar la protección de la población . Si bien la Constitución Política y el Derecho de Policía constituyen el marco legal y fundamento de nuestro accionar, la aplicación del mismo es posible si cada persona es plenamente valorada y respetada en su dignidad y derechos, y en la medida en que se reconoce su condición de ser social, que solo logra su realización más plena con el otro y a través del otro, en comunidad . La ética y la deontología policial son el fundamento que debe orientar todas las acciones de los policías, sus lineamientos o directrices centrales, sus planes, programas y proyectos. Son, en definitiva, la fuente que inspira y otorga sentido a la profesión, libe -10

VER: 0 Aprobación:05-11-2010 rándola y protegiéndola de aquellas influencias y tendencias que buscan desconocer la importancia central de la dignidad humana .

De acuerdo con lo expuesto, la acción policial supone la garantía de las condiciones de seguridad y convivencia ciudadana, así como la prevención, detección y control del delito . La Policía tiene la responsabilidad de mantener el orden en el territorio sobre el que tiene

De acuerdo con lo expuesto, la acción policial supone la garantía de las condiciones de seguridad y convivencia ciudadana, así como la prevención, detección y control del delito . La Policía tiene la responsabilidad de mantener el orden en el territorio sobre el que tiene control efectivo . Los estados han contraído esta responsabilidad en virtud del derecho internacional, sobre la base de que el orden y la seguridad son condiciones indispensables para que las personas disfruten plenamente de todos sus derechos económicos, sociales, culturales, civiles y políticos1 . El derecho a la seguridad, tal como se establece en la Declaración Universal de Derechos Humanos, se refiere al deber del Estado de proporcionar seguridad y mantener el orden. Los estados deben garantizar que sus agentes hacen cumplir las normas de Derechos Humanos (es decir, evitan abusar de sus poderes en el desempeño de sus obligaciones) y protegen los Derechos Humanos (es decir, garantizan activamente la seguridad física y mental y el libre ejercicio de los derechos y libertades fundamentales para todas las personas que residen dentro del territorio sobre el cual el Estado tiene jurisdicción efectiva)2 . La Policía Nacional asume el compromiso de implementar las estrategias de la Política Institucional en lo que se refiere a su misión constitucional y se compromete, como lo ha venido haciendo, a proteger y respetar los Derechos Humanos de todos los colombianos . Mayor General ÓSCAR ADOLFO NARANJO TRUJILLO Director General Policía Nacional de Colombia 1 Entender la labor policial . Recursos para activistas de Derechos Humanos . 2007 ISBN: 13: 978 - 8496462 - 18 - 2 . 2 Ibíd . P . 25 .Aprobación:05-11-2010 Derechos Humanos en la Policía Nacional INTRODUCCIÓN12 Derechos Humanos en la Policía Nacional

VER: 0 Aprobación:05-11-2010

GÉNESIS DEL ENFOQUE FILOSÓFICO Con el fin de garantizar el objetivo y su finalidad, la motivación y la identidad del personal con el planeamiento y la ejecución de la política institucional, la Dirección General ha definido el enfoque filosófico que orienta la gestión, y plantea una política integral de la profesión de policía, desde una perspectiva humanista . Cuando hacemos referencia al humanismo, estamos estructurando una filosofía de vida individual y colectiva dentro del ámbito organizacional, fundamentada en valores humanos, conscientes de la común esencia, en el entendido de que las acciones deben sustentarse en la toma de decisiones estructuradas; en la investigación, que es la base del espíritu científico, y en la defensa de la integridad intelectual como base del cumplimiento del deber, y parte del ejercicio de la libertad responsable del pensamiento y las condiciones que deben regir la profesión de policía . Tal comprensión del desarrollo laboral en total acoplamiento con el proyecto de vida personal, permite la resignificación de la dignidad humana en distintos ámbitos de la profesión de policía, teniendo en cuenta que el personal, desde su concepción humana, sirve a propósitos como son: Dios, Patria y Comunidad, principal razón de ser del policía . El enfoque humanista que se propone para la gestión de la función de policía es más que un continuo interrogante acerca de la misión, visión y valores que históricamente nos han identificado. Reseña Histórica

El enfoque humanista que se propone para la gestión de la función de policía es más que un continuo interrogante acerca de la misión, visión y valores que históricamente nos han identificado. Reseña Histórica El apego a la Constitución y a la ley es el fundamento de la acción de la Policía Nacional; los derechos humanos se incorporan en la Constitución, desde su artículo primero: Colombia es una República “ fundada en el respeto de la dignidad humana ” . Antes que obligaciones creadas por la suscripción de tratados internacionales, los derechos humanos son la base del ordenamiento constitucional que el pueblo colombiano de manera soberana ha elegido para sí . Por eso todo policía, en tanto que representa el gobierno en la calle, tiene en la protección y el respeto de los derechos humanos su primera obligación . Esas dos obligaciones –la protección y el respeto– son la esencia del mandato constitucional en derechos humanos para la Policía Nacional . Por lo anterior la Policía Nacional de Colombia desde el año de 1994, en la necesidad de cumplir los preceptos constitucionales y los compromisos internacionales, crea la Oficina de Derechos Humanos encontrándose como Director General de la Policía el señor Brigadier General Rosso José Serrano Cadena e Inspector General de la Policía, en ese momento, el señor Brigadier General Carlos Alberto Pulido Barrantes. La Oficina de Derechos Humanos surge en la Policía Nacional en un momento en el que la violencia en contra de los policías era latente, el narcotráfico estaba en su auge, la situación de corrupción era evidente, así como los casos de abuso de autoridad; por ello el mando institucional toma la decisión de nombrar al señor Coronel Julio César Moreno Llanos como jefe de la Oficina deAprobación:05-11-2010

como los casos de abuso de autoridad; por ello el mando institucional toma la decisión de nombrar al señor Coronel Julio César Moreno Llanos como jefe de la Oficina deAprobación:05-11-2010 13Derechos Humanos en la Policía Nacional Introducción Derechos Humanos . A medida que pasaba el tiempo, se fue fortaleciendo y fue asignado el abogado Alonso Julio Ramos, posteriormente llega la doctora Dorys Esperanza Parra Beltrán, como asesora jurídica de la oficina, quien actualmente se encuentra laborando. Luego la oficina fue cogiendo realce, dotada logísticamente y con dos funcionarios más, y para que tuviera la relevancia se elevó a División de Derechos Humanos de la Policía Nacional . Esta dependencia contó con el respaldo del Mando Institucional, a través de la Inspección General y su creación tuvo gran importancia a nivel nacional pues fue la primera oficina en funcionamiento, en relación con las demás fuerzas . Desde su origen ha trabajado en coordinación con la Consejería para los Derechos Humanos de la Presidencia de la República, entidad gubernamental que fue apoyo fundamental para la recolección de información y experiencias que se habían logrado hasta el momento en Derechos Humanos . La Oficina se basó en el mandato de la Constitución Política para enfocar su misión hacia las funciones de atender llamados del Gobierno, organismos internacionales, representar a la Policía Nacional a nivel país en las reuniones de coordinación y las relaciones internacionales; de igual forma para actuar en la parte preventiva fortaleciendo la capacitación, promoción y difusión de los Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario a través de conferencias y charlas en las escuelas de formación y en

ciones internacionales; de igual forma para actuar en la parte preventiva fortaleciendo la capacitación, promoción y difusión de los Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario a través de conferencias y charlas en las escuelas de formación y en unidades operativas policiales, a fin de implementar acciones encaminadas al respeto, protección y garantía de los derechos fundamentales de los ciudadanos . Objetivo general Desarrollar la política institucional de Derechos Humanos (DD . HH .) y Derecho Internacional Humanitario (DIH), en armonía con las obligaciones del Estado en materia de protección y respeto, orientando las acciones para promover, difundir y divulgar una cultura policial de permanente prevención en la garantía de los Derechos Humanos . Objetivos específicos La Política con perspectiva en Derechos Humanos de la Policía Nacional de Colombia tiene cinco objetivos estratégicos: • Adecuar la educación, instrucción y entrenamiento en DD . HH . y DIH a las necesidades del contexto estratégico, ejecutando la Política Estratégica Educativa Institucional. • El fortalecimiento de la disciplina operacional mediante el mejoramiento de la asesoría jurídica y los controles, sobre la base de los principios y valores institucionales, ejecutando la Política de Integralidad Policial y Seguridad Operacional. • El establecimiento de una defensa institucional y técnica adecuada para los miembros de la Fuerza Pública, ejecutando el “Modelo de Gestión por Procesos en Actuación Jurídica”.14 Derechos Humanos en la Policía Nacional VER:0 Aprobación:05-11-2010 • Garantizar los derechos de los grupos especiales, mediante la ejecución de la Política Estratégica Operacional y del Servicio de Policía .

Jurídica”.14 Derechos Humanos en la Policía Nacional VER:0 Aprobación:05-11-2010 • Garantizar los derechos de los grupos especiales, mediante la ejecución de la Política Estratégica Operacional y del Servicio de Policía . • El estrechamiento de la cooperación interinstitucional en materia de DD . HH . y DIH, ejecutando el “Modelo de Gestión por Procesos en Comunicación Pública, Relaciones Internacionales, Direccionamiento Tecnológico.Aprobación:05-11-2010 Derechos Humanos en la Policía Nacional

CAPÍTULO

FUNDAMENTOS

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VER: 0

Derechos Humanos en la Policía Nacional

Aprobación: 05-11-2010

1.1. NORMAS INTERNACIONALES SOBRE CONDUCTA

POLICIAL ÉTICA Y LÍCITA3

Los Derechos Humanos son de aplicación universal, con independencia de los recursos y los contextos culturales . Los cuerpos de policía están obligados por las normas internacionales de Derechos Humanos en todo el planeta . Las normas de Derechos Humanos han sido aprobadas por la ONU y representan valores y principios globales . Las normas internacionales de Derechos Humanos que conciernen a las fuerzas del orden ofrecen una base sólida para una labor policial ética y lícita . No obstante, algunas normas guardan particular relación con la ética policial y algunas plantean cuestiones de ética para los funcionarios de policía . Este aparte se centra en esas normas particulares . Los Derechos Humanos se basan en el concepto del respeto a la dignidad inherente a la persona humana . Esos derechos son inalienables: no pueden ser sustraídos a ninguna persona . Además, los Derechos Humanos están protegidos por el derecho internacional y por la ley interna de los Estados .

persona humana . Esos derechos son inalienables: no pueden ser sustraídos a ninguna persona . Además, los Derechos Humanos están protegidos por el derecho internacional y por la ley interna de los Estados . Incumbe claramente a la Policía, en su calidad de órgano encargado de velar por el cumplimiento de la ley, obedecer las leyes, inclusive las promulgadas para promover y proteger los Derechos Humanos . Con eso se respeta el principio subyacente en el que se basan esas leyes, el principio del respeto a la dignidad humana, y se reconoce el carácter inalienable de los Derechos Humanos de todas las personas . Las bases de la conducta policial ética y lícita son, por tanto, el respeto de la ley, el respeto de la dignidad humana y, por medio de ellos, el respeto de los Derechos Humanos . 1.1.1. Aspectos Generales de la conducta policial ética y lícita • Principios fundamentales. La labor policial debe ser compatible con lo siguiente: • El respeto y el cumplimiento de la ley . • El respeto de la dignidad de la persona humana . • El respeto y la protección de los Derechos Humanos . Estos son los tres principios fundamentales en los que se basa una labor ética y lícita y de los que se derivan todos los demás requisitos y disposiciones específicas para una labor policial ética y lícita . Los principios anteriores se expresan en los artículos 2 y 8 del Código de Conducta para Funcionarios Encargados de Hacer Cumplir la Ley . Al adoptar el código, en su Resolución 34/169, del 17 de diciembre de 1979, la Asamblea General de las Naciones

para Funcionarios Encargados de Hacer Cumplir la Ley . Al adoptar el código, en su Resolución 34/169, del 17 de diciembre de 1979, la Asamblea General de las Naciones 3 ORGANIZACIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS (ONU) . ALTO COMISIONADO PARA LOS DERECHOS HUMANOS, CENTRO DE DERECHOS HUMANOS . Derechos Humanos y aplicación de la ley: Manual de capacitación en Derechos Humanos para la Policía . Nueva York y Ginebra, 1997 .Aprobación:05-11-2010 17Derechos Humanos en la Policía Nacional Fundamentos1 Unidas reconoció las importantes tareas que los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley llevan a cabo concienzuda y dignamente, de conformidad con los principios de los Derechos Humanos, e insistió en que las normas contenidas en el código se incorporaran al credo de todos los funcionarios de policía, mediante la educación, la capacitación y la supervisión . El Código de Conducta consta de ocho artículos, cada uno de ellos con un comentario explicativo, y pueden resumirse como sigue: El artículo 1, exige que los funcionarios de policía cumplan con los deberes que les impone la ley, especialmente en facultades de arresto o detención . El artículo 2, exige a los funcionarios de policía el respeto y la protección de la dignidad humana y el mantenimiento y la defensa de los Derechos Humanos . El artículo 3, dice que los funcionarios de policía podrán usar la fuerza solo cuando sea estrictamente necesario y en la medida que lo requiera el desempeño de sus tareas . El comentario se refi ere al principio de proporcionalidad en el uso de la fuerza y se afi rma que el uso de las armas de fuego se considerará una medida extrema .

estrictamente necesario y en la medida que lo requiera el desempeño de sus tareas . El comentario se refi ere al principio de proporcionalidad en el uso de la fuerza y se afi rma que el uso de las armas de fuego se considerará una medida extrema . El artículo 4, exige que los funcionarios de policía mantengan en secreto los asuntos de carácter confi dencial que tengan conocimiento, a menos que el cumplimiento del deber o las necesidades de la justicia exijan estrictamente lo contrario . El artículo 5, afi rma la prohibición absoluta de la tortura u otros tratos o penas crueles, inhumanas o degradantes. Afi rma también que ningún funcionario de policía podrá invocar la orden de un superior o circunstancias especiales, como estado de guerra o amenaza a la seguridad nacional, como justifi cación de la tortura. El artículo 6, dice que los funcionarios de policía asegurarán la plena protección de la salud de las personas bajo su custodia . El artículo 7, prohíbe que los funcionarios de policía cometan acto alguno de corrupción . El artículo 8, exige que los funcionarios de policía respeten la ley y el Código de Conducta y hagan todo cuanto esté a su alcance por impedir toda violación de ellos . También están obligados a informar a sus superiores sobre toda violación al código . El cumplimiento de estas garantías evita arbitrariedades de los funcionarios de policía por exceso o defecto en la aplicación de la ley . Proporciona la seguridad (jurídica) que las autoridades solo podrán proceder en concordancia con los supuestos y procedimientos establecidos en la propia Constitución, garantizando el derecho a la justicia en caso de ser víctimas de un delito; con ello se evitan hechos tan penosos de justicia por mano propia .18

mientos establecidos en la propia Constitución, garantizando el derecho a la justicia en caso de ser víctimas de un delito; con ello se evitan hechos tan penosos de justicia por mano propia .18

VER: 0

Derechos Humanos en la Policía Nacional

Aprobación: 05-11-2010 1.2. MODELO DE ESTADO El artículo 1º de la Constitución Nacional de 1991 reza de manera muy clara el tipo de Estado: "Colombia es un Estado Social de Derecho, organizado en forma de república unitaria, descentralizada, con autonomía de sus entidades territoriales, democrática, participativa y pluralista, fundada en el respeto de la dignidad humana, en el trabajo y la solidaridad de las personas que la integran y en la prevalencia del interés general" .

La Constitución Política de 1991 definió a Colombia como un Estado Social de Derecho, donde se establece la dignidad de la persona y la protección de los Derechos Humanos que se desprenden del concepto de lo social . Entonces, sabiendo lo anteriormente mencionado, se puede afirmar muy seguramente que los fines del Estado colombiano no deben ser otros que los del bien a la comunidad . Esto se deja ver muy claro cuando la Constitución Política de Colombia consagra la prevalencia del interés general así como establece que es fin esencial del Estado garantizar la efectividad de los principios, derechos y deberes . ESTADO SOCIAL DE DERECHO PROPÓSITOS • Igualdad real • Mínimo vital • Participación real y efectiva en lo político, economía, cultura • Protección grupos vulnerables • Mejor calidad de vida • Intervenir la economía PRINCIPIOS • Dignidad humana • Trabajo-solidaridad • Prevalencia del interés general

1.3. EL MANDATO CONSTITUCIONAL

  • Protección grupos vulnerables • Mejor calidad de vida • Intervenir la economía PRINCIPIOS • Dignidad humana • Trabajo-solidaridad • Prevalencia del interés general 1.3. EL MANDATO CONSTITUCIONAL El apego a la Constitución y a la ley es el fundamento de la acción de la Policía Nacional .

Los Derechos Humanos se incorporan en la Constitución, desde su artículo primero: Colombia es una República “fundada en el respeto de la dignidad humana ” . Antes que obligaciones creadas por la suscripción de tratados internacionales, los Derechos Humanos son la base del ordenamiento constitucional que el pueblo colombiano, de manera soberana, ha elegido para sí . Por eso todo policía, en tanto que representa el Gobierno en la calle, tiene en la protección y el respeto de los Derechos Humanos su primera obligación . Esas dos obligaciones –la protección y el respeto– son la esencia del mandato constitucional en Derechos Humanos para la Policía Nacional . La primera se desprende directamente del artículo segundo de la Constitución:Aprobación:05-11-2010 19Derechos Humanos en la Policía Nacional Fundamentos1 “Las autoridades de la República están instituidas para proteger a todas las personas residentes en Colombia en su vida, honra, bienes, creencias, y demás derechos y libertades” . Precisamente para cumplir con ese “deber de proteger”, a partir de la expedición de la Constitución Política de 1991, Colombia adoptó la fi gura del Estado Social y Democrático de Derecho, y para su mantenimiento requiere de un cuerpo de policía con las más altas calidades humanas y una gran profesionalización de sus integrantes, que le permita cumplir su misión constitucional de preservar el orden público interno en sus

crático de Derecho, y para su mantenimiento requiere de un cuerpo de policía con las más altas calidades humanas y una gran profesionalización de sus integrantes, que le permita cumplir su misión constitucional de preservar el orden público interno en sus condiciones de seguridad, salubridad, moralidad y tranquilidad, para brindar a los ciudadanos el goce de sus derechos y el cumplimiento de sus deberes . La ley organizará el cuerpo de policía, se consagra en la Constitución Nacional en el artículo 218, y se defi ne: “La Policía Nacional es un cuerpo armado permanente de naturaleza civil, a cargo de la Nación, cuyo fi n primordial es el mantenimiento de las condiciones necesarias para el ejercicio de los derechos y libertades públicas, para asegurar que los habitantes de Colombia convivan en paz.” 1. 4. MARCO JURÍDICO En este marco constitucional se i

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