POLICIA NACIONAL - Reglamento de uniformes, insignias, condecoraciones y distintivos para el personal de la Policía Nacional
Detalles
- Título
- POLICIA NACIONAL - Reglamento de uniformes, insignias, condecoraciones y distintivos para el personal de la Policía Nacional
- Autor
- Policía Nacional
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Penal Militar
- Año
- —
Reglamento de unifoRmes, insignias, condecoRaciones y distintivos paRa el peRsonal de la policía nacionalReglamento de UnifoRmes, insignias, CondeCoRaCiones Y distintivos paRa el peRsonal de la poliCía naCionalReglamento de UnifoRmes, insignias, CondeCoRaCiones Y distintivos paRa el peRsonal de la poliCía naCionalpublicación de la policía nacional dirección general – oficina de planeación presidente de la República doctor ÁlvaRo URiBe vÉleZ ministro de defensa nacional doctor gaBRiel silva lUJÁn director general de la policía nacional de Colombia mayor general ÓsCaR adolfo naRanJo tRUJillo subdirector general Brigadier general Rafael paRRa gaRZÓnPRESENTACIÓN La Policía Nacional, en su proceso de modernización y afianzamiento de su labor con la comunidad, ha basado su gestión en un profundo sentido humanista que involucra integralmente las diversas competencias de sus integrantes; en el fortalecimiento de la capacidad organizacional, mediante la adopción de modernos criterios gerenciales y el soporte de avanzadas tecnologías que le han permitido mejorar la efectividad en sus resultados, además de adaptarse con facilidad a la dinámica del entorno, dentro de un mundo contemporáneo cada vez más globalizado que exige de las organizaciones un cambio permanente. No obstante, la Institución es consciente de que estos procesos de cambio deben incluir igualmente los elementos de identidad corporativa con que cuenta el personal policial para el cumplimiento de sus funciones. En este sentido, la Dirección General presenta el “Reglamento de Uniformes, Insignias, Condecoraciones y Distintisos de cambio deben incluir igualmente los elementos de identidad corporativa con que cuenta el personal policial para el cumplimiento de sus funciones. En este sentido, la Dirección General presenta el “Reglamento de Uniformes, Insignias, Condecoraciones y Distintivos para el personal de la Policía Nacional”, con el objetivo de afianzar una imagen e identidad más civilista, logrando una mayor visibilidad y reconocimiento de sus miembros por parte de los ciudadanos. Por otra parte, la modificación a este reglamento, a través del cambio y unificación de prendas, insignias, condecoraciones y distintivos, logra fortalecer la imagen corporativa institucional y presenta un aspecto renovado, a la vez que armoniza y actualiza las diferentes modificaciones sucedidas en los últimos treinta años. Así mismo, su diseño y elaboración responde a las necesidades del personal en términos de comodidad, funcionalidad, protección, calidad y elegancia, de tal forma que le permita prestar efectivamente el servicio de acuerdo con las condiciones climáticas y de seguridad en que se desempeñe. De esta forma, la implementación del nuevo reglamento de uniformes de la Policía Nacional trae consigo beneficios en el mejoramiento del servicio, haciéndolo armónico con su misionalidad y la naturaleza civil que le es inherente, facilitando su acercamiento e interacción con la comunidad, para responder así de manera oportuna y efectiva a las verdaderas necesidades de seguridad y convivencia que tiene la sociedad colombiana en todo el territorio nacional. En consecuencia, todos los hombres y las mujeres policías deben portar los uniformes con identidad, sentido de pertenencia, profesionalismo y autoridad, dignificando en todo momento la institución que representan. Como se puede apreciar, es evidente la preocupación que asiste
hombres y las mujeres policías deben portar los uniformes con identidad, sentido de pertenencia, profesionalismo y autoridad, dignificando en todo momento la institución que representan. Como se puede apreciar, es evidente la preocupación que asiste a la Institución, no sólo por el hecho formal de exigir que todos los policiales estén bien uniformados como lo espera y demanda la ciudadanía, sino también por el entendimiento y conocimiento profundo que debe existir entre todos los integrantes de la Policía, sobre el significado mismo del uniforme y las implicaciones personales, institucionales y sociales de su adecuado porte y uso. Por todo lo anterior, la uniformidad se constituye en uno de los lineamientos del direccionamiento de la Policía Nacional, teniendo en cuenta que contribuye de manera directa a la imagen, cohesión y espíritu de cuerpo de la Institución y, por ende, al cumplimiento de su misión. Los símbolos son representaciones esquemáticas o abstractas de la realidad con capacidad de fijar significados. Su importancia en las organizaciones consiste en que cohesionan, identifican a sus miembros y transmiten valores. Mayor General ÓSCAR ADOLFO NARANJO TRUJILLO Director General Policía Nacional de Colombia TORRES ROBLES, Diego. La sociedad policial.TÍTULO I. GENERALIDADES CapítUlo i. disposiciones generales Artículo 1. Expedición del Reglamento 13 Artículo 2. Objeto y alcance 14 Artículo 3. Destinatarios 14 Artículo 4. Uso 14 Artículo 5. Dotación 14 Artículo 6. Observancia 14 CapítUlo ii. obligaciones y prohibiciones Artículo 7. Obligaciones 14 Artículo 8. Prohibiciones 15
Artículo 5. Dotación 14 Artículo 6. Observancia 14 CapítUlo ii. obligaciones y prohibiciones Artículo 7. Obligaciones 14 Artículo 8. Prohibiciones 15 TÍTULO II. UNIFORMES CapítUlo i. Clases de uniformes Artículo 9. Uniformes para actividades formales 16 Artículo 10. Uniformes para el servicio 16 CapítUlo ii. Uniforme de gala n.° 1 Artículo 11. Definición y uso 16 Artículo 12. Descripción 16 Artículo 13. Accesorios para oficial General 17 Artículo 14. Accesorios para oficial superior 18 Artículo 15. Accesorios para oficial subalterno 19 Artículo 16. Uniforme para el personal de la banda de músicos 20 Artículo 17. Descripción uniforme de gala para alféreces y cadetes de la Escuela de Cadetes de Policía General Francisco de Paula Santander 20 Artículo 18. Accesorios para el uniforme de gala de alféreces y cadetes 21 CapítUlo iii. Uniforme social n.° 2 Artículo 19. Definición y uso 22 Artículo 20. Descripción 22 Artículo 21. Uniforme social para alféreces y cadetes de la Escuela de Cadetes de Policía General Francisco de Paula Santander 22 Artículo 22. Accesorios para oficial General 23
de Cadetes de Policía General Francisco de Paula Santander 22 Artículo 22. Accesorios para oficial General 23 Artículo 23. Accesorios para los grados de oficial superior 24 Artículo 24. Accesorios para los grados de oficial subalterno 25 Artículo 25. Accesorios para nivel ejecutivo y suboficiales 26 Artículo 26. Accesorios para alféreces y cadetes 27 CapítUlo iv. Uniforme formal n.° 3 Artículo 27. Definición y uso 28 Artículo 28. Descripción 28 Artículo 29. Accesorios para oficial General 29 Artículo 30. Accesorios para oficial superior y subalterno 29 Artículo 31. Accesorios para nivel ejecutivo, suboficiales y agentes 30 Artículo 32. Uso prendas blancas 31 Artículo 33. Uniforme personal femenino en estado de gravidez 32 Artículo 34. Chaqueta administrativa 32 Artículo 35. Capote y sacón 33 Artículo 36. Accesorios para alféreces y cadetes 34 CONTENIDOCapítUlo v. Uniforme formal n.° 3a Artículo 37. Definición y uso 35 Artículo 38. Descripción 35 Artículo 39. Accesorios para oficial General 36 Artículo 40. Accesorios para oficial superior y subalterno 36 Artículo 41. Accesorios para nivel ejecutivo, suboficiales y agentes 37
Artículo 39. Accesorios para oficial General 36 Artículo 40. Accesorios para oficial superior y subalterno 36 Artículo 41. Accesorios para nivel ejecutivo, suboficiales y agentes 37 Artículo 42. Descripción del uniforme formal n.° 3A para alféreces y cadetes mujer y hombre 37 Artículo 43. Uso prendas blancas 38 CapítUlo vi. Uniforme de asistencia n.° 4 Artículo 44. Definición y uso 39 Artículo 45. Descripción 39 Artículo 46. Accesorios para oficiales 40 Artículo 47. Accesorios para nivel ejecutivo, suboficiales y agentes 40 Artículo 48. Uso del chaleco y la chaqueta de servicio 41 Artículo 49. Accesorios para la Policía de Tránsito y Carreteras 42 CapítUlo vii. Uniforme de asistencia corto n.° 4a Artículo 50. Definición y uso 43 Artículo 51. Descripción 43 Artículo 52. Accesorios para oficiales 44 Artículo 53. Accesorios para nivel ejecutivo, suboficiales y agentes 44 CapítUlo viii. Uniforme de fatiga n.° 5 Artículo 54. Definición y uso 45 Artículo 55. Descripción 45 Artículo 56. Accesorios 46 CapítUlo iX. Uniforme para carabineros Artículo 57. Definición y uso 47
Artículo 54. Definición y uso 45 Artículo 55. Descripción 45 Artículo 56. Accesorios 46 CapítUlo iX. Uniforme para carabineros Artículo 57. Definición y uso 47 Artículo 58. Uniforme de gala para oficiales del carrusel 48 Artículo 59. Accesorios utilizados por el personal de carabineros con el uniforme de fatiga 48 Artículo 60. Accesorios uniforme formal n.° 3 y 3A 49 CapítUlo X. Uniforme de vuelo Artículo 61. Definición y uso 50 Artículo 62. Descripción 50 Artículo 63. Accesorios para el uniforme de vuelo 51 CapítUlo Xi. Uniforme del escuadrón móvil antidisturbios esmad Artículo 64. Definición y uso 52 Artículo 65. Uniforme del Escuadrón Móvil Antidisturbios ESMAD 53 Artículo 66. Accesorios 54 CapítUlo Xii. Uniforme académico Artículo 67. Definición y uso 55 Artículo 68 55 Artículo 69 55 Artículo 70 55 Artículo 71 55Artículo 72 55 Artículo 73 55 Artículo 74 56 Artículo 75 56 Artículo 76 56 Artículo 77 56 Artículo 78 56 Artículo 79. Descripción uniforme académico para alféreces, cadetes y estudiantes de las escuelas de formación 56
Artículo 75 56 Artículo 76 56 Artículo 77 56 Artículo 78 56 Artículo 79. Descripción uniforme académico para alféreces, cadetes y estudiantes de las escuelas de formación 56 Artículo 80. Accesorios para el uniforme académico de alféreces, cadetes y estudiantes de las escuelas de formación 57 Artículo 81. Uniforme de deportes Escuela de Cadetes de Policía General Francisco de Paula Santander 57 CapítUlo Xiii. Uniforme para el personal de auxiliares de p olicía Artículo 82. Definición y uso 58 Artículo 83 58 Artículo 84 58 Artículo 85 58 Artículo 86. Uniforme para auxiliares de policía 58 Artículo 87. Accesorios para el uniforme de auxiliares de policía 59 Artículo 88 59 CapítUlo Xiv. Uniforme para el personal administrativo Artículo 89. Uniforme para servicio de sanidad, médicos veterinarios, auxiliares de ganado y auxiliares de laboratorio de criminalística 60 Artículo 90. Uniforme para secretarias 60 Artículo 91. Uniforme para personal técnico en automotores y peritos de tránsito 60 Artículo 92. Uniforme para auxiliares de casinos y centros sociales 60 Artículo 93. Uniforme para auxiliares de cocina, aseo y cafeterías 61 Artículo 94. Uniforme para personal docente 61
Artículo 93. Uniforme para auxiliares de cocina, aseo y cafeterías 61 Artículo 94. Uniforme para personal docente 61 Artículo 95. Uniforme para almacenistas, auxiliares de almacén, jefes de taller, operarios de taller, confecciones y lavanderías 61 Artículo 96. Bata para el personal de telemática 61 Artículo 97. Tarjetero para el personal administrativo 61 CapítUlo Xv. otras disposiciones Artículo 98. Cubrecabezas 63 Artículo 99. Charreteras, capona y presillas de gala 66 Artículo 100. Moño para cabello 67 Artículo 101. Placa de identificación policial 67 Artículo 102. Presillas 68 Artículo 103. Tarjetero 69 Artículo 104. Cascos de protección 69 Artículo 105. Montante 70 Artículo 106. Heráldica de la Policía Nacional 70 Artículo 107. Bandera de Colombia 71 Artículo 108. Distintivo Mención Honorífica 72 Artículo 109. Uso de la jineta 72 Artículo 110. Uso de media pantalón 72 Artículo 111. Chaqueta administrativa 72 Artículo 112. Uso del pantalón para los uniformes formales n.° 3 y 3A, del personal femenino 72 Artículo 113. Equipamiento 72
Artículo 111. Chaqueta administrativa 72 Artículo 112. Uso del pantalón para los uniformes formales n.° 3 y 3A, del personal femenino 72 Artículo 113. Equipamiento 72 Artículo 114. Accesorios prendas blancas 72Artículo 115. Tipo de letra para elementos policiales que deban ir marcados, como tarjeteros, cubrecabezas beisbolera, entre otros 73 Artículo 116. Periodo de transición 73 Artículo 117. Normas técnicas de los elementos 73 Artículo 118. Brazaletes 73 Artículo 119. Porta-carnet policial 73 Artículo 120. Impermeable motorizado y poncho 74 Artículo 121. Chaqueta y cubrecabezas para el personal de Policía Judicial 75 Artículo 122. Auxiliares de laboratorio de criminalística 75 TÍTULO III. CONDECORACIONES CapítUlo i. Condecoraciones Artículo 123. Definición 76 Artículo 124. Clases de condecoraciones 76 Artículo 125. Criterios generales 76 Artículo 126. Condecoraciones institucionales 77 TÍTULO IV. DISTINTIVOS CapítUlo i. distintivos Artículo 127. Definición 97 Artículo 128. Distintivos de mando para oficiales Generales 97 Artículo 129. Distintivos de mando para oficiales superiores 97 Artículo 130. Distintivos de mando para oficiales subalternos 97
Artículo 128. Distintivos de mando para oficiales Generales 97 Artículo 129. Distintivos de mando para oficiales superiores 97 Artículo 130. Distintivos de mando para oficiales subalternos 97 Artículo 131. Distintivos de mando para nivel ejecutivo, suboficiales, dragoneantes y agentes 98 Artículo 132. Distintivos de mando para alféreces y cadetes 98 Artículo 133. Distintivo especial 98 Artículo 134. Distintivos de reconocimiento 99 Artículo 135. Distintivos de habilidad profesional 99 TÍTULO V. INSIGNIAS CapítUlo i. insignias Artículo 136. Definición y uso 127 Artículo 137. Insignias de grado para oficiales Generales 127 Artículo 138. Insignias de grado para oficiales superiores 127 Artículo 139. Insignias de grado para oficiales subalternos 127 Artículo 140. Insignias de grado para miembros del nivel ejecutivo y suboficiales 132 Artículo 141 133 Artículo 142. Uso de la jineta 133 Artículo 143. Uso del grado en la presilla 133 Artículo 144. Insignias de distinción para alféreces y cadetes 138 Artículo 145. Insignias de grado para alféreces y cadetes 138 Artículo 146. Insignias para oficiales Generales y modalidades del servicio 139 Artículo 147 140 Artículo 148 140
Artículo 146. Insignias para oficiales Generales y modalidades del servicio 139 Artículo 147 140 Artículo 148 140 Artículo 149 14013 ministeRio de defensa naCional poliCía naCional diReCCiÓn geneRal Resolución número 3372 del 26 de octubre de 2009 “Por la cual se expide el Reglamento de Uniformes, Insignias, Condecoraciones y Distintivos para el personal de la Policía Nacional” EL DIRECTOR GENERAL DE LA POLICÍA NACIONAL DE COLOMBIA, en uso de las facultades legales que le confiere el artí- culo 2, numeral 8 del Decreto 4222 del 23 de noviembre de 2006, y ConsideRando: Que mediante Resolución número 02495 del 25 de agosto de 1997, se aprobó el “Reglamento de Uniformes, Insignias, Distintivos y Condecoraciones”. Que mediante las resoluciones 1330 del 04.05.1998; 03225 del 31.08.2000; 00623 del 27.02.2001; 01506 del 11.05.2001; 270 del 13.02.2002; 01084 del 02.05.2002; 3400 del 29.12.2004; 00100 del 12.01.2005; 01743 del 24.04.2008 se modificó el citado reglamento. Que el cúmulo de normatividad existente y lo dispersa que se halla, ha dificultado el entendimiento y conocimiento profundo que debe existir entre todos los integrantes de la Institución sobre el significado de los uniformes, insignias, condecoraciones y distintivos para el personal de la Policía Nacional y las implicaciones personales, institucionales y sociales de su adecuado porte o uso.
existir entre todos los integrantes de la Institución sobre el significado de los uniformes, insignias, condecoraciones y distintivos para el personal de la Policía Nacional y las implicaciones personales, institucionales y sociales de su adecuado porte o uso. Que atendiendo las necesidades actuales del personal, en términos de comodidad, funcionalidad y seguridad para la prestación del servicio, y con el objeto de fortalecer la imagen corporativa, los criterios de visibilidad, economía, diseño, desempeño y elegancia que permitan armonizar la uniformidad en sentido integral, la cual se constituye en uno de los lineamientos más importantes a considerar en el direccionamiento institucional, se hace necesario expedir el Reglamento de Uniformes, Insignias, Condecoraciones y Distintivos para el personal de la Policía Nacional. Que el nuevo Reglamento de Uniformes, Insignias, Condecoraciones y Distintivos para el personal de la Policía Nacional, trae consigo beneficios en el mejoramiento del servicio, haciéndolo armónico a su misionalidad y la naturaleza civil que le es inherente, facilitando su acercamiento e interacción con la comunidad.
ResUelve: Artículo 1. Expedir el Reglamento de Uniformes, Insignias, Condecoraciones y Distintivos para el personal de la Policía Nacional, el cual tendrá el siguiente contenido:14
TÍTULO I | GENERALIDADES CapítUlo i disposiciones generales artículo 2. objeto y alcance El presente reglamento establece la clasificación, características, composición, descripción y uso de los uniformes, insignias, condecoraciones, distintivos y demás prendas para el personal de oficiales, nivel ejecutivo, suboficiales, agentes, auxiliares, estudiantes de las escuelas de formación y personal no uniformado. Instituye normas y unifica
ciones, distintivos y demás prendas para el personal de oficiales, nivel ejecutivo, suboficiales, agentes, auxiliares, estudiantes de las escuelas de formación y personal no uniformado. Instituye normas y unifica criterios que el personal integrante de la Policía Nacional debe cumplir. Fija pautas en la utilización de los uniformes, insignias, condecoraciones y distintivos de acuerdo al área de trabajo y clima. artículo 3. destinatarios El cumplimiento del presente reglamento corresponde a todo el personal que integra la Policía Nacional, su inobservancia acarreará las sanciones de ley. artículo 4. Uso El uso del uniforme policial, insignias, condecoraciones y distintivos debe constituirse en un motivo de honor, dignidad personal e identidad institucional; por consiguiente su porte será impecable y elegante, en todo lugar y ocasión. artículo 5. dotación El mando institucional dispondrá las medidas necesarias para que el personal de la Policía Nacional cuente con las dotaciones reglamentarias y cumpla las normas establecidas en el presente reglamento. artículo 6. observancia La composición, uso de los uniformes y accesorios, insignias, distintivos y condecoraciones se ceñirán estrictamente a lo señalado en el presente reglamento. Cualquier propuesta de modificación debe presentarse ante el señor Director General de la Policía Nacional, previa revisión y concepto de la Oficina de Planeación. CapítUlo ii obligaciones y prohibiciones artículo 7. obligaciones Son obligaciones del personal de la Policía Nacional durante el uso del uniforme:
1. Portar en toda ocasión el uniforme con esmerada pulcritud y elegancia.
2. El personal masculino uniformado permanecerá en todo momento bien
obligaciones y prohibiciones artículo 7. obligaciones Son obligaciones del personal de la Policía Nacional durante el uso del uniforme:
1. Portar en toda ocasión el uniforme con esmerada pulcritud y elegancia.
2. El personal masculino uniformado permanecerá en todo momento bien afeitado; las patillas no pueden sobrepasar 1 centímetro por debajo de la comisura del ojo; debe mantener el cabello corto y desvanecido.
Parágrafo 1: Únicamente podrán usar bigote los oficiales a partir del grado de Capitán, personal del nivel ejecutivo y los suboficiales a partir de Intendentes o Sargento Segundo, respectivamente. Este debe ser desvanecido y no puede sobrepasar la comisura de la boca.
3. El personal femenino uniformado usará en todo momento el cabello recogido en forma de moño o lo llevará corto sin que sobresalga del contorno de la cara. No se permitirán mechones, capul u otro tipo de moda que generen cabellos sobre la cara y que dificulten la visibilidad del rostro o el uso del cubrecabezas. El maquillaje y arreglo de uñas serán tipo ejecutivo,15 enmarcado dentro del contraste de la sencillez y la elegancia, con tonalidades tipo pastel para las uñas y colores tierra para el maquillaje, que hacen juego con el color del uniforme.
4. Los aretes del personal femenino serán candongas y/o topos (máximo uno por oreja) en color dorado; para ceremonias utilizarán candonga lisa con diámetro n.° 2.
5. Sólo se podrá portar un anillo o argolla en cada mano para el personal femenino, los cuales estarán enmarcados dentro del contraste de la sencillez y la elegancia. El personal masculino solamente portará la argolla de
5. Sólo se podrá portar un anillo o argolla en cada mano para el personal femenino, los cuales estarán enmarcados dentro del contraste de la sencillez y la elegancia. El personal masculino solamente portará la argolla de matrimonio o el anillo de grado.
6. El largo de la falda para el uniforme del personal femenino deberá cubrir la rodilla.
7. El uso del cubrecabezas es de carácter obligatorio en servicio, inclusive cuando se permanezca dentro de recintos cerrados o en vehículos uniformados. Se exceptúa cuando su permanencia sea en recintos cerrados de instalaciones policiales, en eventos sociales o en lugares abiertos al público que así lo requieran.
8. La placa de identificación policial se usará siempre con los uniformes clasificados para el servicio, al igual que con el uniforme n.° 3. Se exceptúa al personal que se encuentre realizando operaciones especiales en uniforme de fatiga.
9. El uso del tarjetero es obligatorio en los uniformes previstos en el presente reglamento, a excepción del n.° 1 y el n.° 2.
10. El personal superior tiene la obligación de exigir al personal subalterno el uso correcto del uniforme, las insignias, las condecoraciones y los distintivos.
11. En las órdenes relacionadas con la asistencia a actos protocolarios, se indicará el uniforme que se debe usar.
12. El personal que tenga impedimento físico transitorio o permanente según lo establecido por la Dirección de Sanidad mediante concepto médico, podrá usar traje de civil.
13. El personal que cumpla actividades especiales tales como servicios de inteligencia, policía judicial, escoltas o una actividad que por su condición lo amerite, previa autorización del director, podrá usar traje de civil.
drá usar traje de civil.
13. El personal que cumpla actividades especiales tales como servicios de inteligencia, policía judicial, escoltas o una actividad que por su condición lo amerite, previa autorización del director, podrá usar traje de civil.
14. El personal que cumpla funciones de escolta en traje civil, utilizará en el cuello de la camisa o del saco, el escudo metálico dorado de la Policía Nacional de manera permanente.
15. Cuando los oficiales, personal del nivel ejecutivo con mando y suboficiales en uso de buen retiro sean autorizados para portar el uniforme, lo harán en forma reglamentaria y solamente en los casos que contempla el estatuto
de carrera respectivo; así mismo, solo concurrirán a sitios públicos o privados a los cuales se les haya permitido su asistencia.
16. El personal que se encuentre adelantando estudios de carácter formal, no formal y educación continuada en representación de la Policía Nacional en entes educativos externos, debe asistir en uniforme formal n.° 3 o 3A, según corresponda. Se exceptúa cuando por reglamentación interna de los centros educativos se prohíba portar el uniforme. artículo 8. prohibiciones
1. Hacer modificaciones a los uniformes, accesorios, insignias, condecoraciones y distintivos establecidos en el presente reglamento.
2. Usar prendas, insignias, distintivos o condecoraciones no contemplados en el presente reglamento.
3. Utilizar insignias no correspondientes a su grado o modalidad, condecoraciones no autorizadas ni otorgadas por autoridad competente.
4. Donar, vender, alquilar, dar en calidad de prenda o facilitar en préstamo uniformes, insignias, distintivos y condecoraciones, aun cuando se encuentren en mal estado o en desuso.
ciones no autorizadas ni otorgadas por autoridad competente.
4. Donar, vender, alquilar, dar en calidad de prenda o facilitar en préstamo uniformes, insignias, distintivos y condecoraciones, aun cuando se encuentren en mal estado o en desuso.
5. Portar en lugares públicos o abiertos al público paquetes, bolsas, cajas y demás elementos que no hagan parte del uniforme.
6. Llevar elementos que sobresalgan o malformen los bolsillos del uniforme, así como accesorios u objetos voluminosos.
7. Mantener las manos en los bolsillos del uniforme.
8. Utilizar materiales no establecidos en las fichas técnicas elaboradas por el grupo de control de calidad de la Dirección Administrativa y Financiera.
9. Durante el servicio no se podrá utilizar lentes de contacto de colores. Solo se permitirá el uso de los transparentes por prescripción médica.16
CapítUlo i Clases de uniformes artículo 9. Uniformes para actividades formales Corresponden a los uniformes que usará el personal de la Policía Nacional en los diferentes actos ceremoniales, protocolarios y especiales del servicio:
1. Uniforme de gala n.° 1
2. Uniforme social n.° 2
3. Uniforme formal n.° 3
4. Uniforme formal n.° 3A artículo 10. Uniformes para el servicio Se usarán por el personal de la Institución para actividades propias de la prestación del servicio y son los siguientes:
1. Uniforme de asistencia n.° 4
2. Uniforme de asistencia corto n.° 4A
3. Uniforme de fatiga n.° 5
4. Uniformes para carabineros
5. Uniforme de vuelo n.° 6
6. Uniforme para los escuadrones móviles antidisturbios n.° 7
7. Uniforme académico n.° 8
8. Uniforme para auxiliares
9. Uniforme para personal administrativo títUlo ii | UnifoRmes CapítUlo ii Uniforme de gala n..° 1 artículo 11. definición y uso Corresponde al uniforme que usará el personal de oficiales, alféreces, cadetes y el personal de la banda de músicos para asistir a eventos formales y de especial trascendencia institucional tales como: 1 Visita a / de jefes de Estado.
2. Actos sociales a los que asisten los particulares en traje de frac.
3. Desfiles de honor.
4. Contraer nupcias, para oficiales.
5. Ceremonias policiales y militares que exijan el porte de este uniforme.
6. Por disposición del mando. artículo 12. descripción
1. Cubrecabezas tipo kepis color azul oscuro con ribete verde esmeralda.
2. Camisa color blanco, sin cuello, manga larga, puño doble.
3. Guerrera color azul oscuro o blanco, según corresponda al clima, con ribete verde esmeralda y botones dorados con el escudo de la Policía Nacional.
4. Mancornas doradas con el escudo de la Policía Nacional.
5. Falda línea recta, que cubra la rodilla, color blanco o azul oscuro, según corresponda al clima, con abertura trasera y ribete verde esmeralda.
6. Calzado en charol color negro, de tacón.
7. Pantalón blanco o azul oscuro, según corresponda al clima, con ribete verde esmeralda.
corresponda al clima, con abertura trasera y ribete verde esmeralda.
6. Calzado en charol color negro, de tacón.
7. Pantalón blanco o azul oscuro, según corresponda al clima, con ribete verde esmeralda.
8. Calcetines blancos para el pantalón blanco y negros para el pantalón azul.
9. Calzado liso de amarrar, en charol color negro.17 artículo 13. accesorios para oficial general
1. Casco con penacho cuando se participe del destacamento.
2. Carrillera en hilo dorado.
3. Laureles dorados en el cuello y puños de la guerrera.
4. Charreteras doradas con insignias de grado, tamaño grande en metal.
5. Escudos de Colombia pequeños con ramas de laurel, colocados en los extremos del cuello de la guerrera.
6. Joyas de las condecoraciones de acuerdo al título III del presente reglamento.
7. Cordón de mando dorado.
8. Guantes en cabritilla blanca.
9. Cinturón de gala en hilo dorado con banda tricolor y chapa con escudo repujado.
10. Tiro en hilo dorado.
11. Dragona en hilo dorado.
12. Espada para ceremonias policiales.
13. Bastón de mando de gala, para actos sociales.
14. Espolines dorados.
Uniforme clima frío Uniforme clima cálido18 artículo 14. accesorios para oficial superior
1. Casco con penacho cuando se participe del destacamento.
2. Carrillera en hilo dorado.
3. Charreteras plateadas con insignias de grado, tamaño grande en metal. Para Mayor se utiliza una barra; para Teniente Coronel,
1. Casco con penacho cuando se participe del destacamento.
2. Carrillera en hilo dorado.
3. Charreteras plateadas con insignias de grado, tamaño grande en metal. Para Mayor se utiliza una barra; para Teniente Coronel, dos barras; y para Coronel, tres barras.
4. Escudos de Colombia pequeños, colocados en los extremos del cuello de la guerrera.
5. Joyas de las condecoraciones, de acuerdo al título III del presente reglamento.
6. Cordón plateado para oficiales diplomados en la Academia Superior de Policía (ASPOL).
7. Guantes en cabritilla blanca.
8. Cinturón de gala en hilo plateado con banda tricolor y chapa con escudo repujado.
9. Tiro en cuero blanco.
10. Dragona en hilo plateado y cuero negro.
11. Sable para oficial superior.
12. Espolines plateados.
Uniforme clima frío – ASPOL Uniforme clima cálido19 artículo 15. accesorios para oficial subalterno
1. Casco con penacho cuando se participe del destacamento.
2. Carrillera en hilo dorado.
3. Caponas doradas con insignias de grado, tamaño grande en metal.
4. Insignias de la modalidad peque - ña, colocadas en los extremos del cuello de la guerrera.
5. Joyas de las condecoraciones, de acuerdo al título III del presente reglamento.
6. Guantes en cabritilla blanca.
7. Cinturón de gala en hilo plateado con banda tricolor y chapa con escudo repujado.
8. Tiro en cuero blanco.
9. Dragona en hilo plateado y cuero negro.
10. Sable para oficial subalterno.
7. Cinturón de gala en hilo plateado con banda tricolor y chapa con escudo repujado.
8. Tiro en cuero blanco.
9. Dragona en hilo plateado y cuero negro.
10. Sable para oficial subalterno.
11. Espolines plateados.
Uniforme clima frío Uniforme clima cálido20 artículo 17. descripción del uniforme de gala para alféreces y cadetes de la escuela de Cadetes de policía general francisco de paula santander
1. Cubrecabezas tip
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