POLICIA NACIONAL - Resolución 004-DIPON-OFPLA-14.7 de 2024
Detalles
- Título
- POLICIA NACIONAL - Resolución 004-DIPON-OFPLA-14.7 de 2024
- Autor
- Policía Nacional
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Penal Militar
- Año
- 2024
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MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
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- POLICÍA NACIONAL
DIRECCIÓN GENERAL Bogotá o.e., 1 O JUl 2024
INSTRUCTIVO NÚMERO o Q 4 - / DIPON -OFPLA-14.7
LINEAMIENTOS PARA EL CORRECTO USO, PORTE DE LOS UNIFORMES Y ACCESORIOS EN LAS ACTIVIDADES DIARIAS DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE POLICÍA La Policía Nacional de Colombia, en el marco de su misionalidad constitucional y de la Estrategia Integral de Seguridad con Énfasis en Convivencia Ciudadana y Cambio Climático, busca afianzar la imagen institucional para lograr una mayor visibilidad y reconocimiento de sus integrantes por parte de los ciudadanos, siendo la uniformidad fundamental para garantizar la identidad policial, al tiempo de potenciar el sentido de pertenencia, profesionalismo y ejercicio de la autoridad. En este sentido, la Dirección General de la Policía Nacional, dispone que las unidades de policía, cumplan de manera taxativa y permanente los preceptos institucionales enmarcados en la Resolución 03372 del 26 de octubre de 2009 "Reglamento de Uniformes, Insignias, Condecoraciones y Distintivos para el personal de la Policía Nacionaf', con el propósito de fortalecer la identidad institucional, teniendo presente la clasificación, características, composición, descripción, porte y uso autorizado de los uniformes según la actividad desarrollada, para el personal de oficiales, miembros del nivel ejecutivo, suboficiales, agentes, patrulleros de policía, auxiliares, estudiantes de escuelas de formación y personal no uniformado. Ahora bien, es pertinente indicar que el diseño del uniforme responde a las necesidades
patrulleros de policía, auxiliares, estudiantes de escuelas de formación y personal no uniformado. Ahora bien, es pertinente indicar que el diseño del uniforme responde a las necesidades del personal en términos de comodidad, funcionalidad, protección, calidad y elegancia que le permitan prestar efectivamente el servicio, por lo tanto, se debe dar estricto cumplimiento a los siguientes parámetros:
1. Con el ánimo de conservar la uniformidad y promover la identidad institucional en el territorio nacional, se debe unificar el uso y porte de los uniformes en las actividades diarias, para ello, los jefes nacionales, directores, jefes de oficinas asesoras, comandantes de región de policía, policías metropolitanas, departamentos de policía, directores de escuela, Fiscal General Penal Militar y Policial, Director de Gestión de Policía Fiscal y Aduanera, funcionarios en comisión del servicio en la función pública y en otras entidades, harán cumplir el uso del uniforme en sus unidades, de acuerdo al tipo de dotación con que se cuente y las labores que desempeñen , de tal manera que se genere unidad de criterio y control.
2. No se deben crear, modificar y usar uniformes, accesorios, insignias, condecoraciones y distintivos que no estén reglamentados, aprobados o autorizados por la Institución.
Cualquier propuesta de modificación debe presentarse ante el director general de la Policía Nacional, previa revisión y concepto de la Oficina de Planeación. ?t V (V D S-IN -0001 ¡ v V r: 1 t Página 1 de 5 Aprobación: 28-04-20143. Se reitera que en el reglamento de uniformes, insignias, condecoraciones y distintivos para
V (V D S-IN -0001 ¡ v V r: 1 t Página 1 de 5 Aprobación: 28-04-20143. Se reitera que en el reglamento de uniformes, insignias, condecoraciones y distintivos para el personal de la Policía Nacional no se contempla el uso de elementos adicionales como : heráldicas, lagos, símbolos, diagramas, sobrenombres, elementos fabricados en PVC u otro material que no se encuentre establecido.
4. Se recuerda que el uso de prendas, insignias, distintivos y condecoraciones deben portarse con decoro, elegancia y pulcritud, resaltando en todo momento, la imagen institucional.
5. La Resolución 03372 del 26/10/2009, indica que no está permitido el uso de chaquetas, sacos y demás prendas con el uniforme que no sean parte del mismo , o la combinación de prendas de distintos uniformes. 6 El tarjetero de identificación (grado, nombre y apellido) es de uso obligatorio en todos los
uniformes, a excepción del uniforme de gala No. 1 y el uniforme social No. 2. 7 En los uniformes: No . 4 de servicio urbano de seguridad ciudadana (híbrido clima cálido y clima frío); No. 5 táctico de seguridad ciudadana (híbrido clima cálido y clima frío); No. 5 táctico de seguridad ciudadana para operaciones especiales, overol ignífugo, chaqueta de servicio de seguridad ciudadana y el chaleco balístico, deberá utilizarse el tarjetero con la palabra "POLICÍA" en el costado izquierdo.
POLICÍA
POLICÍA
8 El uniforme No. 5 táctico de seguridad ciudadana (híbrido clima cálido y clima frío), será
palabra "POLICÍA" en el costado izquierdo.
POLICÍA
POLICÍA
8 El uniforme No. 5 táctico de seguridad ciudadana (híbrido clima cálido y clima frío), será utilizado con tarjetero de grado y nombre sobre el bolsillo derecho y sobre el bolsillo izquierdo el tarjetero con la palabra "POLICÍA". La insignia de grado, no llevará mes y año del último ascenso (irá en el pecho centrado en parche de 5 x 5 cm.), estos tres (3) elementos irán cosidos al uniforme. La heráldica de la Policía Nacional se debe ubicar en el brazo izquierdo, dos centímetros debajo de la costura del hombro y a un centímetro de la heráldica se ubicará la distinción (en los casos que corresponda). En el lado derecho irá '--~ la bandera de Colombia a color, ondeada y sin ningún tipo de imagen o letra. Debajo de esta se ubicará el factor RH y el tipo de sangre en forma cuadrada. Estos elementos serán bordados en hilo color gris y usados con cinta de contacto (velero). [ 9 El uniforme No. 5 táctico de seguridad ciudadana para operaciones especiales usado por los comandos JUNGLA y COPES, será utilizado con tarjetero de grado y nombre sobre ~Í ~ -t 0001 Pág;o, 2 de 5 Ap,obadóo 28-04-2014\ el bolsillo derecho. Sobre el bolsillo izquierdo irá el tarjetero "POLICÍA". La insignia del grado, no llevará mes y año del último ascenso y se ubicará en el pecho centrado (en parche de 5 x 5 cm, del mismo color del uniforme y bordado en hilo gris). La heráldica de
grado, no llevará mes y año del último ascenso y se ubicará en el pecho centrado (en parche de 5 x 5 cm, del mismo color del uniforme y bordado en hilo gris). La heráldica de la Policía Nacional se debe ubicar en el brazo izquierdo a dos centímetros debajo de la costura del hombro y a un centímetro de la heráldica se ubicará la distinción (en los casos que corresponda). En el lado derecho irá la bandera de Colombia a color, ondeada y sin ningún tipo de imagen o letra. Debajo de esta se ubicará el factor RH y el tipo de sangre en forma cuadrada. Estos elementos serán bordados en hilo color gris y sujetos con cinta de contacto (velero). 1 O El montante en los diferentes uniformes será únicamente de uso para el director general, subdirector general, el personal adscrito al Comando de Operaciones Especiales y Antiterrorismo -COPES y las Compañías Antinarcóticos -JUNGLA, así: Imágenes de referencia sin escala 11 Exclusivamente, el personal adscrito a los grupos operativos COPES y JUNGLA, hará uso de la boina con el uniforme formal No. 3. 12 A excepción de los uniformes números No. 1, No. 2 y No. 3A, se deberá portar la bandera de Colombia ondeada y el color de su ribete corresponderá al color del hilo de los tarjeteros e insignias del uniforme respectivamente (negro, gris, dorado o amarillo verde fluorescente). 13 El personal de oficiales, nivel ejecutivo, suboficiales, agentes y patrulleros de policía no portarán la placa de identificación policial en el uniforme formal No. 3. 14 El personal de la Unidad de Operaciones Especiales en Emergencias y Desastresportarán la placa de identificación policial en el uniforme formal No. 3. 14 El personal de la Unidad de Operaciones Especiales en Emergencias y DesastresPONALSAR, usará el cubrecabeza tipo gorra, color verde aceituna e hilo amarillo limón fluorescente. 15 El uso de cubrecabeza tipo camboyana, se autoriza exclusivamente para el personal adscrito a los grupos operativos de la Dirección de Antinarcóticos -DIRAN y Dirección de Carabineros y Protección Ambiental - DICAR, que porten el uniforme No. 5 táctico de seguridad ciudadana (híbrido clima cálido y clima frío). En caso de operaciones tácticas deben utilizar el casco balístico. 16 La chaquetilla deberá portarse con el respectiv_o tarjetero de identificación acrílico, en la parte superior derecha y el grado que corresponda. Su uso será exclusivo para los entornos administrativos y académicos dentro de las instalaciones policiales. 17 El personal masculino mientras porte el uniforme, permanecerá en todo momento con la barba afeitada a ras; las patillas no pueden sobrepasar 1 centímetro por debajo de la \~S-IN-0001 !lVº' Página 3 de 5 Aprobación: 28-04-2014\ comisura del ojo y mantener el cabello corto, desvanecido, sin líneas, tintes o rayitos diferentes al color natural; de igual forma se recuerda que la Resolución 03372 del 26 de octubre de 2009 "Reglamento de Uniformes, Insignias, Condecoraciones y Distintivos para el personal de la Policía Nacionaf',, no contempla el uso de aretes, topos u otro tipo de accesorios cuando se use el uniforme.
octubre de 2009 "Reglamento de Uniformes, Insignias, Condecoraciones y Distintivos para el personal de la Policía Nacionaf',, no contempla el uso de aretes, topos u otro tipo de accesorios cuando se use el uniforme. 18 El uniforme debe permitir una reacción operacional efectiva, que responda a las exigencias del quehacer policial, sin sufrir daños o rupturas por ajustes sobredimensionados (pérdida de la eficiencia de la prenda por desahogo u holgura) que impida su óptimo funcionamiento o afecte la elegancia o el decoro en su porte. 19 El uso del cinturón multipropósito en entornos administrativos, será sin ningún accesorio para el mismo, como porta esposas, porta guantes, porta proveedores y porta arma. 20 No está autorizada ninguna modificación en los uniformes de la Policía Nacional, entre ellos la eliminación y el cierre de los bolsillos de ningún uniforme, así como el cierre de los pliegues traseros. 21 Mientras se porte el uniforme, solo se podrá portar un anillo de grado o argolla de matrimonio en cada mano, los cuales estarán enmarcados dentro del contraste de la sencillez y la elegancia, sin diseños que pongan en riesgo la integridad o afecten la seguridad operacional. 22 Se recuerda que el uso de piercing o accesorios similares colocan en riesgo la integridad física y la seguridad personal en la prestación del servicio de policía, por lo cual, se deberá propender por evitar el uso de estos accesorios en servicio activo. Personal femenino 23 El uso de la media velada o media pantalón se empleará con el uniforme de gala No. 1, uniforme social No. 2, uniforme formal No. 3 y uniforme formal No. 3A, y su color será
Personal femenino 23 El uso de la media velada o media pantalón se empleará con el uniforme de gala No. 1, uniforme social No. 2, uniforme formal No. 3 y uniforme formal No. 3A, y su color será brown o pistacho, en atención al reglamento de uniformes, insignias y condecoraciones de la Policía Nacional. 24 El largo de la falda para el uniforme deberá cubrir la rodilla. 25 Se autoriza el uso de capul, su caída no deberá superar la línea superior de las cejas; de igual forma las mujeres, usarán en todo momento el cabello recogido en forma de moño o lo llevará corto a la altura del cuello cuando estén uniformadas. Se recuerda que el uso de mechones u otro tipo de cortes dificultan la visibilidad, el reconocimiento del rostro, el uso del cubrecabeza y la correcta identificación por parte de la ciudadanía. 26 El maquillaje deberá estar enmarcado dentro del contraste de la sencillez y la elegancia, con colores tierra, que guarden la armonía con el uniforme, sin ningún tipo de escarcha o brillo. Cuando se porte el uniforme, no se debe utilizar en el contorno de los ojos, brillantinas, purpurinas o escarchas que desdibujen la sobriedad que se debe mantener. 27 Se recuerda que con el uniforme se deben usar aretes tipo candongas o topos (máximo uno por oreja) en color dorado sin accesorios. Para ceremonias utilizarán candongas lisas con 2 centímetros de diámetro. \,,S-IN-0001 11,:)J'' Página 4 de 5 Aprobación: 28-04-201428 El arreglo de las uñas será con tonalidades tipo pastel. Quienes, por razones
con 2 centímetros de diámetro. \,,S-IN-0001 11,:)J'' Página 4 de 5 Aprobación: 28-04-201428 El arreglo de las uñas será con tonalidades tipo pastel. Quienes, por razones dermatológicas o médicas debidamente certificadas, deban usar uñas postizas, acrílicas o similares, su longitud no debe exceder la media del tamaño de la uña natural, toda vez que estas podrían limitar la adecuada prestación del servicio de policía, dificultar la atención de procedimientos de policía cuando sean requeridos por la comunidad y afectar la seguridad operacional personal. Esto en concordancia con el capítulo 2, literal 1.3; capítulo 5 literales 1, 2, 3, 6 y 7, y el capítulo 7 de la Resolución No. 00911 del 01/04/2009 "por la cual se adopta el manual de patrulla je urbano para la Policía Nacional". El personal de oficiales, miembros del nivel ejecutivo y suboficiales, tiene la obligación de ejercer control y exigir al personal subalterno el uso correcto del uniforme, insignias, condecoraciones y distintivos, que permita dar cumplimiento a las disposiciones contenidas en el presente instructivo, disponiendo en caso contrario, el trámite respectivo en consonancia con la Ley 2196 de 2022 "Por medio de la cual se expide el Estatuto Disciplinario Policial". El incumplimiento de los lineamientos que se enuncian en el presente instructivo y la reglamentación contemplada en la Resolución 03372 del 26 de octubre de 2009 "Reglamento de Uniformes, Insignias, Condecoraciones y Distintivos para el personal de la Policía Nacionaf', dará a lugar a las acciones disciplinarias o administrativas a que haya lugar.
de Uniformes, Insignias, Condecoraciones y Distintivos para el personal de la Policía Nacionaf', dará a lugar a las acciones disciplinarias o administrativas a que haya lugar. La expedición del presente instructivo, deja sin vigencia el Instructivo No.001-DI PONOFPLA del 09 de enero de 2020 "LINEAMIENTOS PARA EL CORRECTO USO DE LOS UNIFORMES EN LA POLICÍA NACIONAL". 1,f ~ f A l 11 ~ -·~---,...,.. General WILLIAM RENÉ SA J~ RAMÍREZ Director General de la Poliía Nacionai de Colombia -_,,v ~ \ E rado po IT. Fab,o Andres. Santos Rodriguez -OFPLACENPO • /)Rcv ~do oor t\1Y Fat,10 Baut1stí'I Guev-,ra • OFPLA. CENPQ ~ C Jecsson Gut1érrez Ruiz • OFPLA -ARSEP TC Hemando Anloruo Vane¡o Valencia -OFPLA -SUPLA • CR Otana Constanza Torres C3stcllanos -OFPLA -JEFA1 BG Hcmán Alonso t<.1enescs Gelves-SEGENJEFAT ' SG O!g~ P::itt-co $.i!azar Sánchez. / DILOF -JEFA1Cl..o7ri 1 BG N1colas /\le1andto ZapJt<l R estrepo • SUD IR llitD la,¡ -.. de e1aborac:ón 25-04-2024 Carrera 59 26 -21 CAN, Bogotá o.e. Teléfonos 515 9186 ofpla.cenpo@policia.gov.co www.policia.gov.co 10S-IN-0001
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Pág ina 5 de 5 Aprobación: 28-04-2014