Presupuesto_General_Ingresos_Egresos_EMETRA.
CONCEJO MUNICIPAL
Descargar PDF
Disponible
Detalles
- Título
- Presupuesto_General_Ingresos_Egresos_EMETRA.
- Autor
- CONCEJO MUNICIPAL
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- —
5 nE(;'uATEr.mLACu"yp/E' | Concejo Municipal EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE GUATEMALA CONSIDERANDO: Que En sesión celebrada el dieciocho de noviembre del dos mil diez, la Junta Directiva de la Entidad Metropolitana Reguladora de Transporte y Tránsito del Municipio de Guatemala Y sus Áreas de Influencia Urbana —EMETRA-, aprobó el proyecto de Presupuesto de Ingresos y Egresos de dicha Entidad, correspondiente al ejercicio fiscal del año dos mil once.
CONSIDERANDO: Que los ingresos percibidos durante el año dos mil diez han sido cuantificados razonablemente en concordancia con la realidad financiera de la Entidad en lo relativo a fuentes de recurso por los cobros que realiza, y estimando los que pueden percibirse para el ejercicio fisca: dos mil once.
CONSIDERANDO: Que el presupuesto de Egresos ha sido formulado dentro de los lineamientos y procedimientos técnicos y legales para la elaboración del Presupuesto por Programas, emanados por los entes rectores, tomando en cuenta las necesidades de recursos presupuestarios, a fin que la Entidad Metropolitana Reguladora de Transporte y Tránsito del Municipio de Guatemala y sus Áreas de Influencia Urbana —EMETRA-, atienda sus compromisos financieros y pueda realizar sus funciones que por Ley le competen.
POR TANTO: Con base en lo dispuesto en los artículos 253 de la Constitución Política de la República: 126, 129 y 131 del Código Municipal, Decreto número 12-2002 del Congreso de la República;
ACUERDA:
POR TANTO: Con base en lo dispuesto en los artículos 253 de la Constitución Política de la República: 126, 129 y 131 del Código Municipal, Decreto número 12-2002 del Congreso de la República; ACUERDA: Artículo 1. Presupuesto de Ingresos. Aprobar el Presupuesto General de Ingresos de la Entidad Metropolitana Reguladora de Transporte y Tránsito del Municipio de Guatemala y sus Áreas de Influencia Urbana -EMETRApara el ejercicio fiscal comprendido del uno de enero al frainta y uno de diciembre de dos mil once, por un valor total de CIENTO CUARENTA Y NUEVE MILLONES SETECIENTOS ONCE MIL NOVECIENTOS QUINCE QUETZALES
(Q.149,711,915.00), distribuidos de la manera siguiente:
ACUERDO COM-43-2010CUP DEGUATEMALA
Concejo Municipal Hoja No. 2 Acuerdo COM-43-2010
PRESUPUESTO GENERAL DE INGRESOS
PRESUPUESTO DE INGRESOS
EJERCICIO FISCAL 2011
CODIGO E [a] & © < DENOMINACION APROBADO 2011 2 z 0 E 20 29 16 TRANSFERENCIAS CORRIENTES DEL SECTOR PUBLICO 23,166,126.00 70 71 16 TRANSFERENCIAS CORRIENTES DEL SECTOR PRIVADO 250,000.00 30 31 11 INGRESOS NO TRIBUTARIOS 86,157,360.00 30 31 14 INGRESOS DE OPERACION 32,886,429.00 30 31 15 RENTAS A LA PROPIEDAD 840,000.00 30 31 27 INCREMENTO DE PATRIMONIO 6,412,000.00
TOTAL 149,711,915.00 8is jo 15 BI E DENOMINACION APROBADO 2011
TOTAL 149,711,915.00 8is jo 15 BI E DENOMINACION APROBADO 2011 o |I[ 16 TRANSFERENCIAS CORRIENTES
2 | DEL SECTOR PUBLICO 50 DE MUNICIPALIDADES =" | MUNICIPALIDAD DE GUATEMALA 23,166,126.00
16 TRANSFERENCIAS CORRIENTES
] 1 DEL SECTOR PRIVADO 30 DE EMPRESAS PRIVADAS | — | DONACIONES EN ESPECIE 250,000.00
| 11 INGRESOS NO TRIBUTARIOS
E MULTAS
10 ORIGINADAS EN INGRESOS NO TRIBUTARIOS = iSOLVENCIASDE GUATENA) Acumple
Concejo Municipal Hoja No. 3 Acuerdo COM-43-2010 SOLVENCIAS DE TRANSITO 8,000,000,00 v [Muitas = | MULTAS ALTRANSPORTE (ADMINSTRATIVAS) 5,088,750.00 rw [cerros 6,000,000.00 © [MULTAS TRANSITO 5,000,000,00 > [MULTAS PARQUIMETROS 3,750,000.00 en [MULTAS POR EXCESO DE VELOCIDAD 10,000,000.00 o | DEPOSITO DE VEHICULOS CONSIGNADOS 250,000.00 PESOS Y MEDIDAS PARA TRANSPORTE DE ~ |Eaeaa 1,800,000.00 © [RECUPERACIÓN DE CARTERA RECUPERACION DE MULTAS TRANSITO 13,785,200.00 9 | RECUPERACION DE MULTAS PARQUIMETROS 5,000,000.00 RECUPERACIÓN DE MULTAS AL TRANSPORTE MONT 5,000,000.00
RECUPERACION DE MULTAS POR EXCESO DE | VELOCIDAD 15.483,410.00 7 INTERESES POR MORA 10 ORIGINADOS EN INGRESOS NO TRIBUTARIOS — [INTERESES POR MORA 7.000,000.00 14 INGRESOS DE OPERACIÓN 2 VENTA DE SERVICIOS o SERVICIOS PUBLICOS MUNICIPALES 1 | TASAS ANUALES = [72005 ESTACIONARIOS 92,960.00 N [ras 193,600.00 © | FLETEROS PICK UPS 5,600.00 » [FLETEROS CAMIONES 8,400.00 @ [RECOLECTORES (CAMIONES AMARILLOS) 144,900.00 | o [PUBLICIDAD MOVIL 200,000.00 [ENTREGA A DOMICILIO 0.00 | | 2 | PARQUIMETROS (USUFRUCTO) | [INGRESO POR USUFRUCTO {SENEGASA) 0.00 | VEHICULO | INGRESO POR USUFRUCTO (SENECASA] MOTO 0.00
3| CARNETS A PILOTOS
[PILOTOS TAXIS 274,596.00Concejo Municipal DE GUATEMALA, cumple: Hoja No. 4 Acuerdo COM-43-2010 N | PILOTOS TAXIS ESTACIONARIOS 59,612.00 @ | PILOTOS BUSES ESCOLARES 50,036.00 > |PILOTOS FLETEROS PICK UPS 2,800.00 © [PILOTOS BUSES URBANOS 0.00 o | PILOTOS FLETEROS CAMIONES 812.00 > | PILOTOS BUSES EXTRA URBANOS 0.00 © | PILOTOS SERVICIO A DOMICILIO 0.00 4 | ESTACIONAMIENTOS MUNICIPALES — | PARQUEO PLAZA ITALIA 2,350,000.00 o | PARQUEO PLAZA MAYOR 692,000.00
4 | ESTACIONAMIENTOS MUNICIPALES — | PARQUEO PLAZA ITALIA 2,350,000.00 o | PARQUEO PLAZA MAYOR 692,000.00 @ | PARQUEO PLAZA SAGRARIO 1,800,000.00 > | PARQUEO PARROQUA 158,760.00 @ | PARQUEO TELGUA 216,000.00 > | PAQUEO INDUSTRIA CONCO 180,000.00 | SANITARIOS PLAZA MAYOR 220,000.00 e | SANITARIOS PLAZA EL AMATE 396,000.00
© | PARQUEO PLAZA ELAMATE 3,150,000.00
2__ | PARQUEO EL SANTUARIO DE GUADALUPE 50,000.00
5 | TARJETA DE OPERACIÓN
~ | TARJETA DE OPERACIÓN TAXIS ESTACIONARIOS 46,480.00
N | TARJETA DE OPERACIÓN TAXIS 530,000.00
© | TARJETA DE OPERACIÓN FLETEROS CAMIONES 812.00
> | TARJETA DE OPERACIÓN FLETEROS PICK UPS 2,800.00
© | TARJETA DE OPERACIÓN BUSES URBANOS 0.00
o | TARJETA DE OPERACIÓN BUSES ESCOLARES 55,328.00
A ET. TARJETA DE OPERACIÓN CAMIONES 186,275.00
@ | TARJETA DE OPERACION PUBLICIDAD MOVIL 2,464.00
< | TARJETA DE OPERACIÓN ENTREGA A a DOMICILIO
6 | RODAJE DE TRANSPORTE EXTRAURBANO
RODAJE DE TRANSPORTE EXTRAURBANO 2,145,024.00
7 INGRESOS POR REGISTROS E INSCRIPCIONES MENSUALES = | TAXIS ESTACIONARIOS 446,208.00 xw | TAS 5,088,000.00
RODAJE DE TRANSPORTE EXTRAURBANO 2,145,024.00
7 INGRESOS POR REGISTROS E INSCRIPCIONES MENSUALES = | TAXIS ESTACIONARIOS 446,208.00 xw | TAS 5,088,000.00
© FLETEROS CAMIONES 12,528.00
B| FLETEROS PICK UPS 28,800.00DE GUATEMALA:
Concejo Municipal Hoja No, 5 Acuerdo COM-43-2010 @ | BUSES URBANOS 0,00 o | PUBLICIDAD MOVIL (INSCRIPCION) 0,00 ~ | PUBLICIDAD MOVIL (TRIMESTRAL) 800,000.00 @ | ENTREGA A DOMICILIO 0.00 8 | INGRESOS VARIOS — [INGRESOS VARIOS 1,500,000.00 O N__ | CAPACITACION DE PILOTOS (IERA. FASE) 88,000.00 @ | CAPACITACION DE PILOTOS (2DA. FASE) 73,950.00 > | ARRENDAMIENTO DE PASARELAS 353,595.00 © | ARRENDAMIENTO DE PUENTES 93,600.00 o |CAPACITACIONA PILOTOS 0.00 RETROALIMENTACION - > [Escupos 40,000.00 e | INGRESOS VARIOS (02) 360,000.00 <~ | CESION DETAXIS 125,000.00 S | ARRENDAMIENTO DE REGETRO 26,000.00
9 | RECUPERACION DE CARTERA
—_ | RECUPERACION REGISTRO MENSUAL TAXIS 180,000.00 RECUPERACION REGISTRÓ MENSUAL TAXIS Y | ESTACIONARIOS 77,393.00 - RECUEERACIÓN REGISTRO MENSUAL FLETEROS 20,381.00 RECUPERACION REGISTRO MENSUAL FLETEROS > | CAMIONES 30,000.00 RECUPERACIÓN REGISTRO RODAJE o © | TRANSPORTE EXTRAURBANO lucido o | RECUPERACION DE ARRENDAMIENTO DE 000 PASARELAS . RECUPERACION TASA ANUAL FLETEROS |. CAMIONES haces 10 | TARIFA DE PARQUIMETRO — | TARIFA DE PARQUIMETROS 3,658,000.00
15 RENTAS A LA PROPIEDAD
1 INTERESES 30 POR DEPOSITOS — | INTERESES 840,000.00
27 INCREMENTO DE PATRIMONIO
5 INCREMENTO DE RESULTADOS ACUMULADOS
10 INCREMENTO DE RESULTADOS ACUMULADOSConcejo Municipal
SE GUATEMALA ple
Hoja No. 6
Acuerdo COM-43-2010 3 SALDO DE CAJA AÑO 2010 6,412,000.00
TOTAL 149,711,915.00
Artículo 2. Presupuesto de Egresos. Aprobar el Presupuesto de Egresos de la Entidad Metropolitana Reguladora de Transporte y Tránsito del Municipio de Guatemala y sus Áreas de Influencia Urbana -EMETRApara el ejercicio fiscal comprendido del uno de enero al treinta y uno de diciembre del año dos mil once, por el valor de CIENTO
CUARENTA Y NUEVE MILLONES SETECIENTOS ONCE MIL NOVECIENTOS QUINCE QUETZALES
(Q.149,711,915.00), distribuidos de la forma siguiente:
PRESUPUESTO POR FUENTE DE FINANCIAMIENTO
CUARENTA Y NUEVE MILLONES SETECIENTOS ONCE MIL NOVECIENTOS QUINCE QUETZALES
(Q.149,711,915.00), distribuidos de la forma siguiente:
PRESUPUESTO POR FUENTE DE FINANCIAMIENTO
FUENTE DE APROBADO FINANCIAMIENTO DESCRIPCIÓN 2011
TOTAL | 149,711,91500 2 OTROS RECURSOS DEL TESORO CON AFECTACION ESPECIFICA 23,166,126.00 31 INGRESOS PROPIOS 126,295,789.00 71 DONACIONES INTERNAS 250,000.00
PRESUPUESTO POR TIPO DE GASTO
TIPO APROBADO GASTO DESCRIPCIÓN 2011
TOTAL | 149.711,915.00 11 | GASTOS DE FUNCIONAMIENTO 142,704,261.00 21 | GASTOS DE CAPITAL 7,007,654.00
PRESUPUESTO POR CATEGORIA PROGRAMATICA ROBADO ACTIVIDAD DESCRIPCIÓN e TOTAL | 149,711,915.00
ACTIVIDADES CENTRALES
01 DIRECCION Y COORDINACIÓN INSITUCIONAL 6.616,400.00DE GUATEMALA cumple
Concejo MunicipalHoja No. 7 Acuerdo COM-43-2010
o SERVICIOS PERSONALES
022 PERSONAL POR CONTRATO
026 COMPLEMENTOS POR CALIDAD PROFESIONAL
027 COMPLEMENTOS ESPECIFICCS AL PERSONAL TEMPORAL
029 OTRAS REMUNERACIONES AL PERSONAL TEMPORAL
042 SERVICIOS EXTRAORDINARIOS AL PERSONAL TEMPORAL 061 DIETAS 02 ADMINISTRACION INSTITUCIONAL 14,683.255.00 03 ADMINISTRACION FINANCIERA 4,384,245.00 04 SERVICIOS JURIDICOS 2,425,835.00
061 DIETAS 02 ADMINISTRACION INSTITUCIONAL 14,683.255.00 03 ADMINISTRACION FINANCIERA 4,384,245.00 04 SERVICIOS JURIDICOS 2,425,835.00 05 ADMINISTRACION DEL RECURSO HUMANO 825,400.00 06 ADMINISTRACION DE LA LCGISTICA INSTITUCIONAL 7,828,095.00
SERVICIOS MUNICIPALES DE REGULARIZACION DE TRANSITO
o1 REGULACION DEL TRANSITO 112,948,685.00
PRESUPUESTO POR GRUPO DE GASTO GRUPO DESCRIPCIÓN APROBADO TOTAL | 14971191500 0 SERVICIOS PERSONALES 107,107,960.00 1 SERVICIOS NO PERSONALES 15,929,781.00 2 MATERIALES Y SUMINISTROS 15,454,700.00 3 PROPIEDAD, PLANTA, EQUIFO E INTANGILES 7.007,654.00 4 TRANSFERENCIAS CORRIENTES 3,811,820.00 8 OTROS GASTOS 100,000.00 9 ASIGNACIONES GLOBALES 300,000.00
PRESUPUESTO POR RENGLON Y GRUPO DE GASTO
RENGLON DESCRIPCIÓN DEL RENGLÓN Ames TOTAL | 149,711,915.00
107,107,960.00 78,467,280.00 90,000.00 5,654,000.00
4,419,000.00 400,000.00 3,398,400.00DE GUATEMALA _ ¡ple
Concejo Municip Hoja No. 8
Acuerdo COM-43-2010 071 | AGUINALDO 6,482,640.00 072 EONIFICACION ANUAL (BONO 14} 8,482,640.00 073 | BONO VACACIONAL 1,714,000.00
Hoja No. 8
Acuerdo COM-43-2010 071 | AGUINALDO 6,482,640.00 072 EONIFICACION ANUAL (BONO 14} 8,482,640.00 073 | BONO VACACIONAL 1,714,000.00
1 SERVICIOS NO PERSONALES 15,929,781.00
O UE ENERGIA ELECTRICA 50,000.00 112 AGUA
25,000.00
113 | TELEFONIA 850,000.00 114 | CORREOS Y TELEGRAFOS 55,000.00 121 | PUBLICIDAD Y PROPAGANDA 3,979,000.00 122 | IMPRESIÓN, REPRODUCCION Y ENCUADERNACION 935,000.00 131 VIATICOS EN EL EXTERIOR 110,000.00 141 | TRANSPORTE DE PERSONAS 32,000.00 R 142 | FLETES 16,000.00 151 | ARRENDAMIENTO DE EDIFICIOS LOCALES 802,800,00 153 | ARRENDAMIENTO DE MAQUINARIA Y EQUIPO DE OFICINA 125,000.00 155 | ARRENDAMIENTO DE MEDIOS DE TRANSPORTE 960,000.00 156 | ARRENDAMIENTO DE OTRAS MAQUINAS Y EQUIPOS 1,214,400.00 187 | ARRENDAMIENTO DE EQUIPO DE COMPUTO 25,000.00 162 | MANTENIMIENTO Y REPARACION DE EQUIPO DE OFICINA 5,000.00 164 | MANTENIMIENTO Y REPARACION DE EQUIPO EDUCACION CULTURAL Y RECREATIVO 101,000.00 165 | MANTENIMIENTO Y REPARACION DE MEDIOS DE TRANSPORTE 1,500,000.00 166 | MANTENIMIENTO Y REPARACION DE EQUIPO PARA COMUNICACIÓN 345,980.00 168 | MANTENIMIENTO Y REPARACION DE EQUIPO DE COMPUTO 15,000.00 169 | MANTENIMIENTO Y REPARACION DE OTRAS MAQUINAS Y EQUIPOS 409,000.00 171 | MANTENIMIENTO Y REPARACION DE
EDIFICIOS 25,000.00 173 | MANTENIMIENTO Y REPARACIONES DE BIENES NACIONALES DE USO COMUN 232,600.00 174 | MANTENIMIENTO Y REPARACION DE INSTALACIONES 210,000.00 176 | MANTENIMIENTO Y REPARACION DE OTRAS OBRAS E INSTALACIONES 0.00 183 | SERVICIOS JURIDICOS 50,000.00 184 | SERVICIOS ECONOMICOS, CONTABLES Y AUDITORIA 100,000.00 185 | SERVICIOS DE CAPACITACION 254,000.00 186 [SERVICIOS DE INFORMATICA Y SISTEMAS COMPUTARIZADOS 120,000.00 187 sumos DE ACTUACIONES ARTÍSTICAS Y DEPORTIVAS 10,000.00 | 189 | OTROS ESTUDIOS Y SERVICIOS 150,000.00
|“Concejo Municipa Hoja No. 9
DE GUATEMALA .7/ le
Acuerdo COM413-2010
PRIMAS Y GASTOS DE SEGUROS Y FIANZAS
OTRAS COMISIONES Y GASTOS BANCARIOS
IMPUESTOS, DERECHOS Y TASAS
SERVICIOS DE ATENCION Y PROTOCOLO
OTROS SERVICIOS NO PERSONALES
MATERIALES Y SUMINISTROS
ALIMENTOS PARA PERSONAS
PRODUCTOS AGROFORESTALES, MADERA, CORCHO Y SUS MANUFACTURAS
PIEDRA, ARCILLA Y ARENA
OTROS MINERALES
HILADOS Y TELAS
ACABL DOS TEXTILES
PRENDAS DE VESTIR
OTROS TEXTILES Y VESTUARIO e ESCRITORIO
PAPELES COMERCIALES, CARTONES Y OTROS
PRODUCTOS DE PAPEL O CARTON
PRODUCTOS DE ARTES GRAFICAS
LIBROS, REVISTAS Y PERIODICOS
ESPECIES TIMBRADAS Y VALORES
LLANTAS Y NEUMATICOS
ARTICULOS DE CAUCHO
OTROS PRODUCTOS DE CUERO Y CAUCHO
ELEMENTCS Y COMPUESTOS QUIMICOS
COMBUSTIBLES Y LUBRICANTES
INSECTICIDAS, FUMIGANTES Y SIMILARES
PRODUCTOS MEDICINALES Y FARMACEUTICOS
TINTES, PINTURAS Y COLORANTES
PRODUCTOS PLASTICOS NYLON, VINIL Y P.V.C
OTROSIPRODUCTOS QUIMICOS Y CONEXOS
PRODUCTOS DE ARCILLA
PRODUCTOS DE VIDRIO
PRODUCTOS DE LOZA Y PORCELANA
460,896.00 500,000.00 150,000.00 100,000.00 1,952,105.00 15,454,700.00 900,000.00
PRODUCTOS DE VIDRIO
PRODUCTOS DE LOZA Y PORCELANA
460,896.00 500,000.00 150,000.00 100,000.00 1,952,105.00 15,454,700.00 900,000.00 7,000.00 50,000.00 5,000.00 16,000.00 65,000.00 1,560,000.00 5,000.00 175,000.00 115,000.00 130,000.00 85,000.00 10,000.00 11,500.00 325,000.00 6,000.00 1,000.00 17,200.00 3.625,000.00 9,000.00 51,000.09 920,000.09 510,000.00 45,000.00 1,000.00
6,500.00 60,500.00 41,000.00 CEMENTODE GUATEMALA. ¡mple
Concejo Municipal Hoja No. 10 Acuerdo COM-43-2010 281 283 291
PRODUCTOS DE CEMENTO, ASBESTO Y YESO
PRODUCTOS SIDERGICOS
PRODUCTOS DE METAL
ESTRUCTURAS METALICAS ACABADAS
MATERIALES Y EQUIPOS DIVERSOS
HERRAMIENTAS MENORES
OTROS PRODUCTOS METALICOS
UTILES DE OFICINA
UTILES DE LIMPIEZA Y PRODUCTOS SANITARIOS
UTILES EDUCACIONALES Y CULTURALES
UTILES, DEPORTIVOS Y RECREATIVOS
UTILES MENORES MEDICO-QUIRURGICOS Y DE LABORATORIO
UTILES; DE COCINA Y COMEDOR
unes, ACCESORIOS Y MATERIALES ELECTRICOS
UTILES, DEPORTIVOS Y RECREATIVOS
UTILES MENORES MEDICO-QUIRURGICOS Y DE LABORATORIO
UTILES; DE COCINA Y COMEDOR
unes, ACCESORIOS Y MATERIALES ELECTRICOS
ACCESORIOS Y REPUESTOS EN GENERAL
OTROS MATERIALES Y SUMINISTROS
|
PROPIEDAD, PLANTA, EQUIPO £ INTANGIBLES
EQUIPO DE OFICINA
EQUIPO EDUCACIONAL CULTURAL Y RECREATIVO
EQUIPO DE TRANSPORTE
EQUIPO PARA COMUNICACIONES
EQUIPO DE COMPUTO
OTRAS MAQUINAS Y EQUIPOS
ACTIVOS INTANGIBLES
TRANSFERENCIAS CORRIENTES
AYUDA PARA FUNERALES
PRESTACIONES POSTUMAS
INDEMNIZACIONES AL PERSONAL
VACACIONES PAGADAS POR RETIRO
OTRAS TRANSFERENCIAS A PERSONAS
PRESTACIONES POR INCAPACIDAD TEMPORAL
PRESTACIONES GLOBALES PCR INCAPACIDAD PERMANENTE
40,000.00 14,000.00 66,000.00 1.605,000.00 702,000.00 27,500.00 11,000.00 215,000,00 211,000.00 42,500.00 40,500.00 80,000.00 10,500.00 1,501,000.00 1,680,000.00 456,000.00 7,007,654.00 190,054.00 414,650.00 2,816,000.00 148,850.00 631,600.00 2,736,500.00 70,000.00 3,811,820.00 165,000.00 150,000.00 850,000.00 870,000.00
148,850.00 631,600.00 2,736,500.00 70,000.00 3,811,820.00 165,000.00 150,000.00 850,000.00 870,000.00 50,000.00 651,820.00 35,000.00uma Concejo Municipal HojaNo. 11 | Acuerdo COM143-2010 435 TRANSFERENCIAS A OTRAS INSTITUCIONES SIN FINES DE LUCRO 240,000.00 | 456 SERVICIOS GUBERNAMENTALES DE FIZCALIZACION 800,000.00 | 8 OTROS GASTOS 100,000.00 | 823 DEV?LUCIONES 100,000.00 9 ASIGNACIONES GLOBALES 300,000.00 913 SENTENCIAS JUDICIALES 300,000.00 ¡ NORMAS PRESUPUESTARIAS 2011 Artículo 3. Disposiciones Complementarias. Las Normas de Ejecución Presupuestaria son complementarias a lo establecido en el Código Municipal, Decreto 12-2002 del Congreso de la República. DE LA EJECUCIÓN DEL PRESUPUESTO DE INGRESOS Artículo 4. La ejecución del Presupuesto de Ingresos de -EMETRAserá regulada por las siguientes normas: Informes trimestrales. La ejecución, control y evaluación del Presupuesto de Ingresos Corrientes en forma analítica. será realizada por la Dirección Financiera, por medio del Departamento de Presupuesto, el que deberá informar de ello al Concejo Municipal, a más tardar dentro de los treinta días (30) siguientes después de finalizado cada trimestre. Cumplimiento de metas por dependencia. La administración por medio de sus dependencias, además de la ejecución de la funciones generales que tienen a su cargo,
más tardar dentro de los treinta días (30) siguientes después de finalizado cada trimestre. Cumplimiento de metas por dependencia. La administración por medio de sus dependencias, además de la ejecución de la funciones generales que tienen a su cargo, deberá realizar la planificación adecuada durante el ejercicio fiscal dos mil once, para alcanzar las metas estimadas en cada rubro de ingresos; a saber: Plan Anual de Ingresos. Se formulará y desarrollará durante el ejercicio fiscal dos mil once; ] para tales propósitos, dicho plan integrará, como mínimo, los programas siguientes: sDE GUATEMALA | Concejo Municipal Hoja No. 12 Acuerdo COM-43-2010 a) Seguimiento al programa anual de control y fiscalización de los ingresos que permita 3 la Entidad desarrollar sus planes para reordenamiento vehicular en la ciudad ce Guatemala y sus áreas de influencia urbana. | b} Mejorár a efectividad de control interno implementado para la inscripción y autorización de taxis rotativos como estacionarios. ¢) intensificación del programa anual de capacitación, para el personal operativo como administrativo; con el objeto de hacer eficiente la cartera que se encuentra pendiente de cobro. | DE LA EJECUCION DEL PRESUPUESTO DE EGRESOS | Artículo $. Priorización y racionalización del gasto. Para el ejercicio fiscal dos mil once en la utilización de los recursos aprobados en el presupuesto de egresos deberá aplicarse una política estricta de priorización y racionalización del gasto, el que conduzca al uso óptimo de los recursos. Para el efecto se aplicarán políticas de austeridad y procedimientos de control necesarios que tiendan al uso adecuado de gastos, minimizando ‘0 suprimiendo los que no sean necesarios para la ejecución de sus actividades y proyectos. i
procedimientos de control necesarios que tiendan al uso adecuado de gastos, minimizando ‘0 suprimiendo los que no sean necesarios para la ejecución de sus actividades y proyectos. i Agregado a lo anterior y del cumpiimiento de las disposiciones que pueda emitir el Honorable Cóncejo Municipal, se faculta a la Dirección General de la Entidad, para que por medio de la Dirección Financiera disponga en caso necesario, las medidas de reordenamiento y restricción de gastos que sean pertinentes, en concordancia con la situación económica prevaleciente en la Entidad. Artículo 6. Responsables de la ejecución de gastos. En la ejecución del Presupuesto de Egresos además de las disposiciones legoles ordinarias, se observan las normas siguientes: Los funcionarios, a cargo de sus Departamentos, son responsables de la correcta ejecución de les programas y proyectos contemplados en el presupuesto general de egresos, conforme la distribución analítica formulada en el presupuesto. Para garantizar el efectivo logro de los objetivos y metas programadas en el presupuesto, deberán: Requerimiento de recursos financieros. Presentar en los primeros quince días del ejercicio fiscal dos mil once, una programación de los requerimientos financieros y de compras acorde can sus cronogramas de trabajo a desarrollar, con indicación del avance físico a nivel del renglón de trabajo debidamente aprobados por la autoridad que corresponda.Concejo Municipal Hoja No. 13 Acuerdo COM-43-2010
Registro y control presupuestario. Los Departamentos y Unidades Ejecutoras quedan obligados a llevar registros y control de sus asignaciones, debiendo establecer un sistema de registro de la ejecución de las metas contenidas en el presupuesto, con el objeto de dar el seguimiento y evaluación de la ejecución presupuestaria. Registro y control de proyectos. La Dirección Financiera de —EMETRA-, queda obligada a la distribución, registro y control de las asignaciones por Programas, ejerciendo un adecuado control a nivel de renglón de los gastos que efectúan por el monto aprobado en este presupuesto, a través del Sistema Integrado de Administración Financiera SIAFMUNI, ¢ el que durante el ejercicio fiscal dos mil once pueda incorporarse. Contratos y Licitaciones. Las dependencias de la Entidad, cuya ejecución de sus programas y proyectos se realice por medio de contrato y sean objeto de licitación pública, deberán proceder a realizar las actividades administrativas conforme a la Ley de contrataciones cel Estado y su Reglamento. v Lugar de desempeño de funciones. Los servidores de la Entidad desempeñarán las funciones que correspondan a su puesto en la dependencia administrativa donde el mismo se encuentre presupuestado. Es responsabilidad de la Dirección General el cumplimiento:de esta disposición. v Servicios temporales. La contratación de servicios personales que se requieran en forma temporal para la ejecución de los programas y proyectos que realiza la administración, deberá ser autorizada por el Director General de -EMETRA-, basada en disponibilidad presupuestaria asignada en el presente ejercicio fiscal. VI Contratación en los puestos profesionales. Los puestos cuyo título o denominación requieran el ejercicio de una actividad profesional universitaria, deben ser desempeñados por profesionales colegiados activos en la rama correspondiente, haciéndolo constar en
VI Contratación en los puestos profesionales. Los puestos cuyo título o denominación requieran el ejercicio de una actividad profesional universitaria, deben ser desempeñados por profesionales colegiados activos en la rama correspondiente, haciéndolo constar en el nombramiento o contrato respectivo.Hoja No. 14 Acuerdo COM-43-2010 VII Retención temporal de salarios. Los Departamentos autorizados y pagadores de gastos presupuestarios, deben promover Cualquier acción tendiente a retener el pago de uno o varios salarios o prestaciones cuando el servidor de la Entidad o beneficiario tenga deudas pendientes con la misma, sin contravenir el porcentaje estipulado en las leyes específicas. Los salarios o prestaciones retenidas deberán cubrirse inmediatamente después de que el adeudo haya sido cancelado o firmado el correspondiente compromiso de pago por el empleado o beneficiario. Para el efecto, se autoriza al Director General de —EMETRA-, a fin de que conforme a su criterio y sin prejuicio de los intereses de la Entidad, acepte y formalice por escrito que el, o los adeudos se cancelen en abonos mensuales, los que deben descontarse del respectivo pago. VII Salarios por fallecimiento. Las remuneraciones y prestaciones del personal que a su fallecimiento hubieren quedado pendientes de pago: se cancelarán mediante Acuerdo de la Dirección General, sin necesidad de trámite judicial alguno y se cubrirá en el siguiente orden de propiedad: el cónyuge o conviviente, hijos menores o incapaces y a los padres que dependían económicamente del fallecido. Lo dispuesto en esta norma se aplicará para la devolución de las cantidades retenidas en concepto de ahorro que el empleado tuviere acumuladas. IX Fondo de Ahorro del Empleado de -EMETRA-: El ahorro a que se refiere el último párrafo
aplicará para la devolución de las cantidades retenidas en concepto de ahorro que el empleado tuviere acumuladas. IX Fondo de Ahorro del Empleado de -EMETRA-: El ahorro a que se refiere el último párrafo de la norma que antecede, es la retención mensual equivalente al cuatro por ciento (4%) sobre sueldo fijo que figura en cuenta especial. Dicha retención se hará de enero a octubre del ejercicio fiscal vigente y se devolverá en el transcurso de la primera quincena del mes de diciembre, salvo en aquellos casos, en que el trabajador, solicite que le sea devuelto con antelación. Artículo 7. Economías generadas en el grupo de gasto, 0 Servicios Personales. Las economías trimestrales que se causen en el grupo O "Servicios Personales" (sueldos, salarios y beneficios de los mismos), no son transferibles, y podrán utilizarse solo en los siguientes casos:Concejo Municipal Hoja No. 15 Acuerdo COM-43-2010 a) Cuando se trate de atender situaciones de urgencia nacional o calamidad pública que hayan sido previamente declarados de conformidad con la ley. b) Para efectuar los ajustes salariales que se deriven de la actualización del Plan de Clasificación de Puestos y los que se produzcan como consecuencia de la aplicación de medidas de política salarial de tipo general, que pudieran acordarse en el curso del ejercicio fiscal. c} Cuando sean destinados a cubrir pagos de la deuda pública. Artículo 8. No se aprobarán operaciones presupuestarias destinadas a asignar recursos para implementar reorganizaciones en la Entidad, salvo que previamente los servicios hayan sido clasificados como prioritarios y la reorganización se encuentre enmarcada
Artículo 8. No se aprobarán operaciones presupuestarias destinadas a asignar recursos para implementar reorganizaciones en la Entidad, salvo que previamente los servicios hayan sido clasificados como prioritarios y la reorganización se encuentre enmarcada dentro de las políticas de austeridad y racionalización del gasto, previsión financiera, ordenamiento presupuestario y reforma administrativa, adoptadas por la Junta Directiva de la Entidad. Presupuestariamente la reorganización se entiende como la redistribución de los recursos humanos, materiales y financieros asignados en el presente ejercicio, con el objeto de dinamizar la ejecución de los programas y la efectiva consecución de los objetivos de la Entidad. Las reorganizaciones aún cuando no impliquen incremento presupuestario, deben fundamentarse en estudios técnicos y ser aprobadas por Acuerdo de Junta Directiva, previo dictamen favorable de la Dirección General, por medio de la Dirección Financiera. Artículo 9. Bono incremento a la Bonificación Incentivo. Se faculta al Director General de —EMETRA-, para que de acuerdo con situaciones especiales y hasta por un monto de UN MIL QUETZALES (Q.1,000.00), pueda incrementar la bonificación incentivo, a los puestos de oficiales y Agentes de la Policía Municipal de Transito, que por razones del servicio, se les conceda un reconocimiento a los esfuerzos observados en el desarrollo de su trabajo. Artículo 10, Subgrupo Maquinaria y Equipo. Todas las asignaciones presupuestarias aprobadas dentro del grupo de gasto 3 “Propiedad, Planta, Equipo e intangibles”, por ninguna razón podrán utilizarse para financiar renglones de gasto de otros grupos. Las asignaciones del subgrupo 32 Maquinaria y Equipo responden a una programación
aprobadas dentro del grupo de gasto 3 “Propiedad, Planta, Equipo e intangibles”, por ninguna razón podrán utilizarse para financiar renglones de gasto de otros grupos. Las asignaciones del subgrupo 32 Maquinaria y Equipo responden a una programación detallada por la Unidad de Presupuesto, el cual podrá modificarse mediante resolución de la Dirección Financiera, exceptuando de esta disposición el renglón 325 Equipo de Transporte para lo cual se requiere autorización previa de la Dirección General. Toda solicitud de compra de equipo será autorizada previo visto bueno de la Dirección General.O Q") Concejo Municip Hoja No. 16 Acuerdo COM43-2010 Artículo 11. Uso de equipo de transporte de la Entidad, No deberán estar para el uso exclusivo de un funcionario o empleado, sino disponibles para la realización de las distintas actividades, que demanda la ejecución de programas previamente definidos. Los vehículos deben ser marcados en lugar visible y fácimente legible con el nombre de la Entidad. Así mismo, las asignaciones de cada vehículo deberán hacerse en atención a las labores que se deban desarrollar, provisionándose del combustible que sea necesario en base a las políticas definidas por la administración,
La Dirección Administrativa velará por el cumplimiento de la presente norma, recomendando a la Dirección General de —EMETRA-, las sanciones que correspondan de acuerdo a pl políticas previamente establecidas. Artículo 12. Compras a empresas Estatales. Los departamentos de la Entidad que para la ejecución de sus programas requieran bienes o servicios personales, no personales y de suministro que sean producidos por empresas estatales, deberán adquirirlos en éstas, aplicando el artículo 2 del Decreto Número 57-92 del Congreso de la República (Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento), salvo que dichas empresas manifiesten por escrito que no tienen capacidad para proporcionar en todo o en parte los productos o servicios. Los materiales, equipo, maquinaria y demás artículos a adquirirse para la ejecución de los programas incluidos en el presupuesto, deberán ser preferentemente de producción nacional. Artículo 13. Garantías en las compras. En las especificaciones para cotización de maquinaria y equipo, así como en las bases para su licitación, deberá exigirse como requisito para adquirirlos, que se garantice la existencia de repuestos en calidad y cantidad necesarias y que se provean los manuales en español para guía de operaciones y el mantenimiento correspondiente. Artículo 14. Fago de deudas de años anteriores. Las acreedurías de ejercicios Fiscales anteriores que se encuentren pendientes de pago, podrán pagarse siempre y cuando provengan de obligaciones legítimamente contraídas; entendiéndose como tales, aquellas en las cuales se han llenado las formalidades de la Ley y se han recibido los bienes o servicios. Artículo 15. Modificaciones presupuestarias. A las solicitudes de traslado de asignaciones presupuestarias se les dará trámite si se ajustan a los preceptos de la Ley contenidos en el
bienes o servicios. Artículo 15. Modificaciones presupuestarias. A las solicitudes de traslado de asignaciones presupuestarias se les dará trámite si se ajustan a los preceptos de la Ley contenidos en el Decreto número 101-97 (