Programa_Municipal_Niñez_Adolescencia_Riesgo_Calle
CONCEJO MUNICIPAL
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Detalles
- Título
- Programa_Municipal_Niñez_Adolescencia_Riesgo_Calle
- Autor
- CONCEJO MUNICIPAL
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- —
DE GUATEMALA... ole - |
" Concejo Municipal ACUERDO COM-30-2010 EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE GUATEMALA CONSIDERANDO: Que de conformidad con la Constitución Política de la República de . Guatemala y el Código Municipal, contenido en el Decreto número 12-2002 del Congreso de la República Y sus reformas, se establece que el Gobierno Municipal corresponde con exclusividad al Concejo Municipal, el cual está facultado para emitir sus Acuerdos, Reglamentos y Ordenanzas Municipales.
CONSIDERANDO: Que a Municipalidad de Guatemala, con el interés de salvaguardar a la niñez y adolescencia que reside en el Municipio de Guatemala, desarrolla proyectos que cubren a la población infantil más vulnerable, con el propósito de apoyar a las madres trabajadoras en extrema pobreza y d los niños y niñas que realizan trabajos considerados de alto riesgo.
CONSIDERANDO:
Que el Programa de Atención a la Niñez y Adolescencia en Riesgo de Calle fue creado por la Municipalidad de Guatemala, bajo la estrategia de prevención y eliminación del trabajo infantil de alto riesgo, y está dirigido a la población infantil en riesgo de calle, localizada en diferentes sectores de la ciudad capita! dedicados a realizar trabajos calificados de alto riesgo en las calles y avenidas de la ciudad, quienes acompañan a sus padres o madres en la realización de actividades, por lo que permanecen alejados de toda operiunidad de desarrollo.
POR TANTO: Con base en lo considerado y de conformidad con lo que establecen los artículos 253 y 254 de la Constitución Política de la República de Guatemata; 1, 3, 6, 9, 35 incisos a), d), i) del Código Municipal, contenido en el Decreto
Con base en lo considerado y de conformidad con lo que establecen los artículos 253 y 254 de la Constitución Política de la República de Guatemata; 1, 3, 6, 9, 35 incisos a), d), i) del Código Municipal, contenido en el Decreto Número 12-2002 del Congreso de la República y sus Reformas.Concejo Municipal Hoja No. 2 Acuerdo COM-30-2010
ACUERDA: CREAR EL PROGRAMA MUNICIPAL DE NIÑEZ Y ADOLESCENCIA EN RIESGO DE
CALLE Artículo 1. Creación del Programa. El Programa Municipal de Niñez y Adolescencia en Riesgo de Calle constituye un programa de acción social integral de la Municipalidad de Guatemala que tiene como propósito, la prevención, cuidado, protección y atención integral a la niñez y adolescencia desprotegida y en riego de calle de la ciudad de Guatemala, además tiende a propiciar el desarrollo humano integral de los niños y niñas, adolescentes y sus familias, y contribuir a la eliminación progresiva del trabajo infantil. Artículo 2. Beneficiarios del Programa. El Programa va dirigido a niños y niñas y adolescentes comprendidos entre las edades de dos (2), a quince (15) años de edad que se encuentran en riesgo de calle o en inminente riesgo de asumir la calle como su espacio de vida. Artículo 3. Objetivos del Programa. El Programa Municipal de Niñez y Adolescencia en Riesgo de Calle, tiene los objetivos siguientes: | a) Restaurar la integridad del niño y niña en las áreas física, emocional y | espiritual. | b) Integrar los contenidos académicos con los principios y valores morales y espirituales. e) Optimizar el proceso enseñanza-aprendizaje para desarrollar en los niños
| espiritual. | b) Integrar los contenidos académicos con los principios y valores morales y espirituales. e) Optimizar el proceso enseñanza-aprendizaje para desarrollar en los niños y niñas las destrezas y habilidades necesarias en su vida escolar. dj) Guiar y orientar a los niños y niñas y padres de familia en diferentes áreas del conocimiento. Artículo 4. Adscripción del Programa. El Programa Municipal de Niñez y Adolescencia en Riesgo de Calle estará a cargo de la Secretaría de Asuntos Sociales de la Municipalidad de Guatemala, y será la encargada de planificar, dirigir, coordinar, supervisar, monitorear y acompañar tareas en la investigación, análisis de problemas y la ejecución de actividades técnicoadministrativas que realizará el personal docente y multidisciplinario asignadoO O Concejo Municipal LA cumple | Hoja No. 3 Acuerdo COM-30-2010 en los Jardines Infantiles Los Patitos, Centro de niños Los Cedros, Centro de niñas Las Rosas y cualquier otro que fuere creado o se llegare a implementar tanto en nivel pre-primario, primario o secundario. Artículo 5. Servicios, El Programa Municipal de Niñez y Adolescencia en Riesgo de Calle, prestará los siguientes servicios: a) Educación Primaria (multigrado y Primaria acelerada). b) Educación Pre-primaria (Mostessori y Baby Gym). ¢} Programa de Computación. d) Programa de tutoría para adolescentes. e) Programa de atención y cuidado diario (etiqueta). fl Atención médica, nutricional, social y psicológica. 9) Programa cultural, artístico y recreativo. h) Voluntariado social. i} Desarrollo humano.
e) Programa de atención y cuidado diario (etiqueta). fl Atención médica, nutricional, social y psicológica. 9) Programa cultural, artístico y recreativo. h) Voluntariado social. i} Desarrollo humano. Artículo 6. Requisitos de Ingreso. Para ingresar al Programa Municipal de Niñez y Adolescencia en Riesgo de Calle se necesita la siguiente documentación: a) Fotocopia simple de la Cédula de Vecindad o Documento Personal de Identificación (DPI), del padre o madre encargado. bj Fotocopia simple de la Certificación de la partida de nacimiento del o de los menores. €) Fotocopia simple de Carné de Vacunas (pre-escolares). d) Fotocopia simple de la Tarjeta de Pulmones del niño o niña. e} Cuatro [4) fotografías tamaño cédula. Artículo 7. PERFIL DE INGRESO DEL NIÑO. Para el ingreso al Programa Municipal de Niñez y Adolescencia en Riesgo de Calle: a) Niños cuyo medio de vida es la calle. b) Niños que trabajan junto a sus padres y desempeñan trabajos considerados de alto riesgo. €) Niños con familias disfuncionales y con hogares desintegrados.DE GUATEMALA plo Concejo Municipal ) Hoja No. 4 Acuerdo COM-30-2010 d) Niños maltratados, abusados, huérfanos o con padres negligentes y que viven un ambiente de violencia intrafamiliar. €) Niños con padres o madres drogadictos, delincuentes, en prisión o con madres que ejercen la prostitución. f) Niños que viven en extrema pobreza y no han tenido la oportunidad de recibir educación.
€) Niños con padres o madres drogadictos, delincuentes, en prisión o con madres que ejercen la prostitución. f) Niños que viven en extrema pobreza y no han tenido la oportunidad de recibir educación. 9) Niños que son explotados por terceras personas, que venden ambulante O que piden limosna. Artículo 8. Horario. El horario de atención del Programa Municipal de Niñez y Adolescencia en Riesgo de Calle será de 8:00 a 12:00 horas: proceso enseñanza-aprendizaje y de 14:00 a 16:00 horas, monitoreo en el Centro Cultural Metropolitano (danza, pintura, música, coro, ajedrez y escultura). La jornada de labores será de lunes a viernes con el horario anteriormente descrito. Artículo 9. Vigencia. El presente acuerdo entrará en vigencia, ocho días después de su publicación en el Diario de Centro América, Organo Oficial del Estado. Dado en el sálán de sesiones "Miguel Angel Asturias" del Palacio Municipal, a ieciséis días del mes de agosto del año dos mil diez. .