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RELE CIDH - Informe Anual 2019

CIDH - Comisión Interamericana de Derechos Humanos

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Detalles

Título
RELE CIDH - Informe Anual 2019
Autor
CIDH - Comisión Interamericana de Derechos Humanos
Categoría
Doctrina
Área del derecho
Libertad de Prensa
Año
2019

1

OEA/Ser.L/V/II.

Doc. 5 24 febrero 2020

Original: Español

Informe Anual de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos 2019

VOLUMEN II

INFORME ANUAL DE LA RELATORÍA ESPECIAL PARA LA

LIBERTAD DE EXPRESIÓN

Edison Lanza Relator Especial para la Libertad de Expresión 1 OAS Cataloging-in-Publication Data Inter-American Commission on Human Rights. Office of the Special Rapporteur for Freedom of Expression. Informe anual de la Relatoría Especial para la Libertad de Expresión: Informe anual de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, 2018, vol.2 : Aprobado por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos el 24 de febrero de 2020 / Edison Lanza, Relator Especial para la Libertad de Expresión. v. ; cm (OAS. Documentos oficiales; OEA/Ser.L/V/II) ISB 978-0-8270-6923-7 (v.2)

1. Freedom of Information--America. 2. Freedom of Speech--America.

3. Civil rights--America 4. Human rights--America

I. Lanza, Edison. II. Title. III. Series.

OEA/Ser.L/V/II. Doc.30/19 v.2 Documentos elaborados e impreso gracias al soporte financiero de la Agencia Sueca de Cooperación Internacional para el Desarrollo y de los gobiernos de Costa Rica, Estados Unidos, Francia, Suiza, Reino de los Países Bajos, Canada, Reino Unido y Uruguay. 2 Aprobado por el Comisión Interamerica de Derechos Humanos el 24 de febrero de 2020

3

INFORME ANUAL DE LA RELATORÍA ESPECIAL PARA LA LIBERTAD DE

EXPRESIÓN

2019

ÍNDICE CAPÍTULO I: INFORMACIÓN GENERAL................................................................................................ 7

CAPÍTULO II: SITUACIÓN DE LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN EN EL HEMISFERIO ............... 43

1. ANTIGUA Y BARBUDA ....................................................................................................................... 44

2. ARGENTINA........................................................................................................................................... 47

3. BAHAMAS .............................................................................................................................................. 55

4. BARBADOS ............................................................................................................................................ 57

5. BELICE..................................................................................................................................................... 58

6. BOLIVIA .................................................................................................................................................. 60

7. BRASIL .................................................................................................................................................... 75

8. CANADÁ .................................................................................................................................................. 91

9. CHILE ....................................................................................................................................................... 97

10. COLOMBIA .......................................................................................................................................... 107

11. COSTA RICA........................................................................................................................................ 119

12. CUBA ..................................................................................................................................................... 124

13. DOMINICA........................................................................................................................................... 136

14. ECUADOR ............................................................................................................................................ 138

15. EL SALVADOR .................................................................................................................................... 151

16. ESTADOS UNIDOS ............................................................................................................................ 158

17. GRANADA ........................................................................................................................................... 172

18. GUATEMALA ...................................................................................................................................... 175

19. GUYANA ............................................................................................................................................... 184

20. HAITÍ .................................................................................................................................................... 186

21. HONDURAS......................................................................................................................................... 190

22. JAMAICA .............................................................................................................................................. 200

23. MÉXICO ................................................................................................................................................ 203

24. NICARAGUA ....................................................................................................................................... 216

25. PANAMÁ .............................................................................................................................................. 226

26. PARAGUAY ......................................................................................................................................... 231

27. PERÚ ..................................................................................................................................................... 238

28. REPÚBLICA DOMINICA .................................................................................................................. 244

29. SAN CRISTOBAL Y NIEVES ............................................................................................................ 248

30. SAN VICENTE Y LAS GRANADINAS ............................................................................................ 250

31. SANTA LUCÍA ..................................................................................................................................... 251

32. SURINAM ............................................................................................................................................. 253

33. TRINIDAD Y TOBAGO ..................................................................................................................... 254

4

34. URUGUAY ............................................................................................................................................ 257

35. VENEZUELA ........................................................................................................................................ 259

CAPÍTULO III: CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES ............................................................ 272

ANEXOS ....................................................................................................................................................... 279 5

TABLA DE ACRÓNIMOS Y REFERENCIAS

CIDH: Comisión Interamericana de Derechos Humanos

CADHP: Comisión Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos

Convención Americana: Convención Americana sobre Derechos Humanos Convenio Europeo: Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales Corte Interamericana: Corte Interamericana de Derechos Humanos Declaración de Principios:Declaración de Principios sobre Libertad de Expresión

Declaración Americana: Declaración Americana de los Derechos y Deberes del

Hombre

OEA: Organización de los Estados Americanos

OIT: Organización Internacional del Trabajo ONU: Organización de las Naciones Unidas OSCE: Organización para la Seguridad y la Cooperación en Europa

PIDCP: Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos

Relatoría Especial: Relatoría Especial para la Libertad de Expresión Tribunal Europeo: Tribunal Europeo de Derechos Humanos UNESCO: Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura

6

CAPÍTULO I: INFORMACIÓN GENERAL

A. Creación de la Relatoría Especial para la Libertad de Expresión y respaldo institucional

1. La Relatoría Especial para la Libertad de Expresión fue creada en octubre de 1997, durante el 97º Período de Sesiones de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, por decisión unánime de sus miembros. Fue establecida como una oficina permanente e independiente que actúa dentro del marco y con el apoyo de la CIDH. Con ello, buscó estimular la defensa hemisférica del derecho a la libertad de pensamiento y de expresión, considerando su papel fundamental en la consolidación y desarrollo del sistema democrático, así como en la protección, garantía y promoción de los demás derechos humanos. En su 98º Período de Sesiones, celebrado en marzo de 1998, la CIDH definió de manera general las características y funciones de la Relatoría Especial y decidió crear un fondo voluntario para su asistencia económica.

2. La iniciativa de la CIDH de crear una Relatoría Especial de carácter permanente encontró pleno respaldo en los Estados Miembros de la OEA. En efecto, durante la Segunda Cumbre de las Américas, los Jefes de Estado y de Gobierno reconocieron el papel fundamental que tiene el derecho a la libertad de pensamiento y de expresión, y manifestaron su satisfacción por la creación de la Relatoría Especial. Desde entonces, tanto la Cumbre de las Américas como la Asamblea General de la OEA han manifestado su respaldo a la labor de la Relatoría Especial y le ha encomendado el seguimiento o análisis de algunos de los derechos que integran la libertad de expresión, así como el monitoreo y promoción del derecho de acceso a la información pública1. Durante los últimos años,

la Asamblea General de la OEA ha ampliado la agenda de objetivos a la Relatoría Especial de acuerdo con la situación del derecho a la libertad de expresión en la región.

3. En el marco de la VIII Cumbre de las Américas, celebrada los días 13 y 14 de abril de 2018 en Lima, Perú, se adoptó el compromiso de “Gobernabilidad Democrática frente a la Corrupción” mediante el cual los representantes de los Estados participantes se comprometieron a seguir fortaleciendo diversas medidas anticorrupción tales como el fortalecimiento de los órganos de transparencia y acceso a la información pública, la protección a denunciantes y periodistas frente a amenazas y represalias por investigar o informar sobre actos de corrupción2.

4. En 2018, la CIDH adoptó la resolución 1/18, sobre “Corrupción y Derechos Humanos”, mediante la cual recomienda a los Estados llevar adelante una serie de medidas para fortalecer el acceso a la información pública como una herramienta clave para la lucha frente a la corrupción, protección a periodistas y medios de comunicación, entre otras3.

5. La Asamblea General de la OEA mediante resolución 2928 (XLVIII-O/18) de “Promoción y Protección de Derechos Humanos”, encomendó a la Relatoría Especial, en conjunto con otras instancias, la elaboración de “una guía práctica de recomendaciones para garantizar la libertad de expresión, acceso a información de diversas fuentes en internet durante el desarrollo de procesos electorales, sin interferencias indebidas”4. En el 2017, la Asamblea General de la OEA aprobó la resolución AG/RES. 2908 (XLVII-O/17) sobre el derecho a la libertad de pensamiento y expresión y la seguridad de los periodistas y trabajadores de los medios de

comunicación en el hemisferio. La propuesta fue presentada por la delegación de Uruguay y copatrocinada por las delegaciones de Argentina, Bolivia, Chile, Costa Rica, México, Perú y República Dominicana. La Relatoría Especial se suma al compromiso que los Estados realizan en esta resolución para poner en práctica estrategias y recursos que terminen con la impunidad prevaleciente en los crímenes contra periodistas. 1 En materia de libertad de expresión, la Asamblea General de la OEA adoptó en distintos años resoluciones mediante las cuales reafirmó el derecho a la libertad de expresión y reconoció las importantes contribuciones de la Relatoría Especial para la Libertad de Expresión, así como llamó a los Estados a seguir las recomendaciones de la Relatoría expresadas en los informes anuales. En 2005, aprobó la resolución 2149 (XXXV-O/05); en 2006, la resolución 2237 (XXXVI-O/06); en 2007, la resolución 2287 (XXXVII-O/07); en 2008, la resolución 2434 (XXXVIII-O/08); la resolución 2523 (XXXIX-O/09); en 2011, la resolución 2679 (XLI-O/11). Con respecto al derecho de acceso a la información pública, de igual manera la Asamblea General de la OEA ha realizado varios pronunciamientos respaldando la labor de la Relatoría Especial, y ha instado a la adopción de sus recomendaciones. En 2003, aprobó la resolución 1932 (XXXIII-O/03); en 2004, la resolución 2057 (XXXIV-O/04); en 2006, la resolución 2252 (XXVI-O/06); en 2007, la resolución 2288 (XXXVII-O/07); en 2008, la resolución 2418 (XXXVIII-O/08); en 2009, la resolución 2514 (XXXIXO/09). En ésta resolución la

Asamblea General encomendó al Departamento de Derecho Internacional que redactase, con la colaboración de la Relatoría Especial, el Comité Jurídico Interamericano, el Departamento de Modernización del Estado y Gobernabilidad, así como con la cooperación de los Estados Miembros y de la sociedad civil, una Ley Modelo sobre Acceso a la Información Pública y una Guía para su implementación, de conformidad con los estándares internacionales alcanzados en la materia. Además, en 2011, aprobó la resolución 2661 (XLI-O/11); en 2012, la resolución AG/RES. 2727 (XLII-O/12); en 2013, la resolución AG/RES 2811 (XLIII-0/13); en 2014, la resolución AG/RES. 2842 (XLIV-O/14); en 2016, aprobó la resolución AG/RES. 2885 (XLVI-O/16). En ésta resolución encomienda a la Relatoría Especial para la Libertad de Expresión desarrollar y difundir el contenido del marco jurídico interamericano en materia de derechos de acceso a la información, incluyendo la Ley Modelo Interamericana de Acceso a la Información Pública, mediante la elaboración de informes sobre el alcance del derecho y la aplicación de sus principios. Asimismo ecomendó a la Relatoría Especial asistir a los Estados Miembros y organizar y participar en programas de capacitación a funcionarios de las autoridades nacionales de acceso a la información y operadores de justicia. 2 Cumbre de las Américas. Compromiso de Lima. “Gobernabilidad Democrática frente a la Corrupción”. 14 de abril de 2018. 3 CIDH. Resolución 1/18. Corrupción y Derechos Humanos. 16 de marzo de 2018.

4 OEA. Resolución AG/RES. 2928 (XLVIII-O/18). Promoción y Protección de Derechos Humanos. 7

6. La Relatoría Especial, desde su origen, ha contado también con el respaldo de las organizaciones de la sociedad civil, los medios de comunicación, los periodistas y, principalmente, de las personas que han sido víctimas de violaciones a su derecho a la libertad de pensamiento y de expresión, y de sus familiares.

7. La CIDH, en el marco del 163º periodo de sesiones, renovó el mandato del Relator Especial Edison Lanza por un nuevo período de tres años, de conformidad con el Artículo 15 de su Reglamento5.

8. La CIDH, en el marco del 173º periodo de sesiones en Washington D.C. aprobó el documento Directiva sobre el desempeño de las actividades y de las funciones previstas en los mandatos de las Relatorías Especiales de la CIDH. Por primera vez las relatorías especiales tienen un marco de actuación protocolizado.

B. Principales actividades de la Relatoría Especial

9. Durante sus veintidós años de existencia, la Relatoría Especial ha cumplido de manera oportuna y dedicada cada una de las tareas que le han sido asignadas por la CIDH y por otros órganos de la OEA como la

Asamblea General.

10. En esta parte del informe se resumen de manera muy general las tareas cumplidas en 2019: 1) Sistema de casos individuales

11. Una de las más importantes funciones de la Relatoría Especial es asesorar a la CIDH en la evaluación de peticiones individuales, y preparar los informes correspondientes.

12. El impulso adecuado de las peticiones individuales, además de proveer justicia en el caso específico,

permite llamar la atención sobre situaciones paradigmáticas que afectan la libertad de pensamiento y expresión, y crear importante jurisprudencia aplicable tanto por el propio sistema interamericano de protección de los derechos humanos como por los tribunales de los países de la región. Asimismo, el sistema de casos individuales constituye un factor esencial dentro de la estrategia integral de promoción y defensa de la libertad de pensamiento y de expresión en la región, estrategia que la Relatoría Especial desarrolla a través de los diferentes mecanismos de trabajo que ofrece el sistema interamericano de protección de los derechos humanos.

13. Asimismo, la Relatoría Especial ha asesorado a la CIDH en la presentación ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos (en adelante “la Corte” o “la Corte Interamericana”) de importantes casos individuales sobre libertad de expresión6.

14. Los casos resueltos en 2019 por la Corte IDH son los siguientes: A. ——Álvarez Ramos Vs. Venezuela. Sentencia de 30 de agosto de 2019. La Corte Interamericana de Derechos Humanos dictó Sentencia mediante la cual declaró la responsabilidad internacional del Estado de Venezuela por la violación de los derechos a la libertad de expresión, participación política, circulación, garantías judiciales y protección judicial del señor Tulio Álvarez Ramos. Dichas violaciones se derivaron de la realización del proceso penal seguido en su contra por el delito de difamación agravada continuada, y la consecuente condena, con motivo de la publicación de un artículo de opinión sobre supuestas irregularidades en el manejo financiero de la Caja de Ahorros de la Asamblea Nacional de Venezuela. El señor Tulio Álvarez fue condenado a

2 años y 3 meses de prisión y a una pena de inhabilitación política. En cuanto al derecho a la libertad de expresión, en el presente caso, la Corte reconoció por primera vez que la respuesta punitiva del Estado mediante el derecho penal no es “convencionalmente procedente” para proteger el honor de un funcionario, en casos en donde el discurso se encuentra protegido por ser de interés público, como lo son las conductas de los funcionarios públicos en el ejercicio de sus funciones. La Corte estimó que la nota publicada en el diario “Así es la Noticia” i) hacía referencia a la actuación de un funcionario público; ii) se refería al ejercicio de las funciones de un funcionario público y que fue incluso objeto de pronunciamientos por parte de otros órganos del Estado; y que iii) el manejo o gestión de dineros o recursos públicos era un tema de interés público. La Corte resaltó que, en relación con temas de interés público, no solo se protege la emisión de expresiones inofensivas o bien recibidas por la opinión pública, sino también la de aquellas que chocan, irritan o inquietan a los funcionarios 5 CIDH. Periodos de sesiones. Disponible para consulta en: http://www.oas.org/es/cidh/actividades/sesiones.asp 6 Entre los casos, Caso “La Última Tentación de Cristo” (Olmedo Bustos y otros) Vs. Chile. Sentencia de 5 de febrero de 2001; Caso Ivcher Bronstein Vs. Perú. Sentencia de 6 de febrero de 2001; Caso Herrera Ulloa Vs. Costa Rica. Sentencia de 2 de julio de 2004; Caso Ricardo

Canese Vs. Paraguay. Sentencia de 31 de agosto de 2004; Caso Palamara Iribarne Vs. Chile. Sentencia de 22 de noviembre de 2005; Caso Claude Reyes y otros Vs. Chile. Sentencia de 19 de septiembre de 2006; Caso Kimel Vs. Argentina. Sentencia de 2 de mayo de 2008; Caso Tristán Donoso Vs. Panamá. Sentencia de 27 de enero de 2009; Caso Ríos y otros Vs. Venezuela. Sentencia de 28 de enero de 2009; Caso Perozo y otros Vs. Venezuela. Sentencia de 28 de enero de 2009; Caso Usón Ramírez Vs. Venezuela. Sentencia de 20 de noviembre de 2009; Caso Manuel Cepeda Vargas Vs. Colombia. Sentencia de 26 de mayo de 2010; Caso Gomes Lund y otros Vs. Brasil. Sentencia de 24 de noviembre de 2010; Caso Fontevecchia y D’Amico Vs. Argentina. Sentencia de 29 de noviembre de 2011; Caso González Medina y Familiares Vs. República Dominicana. Sentencia de 27 de febrero de 2012; Caso Vélez Restrepo y Familiares Vs. Colombia. Sentencia de 3 de septiembre de 2012; Caso Uzcátegui y Otros Vs. Venezuela. Sentencia de 3 de septiembre de 2012; Caso Norin Catriman y Otros (dirigentes, miembros y activista del pueblo indígena Mapuche) vs Chile. Sentencia de 29 de mayo de 2014; Caso Granier y otros (Radio Caracas Televisión) Vs. Venezuela. Sentencia de 22 de junio de 2015; Caso López Lone y otros Vs. Honduras. Sentencia de 5 de octubre de 2015; Caso I.V Vs. Bolivia. Sentencia del 30 de noviembre de 2016; Caso Lagos del Campo Vs. Perú. Sentencia dl 31 de agosto de 2017. 8

8 públicos o a un sector cualquiera de la población. De igual manera, el Tribunal reiteró que el uso de la sanción penal por difundir noticias de interés público podría producir, directa o indirectamente, un efecto de amedrentamiento que, en definitiva, limitaría la libertad de expresión e impediría someter al escrutinio público conductas de interés público, debilitándose así el control público sobre los poderes del Estado, con notorios perjuicios al pluralismo democrático. 2) Medidas cautelares

15. La Relatoría Especial ha colaborado, dentro de su mandato, con la Sección de Medidas Cautelares y Provisionales de la CIDH en relación con las recomendaciones para la adopción de medidas cautelares en materia de libertad de expresión. En este ssentido, la CIDH ha solicitado en múltiples oportunidades a los Estados miembros de la OEA que adopten medidas cautelares para proteger el derecho a la libertad de expresión.

16. Durante 2019, la Relatoría Especial colaboró en el estudio de 14 solicitudes de medidas cautelares entre las cuales fueron otorgadas la ampliación de la MC 873-18 (Nicaragua) Lucía Pineda Ubau y su núcleo familiar, el 11 de febrero; la MC 75-19 (Honduras) José David Ellner Romero, el 21 de marzo; MC 250-19 (Venezuela), el 29 de marzo; la MC 1025-18 (Cuba), el 4 de abril; y la MC 399-19 (Nicaragua) Sergio Warren León Correa y miembros de su familia (Director General de “La Costenisima” en la Región Autónoma del Caribe Sur), el 15 de junio. Por otro lado, en mayo, la CIDH presentó ante la Corte Interamericana una solicitud de medidas

provisionales de protección para 17 personas privadas de la libertad en extrema situación de riesgo en Nicaragua. Entre los beneficiarios, se encontraban el Director y la Jefa de Prensa del Canal 100%, Miguel Mora y Lucía Pineda Ubau, respectivamente. Dicha solicitud fue otorgada por la Corte Interamericana el 21 de mayo de 2019.

17. Cabe señalar que el otorgamiento de las medidas cautelares no constituye un prejuzgamiento sobre el fondo de la cuestión. Las medidas cautelares se originan en la necesidad de adoptar mecanismos que eviten un perjuicio grave, inminente e irremediable sobre cualquiera de los derechos consagrados en la Convención Americana, o para mantener la jurisdicción sobre el caso, sin que desaparezca el objeto de la causa. 3) Audiencias públicas

18. La CIDH ha recibido diversas solicitudes de audiencias y de reuniones de trabajo en materia de libertad de expresión en los últimos períodos de sesiones. La Relatoría Especial participa de manera activa en las audiencias sobre libertad de expresión, preparando informes y haciendo las intervenciones y el seguimiento correspondiente.

19. Seguidamente, un resumen de las audiencias en las cuales la Relatoría Especial tuvo participación en 2019: Estado / Regional Período de sesiones Título de la Audiencia Fecha / Lugar Regional 171º Periodo de Sesiones Audiencia: Mantenimiento y 13 de febrero de Extraordinario de la resguardo de sitios, 2019

Comisión Interamericana memoriales, archivos, museos y Sucre, Bolivia de Derechos Humanos espacios de memoria en la Región México 171º Periodo de Sesiones Audiencia: Reformas 13 de febrero de

Extraordinario de la constitucionales en México 2019 Comisión Interamericana Sucre, Bolivia de Derechos Humanos. Venezuela 171º Periodo de Sesiones Audiencia: Situación general de 14 de febrero de Extraordinario de la los derechos humanos en 2019 Comisión Interamericana Venezuela Sucre, Bolivia de Derechos Humanos. Nicaragua 171º Periodo de Sesiones Audiencia: Situación general de 14 de febrero de Extraordinario de la derechos humanos en 2019 Comisión Interamericana Nicaragua Sucre, Bolivia de Derechos Humanos. 9 Regional 171º Periodo de Sesiones Audiencia de oficio: Buenas 15 de febrero de Extraordinario de la prácticas sobre prevención, 2019 Comisión Interamericana investigación y protección a Sucre, Bolivia de Derechos Humanos. personas defensoras de derechos humanos Cuba 171º Periodo de Sesiones Audiencia: Reforma 15 de febrero de Extraordinario de la constitucional y derechos 2019 Comisión Interamericana humanos en Cuba. Sucre, Bolivia de Derechos Humanos. Regional 172º Periodo de Sesiones Audiencia: 8 de Mayo, Extraordinario de la Derechos humanos, desarrollo Kingston Jamaica Comisión Interamericana y libertad de asociación en la de Derechos Humanos. Región. Estados Unidos 172º Periodo de Sesiones Audiencia: Criminalización de 9 de Mayo, Extraordinario de la personas defensoras de Kingston Jamaica Comisión Interamericana derechos humanos de pueblos de Derechos Humanos. indígenas y la industria extractiva en Estados Unidos Venezuela 172º Periodo de Sesiones Audiencia RELE: Libertad de 9 de Mayo, Extraordinario de la Expresión en Venezuela Kingston Jamaica

Comisión Interamericana de Derechos Humanos. Venezuela 172º Periodo de Sesiones Audiencia: Crisis política, la 9 de Mayo, Extraordinario de la Asamblea Nacional y la justicia Kingston Jamaica Comisión Interamericana en Venezuela de Derechos Humanos. Cuba 172º Periodo de Sesiones Audiencia: Denuncias de 9 de Mayo, Extraordinario de la criminalización de activistas Kingston Jamaica Comisión Interamericana sociales y periodistas en Cuba de Derechos Humanos. Brasil 172º Periodo de Sesiones Audiencia: 9 de Mayo, Extraordinario de la Sistema Penal y denuncias de Kingston Jamaica Comisión Interamericana violaciones de derechos de las de Derechos Humanos. personas afrodescendientes en Brasil Colombia 172º Periodo de Sesiones Jurisdicción Especial para la 9 de Mayo, Extraordinario de la Paz en Colombia Kingston Jamaica Comisión Interamericana de Derechos Humanos. Guatemala 172º Periodo de Sesiones Audiencia: Denuncias de 10 de Mayo, Extraordinario de la amenazas a la independencia Kingston Jamaica Comisión Interamericana judicial en Guatemala de Derechos Humanos. Cuba 173º Periodo de Sesiones Audiencia: 23 de Septiembre Extraordinario de la Graves violaciones a los 2019, Comisión Interamericana Derechos Humanos en Cuba Washington D.C. de Derechos Humanos. Haití 173º Periodo de Sesiones Audiencia: 23 de Septiembre Extraordinario de la Violencia y Seguridad en el 2019, Comisión Interamericana contexto de las protestas Washington D.C. de Derechos Humanos. sociales en Haití 10 Regional 173º Periodo de Sesiones Audiencia: Limitaciones del 24 de Septiembre Extraordinario de la acceso al asilo y refugio en 2019,

Comisión Interamericana Estados Unidos para los Washington D.C. de Derechos Humanos. ciudadanos de los países del Triángulo Norte Venezuela 173º Periodo de Sesiones Audiencia: Persecución Política 25 de Septiembre Extraordinario de la en Venezuela 2019, Comisión Interamericana Washington D.C. de Derechos Humanos. Nicaragua 173º Periodo de Sesiones Audiencia de oficio: 25 de Septiembre Extraordinario de la Cumplimiento de medidas 2019, Comisión Interamericana cautelares de protección en Washington D.C. de Derechos Humanos. favor de periodistas independientes en Nicaragua Honduras 173º Periodo de Sesiones Audiencia: Violencia y 25 de Septiembre Extraordinario de la Seguridad en el contexto de las 2019, Comisión Interamericana protestas sociales en Honduras Washington D.C. de Derechos Humanos. Colombia 173º Periodo de Sesiones Audiencia: Amenazas y 25 de Septiembre Extraordinario de la asesinatos de líderes y 2019, Comisión Interamericana lideresas sociales en Colombia Washington D.C. de Derechos Humanos. El Salvador 173º Periodo de Sesiones Audiencia: 26 de Septiembre Extraordinario de la Derecho a la verdad e 2019, Comisión Interamericana impunidad histórica en el Washington D.C. de Derechos Humanos. contexto del conflicto armado interno en El Salvador México 173º Periodo de Sesiones Audiencia RELE: 26 de Septiembre Extraordinario de la La protección judicial de las 2019, Comisión Interamericana víctimas de actos terroristas Washington D.C. de Derechos Humanos. inspirados en discursos de odio Regional 173º Periodo de Sesiones Audiencia: 27 de Septiembre

Extraordinario de la Uso indebido de los sistemas de 2019, Comisión Interamericana justicia penal para tomar Washington D.C. de Derechos Humanos. represalias contra defensores de los derechos humanos ambientales Brasil 173º Periodo de Sesiones Audiencia: 27 de Septiembre Extraordinario de la Control y Participación Social 2019, Comisión Interamericana en las Políticas Públicas de Washington D.C. de Derechos Humanos. Derechos Humanos en Brasil Nicaragua 174º Periodo de Sesiones Audiencia: 11 de Noviembre Extraordinario de la Ley de Amnistía en Nicaragua de 2019 Comisión Interamericana Quito, Ecuador de Derechos Humanos. Nicaragua 174º Periodo de Sesiones Desafíos para la autonomía e 11 de Noviembre Extraordinario de la independencia del sistema de 2019 Comisión Interamericana judicial en Nicaragua Quito, Ecuador de Derechos Humanos. Uruguay . 174º Periodo de Desafíos para la búsqueda de la 1

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