RELE CIDH - Informe Anual 1998
CIDH - Comisión Interamericana de Derechos Humanos
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Detalles
- Título
- RELE CIDH - Informe Anual 1998
- Autor
- CIDH - Comisión Interamericana de Derechos Humanos
- Categoría
- Doctrina
- Área del derecho
- Libertad de Prensa
- Año
- 1998
ÍNDICE
INFORME ESPECIAL DEL RELATOR SOBRE
LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN 1998
Página INTRODUCCIÓN........................................................................................................................4
CAPÍTULO I ............................................................................................................................7
A. Antecedentes de Creación de la Relatoría..........................................................7
B. Plan de Trabajo de la Relatoría para la Libertad de Expresión .........................................................................................9
1. Informe General e Informes Temáticos...............................................................9
2. Red Hemisférica para la Protección de la Libertad de Expresión.......................9
3. Visitas a los Países............................................................................................10
4. Promoción.........................................................................................................10
C. Actividades Desarrolladas por el Relator Especial para la Libertad de Expresión...........................................................................11
1. Actividades de promoción y difusión.................................................................11
2. Visitas a Países.................................................................................................13
3. Red Hemisférica de Protección de la Libertad de Expresión............................13
CAPÍTULO II La Libertad de Expresión en el Contexto del Sistema Interamericano de Protección de los Derechos Humanos.....................................................15
A. Marco Normativo...............................................................................................15
B. Reseña de la Jurisprudencia Desarrollada por el Sistema Interamericano de Derechos Humanos en Materia de Libertad de Expresión .....................................................................17
1. Caracteres y Dimensiones de la Libertad de Expresión....................................17
2. Papel de los Medios de Comunicación Social en la Libertad de Expresión .......................................................................................18
3. Restricciones a la Libertad de Expresión..........................................................18
2 Página
4. Libertad de Expresión, Censura Previa y Responsabilidades Ulteriores............................................................................21
5. Libertad de Expresión y el derecho a proteger el derecho a la honra y dignidad de las personas.............................................22
6. Libertad de Expresión y periodismo………………………… …………………….23
7. Libertad de Expresión y Democracia.................................................................23
C. Casos Relacionados con la Libertad de Expresión que se Encuentran Pendientes de Resolución en el Sistema Interamericano de Derechos Humanos...................................................23
CAPÍTULO III Evaluación sobre el Estado de la Libertad de Expresión en el Hemisferio..........................................................................25 CAPíTULO IV Leyes de Desacato, Colegiación Obligatoria y Asesinato de Periodistas
A. Leyes de Desacato............................................................................................36
B. Leyes de colegiación obligatoria.......................................................................43
1. Algunos casos de reciente jurisprudencia sobre colegiación obligatoria en los Estados miembros .............................................48
C. Asesinatos de Periodistas.................................................................................48
1. Casos de asesinatos de periodistas ocurridos Durante 1998 en el hemisferio..........................................................................51
CAPíTULO V Consideraciones Finales y Recomendaciones.......................................59
ANEXOS ..........................................................................................................................61
1. Opinión Consultiva OC-5 de la Corte Interamericana de Derechos Humanos sobre la Colegiación Obligatoria de Periodistas....................................................................................................63
2. Opinión Consultiva OC-7 de la Corte Interamericana de Derechos Humanos Derecho sobre el Derecho Rectificación o Respuesta....................................106
3. Caso Verbitsky V. Argentina ...........................................................................147
3 Página
4. Informe sobre la Compatibilidad entre las Leyes de Desacato y la Convención elaborado por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos....................................................................................153
5. Comunicados de Prensa.................................................................................163 a) Perú.....................................................................................................167 b) Cuba....................................................................................................169 c) Colombia..............................................................................................171
d) Chile ....................................................................................................171 e) Argentina.............................................................................................173
6. Declaración de Chapultepec...........................................................................174
4
INFORME ESPECIAL DEL RELATOR PARA
LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN INTRODUCCIÓN En 1858, J.S. Mill escribió: “Es de esperar, que haya quedado atrás el tiempo en el que es necesario la defensa de la libertad de expresión como una de las garantías en contra de gobiernos corruptos o autoritarios”. 1 Desafortunadamente en los últimos años en el hemisferio, alrededor de 150 periodistas han sido asesinados, cientos amenazados, y constantemente son desarrollados mecanismos indirectos para poner límites a la libertad de expresión, ya sea por vía de legislación, sentencias de tribunales de justicia, o iniciativas gubernamentales. Casi un siglo y medio después del comentario de Mill, sigue existiendo la necesidad de defender a la libertad de expresión, y no únicamente en contra de gobiernos dictatoriales, sino también frente a gobiernos elegidos democráticamente.2 Las últimas dos décadas pasarán a la historia como fundamentales en cuanto a cambios políticos. Ciudadanos de todos los países dejaron atrás los regímenes opresivos y autoritarios, para recibir gobiernos más abiertos y elegidos a través de procesos electorales. Elecciones libres y transparentes se convirtieron en el instrumento utilizado por la sociedad para retornar al sistema democrático. Indudablemente, éstas son una condición necesaria para que exista democracia. Sin embargo, no son una condición suficiente. Los regímenes autoritarios no se van a convertir en democráticos gracias a una sola elección o un par de elecciones, por más libres, y transparentes que éstas sean.
Para lograr un desarrollo democrático participativo y estable, no solamente son necesarias una serie de elecciones, sino también que se desarrollen otros elementos propios de las sociedades democráticas, como son el respeto y reconocimiento de los derechos humanos; un poder judicial y legislativo independiente y eficaz, un sistema de partidos políticos que faciliten una comunicación fluida entre los ciudadanos y sus líderes, una sociedad civil participativa, y sobre todo una amplia libertad de expresión basada en un libre acceso a la información que asegure la existencia de una ciudadanía bien informada para tomar sus decisiones. Dentro de los requisitos para una democracia estable y participativa, indudablemente la libertad de expresión adquiere una función primordial, ya que sin ella es imposible que se desarrollen los demás elementos para el fortalecimiento democrático. De ahí, que en varias oportunidades se haya considerado la libertad de expresión como la libertad fundamental para la existencia de una sociedad democrática. 1 J.S. Mill, “On Liberty” en “On Liberty and other writings”, edited by Stefan Collini, Cambridge University Press, páginas 5 a 115. 2 Es dificil establecer con precisión el número de periodistas muertos en los últimos años. En muchos casos, no es posible determinar con absoluta certeza el motivo del asesinato. Esta cifra es la utilizada por los distintas organizaciones de defensa de la libertad de expresión en el mundo. 5 Sobre el particular, la Corte Interamericana de Derechos Humanos ha expresado que “la libertad de expresión es una piedra angular en la existencia misma de una sociedad democrática. Es indispensable para la formación de la opinión publica. Es también conditio
sine qua non para que los partidos políticos, los sindicatos, las sociedades científicas y culturales, y en general quienes deseen influir sobre la colectividad, puedan desarrollarse plenamente. Es, en fin, condición para que la comunidad, a la hora de ejercer sus opciones, esté suficientemente informada. Por ende, es posible afirmar que una sociedad que no está bien informada no es plenamente libre.”3 Asimismo, para que la libertad de expresión se desarrolle plenamente, hace falta que se encuentre efectivamente protegida por la voluntad política de los gobiernos, que cuente con una legislación adecuada que siente las bases legales para su defensa, y un Poder Judicial independiente y eficaz que garantice el ejercicio pleno de este derecho. El respeto por la libertad de expresión ha progresado significativamente en todo el hemisferio. En comparación con décadas pasadas, en donde gran parte de los países del hemisferio se encontraban bajo gobiernos dictatoriales o fuertemente autoritarios, la democracia ha producido una mayor libertad de expresión. Sin embargo, si las instituciones democráticas son utilizadas como instrumentos para limitar la libertad de expresión, la democracia no encontrará un terreno fértil para continuar avanzando sobre la sociedad. Por el contrario, si existirá un terreno fértil para las tendencias autoritarias que aun sobreviven el advenimiento de la democracia.4 Hoy en día en varias democracias latinoamericanas existe una debilidad en las instituciones públicas encargadas del control de las autoridades y ciudadanos. Por ejemplo, en muchos casos, el Poder Judicial es ineficiente cuando se trata de investigar efectivamente los
hechos que llegan a su conocimiento, y en su caso sancionar a los responsables; la corrupción y el narcotráfico han erosionado en numerosos casos las instituciones públicas. En esos Estados, es la prensa quien se ha transformado en el principal instrumento de control de las autoridades y sus ciudadanos, trayendo al debate público aquellos hechos ilegales o abusivos que han evadido los mecanismos de control o han encontrado en éstos un aliado o cómplice. Es así, que la prensa en muchas ocasiones se ha transformado en el instrumento más efectivo de control y freno a aquellos actos ilegales o abusivos de las autoridades o particulares, lo que ha ocasionado diversas situaciones de peligro para ésta. Este es el marco de análisis que utilizará la Relatoría para evaluar la libertad de expresión en el hemisferio. Sería limitado cualquier intento de evaluar la libertad de expresión sin tener en cuenta el contexto democrático en el que ocurre. Elecciones libres, respeto a los derechos humanos, poderes públicos independientes, eficaces y libertad de expresión, entre otras, son características fundacionales de la democracia que no pueden ser evaluadas en forma aislada. 3 Véase, Corte Interamericana de Derechos Humanos, La Colegiación Obligatoria de Periodistas (Arts. 13 y 19 Convención Americana sobre Derechos Humanos), Opinión Consultiva OC-5/85 del 13 de noviembre de 1985. Serie A Nº 5, párr. 47-48. Anexo A. 4 El Relator considera de igual manera que la pobreza y marginación social en que viven amplios sectores de la sociedad en América, afecta la libertad de expresión de los ciudadanos del hemisferio, toda vez que sus voces se encuentran postergadas,
como de igual modo, impide el desarrollo progresivo de la gama de derechos humanos en su conjunto. 6 Este primer informe del Relator para la Libertad de Expresión, considerando el poco tiempo que lleva en su cargo, pretende ser el punto de partida de una serie de informes tanto de carácter general como temático. En esta oportunidad, se hará una reseña en términos generales de los principales objetivos que tendrá la Relatoría para la Libertad de Expresión y se expondrán las preocupaciones iniciales del Relator sobre la materia. En el Capítulo I se hará mención a los antecedentes y objetivos que consideró la Comisión Interamericana de Derechos Humanos para crear la Relatoría para la Libertad de Expresión, el plan de trabajo del Relator para sus tres primeros años, y un recuento de sus principales actividades en estos primeros cinco meses. En el Capítulo II se hace una reseña de las normas sobre libertad de expresión consagradas en la Convención Americana sobre Derechos Humanos (en lo sucesivo "la Convención") y la jurisprudencia desarrollada por los órganos de protección del sistema interamericano de derechos humanos. Asimismo, se hace una breve mención a los casos que se encuentran en trámite ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos. En el Capítulo IV el Relator expresa sus principales preocupaciones en materia de libertad de expresión y trata tres temas específicos, asesinatos de periodistas, leyes de desacato y normas sobre colegiación obligatoria de periodistas. Finalmente, en el Capítulo V el Relator formula sus Consideraciones Finales y Recomendaciones a los Estados miembros.
CAPÍTULO I
A. Antecedentes de Creación de la Relatoría
La Relatoría Especial para la Libertad de Expresión es una oficina de carácter permanente, con independencia funcional y presupuesto propio, que fue creada por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos dentro de la esfera de sus atribuciones y competencias, y opera dentro del marco jurídico de ésta.5 La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) es un órgano de la Organización de los Estados Americanos (OEA), cuya función primordial es promover la observancia y defensa de los derechos humanos y de servir como órgano consultivo de la Organización en esta materia. Las atribuciones de la Comisión derivan fundamentalmente de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y de la propia Carta de la Organización de los Estados Americanos. Con tal propósito, la Comisión investiga y decide sobre denuncias de violaciones a los derechos humanos, celebra visitas in loco, prepara proyectos de tratado y declaraciones sobre derechos humanos, así como informes sobre la situación de los derechos humanos en los países de la región. En lo que se refiere específicamente a la libertad de expresión, la Comisión ha tratado este tema a través de su sistema de peticiones individuales, en los cuales se ha pronunciado sobre casos de censura y de crímenes contra periodistas que han quedado impunes. Asimismo, ésta se ha pronunciado sobre las amenazas y restricciones a los medios de comunicación social por medio de informes especiales, como fue por ejemplo el Informe sobre leyes de desacato. De igual manera, la Comisión ha analizado la situación de la libertad de expresión en sus diversas visitas in loco y en sus informes generales.6 Por último, la Comisión ha adoptado medidas cautelares con el objetivo de actuar de manera urgente a fin de evitar
daños irreparables a las personas.7 La Comisión, en su 97º período ordinario de sesiones celebrado en octubre de 1997, en ejercicio de las facultades que le otorgan la Convención y su Reglamento, y tomando en consideración las recomendaciones efectuadas por amplios sectores de la sociedad de los diferentes Estados del hemisferio, sobre la profunda preocupación que existe por las constantes restricciones a la libertad de expresión, y como resultado de sus propias observaciones acerca de la realidad de la libertad de expresión en donde ha podido constatar las graves amenazas y problemas que existen para el pleno y efectivo desenvolvimiento de este derecho de vital importancia para la consolidación y desarrollo del estado de derecho, decidió por unanimidad de sus miembros establecer una Relatoría Especial para la Libertad de Expresión, con carácter permanente, independencia funcional, y estructura operativa propia (en lo sucesivo "la Relatoría"). La Comisión, en su 98º período extraordinario de sesiones celebrado en marzo de 1998, definió de manera general las características y funciones que debería tener la Relatoría y decidió crear un fondo voluntario de asistencia económica para la 5 Véase, artículos 40 y 41 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y el artículo 18 del Estatuto de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos. 6 Véase, “Informe sobre la situación de los Derechos Humanos en México”, OEA/Ser.L/V/II.100 Doc.7 rev. 1, 24 de septiembre de 1998; “Informe sobre la situación de los Derechos Humanos en Colombia”, OEA/Ser.L/II. 102 Doc.9 rev.1, 26 de
febrero de 1996. 7 El artículo 29(b) del Reglamento de la Comisión señala que: “ En casos urgentes, cuando se haga necesario para evitar daños irreparables a las personas, la Comisión podrá pedir que sean tomadas medidas cautelares para evitar que se consume el daño irreparable, en el caso de ser verdaderos los hechos denunciados. ” 8 misma.8 La Comisión, durante 1998, llamó a concurso público para el cargo de Relator Especial para la Libertad de Expresión en las Américas. Luego de evaluar todas las postulaciones y haber sostenido entrevistas con varios candidatos, la Comisión decidió designar al abogado de nacionalidad argentina Santiago Alejandro Canton como Relator Especial, quien asumió el cargo el 2 de noviembre de 1998. La Comisión, al crear la Relatoría, busca estimular de manera preferente la conciencia por el pleno respeto a la libertad de expresión en el hemisferio, considerando el papel fundamental que ésta juega en la consolidación y desarrollo del sistema democrático y en la denuncia y protección de los demás derechos humanos; formular recomendaciones específicas a los Estados miembros sobre materias relacionadas con la libertad de expresión, a fin de que se adopten medidas progresivas en su favor; elaborar informes y estudios especializados sobre la materia, y actuar prontamente respecto a aquellas peticiones y otras comunicaciones en donde se señale que este derecho está siendo conculcado en algún Estado miembro de la OEA. Esta iniciativa de la CIDH de crear una Relatoría Especial para la Libertad de Expresión de carácter permanente encontró pleno respaldo en los Estados miembros de la OEA, durante
la Segunda Cumbre de las Américas. En esta Cumbre, los Jefes de Estado y Gobierno de las Américas reconocieron el papel fundamental que la libertad de expresión juega en materia de derechos humanos y dentro del sistema democrático y expresaron su satisfacción por la creación de esta Relatoría de carácter permanente. Es así, que en la Declaración de Santiago adoptada en abril de 1998, los Jefes de Estado y de Gobierno señalaron expresamente que: Coincidimos en que una prensa libre desempeña un papel fundamental [en materia de derechos humanos] y reafirmamos la importancia de garantizar la libertad de expresión, de información y de opinión. Celebramos la reciente constitución de un Relator Especial para la Libertad de Expresión, en el marco de la Organización de los Estados Americanos.9 Asimismo, en esta misma Cumbre los Jefes de Estado y de Gobierno de las Américas expresaron su compromiso de apoyar la Relatoría para la Libertad de Expresión. Sobre el particular, en el Plan de Acción de la citada Cumbre se recomendó lo siguiente: Fortalecer el ejercicio y respeto de todos los derechos humanos y la consolidación de la democracia, incluyendo el derecho fundamental a la libertad de expresión y de pensamiento, 8 En términos generales la Comisión señaló que los deberes y mandatos de la Relatoría deberían comprender entre otros: l. Preparar un informe sobre la situación de la libertad de expresión en las Américas y presentarlo a la Comisión para su consideración e inclusión en el informe anual de la CIDH a la Asamblea General de la OEA. 2. Preparar informes temáticos. 3.
Recopilar la información necesaria para la elaboración de los informes. 4. 0rganizar actividades de promoción encomendadas por la Comisión, incluyendo pero no limitándose a presentar documentos en conferencias y seminarios pertinentes, instruir a funcionarios, profesionales y estudiantes sobre el trabajo de la Comisión en este ámbito, y preparar otros materiales de promoción.
5. Informar inmediatamente a la Comisión de situaciones urgentes que merecen que la Comisión solicite la adopción de medidas cautelares o de medidas provisionales que la Comisión pueda solicitar a la Corte Interamericana para evitar daños graves irreparables a los derechos humanos en casos urgentes. 6. Proporcionar información a la Comisión sobre el procesamiento de casos individuales relacionados con la libertad de expresión. 9 Declaración de Santiago, Segunda Cumbre de las Américas, 18-19 de abril de 1998, Santiago, Chile, en “Documentos Oficiales del Proceso de Cumbres de Miami a Santiago”, Volumen I, Oficina de Seguimiento de Cumbres, Organización de
Estados Americanos. 9 mediante el apoyo a las actividades de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos en este campo, en particular a la recién creada Relatoría Especial para la Libertad de Expresión.10
B. Plan de Trabajo de la Relatoría para la Libertad de Expresión El Relator Especial ha elaborado un plan de trabajo que señala cuáles serán sus actividades prioritarias sobre la materia y hacia donde estarán principalmente dirigidos sus esfuerzos durante los primeros tres años.
Las principales actividades del Relator Especial estarán dirigidas hacia: 1) la elaboración de informes generales e informes especiales temáticos; 2) la creación de una red
hemisférica para la protección de la libertad de expresión; 3) la realización de visitas a los Estados miembros de la OEA a fin de monitorear en éstos la situación de la libertad de expresión; 4) la promoción del derecho a la libertad de expresión en los países miembros de la OEA.
1. Informe general e informes temáticos Uno de los objetivos de la Relatoría será preparar periódicamente un informe general sobre el estado de la libertad de expresión en el hemisferio. Este informe hará una evaluación de la situación de la libertad de expresión, incluyendo cuáles son las principales amenazas para el pleno ejercicio de éste derecho y destacando también cuáles han sido los avances que se han hecho en la materia. Asimismo, en este Informe se hará mención a situaciones generales o específicas de violación a la libertad de expresión en los distintos Estados.
Para la elaboración de informes, la Relatoría contará con la información obtenida por el Relator durante sus visitas a los Estados miembros, la información que faciliten los gobiernos y otros organismos de la administración del Estado, y toda otra información aportada por distintos organismos de la sociedad civil y particulares interesados en el tema. Asimismo, el Relator elaborará informes de carácter temático respecto de aquellas materias que considere que necesitan de un estudio más especializado.
2. Red hemisférica para la protección de la libertad de expresión Uno de los objetivos de la oficina del Relator Especial es la creación de una red hemisférica para la protección de la libertad de expresión, compuesta por diferentes organismos no gubernamentales, medios de comunicación y periodistas, de manera tal que se
facilite la transmisión rápida de información entre los miembros de esta red sobre posibles violaciones a la libertad de expresión que ocurran en algún Estado miembro de la OEA. 10 Plan de Acción, Segunda Cumbre de las Américas, 18-19 de abril de 1998, Santiago, Chile, en “Documentos Oficiales del Proceso de Cumbres de Miami a Santiago”, Volumen I, Oficina de Seguimiento de Cumbres, Organización de Estados Americanos. 10 A juicio del Relator, la creación de esta red hemisférica es de vital importancia para la efectiva protección de la libertad de expresión en las Américas, ya que uno de los principales problemas para la defensa de la libertad de expresión es la falta de información oportuna sobre violaciones a este derecho. Dentro de este contexto, la mayoría de los casos de violación a la libertad de expresión que llegan a conocimiento público, ya sea a nivel nacional o internacional, son aquellos casos que afectan a personas de reconocida trayectoria, o bien ocurren en las principales ciudades, las cuales tienen fácil acceso a los medios nacionales de comunicación. Sin embargo, en muchos casos de violaciones a la libertad de expresión, son víctimas personas que carecen de las facilidades para lograr que el caso tenga relevancia nacional o internacional, u ocurren en el interior del país, donde es difícil el acceso a los medios de comunicación. Evidentemente, una de las garantías principales para la defensa de este derecho es la publicidad. El desconocimiento y el silencio son los mejores aliados de la impunidad y consecuentemente para silenciar a quienes ejercen las funciones de comunicadores sociales. Una red que permita el flujo rápido de información, permitirá indudablemente limitar y
solucionar gran cantidad de casos sobre violaciones a la libertad de expresión. El objetivo de la red hemisférica es el de traer a la atención de la comunidad nacional e internacional los problemas que afectan a la libertad de expresión en el hemisferio y la importancia de éstos. La red transmitirá información en forma rápida al Relator Especial, quien a su vez transmitirá esa información a los Estados, la comunidad internacional y los medios de comunicación. El Relator se asegurará que la información proveniente de los organismos de la sociedad civil sea correcta, y que se hayan tomado todas las medidas necesarias para asegurarse la certeza de la información recibida.
3. Visitas a los países El Relator Especial realizará visitas a los Estados miembros de la OEA, las cuales permitirán que la Relatoría esté informada e interiorizada sobre el estado de la libertad de expresión en los diferentes Estados miembros. Estas visitas permitirán crear una instancia de diálogo que facilite la búsqueda de mecanismos, para crear un ambiente favorable para el libre ejercicio de este derecho. Durante estas visitas, la Relatoría podrá comunicarse con los principales representantes del Estado, organismos no gubernamentales, medios de comunicación e individuos interesados en la libertad de expresión.
4. Promoción La promoción del derecho a la libertad de expresión en si y dentro del conjunto de los derechos humanos, constituye uno de los mecanismos más efectivos para la vigencia y defensa de la libertad de expresión en el hemisferio. A juicio del Relator, la promoción debe incluir actividades de educación, capacitación y difusión.
El Relator Especial propone la realización de una conferencia hemisférica para
promover el derecho a la libertad de expresión en las Américas. El propósito principal de esta conferencia es el de buscar una agenda en común para defender la libertad de expresión en el hemisferio, entre los Estados, la Relatoría, medios de comunicación, organismos representantes de la sociedad civil y periodistas en general. 11 En los últimos años, funcionarios de los gobiernos, periodistas independientes, y organizaciones de la sociedad civil, han expresado sus puntos de vista en relación con el tema de la libertad de expresión. En muchas oportunidades ha quedado demostrada la diferencia de criterios con respecto a este tema. Una reunión hemisférica permitirá buscar puntos en común entre las distintas partes para fortalecer una agenda que permita una verdadera defensa de este derecho en todo el hemisferio. El Relator buscará financiamiento para organizar esta conferencia hemisférica. Asimismo, el Relator buscará el financiamiento necesario a fin de realizar actividades de difusión, capacitación y educación en los diferentes Estados del hemisferio con el objeto de crear conciencia y conocimiento entre los diversos sectores de la sociedad, especialmente aquellos que trabajan diariamente como comunicadores sociales y las instituciones nacionales que tratan temas de libertad de expresión, sobre la importancia del sistema interamericano de protección de los derechos humanos, las normas internacionales sobre libertad de expresión, la jurisprudencia comparada en la materia, y la importancia de la libertad de expresión en el contexto y desarrollo de una sociedad democrática. Esta actividades de difusión y educación se traducirían en la realización de talleres, seminarios y elaboración de manuales y otro tipo de publicaciones.
C. Actividades Desarrolladas por el Relator Especial para la Libertad de
Expresión
1. Actividades de promoción y difusión Durante los primeros meses en el desempeño del cargo, el Relator participó en numerosos eventos para dar a conocer la creación de la Relatoría, y exponer el plan de trabajo de la misma.
En noviembre de 1998, el Relator participó de la 54ª Asamblea General de la Sociedad Interamericana de Prensa (SIP), en Punta del Este, Uruguay. Durante esta reunión, el Relator expuso sobre los objetivos y desafíos que tiene la Relatoría y su importancia dentro del marco de la protección de los derechos humanos en general y de la libertad de expresión en particular.11 Asimismo, el Relator expuso sobre su deseo de trabajar en forma coordinada con la SIP de manera de intercambiar experiencias e información de manera fluida. De igual manera, durante dicha reunión, el
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