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RELE CIDH - Informe Anual 2000

CIDH - Comisión Interamericana de Derechos Humanos

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Detalles

Título
RELE CIDH - Informe Anual 2000
Autor
CIDH - Comisión Interamericana de Derechos Humanos
Categoría
Doctrina
Área del derecho
Libertad de Prensa
Año
2000

ÍNDICE

INFORME ANUAL DEL RELATOR ESPECIAL PARA LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN

2000

Página INTRODUCCIÓN........................................................................................................................1

CAPÍTULO I INFORMES GENERALES................................................................................... 3

A. Mandato y Competencia de la Relatoría para la Libertad de Expresión..................................................................................... 3

B. Principales actividades de la Relatoría durante el año 2000...............................5

CAPÍTULO II DECLARACIÓN DE PRINCIPIOS SOBRE LIBERTAD DE EXPRESIÓN........13

A. Antecedentes....................................................................................................16

B. Interpretación....................................................................................................17

CAPÍTULO III LEGISLACIÓN Y LIBERTAD DE EXPRESIÓN - SEGUIMIENTO

DE LA LEGISLACIÓN DE LOS ESTADOS MIEMBROS.................................37

A. Legislación y libertad de expresión.................................................................. 37

1. Acceso a la información.........................................................................37

2. Leyes de desacato.................................................................................38

2 CAPÍTULO IV EVALUACIÓN SOBRE EL ESTADO DE LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN EN EL HEMISFERIO.............................................................59

A. Introducción.......................................................................................................59

B. Evaluación.........................................................................................................59

C. Situación de la libertad de Expresión en algunos Estados miembros...............64

1. Progresos en materia de libertad de expresión ....................................64

a. Perú...........................................................................................64 b. Guatemala.................................................................................65

2. Países sin libertad de expresión........................................................... 66

a. Cuba......................................................................................... 66

3. Países con libertad de expresión seriamente limitada......................... 75

4. Países que ameritaron especial atención............................................. 75

a. Chile.......................................................................................... 75 b. Colombia................................................................................... 81 c. República Bolivariana de Venezuela........................................ 85 d. Guatemala................................................................................ 86 e. Panamá..................................................................................... 88

f. Nicaragua.................................................................................. 92 g. Honduras...................................................................................93

5. Información recibida sobre países del hemisferio 3 durante el año 2000................................................................................94

D. Asesinatos de periodistas ............................................................................. 121

CAPÍTULO V CASOS DE LIBERTAD DE EXPRESIÓN DENTRO DEL SISTEMA INTERAMERICANO ...................................................................................... 125

1. Casos ante la Corte Interamericana............................................................... 125

2. Casos ante la Comisión Interamericana..........................................................126

3. Medidas cautelares........................................................................................ 127

CAPÍTULO VI CONSIDERACIONES FINALES Y RECOMENDACIONES.......................... 129

ANEXOS

1. Texto completo del artículo 13 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos............................................................ 133

2. Comunicados de Prensa................................................................................ 134

3. Declaración conjunta ..................................................................................... 177

4. Declaración de Chapultepec.......................................................................... 186

4

INFORME DEL RELATOR ESPECIAL PARA

LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN

INTRODUCCIÓN

1. El siglo XXI se inicia con una serie de avances y desafíos en lo que respecta al fortalecimiento de los procesos democráticos en las Américas. La búsqueda a nivel hemisférico de una mayor profundización de los sistemas democráticos se ha focalizado en remediar problemas que afectan la justicia social, el desarrollo sostenible y el pleno respeto a los derechos humanos de las personas. Dentro de este contexto, el derecho a la libertad de expresión juega un papel fundamental en el camino hacia la consolidación de las democracias puesto que este derecho comprende la libertad de todo individuo a buscar, recibir y difundir información y opinión como así también el derecho colectivo de participar en forma plena a

través del libre intercambio de ideas e información.

2. El Relator Especial desea destacar que reconociendo la necesidad imperiosa de desarrollar principios para fortalecer las democracias del hemisferio, la CIDH aprobó en octubre de 2000 la Declaración de Principios sobre Libertad de Expresión elaborada por la Relatoría Especial para la Libertad de Expresión. Este documento se constituye en un marco de referencia fundamental para el desarrollo de legislación en materia de libertad de expresión y como guía para la interpretación del artículo 13 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. El Relator Especial considera que la Declaración de Principios servirá como uno de los instrumentos hemisféricos principales para la defensa, promoción y protección del derecho a la libertad de expresión.

3. El Relator Especial observa que en los últimos años varios Estados han reconocido la importancia al pleno reconocimiento de la libertad de expresión e información. En este contexto, algunos Estados han solicitado recomendaciones a la Relatoría expresando su voluntad de introducir reformas legislativas que expandan las protecciones a este derecho o modifiquen legislaciones del pasado restrictivas del mismo. Sin embargo, en algunos casos se observa lentitud en la aprobación de dichas reformas como así también falta de iniciativa y voluntad en la modificación de las leyes restrictivas de la libertad de expresión.

5

4. Asimismo, continua preocupando seriamente al Relator Especial los asesinatos a periodistas registrados durante el último año en el hemisferio. En el presente informe se hace referencia a siete periodistas que han sido asesinados a raíz de su labor profesional. La Relatoría también ha tomado conocimiento de otros casos de asesinatos de periodistas, los

cuales continúan en proceso de investigación para determinar si fueron consecuencia de la labor periodística de las víctimas. Asimismo, la Relatoría ha recibido durante el año 2000 información sobre más de 170 casos sobre posibles violaciones a la libertad de expresión.

5. Preocupa al Relator Especial la utilización del sistema judicial para poner límites a la libertad de expresión y a la tarea informativa de los periodistas y los medios de comunicación. Durante el año 2000 la Relatoría recibió información sobre aproximadamente 60 denuncias de acciones judiciales contra periodistas y medios de comunicación. La Relatoría ha realizado un estudio sobre legislación existente en materia de libertad de expresión y ha corroborado que en varios Estados aún existen y se aplican las leyes de desacato para silenciar la crítica dirigida hacia funcionarios públicos. Respondiendo a una recomendación de la CIDH, la Relatoría realizará un seguimiento anual de la evolución de la derogación de las leyes de desacato en el hemisferio. Igualmente importante para asegurar una mayor protección a la libertad de expresión es la revisión de las leyes sobre calumnias e injurias en el ámbito penal. Durante el último año la Relatoría ha tomado conocimiento de numerosos denuncias en las cuales se ha invocado el delito de calumnias e injurias en el ámbito penal para silenciar a la prensa.

6. Finalmente, dado el reconocimiento por parte de varios Estados de buscar estrategias para combatir los altos índices de corrupción que acechan a las democracias del hemisferio, el Relator Especial desea enfatizar que la promulgación de leyes sobre acceso a la información como forma de fiscalización efectiva de la gestión gubernamental, así como

también garantizar una protección amplia a la libertad de expresión, pueden contribuir significativamente a promover la transparencia en la gestión de gobierno. Los medios de comunicación juegan un rol esencial dentro del sistema democrático por su capacidad de indagar, informar a la ciudadanía a través del escrutinio público y fomentar la participación de los mismos. Asimismo, el derecho de acceso a la información se erige como mecanismo de fortalecimiento de los principios fundamentales de transparencia, apertura y escrutinio del 6 accionar del gobierno dentro de una democracia representativa. Contar con procedimientos que garanticen este derecho es uno de los mecanismos más efectivos para combatir la corrupción.

CAPÍTULO I

INFORMES GENERALES

A. Mandato y Competencia de la Relatoría para la Libertad de Expresión

1. La Relatoría Especial para la Libertad de Expresión es una oficina de carácter permanente, con independencia funcional y presupuesto propio, que fue creada por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos dentro de la esfera de sus atribuciones y competencias y opera dentro del marco jurídico de ésta.1

2. La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) es un órgano de la Organización de los Estados Americanos (OEA) cuya función primordial es promover la observancia y defensa de los derechos humanos y servir como órgano consultivo de la Organización en esta materia. Las atribuciones de la Comisión derivan fundamentalmente de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, de la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre y de la propia Carta de la Organización de los Estados

Americanos. Con tal propósito, la Comisión investiga y decide sobre denuncias de violaciones a los derechos humanos, celebra visitas in loco, prepara proyectos de tratado y declaraciones sobre derechos humanos, así como informes sobre la situación de los derechos humanos en los países de la región.

3. En lo que se refiere específicamente a la libertad de expresión, la Comisión ha tratado este tema a través de su sistema de peticiones individuales, en los cuales se ha pronunciado sobre casos de censura2, crímenes contra periodistas y otras restricciones directas e indirectas a la libertad de expresión. Asimismo, se ha pronunciado sobre las amenazas y restricciones a los medios de comunicación social por medio de informes especiales, como fue por ejemplo, el Informe sobre leyes de desacato.3 De igual manera, la Comisión ha analizado la 1 Véase, artículos 40 y 41 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y el artículo 18 del Estatuto de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos. 2 Véase Corte Interamericana de Derechos Humanos. Caso “La Ultima Tentación de Cristo” (Olmedo Bustos y otros v.

Chile) Sentencia de 5 de febrero de 2001, VIII Artículo 13: Libertad de Expresión; Francisco Martorell v. Chile en Informe Anual de la CIDH (1996). 3 CIDH, Informe Anual 1994, Informe sobre la Compatibilidad entre las Leyes de Desacato y la Convención Americana sobre Derechos Humanos, OEA/ser L/V/II.88, Doc. 9 Rev (1995). 8 situación de la libertad de expresión e información en sus diversas visitas in loco y en sus

informes generales.4 Por último, la Comisión ha adoptado medidas cautelares con el objetivo de actuar de manera urgente a fin de evitar daños irreparables a las personas.5 Estas medidas se adoptaron para posibilitar el pleno ejercicio de la libertad de expresión y proteger a periodistas.6

4. En su 97º período ordinario de sesiones celebrado en octubre de 1997 y en ejercicio de las facultades que le otorgan la Convención y su Reglamento, la Comisión decidió, por unanimidad de sus miembros, establecer una Relatoría Especial para la Libertad de Expresión (en lo sucesivo “la Relatoría”), con carácter permanente, independencia funcional y estructura operativa propia. La creación de la Relatoría obedeció también a las recomendaciones efectuadas por amplios sectores de la sociedad de los Estados del hemisferio, sobre la profunda preocupación que existe por las constantes restricciones a la libertad de expresión e información. Asimismo, también obedeció a las propias observaciones de la CIDH acerca de la realidad de la libertad de expresión e información, con las cuales ha podido constatar las graves amenazas y problemas que existen para el pleno y efectivo desenvolvimiento de este derecho de vital importancia para la consolidación y desarrollo del estado de derecho. En su 98º período extraordinario de sesiones celebrado en marzo de 1998, la Comisión definió de manera general las características y funciones que debería tener la Relatoría y decidió crear un fondo voluntario de asistencia económica para la misma. Durante 1998 la Comisión llamó a concurso público para el cargo de Relator Especial para la Libertad de Expresión en las Américas. Luego de evaluar todas las postulaciones y haber sostenido

entrevistas con varios candidatos, la Comisión decidió designar al abogado de nacionalidad argentina Santiago Alejandro Canton como Relator Especial, quien asumió el cargo el 2 de noviembre de 1998. 4 Véase, Informe sobre la Situación de los Derechos Humanos en México, OEA/Ser.L/V/II.100 Doc.7 rev. 1, 24 de septiembre de 1998 e Informe sobre la Situación de los Derechos Humanos en Colombia, OEA/Ser.L/II. 102 Doc.9 rev.1, 26 de febrero de 1996. 5 El artículo 29(b) del Reglamento de la Comisión señala que: “En casos urgentes, cuando se haga necesario para evitar daños irreparables a las personas, la Comisión podrá pedir que sean tomadas medidas cautelares para evitar que se consume el daño irreparable, en el caso de ser verdaderos los hechos denunciados”. 6 En este sentido cabe mencionar por ejemplo que el 21 de noviembre de 1999, la Comisión solicitó al Gobierno peruano la adopción de medidas cautelares en favor del periodista Guillermo Gonzáles Arica, las cuales se tramitaron en el contexto del caso número 12.085. Asimismo, el 17 de setiembre de 1999 la CIDH solicitó al Gobierno mexicano la adopción de medidas cautelares para la protección de la vida e integridad del periodista Jesús Barraza Zavala. 9

5. Al crear la Relatoría, la Comisión buscó estimular de manera preferente la conciencia por el pleno respeto a la libertad de expresión e información en el hemisferio, considerando el papel fundamental que ésta juega en la consolidación y desarrollo del sistema

democrático y en la denuncia y protección de los demás derechos humanos; formular recomendaciones específicas a los Estados miembros sobre materias relacionadas con la libertad de expresión e información, a fin de que se adopten medidas progresivas en su favor; elaborar informes y estudios especializados sobre la materia y actuar prontamente respecto a aquellas peticiones y otras comunicaciones en donde se señale que este derecho está siendo vulnerado en algún Estado miembro de la OEA.

6. En términos generales la Comisión señaló que los deberes y mandatos de la Relatoría deberían comprender entre otros: l. Preparar un informe anual sobre la situación de la libertad de expresión en las Américas y presentarlo a la Comisión para su consideración e inclusión en el Informe Anual de la CIDH a la Asamblea General de la OEA. 2. Preparar informes temáticos. 3. Recopilar la información necesaria para la elaboración de los informes. 4. 0rganizar actividades de promoción encomendadas por la Comisión, incluyendo pero no limitándose a presentar documentos en conferencias y seminarios pertinentes, instruir a funcionarios, profesionales y estudiantes sobre el trabajo de la Comisión en este ámbito, y preparar otros materiales de promoción. 5. Informar inmediatamente a la Comisión de situaciones urgentes que merecen que la Comisión solicite la adopción de medidas cautelares o de medidas provisionales que la Comisión pueda solicitar a la Corte Interamericana para evitar daños graves e irreparables a los derechos humanos. 6. Proporcionar información a la Comisión sobre el procesamiento de casos individuales relacionados con la libertad de expresión.

7. La iniciativa de la Comisión de crear una Relatoría para la Libertad de Expresión de carácter permanente encontró pleno respaldo en los Estados miembros de la OEA durante la Segunda Cumbre de las Américas. En esta Cumbre, los Jefes de Estado y Gobierno de las Américas reconocieron el papel fundamental que la libertad de expresión e información juega en materia de derechos humanos y dentro del sistema democrático y expresaron su satisfacción por la creación de esta Relatoría. Es así, que en la Declaración de Santiago adoptada en abril de 1998, los Jefes de Estado y de Gobierno señalaron expresamente que:

10 Coincidimos en que una prensa libre desempeña un papel fundamental [en materia de derechos humanos] y reafirmamos la importancia de garantizar la libertad de expresión, de información y de opinión. Celebramos la reciente constitución de un Relator Especial para la Libertad de Expresión, en el marco de la Organización de los Estados Americanos.7

8. Asimismo, en esta misma Cumbre los Jefes de Estado y de Gobierno de las Américas expresaron su compromiso de apoyar la Relatoría para la Libertad de Expresión.

Sobre el particular, en el Plan de Acción de la citada Cumbre se recomendó lo siguiente: Fortalecer el ejercicio y respeto de todos los derechos humanos y la consolidación de la democracia, incluyendo el derecho fundamental a la libertad de expresión, información y de pensamiento, mediante el apoyo a las actividades de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos en este campo, en particular a la recién creada Relatoría Especial para la Libertad de Expresión.8

B. Principales actividades de la Relatoría

9. Desde que comenzó sus funciones en noviembre de 1998, el Relator Especial ha participado en numerosos eventos para dar a conocer la creación de la Relatoría y los objetivos de la misma. El conocimiento amplio de la existencia de la Relatoría permitirá que ésta cumpla con éxito las tareas que tiene encomendadas. Las tareas de promoción y difusión fueron orientadas principalmente a la participación en foros internacionales, a la coordinación de esfuerzos con otras organizaciones no gubernamentales, el asesoramiento a los Estados en proyectos de ley relacionados con la libertad de expresión y a dar a conocer la Relatoría a través de los medios de comunicación. Estas actividades tuvieron como principales objetivos crear conciencia y conocimiento entre los sectores de la sociedad sobre la importancia del sistema interamericano de protección de los derechos humanos, las normas internacionales 7 Declaración de Santiago, Segunda Cumbre de las Américas, 18-19 de abril de 1998, Santiago, Chile, en “Documentos Oficiales del Proceso de Cumbres de Miami a Santiago”, Volumen I, Oficina de Seguimiento de Cumbres, Organización de los Estados Americanos. 8 Plan de Acción, Segunda Cumbre de las Américas, 18-19 de abril de 1998, Santiago, Chile, en “Documentos Oficiales del Proceso de Cumbres de Miami a Santiago”, Volumen I, Oficina de Seguimiento de Cumbres, Organización de los Estados

Americanos. 11 sobre libertad de expresión, la jurisprudencia comparada de la materia y la importancia de la libertad de expresión en el contexto y desarrollo de una sociedad democrática.

10. La Relatoría se ha constituido como un fuerte propulsor de reforma legislativa en

materia de libertad de expresión. A través de los lazos que se han establecido con los Estados miembros y distintos organismos de la sociedad civil, esta oficina ha iniciado un proceso de colaboración para la puesta en marcha de iniciativas que promuevan la modificación de leyes que limitan el derecho a la libertad de expresión como así también para la inclusión de leyes que amplíen el derecho de los ciudadanos a participar activamente en el proceso democrático a través del acceso a la información.

11. La Relatoría se ha abocado a la protección de la libertad de expresión a través de diversas acciones que constituyen el trabajo diario de esta oficina. A continuación se enumeran las principales actividades que desarrolla la Relatoría diariamente:

12. Analiza las denuncias recibidas ante la Comisión referidas a violaciones a la libertad de expresión y remite a dicho organismo sus consideraciones y recomendaciones con respecto a la apertura de casos. Hace seguimiento de los casos abiertos ante la Comisión relacionados con violaciones a este derecho. Requiere a la Comisión la solicitud de medidas cautelares a los Estados miembros para proteger la integridad personal de los periodistas y otros comunicadores sociales amenazados o en riesgo de sufrir daños irreparables. Efectúa sus recomendaciones a la Comisión en el otorgamiento de audiencias para el período ordinario de sesiones, y durante el mismo la Relatoría participa junto a la Comisión en aquellas audiencias relacionadas con denuncias de violaciones a la libertad de expresión. Asimismo, la Relatoría colabora con las partes para encontrar soluciones amistosas dentro del marco de la

Comisión Interamericana de Derecho Humanos.

13. Desde la creación de la Relatoría se han realizado estudios de asesoramiento y

se efectuaron recomendaciones a algunos Estados miembros para que modifiquen las leyes y artículos, vigentes en sus legislaciones, que afectan la libertad de expresión con el fin de que las adecúen con los estándares internacionales para una más efectiva protección del ejercicio de este derecho. Por otra parte, para la elaboración de sus informes tanto temáticos como 12 anuales, la Relatoría remite correspondencia con pedidos de información a los Estados miembros.

14. Por otra parte, a través de su red hemisférica informal de protección a la libertad de expresión, la Relatoría recibe información sobre el estado de la libertad de expresión en los Estados miembros. Esta información es enviada por distintas organizaciones de defensa de este derecho, periodistas en general y otras fuentes. En los casos que considera que existe una violación grave a la libertad de expresión, la Relatoría emite comunicados de prensa sobre la información recibida manifestando su preocupación a las autoridades y efectuando sus recomendaciones para el restablecimiento de este derecho. En otros casos, la Relatoría se dirige directamente a las autoridades del Estado para obtener mayor información y/o solicitar que se reparen los daños efectuados. La Relatoría ha creado una base de datos conformada por un importante número de medios de comunicación, organizaciones de defensa de la libertad de expresión y de los derechos humanos, abogados especialistas en la materia y universidades, entre otros, a través de la cual difunde sus comunicados y/o cualquier otra información que considere relevante.

15. La difusión sobre las actividades y el mandato de la Relatoría ha permitido que diversos sectores de la sociedad civil del hemisferio acudan a ella para proteger su derecho a emitir, difundir y recibir información.

1. Actividades de Promoción y Difusión

16. A continuación se enumeran las principales actividades de promoción y difusión realizadas durante el año 2000 por la Relatoría.

17. En marzo de 2000 el Relator Especial participó del Seminario Internacional sobre Derechos Humanos invitado por Washington College of Law de American University, el Centro de Estudios Legales y Sociales y la Universidad Nacional de Lanús que se realizó en Buenos Aires, Argentina, en el cual disertó sobre los estándares internacionales en materia de libertad de expresión y al derecho a la libertad de expresión. Este seminario contó con el auspicio de la Relatoría para la Libertad de Expresión. También participó de la Reunión de

13 Medio Año de la Sociedad Interamericana de Prensa (SIP) que se llevó a cabo en México entre el 10 y el 14 de marzo.

18. En el mes de abril el Relator Especial asistió a las sesiones del Alto Comisionado de Derechos Humanos de Naciones Unidas en Ginebra, invitado por el Relator Especial para la Libertad de Opinión y Expresión de ese organismo, señor Abid Hussain, y expuso ante ese organismo las principales preocupaciones en materia de libertad de expresión de la Relatoría y la situación general de este derecho en las Américas.

19. En el marco del desarrollo de la red hemisférica de protección a periodistas, en abril la Relatoría organizó un panel titulado “Fortaleciendo Redes Electrónicas para la Protección de los Periodistas” en donde participaron periodistas de Centroamérica en el marco de la “Reunión Centroamericana sobre Anticorrupción: El Rol de los Medios de Comunicación”

que se realizó en San José, Costa Rica. El panel contó con la participación de Jorge Salazar, Director Ejecutivo del Instituto Prensa y Sociedad de Lima, Perú, Marylene Smeets, Coordinadora del Programa para las Américas del Comité para la Protección de Periodistas y Danilo Arbilla, por entonces Vicepresidente de la Sociedad Interamericana de Prensa.

20. Con motivo del Día Mundial de la libertad de prensa, en el mes de mayo el Relator Especial fue invitado por la UNESCO a participar en una conferencia en Ginebra que contó con la presencia de las principales organizaciones internacionales de defensa de la libertad de expresión. Durante dicho evento el Relator Especial se reunió con los otros dos relatores de la libertad de expresión en el mundo, Abid Hussain, Relator Especial sobre Libertad de Opinión y Expresión de la ONU y Freimut Duve, Representante de OSCE

(Organización para la Seguridad y Cooperación en Europa) sobre Libertad en los Medios de Comunicación. Los tres Relatores firmaron una declaración conjunta sobre las constantes amenazas y asesinatos de periodistas en situaciones de conflicto. 9

21. A fines de mayo la Relatoría organizó en conjunto con la Presidencia de Guatemala una conferencia internacional titulada “El derecho al acceso a la información en Guatemala” con el objetivo de colaborar con las autoridades guatemaltecas en la elaboración 9 Veáse anexos. 14 de un proyecto de acceso a la información y habeas data. La organización de esta conferencia fue el resultado del compromiso de colaboración asumido por la Relatoría y por el gobierno guatemalteco, tras la visita del Relator Especial a Guatemala realizada en el mes de abril del

2000, para trabajar conjuntamente en la promoción de una amplia y firme libertad de expresión en el país.

22. Los primeros días de junio, el Relator Especial participó, junto a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), del Trigésimo Período Ordinario de Sesiones de la Asamblea General en Windsor, Canadá. Ante dicha Asamblea, la CIDH presentó el Segundo Informe sobre la situación de los derechos humanos en Perú, el cual incluyó un capítulo elaborado por la Relatoría referido a la situación de la libertad de expresión en ese país.

23. Durante el mes de junio, el Relator Especial fue invitado a la XXX Asamblea General de la Asociación Internacional de Radiodifusión (AIR) que se realizó en Madrid, España. Asimismo, participó como orador en el seminario Cuando el periodismo es delito – Conferencia sobre leyes de difamación criminal en Latinoamérica que organizó el Comité para la Protección de Periodistas (CPJ) en Buenos Aires, Argentina. El Dr. Canton disertó acerca del marco legal internacional para la libertad de prensa. Posteriormente, el Relator Especial acompañó a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos en su 107° período extraordinario de sesiones que se realizó en San Pablo, Brasil. 10

24. Asimismo, en julio el Dr. Canton fue invitado a participar como panelista en la conferencia Declaración Interamericana de Libertad de Expresión convocada por la Sociedad Interamericana de Prensa (SIP), en Miami.11

25. En agosto el Relator Especial fue invitado a participar de la inauguración de las

actividades de la Cátedra UNESCO – Libertad de Expresión de la Facultad de Periodismo de la Universidad Nacional de La Plata, en Argentina, y a un seminario de especialización en Libertad de Expresión en América para el plantel docente de esa universidad. Dicha Cátedra ha 10 Véase anexos. 11 Veáse Capítulo II – Declaración de Principios sobre Libertad de Expresión. 15 editado uno de los informes anuales de esta Relatoría en formato de libro de texto para ser utilizados en sus actividades docentes.

26. En septiembre el Relator Especial participó en Quebec, Canadá, junto a otras autoridades de la Comisión de una reunión de planeamiento de las actividades para la Cumbre de las Américas que se realizó entre el 20 y 22 de abril del 2001.

27. En octubre el Dr. Canton asistió a la 56° Asamblea General de la Sociedad Interamericana de Prensa (SIP) que se realizó en Santiago, Chile. También en octubre el Dr.

Santiago Canton participó de la reunión Desafíos para la Democracia en las Américas (Challenge to democracy in the Americas) organizada por el Centro Carter en Atlanta. En dicho evento, la Relatoría formó parte de un taller de trabajo en el que presentó para su discusión la Declaración de Principios sobre Libertad de Expresión que elaboró esta Relatoría como marco jurídico para la protección de la libertad de expresión en el hemisferio. Los antecedentes de dicha declaración y la interpretación de la misma se analizan en el siguien

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