RELE CIDH - Informe Anual 2007
CIDH - Comisión Interamericana de Derechos Humanos
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Detalles
- Título
- RELE CIDH - Informe Anual 2007
- Autor
- CIDH - Comisión Interamericana de Derechos Humanos
- Categoría
- Doctrina
- Área del derecho
- Libertad de Prensa
- Año
- 2007
ORGANIZACIÓN DE LOS ESTADOS AMERICANOS
COMISIÓN INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS
OEA/Ser.L/V/11.131
Doc. 34 rev. 1 8 marzo 2008
Original: Español
INFORME ANUAL DE LA COMISIÓN
INTERAMERICANA DE DERECHOS
HUMANOS
2007
VOLUMEN ll
INFORME DE LA RELATORÍA ESPECIAL PARA LA
LIBERTAD DE EXPRESIÓN
SECRETARÍA GENERAL
ORGANIZACIÓN DE LOS ESTADOS AMERICANOS
1889 F ST. N.W.
WASHINGTON, D.C. 20006 _9 ]
2008
Internet: http://www.cidh.org O E-mail: cidhoea@oas.org
ORGANIZACIÓN DE LOS ESTADOS AMERICANOS
COMISIÓN INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS
INFORME DE LA RELATORIA
ESPECIAL PARA LA LIBERTAD
DE EXPRESION
Dr. Ignacio Álvarez Relator Especial para la Libertad de Expresión
SECRETARÍA GENERAL
ORGANIZACIÓN DE LOS ESTADOS AMERICANOS
1889 F St. N.W. cioc WASHINGTON, D.C. 20006 ÍI Internet: http://www.cidh.or! — E-mail: cidhoeaQoas.org OAS Cataloging-in-Publication Data Inter-American Commission on Human Rights. Informe anual de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, 2007. v. ; cm. (OEA documentos oficiales ; OEA/Ser.L)
ISBN 978-0-8270-5198-0 (v.1)
ISBN 978-0-8270-5199-7 (v.2)
1. Human rights-America-Periodicals. 1. Title. Il Series. III. Series. OAS
official records ; OEA/Ser.L.
OEA/Ser.L/V/11.131
Aprobado por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos el 8 de marzo de 2008
INFORME ANUAL DE LA RELATORÍA PARA LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN 2007
ÍNDICE INTRODUCCIÓN ...............rereneeiee nReeee eee eee 1 CAPÍTULO | INFORMACIÓN GENERAL ...................e00eirenee nsii n 5
A. Mandato y competencia de la Relatoría Especial para la Libertad de Expresión
B. Principales actividades de la Relatoría Especial.....................eemmmiDiiiDiiD D 7
1. Sistema de casos individuales .
2. Medidas cautelares ..
3. Audiencias pública:
4. Visitas de trabajo
5. Talleres de promoción .
6. Estudios y publicaciones
7. Monitoreo diario de la situación de la libertad de expresión en la región
8. Comunicados Trimestrales sobre la libertad de expresión en la región. . Comunicados de Prensa.
10. Participaciones en seminarios y conferencias
C. Financiación de la Relatoría ESPecial..........ccvouiiiiiiiiiiniiiiiinniiaan, 16
CAPÍTULO II SITUACIÓN DE LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN EN LA REGIÓN ..
A. Introducción y metodología..................eiiereeeeerirrere ececcc 19
B. Evaluación de la situación de la libertad de expresión en la región........................ 20
1. Violencia En contra de comunicadores sociales: asesinatos, Amenazas y agresiones .
2. Censura ...........
3. Procesos penales
4. Uso abusivo del poder público 27
5. Pluralismo y diversidad en la radiofu: 28
6. Acceso a la información .29
7. Reservas de fuentes...
C. Evaluación de la situación de la libertad de expresión por país
D. Sección de alertas y denuncias recibidas por la Relatoría Especial en 2007 ........... 45
CAPÍTULO II CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES ..................eeeieiveimiD i 163
INTRODUCCIÓN
1. El año 2007 estuvo nuevamente signado por la violencia para el periodismo en la región. De acuerdo a la información recibida por la Relatoría Especial para la Libertad de Expresión (“la Relatoría” o “la Relatoría Especial”) durante este año, al menos 16 personas fueron asesinadas por motivos que podrían estar relacionados con el ejercicio de la actividad periodística o del derecho a la libertad de expresión.' Aunque la cifra es ligeramente menor a la del año 2006, el número sigue siendo significativo en el contexto regional.
2. Pese a que hubo avances en investigaciones de asesinatos de periodistas tanto de este año como de años anteriores, la situación de impunidad propiciada por la falta de una debida investigación de los asesinatos de reporteros sigue siendo una situación preocupante. La impunidad genera a su vez que ocurran nuevos asesinatos. Como se sabe que puede no haber sanción por la comisión del crimen, quienes asesinan a reporteros pueden seguir haciéndolo o amenazando con hacerlo sin sufrir las consecuencias. Esto a su vez genera autocensura. Ante la falta de garantías por parte de los Estados del derecho a la vida, los periodistas se ven obligados a dejar de investigar e informar sobre determinados temas.
3. También durante el 2007 se han verificado al menos unos 200 episodios de agresiones y amenazas en contra de trabajadores de los medios de comunicación en varios países.
Considerando que el número puede ser mucho mayor, porque muchas de estas situaciones no llegan a reportarse o denunciarse, en esta área también preocupa la impunidad, en particular porque frecuentemente ni siquiera se inician investigaciones al respecto. Esto genera autocensura y en
ocasiones obliga a periodistas y familiares a dejar sus ciudades e inclusive países. Además, se denunciaron agresiones contra periodistas de parte de particulares o en el contexto de manifestaciones públicas, una situación que también requiere la adopción de medidas de parte del Estado para prevenir estas agresiones o proteger a los reporteros.
4. Otra situación que en el año 2007 ha preocupado particularmente a la Relatoría Especial son las medidas que se han registrado en este perfodo contra el pluralismo, componente fundamental de la libertad de expresión y de la democracia. El pluralismo requiere poder expresar distintas opiniones a través de diferentes medios de comunicación, y que éstas puedan hacerse llegar al mayor número posible de destinatarios. La democracia requiere del libre debate de ideas y opiniones, aún cuando resulten ingratas o perturben al gobierno.
5. Los Estados parte de la Convención Americana sobre Derechos Humanos deben cumplir con sus obligaciones internacionales en materia de libertad de expresión, que incluyen tanto abstenerse de acciones que afecten el pluralismo como adoptar acciones positivas para garantizarlo.
Una de las situaciones que afecta el pluralismo es la concentración y los monopolios, públicos o privados, en la propiedad de los medios.
6. La Relatoría considera importante que los Estados adopten acciones tales como la promulgación de leyes antimonopolio en la propiedad y control de los medios de comunicación y la adopción de legislación que establezca concursos abiertos, públicos y transparentes para la asignación de frecuencias radioeléctricas, así como la atribución de competencia a órganos independientes para la adopción de decisiones sobre la materia. ! La información sobre los periodistas o comunicadores asesinados en el año 2007 por motivos presuntamente
relacionados con el ejercicio de la actividad periodística puede encontrarse en el Capitulo Il en la evaluación general de la región y en la evaluación de los países donde sucedieron estos hechos.
7. En diciembre de 2007, los cuatro relatores y expertos en materia de libertad de expresión suscribieron la Declaración Conjunta sobre Diversidad en la Radiodifusión en la que destacaron que para que los Estados cumplan su deber en este campo, las medidas que adopten deben abarcar la diversidad de tipos de medios de comunicación y de propiedad de los mismos, así como la diversidad de contenidos.
8. En el año 2007 se produjeron avances en la región en lo relativo al pluralismo, tales como la decisión de la Suprema Corte de Justicia de México que declaró inconstitucionales disposiciones de la Ley de Radio y Televisión que afectaban el pluralismo, y la aprobación en Uruguay de una ley que contempla el otorgamiento de frecuencias mediante concursos abiertos y transparentes, así como avances relacionados con radios comunitarias.
9. Sin embargo, la Relatoría Especial observa con preocupación que bajo el pretexto de fomentar el pluralismo se ha utilizado el poder público en países de la región para tratar de silenciar a medios críticos a la gestión gubernamental, a través, por ejemplo de amenazas y de decisiones arbitrarias y discriminatorias en materia de administración de frecuencias de televisión y de radio.
Asimismo, se están utilizando fondos públicos para crear y financiar medios de comunicación a los que se califica como de servicio público o comunitarios, que carecen de plena independencia financiera y de gestión respecto a los gobiernos que los crean, y terminan a menudo sirviendo en
realidad como aparatos de propaganda de gobiernos y no cómo vehículos de incentivo al pluralismo.
10. Por otro lado, durante este año la Relatoría Especial recibió información sobre importantes avances legislativos en varios Estados miembros en materia de derogación del delito desacato, despenalización de las calumnias e injurias, acceso a la información y radios comunitarias.
11. Estas valoraciones que la Relatoría expresa aquí, se desarrollan en las siguientes páginas de este informe anual del año 2007. El presente informe cumple con el mandato establecido por la CIDH para el trabajo de la Relatoría y con los otorgados por la Asamblea General en sus distintas resoluciones. En el presente informe anual se ha variado la estructura básica respecto a la usada en años anteriores. Se inicia con un capítulo general sobre el mandato y competencia de la Relatoría Especial, y sigue con la descripción de las actividades desarrolladas durante el año. El segundo capítulo se aboca a la evaluación de la situación de la libertad de expresión en la región y luego en cada país. En esta oportunidad, el informe anual no incluye estudios teóricos y de jurisprudencia internacional como en años anteriores. La Relatoría Especial ha resuelto concentrar este tipo de análisis en estudios especiales que se publicarán en forma separada del informe anual.
Un ejemplo de ello ha sido la publicación este año del Estudio Especial sobre el Derecho de Acceso a la Información.?
12. De esta manera, el capítulo II del presente informe analiza la situación regional de la libertad de expresión durante el año 2007, y luego realiza el mismo tipo de evaluación por cada país.
También incluye las alertas, denuncias e información recibidas por la Relatoría Especial en este año,
clasificadas país por país. La metodología para elaborar el citado capítulo continúa siendo en esencia la misma utilizada en años anteriores, aunque su presentación haya variado en cuanto a la clasificación de los hechos.
13. A lo largo de su existencia la Relatoría ha utilizado algunos de los casos ocurridos para resaltar los desafíos que enfrentan quienes desean ejercer su libertad de expresión: los asesinatos, las agresiones y las amenazas contra periodistas; la inexistencia y las deficiencias de leyes que garanticen el acceso a la información; la existencia de leyes de desacato y la penalización ? El Estudio Especial sobre el Derecho de Acceso a la Información está disponible en:
http://www cidh.oas.org/r% 2e0Eslpecaialt % o20srobrie %a 20/el%s 2e0decrectho i% o20dne /% 2E0Asccetsou%2d0a%i 2o01 a% 20Informacion.pdf de las calumnias e injurias en muchos Estados de la región. Como se señaló al inicio de esta introducción, este año, lamentablemente se reiteraron varias de estas situaciones, e incluso, en algunos casos, se agravaron. En el capítulo I| también se llama la atención sobre otros aspectos de la problemática de la libertad de expresión en las Américas tales como las restricciones indirectas a la libertad de expresión o el uso discriminatorio de la publicidad oficial.
14. Este informe anual también refleja el plan de trabajo de la Relatoría Especial, estructurado en base a las prioridades en materia de libertad de expresión en la región. Al igual que en el año 2006, la Relatoría siguió utilizando su sistema de monitoreo diario de la situación del
derecho de la libertad de expresión en la región. Cada día la Relatoría Especial recibe información de diferentes fuentes, tales como organizaciones no gubernamentales, asociaciones de periodistas, medios de comunicación y una red de alertas que funciona a través de correo electrónico. Cuando los hechos reportados son especialmente graves, como los asesinatos, se emiten comunicados de prensa deplorando el acto y exigiendo a las autoridades del Estado tanto una debida investigación como la sanción de sus responsables. Toda esta información se compila, y al final de cada trimestre se prepara un comunicado de prensa que reseña los hechos ocurridos en cada país y la evaluación preliminar de la Relatoría Especial al respecto.
15. En el año 2007 la Relatoría Especial prestó asistencia a la CIDH en varios casos individuales en trámite respecto de situaciones paradigmáticas en donde se denunciaba internacionalmente a los Estados por violaciones al derecho a la libertad de pensamiento y expresión. La Relatoría Especial considera que el impulso de casos individuales sobre esta materia en el sistema interamericano de derechos humanos constituye un aspecto especialmente importante de su mandato, que permite tanto obtener justicia en el caso individual como seguir generando jurisprudencia que contribuya a una mayor vigencia del derecho a la libertad de pensamiento y expresión en la región.
16. También se continuó el estudio sobre la situación de las investigaciones de los casos de periodistas asesinados en la región entre 1995 y 2005, por motivos presuntamente relacionados con el ejercicio de la actividad periodística. Para ello, la Relatoría Especial solicitó información específica a cada Estado y a organizaciones no gubernamentales sobre aspectos concretos de las investigaciones. Con los resultados se publicará en los próximos meses un estudio, analizando la
situación de cada caso, y la situación general de la impunidad en la región respecto a este grave problema.
17. En tanto, la Relatoría Especial empezó a trabajar sobre otro estudio especial referido a la situación de la libertad de expresión en cada país en los últimos diez años, en ocasión de que se celebra una década de su creación. Para la elaboración de este informe también se pidió a los Estados información específica, así como a organizaciones de la sociedad civil. La Relatoría prevé publicarlo en los próximos meses.
18. Asimismo, durante el año 2007 la Relatoría Especial continuó manteniendo una demandante agenda en la que realizó diversos viajes de promoción del derecho a la libertad de expresión y participó en numerosas conferencias y seminarios. Es importante destacar además que durante este año se organizaron seminarios de capacitación para periodistas sobre el uso del sistema interamericano de protección de los derechos humanos y se realizó una visita de trabajo a un país. Esta práctica se inició en el segundo trimestre de 2006. Los comunicados trimestrales emitidos por la Relatoría Especial pueden encontrarse en la sección de Anexos de este informe. El cuestionario tipo que se envié a los Estados está en el Anexo,
19. Durante el año 2007 la Relatoría Especial contó con la valiosa colaboración de Camilla Aponte, Luis Paredes, Juan Pablo González, Cecilia La Hoz Barrera y María Dolores Miño, quienes participaron de nuestro programa de pasantías. El Relator Especial destaca la ardua labor e importantes contribuciones realizadas por el personal de la Relatoría y por cada uno de los pasantes en la promoción y protección de la libertad de expresión.
20. El presente informe es, por lo tanto, un recuento del trabajo denodado de todo un año del personal, los pasantes y colaboradores de la Relatoría Especial. La intensa labor desarrollada durante los últimos años por la Relatoría Especial la ha consolidado como una referencia fundamental en materia de libertad de pensamiento y expresión. En ello, ha tenido un rol fundamental el decidido apoyo de los sectores con los que interactúa la Relatoría, que incluyen Estados, organizaciones no gubernamentales, periodistas, medios de comunicación y sectores académicos.
21. Este fortalecimiento ha generado, a su vez, un incremento sustancial en las expectativas sobre la labor y desempeño de la Relatoría. Para hacer frente a esta demanda es necesario junto al apoyo institucional y político que ha recibido la Relatoría desde su creación, dar atención al respaldo financiero, pues sin él, no es posible su funcionamiento ni el despliegue de las actividades que le exige su mandato.
22. En ese sentido, la Relatoría desea destacar las contribuciones financieras recibidas durante el año 2007 de Estados miembros de la OEA, que han colaborado sustancialmente para que pueda desarrollar sus tareas, así como la diversidad en las fuentes de financiamiento. En ese marco, se subraya el apoyo recibido en diciembre de 2007 por parte de Canadá para un proyecto de fortalecimiento de la labor de la Relatoría por el derecho a la libertad de expresión, denominado “Proyecto Libertad de Expresión en las Américas”, que se ha constituido como uno de los más cuantiosos en materia de financiamiento que ha recibido la Relatoría Especial en sus diez años de existencia.
23. De esta manera, este informe anual del año 2007 pretende seguir contribuyendo a aumentar progresivamente en la región el respeto del derecho a la libertad de pensamiento y expresión, y continuar así el fortalecimiento de la democracia y el desarrollo a través de una mayor vigencia práctica del derecho fundamental de cada persona a pensar libremente y a expresar su pensamiento por cualquier medio.
24. La Relatoría quiere destacar que al finalizar el año 2007, la CIDH estaba abocada al debate del proyecto de reforma reglamentaria de las relatorías que funcionan bajo su esfera, que incluye una definición de las relatorías, la duración de sus mandatos y su revisión periódica. Sin embargo, algunas de estas disposiciones en opinión de la Relatoría Especial, podrían afectar su autonomía e independencia. El Relator Especial, Ignacio Álvarez, envió una carta a los comisionados en la que plantea la importancia de preservar la independencia y autonomía de la Relatoría Especial en el cumplimiento de los mandatos que le ha conferido la CIDH, como una condición indispensable para que la Relatoría Especial pueda continuar cumpliendo con eficacia su labor de promoción y protección del derecho a la libertad de expresión en la region.® 5 La carta enviada a la CIDH por el Relator Especial figura en el Anexo.
CAPÍTULO |
INFORMACIÓN GENERAL
A. Mandato y competencia de la Relatoría Especial para la Libertad de Expresión
25. La Relatoría Especial para la Libertad de Expresión es una oficina de carácter permanente, con independencia funcional y presupuesto propio, que fue creada en 1997 por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos dentro de la esfera de sus atribuciones y
competencias y opera en el marco jurídico de ésta®. Desde su establecimiento, la Relatoría Especial para la Libertad de Expresión contó con el respaldo, no sólo de la CIDH, sino de los Estados, las organizaciones de la sociedad civil, los medios de comunicación, los periodistas y, principalmente, las víctimas de violaciones a la libertad de expresión; quienes, a su vez, han visto en la Relatoría un apoyo importante para el restablecimiento de las garantías necesarias al ejercicio de sus derechos o para asegurar las justas reparaciones que amerite su situación. En el año 2006 la Asamblea General de la Organización de los Estados Americanos ("OEA") aprobó la resolución 2237 (XXXVI-0/06) reafirmando el derecho a la libertad de expresión y reconociendo las importantes contribuciones realizadas en el Informe Anual de la Relatoría Especial correspondiente al año 2005, y exhortó asimismo al seguimiento de los temas incluidos en dicho informe. En 2007, la Asamblea General de la OEA aprobó la resolución 2287 (XXXVII-0/07) en la que se invitó a los Estados miembros a considerar las recomendaciones de la Relatoría Especial en materia de difamación, en el sentido de derogar o enmendar las leyes que tipifican como delito el desacato, la difamación, la injuria y la calumnia. En 2007 La Asamblea General de la OEA también aprobó la resolución 2288 (XXXVII0/07) que resalta la importancia del derecho al acceso a la información pública, toma nota de los informes de la Relatoría Especial sobre la situación de acceso a la información en la región, insta a los Estados a adaptar su legislación y encomienda a la Relatoría Especial a dar asesoramiento en la
materia.
26. La Comisión Interamericana de Derechos Humanos es un órgano de la OEA cuya función primordial es promover la observancia y defensa de los derechos humanos y servir como órgano consultivo en esta materia. Las atribuciones de la Comisión derivan fundamentalmente de la Convención Americana sobre Derechos Humanos ("la Convención Americana" o "la Convención"), de la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre y de la Carta de la OEA. Con tal propósito, la Comisión investiga y decide sobre denuncias de violaciones a los derechos humanos, realiza visitas in /oco, prepara proyectos de tratados y declaraciones sobre derechos humanos, así como informes sobre la situación de los derechos humanos en los países de la región.
27. En lo que se refiere específicamente al derecho a la libertad de expresión, la Comisión ha tratado este tema a través de su sistema de peticiones y casos individuales, en los cuales se ha pronunciado sobre casos de censura, crímenes contra periodistas y otras restricciones directas e indirectas a la libertad de expresión. Asimismo, se ha pronunciado sobre las amenazas y restricciones a los medios de comunicación social por medio de informes especiales. De igual manera, la Comisión ha analizado la situación de la libertad de expresión e información en sus diversas visitas in /oco y en sus informes generales. Por último, la Comisión ha adoptado medidas cautelares con el objetivo de actuar de manera urgente a fin de evitar daños irreparables a las $ Artículos 40 y 41 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y articulo 18 del Estatuto de la Comisión
Interamericana de Derechos Humanos. personas’. Estas medidas se adoptaron para posibilitar el pleno ejercicio de la libertad de expresión y proteger a periodistas.
28. En su 97° perfodo ordinario de sesiones celebrado en octubre de 1997, tomando en cuenta las graves amenazas y problemas existentes para el pleno y efectivo desenvolvimiento del derecho a la libertad de expresión, clave para la consolidación y desarrollo de la democracia, la Comisión decidió, por unanimidad de sus miembros, establecer una Relatoría Especial para la Libertad de Expresión, con carácter permanente, independencia funcional y estructura operativa propia.
29. En su 98° periodo extraordinario de sesiones celebrado en marzo de 1998, la Comisión definió de manera general las características y funciones que debería tener la Relatoría y decidió crear un fondo voluntario de asistencia económica para ésta. Ese mismo año la Comisión eligió al abogado argentino Santiago A. Cantón como Relator Especial para la Libertad de Expresión.
A su salida del cargo en el año 2002, la CIDH eligió al abogado argentino Eduardo A. Bertoni como Relator Especial para la Libertad de Expresión, quien se desempeñó en dicha posición hasta diciembre de 2005. Posteriormente, el 15 de marzo de 2006 la CIDH eligió al abogado venezolano Ignacio J. Álvarez como Relator Especial para la Libertad de Expresión.
30. Al crear la Relatoría, la Comisión buscó estimular de manera preferente la conciencia por el pleno respeto a la libertad de expresión e información, considerando el papel fundamental que
ésta desempeña tanto en la consolidación y desarrollo del sistema democrático como en la denuncia y protección de los demás derechos humanos; así también, formular recomendaciones específicas a los Estados miembros sobre materias relacionadas con la libertad de expresión e información, a fin de que se adopten medidas progresivas en su favor; y elaborar informes y estudios especializados sobre la materia para actuar prontamente respecto a aquellas peticiones y otras comunicaciones en las cuales se señale que este derecho está siendo vulnerado en algún Estado miembro de la OEA.
31. En términos generales la Comisión señaló que los deberes y mandatos de la Relatoría deberían comprender entre otros: 1. Preparar un informe anual sobre la situación de la libertad de expresión en las Américas y presentarlo a la Comisión para su consideración e inclusión en el Informe Anual de la CIDH a la Asamblea General de la OEA; 2. Preparar informes temáticos; 3.
Recopilar la información necesaria para la elaboración de los informes; 4. Organizar actividades de promoción encomendadas por la Comisión incluyendo, pero no limitándose a presentar documentos en conferencias y seminarios pertinentes, instruir a funcionarios, profesionales y estudiantes sobre el trabajo de la Comisión en este ámbito, y preparar otros materiales de promoción; 5. Informar inmediatamente a la Comisión de situaciones urgentes que merecen la adopción de medidas cautelares o de medidas provisionales que la Comisión pueda solicitar a la Corte Interamericana para evitar daños graves e irreparables a los derechos humanos; y 6. Proporcionar información a la Comisión sobre el procesamiento de casos individuales relacionados con la libertad de expresión.
32. La iniciativa de la Comisión de crear una Relatoría Especial para la Libertad de Expresión de carácter permanente encontró pleno respaldo en los Estados miembros de la OEA durante la Segunda Cumbre de las Américas. En esta Cumbre, los Jefes de Estado y Gobierno de las Américas reconocieron el papel fundamental que la libertad de expresión e información tiene en materia de derechos humanos y dentro del sistema democrático, expresando su satisfacción por la creación de esta Relatoría. Es así que en la Declaración de Santiago adoptada en abril de 1998, los Jefes de Estado y de Gobierno señalaron expresamente que: 7 El artículo 25.1 del Reglamento de la Comisión señala que: “En caso de gravedad y urgencia y toda vez que resulte necesario de acuerdo a la información disponible; la Comisión podrá, a iniciativa propia o a petición de parte, solicitar al Estado de que se trate la adopción de medidas cautelares para evitar daños irreparables a las personas”.
Coincidimos en que una prensa libre desempeña un papel fundamental [en materia de derechos humanos] y reafirmamos la importancia de garantizar la libertad de expresión, de información y de opinión. Celebramos la reciente constitución de un Relator Especial para la Libertad de Expresión, en el marco de la Organización de los Estados Americanos.
33. Asimismo, en esta misma Cumbre los Jefes de Estado y de Gobierno de las Américas expresaron su compromiso de apoyar la Relatoría para la Libertad de Expresión. Sobre el particular, en el Plan de Acción de la citada Cumbre se recomendó lo siguiente: Fortalecer el ejercicio y respeto de todos los derechos humanos y la consolidación de la
democracia, incluyendo el derecho fundamental a la libertad de expresión, información y de pensamiento, mediante el apoyo a las actividades de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos en este campo, en particular a la recién creada Relatoría Especial para la Libertad de Expresión?.
34. Durante la Tercera Cumbre de las Américas celebrada en Québec, Canadá, los Jefes de Estado y de Gobierno ratificaron el mandato de la Relatoría agregando el siguiente punto: Apoyarán la labor del Sistema Interamericano de Derechos Humanos en materia de libertad de expresión a través del Relator Especial sobre Libertad de Expresión de la CIDH, y procederán a la difusión de los trabajos de jurisprudencia comparada, y buscarán, asimismo, asegurar que su legislación nacional sobre libertad de expresión esté conforme a las obligaciones jurídicas internacionales”.
B. Principales actividades de la Relatoría Especial
35. Desde que comenzó sus funciones en noviembre de 1998, y en el marco del ejercicio de su mandato, la Relatoría Especial ha participado en diversos eventos, como por ejemplo seminarios y presentaciones, para dar a conocer su mandato y objetivos. El conocimiento amplio de la existencia de la Relatoría ha permitido que ésta cumpla con éxito la labor que tiene encomendada.
Las tareas de promoción, difusión y defensa del derecho a la libertad de expresión han sido orientadas principalmente a las visitas de trabajo, a la participación en foros internacionales, a la coordinación de esfuerzos con organizaciones no gubernamentales, el asesoramiento a los Estados en proyectos de ley relacionados con la libertad de expresión y a dar a conocer la Relatoría Especial
a través de los medios de comunicación. Estas actividades tuvieron por objetivo central crear conciencia y conocimiento entre los sectores de la sociedad de la importancia del sistema interamericano de protección de los derechos humanos, las normas internacionales sobre libertad de expresión, la jurisprudencia comparada de la materia y la importancia de la libertad de expresión en el contexto y desarrollo de una sociedad democrática.
36. La Relatoría Especial se ha constituido como un fuerte propulsor de reformas legislativas en materia de libertad de expresión. A través de los lazos que se han establecido con los Estados miembros y distintos organismos de la sociedad civil, esta oficina ha iniciado un proceso de colaboración para la puesta en marcha de iniciativas que promuevan la modificación de leyes que limitan el derecho a la libertad de expresión, asf como la inclusión de leyes que amplien el derecho % Declaración de Santiago. Segunda Cumbre de las Américas, 18-19 de abril de 1998, Santiago, Chile, en Documentos Oficiales del Proceso de Cumbres de Miami a Santiago, Volumen |, Oficina de Seguimiento de Cumbres, Organización de los Estados Americanos. Plan de Acción. Segunda Cumbre de las Américas, 18-19 de abril de 1998, Santiago, Chile, en Documentos Oficiales del Proceso de Cumbres de Miami a Santiago, Volumen |, Oficina de Seguimiento de Cumbres, Organización de los Estados Americanos. 19 Plan de Acción. Tercera Cumbre de las Américas, 20-22 de abril del 2001, Québec, Canadá. Disponible en:
http://www.summit-americas.org.
de los ciudadanos a participar activamente en el proceso democrático a través del acceso a la información.
37. Desde la creación de la Relatoría
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