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RELE CIDH - Libertad de Expresión en México

CIDH - Comisión Interamericana de Derechos Humanos

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Título
RELE CIDH - Libertad de Expresión en México
Autor
CIDH - Comisión Interamericana de Derechos Humanos
Categoría
Doctrina
Área del derecho
Libertad de Prensa
Año

INTER - AMERICAN COMMISSION ON HUMAN RIGHTS

COMISIÓN INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS

COMISSÃO INTERAMERICANA DE DIREITOS HUMANOS

COMMISSION INTERAMÉRICAINE DES DROITS DE L'HOMME

RELATORÍA ESPECIAL PARA LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN

I E

NFORME SPECIAL SOBRE LA

L E M 2010

IBERTAD DE XPRESIÓN EN ÉXICO

OEA/Ser.L/V/II.

Doc. 5 7 marzo 2011

Original: Español

INFORME ESPECIAL SOBRE LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN EN MÉXICO 2010

I. INTRODUCCIÓN 3

II. VIOLENCIA, IMPUNIDAD Y AUTOCENSURA 6

A. Afectaciones de los derechos a la vida e integridad personal originadas en el ejercicio de la libertad de expresión 6

1. Panorama General: violencia en aumento 6

2. Violencia contra periodistas en 2010 8

a. Asesinatos 8 b. Desapariciones y Secuestros 15 c. Agresiones y hostigamientos 18 d. Ataques a medios de comunicación 36 e. Detenciones 39 f. Otros hechos 41

3. Casos ilustrativos de violencia e impunidad 1988-2009 41

a. Asesinato 41 b. Desaparición 57 c. Detención y Agresión 58 4. “¿Qué quieren de nosotros?”: violencia, intimidación y autocensura 60

B. La respuesta del Estado Mexicano 63

1. Prevención y protección 64

2. Procuración de justicia 66

a. Consideraciones generales: la impunidad y sus consecuencias 66

b. Observaciones sobre la persecución penal de los crímenes contra periodistas 67

III. LIBERTAD, PLURALISMO Y DIVERSIDAD EN EL DEBATE DEMOCRÁTICO 74

A. Regulación del espectro radioeléctrico y aplicación de las disposiciones sobre radiodifusión 75

1. Marco legal 75

2. Concentración en la propiedad y el control de los medios de comunicación 78

3. La situación de las radiodifusoras comunitarias 79

B. Publicidad Oficial 84

IV. ACCIONES LEGALES RELACIONADAS CON EL EJERCICIO DE LA LIBERTAD

DE EXPRESIÓN 86

A. Uso del derecho penal 86

B. Acciones civiles 90

C. Otra información relacionada 93

V. ACCESO A LA INFORMACIÓN 95

A. Marco legal y garantía efectiva del derecho 95

B. Desafíos para la consolidación del derecho de acceso a la información 97

VI. CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES 100

A. Violencia, impunidad y autocensura 100

B. Libertad, diversidad y pluralismo en el debate democrático 102

C. Acciones legales relacionadas con el ejercicio de la libertad de expresión 102

D. Acceso a la información 103

E. Comentario final 104

2

INFORME ESPECIAL SOBRE LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN EN MÉXICO 2010

I. INTRODUCCIÓN

1. Entre el 9 y el 24 de agosto de 2010, en cumplimiento de su mandato de promover y monitorear el derecho a la libertad de expresión en los Estados de la Américas, una delegación de la Relatoría Especial para la Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana

de Derechos Humanos (en adelante, “Relatoría”) desarrolló una visita in loco a los Estados Unidos Mexicanos por invitación del gobierno de dicho país. La delegación estuvo encabezada por la Relatora Especial para la Libertad de Expresión Catalina Botero Marino, e integrada por los abogados de la Relatoría Michael Camilleri y Alejandra Negrete Morayta. La visita se realizó conjuntamente con la Relatoría Especial de las Naciones Unidas para la Libertad de Opinión y Expresión, encabezada por el Relator Frank La Rue. El objetivo de la visita fue observar la situación de la libertad de expresión en el país.

2. Durante la visita oficial, la Relatoría estuvo en el Distrito Federal y en los Estados de Chihuahua, Guerrero y Sinaloa. Se reunió con funcionarios de más de cuarenta instituciones públicas federales y estatales pertenecientes a los poderes ejecutivo, legislativo y judicial, así como con representantes de órganos autónomos. Asimismo, sostuvo reuniones con más de cien periodistas, representantes de organizaciones de la sociedad civil, familiares de periodistas asesinados y desaparecidos, e integrantes de la comunidad internacional radicada en

México.

3. La Relatoría resalta la invitación del Estado mexicano y destaca su apertura al haberle facilitado todas las condiciones para la realización de su visita. Asimismo, reconoce la gran labor de las y los funcionarios de la Secretaría de Relaciones Exteriores que apoyaron la visita y agradece a todas las autoridades, organizaciones de la sociedad civil y periodistas con las que se reunió a lo largo de su visita.

4. Al finalizar la visita, el día 24 de agosto de 2010, las Relatorías de la Comisión

Interamericana de Derechos Humanos (en adelante, “CIDH” o “Comisión”) y de las Naciones Unidas presentaron un informe preliminar al Estado mexicano y, posteriormente, al público1. En dicha oportunidad el Estado mexicano emitió un comunicado de prensa sobre la visita en el cual expresó: En la sesión de trabajo celebrada el día de hoy en la SRE [Secretaría de Relaciones Exteriores], a la que asistieron diversas instituciones participantes en la visita, los relatores presentaron un informe preliminar y adelantaron algunas conclusiones y recomendaciones. Los relatores agradecieron la amplia cooperación del Gobierno de México para dialogar y proporcionar información sobre cada uno de los temas de los que expresaron interés. La visita de los relatores ha sido especialmente útil para profundizar en la comprensión de algunos de los desafíos emergentes para la libertad de expresión, en la coyuntura que atraviesa nuestro país. […] Al agradecer su visita, el Gobierno Federal expresó a ambas relatorías que examinará cuidadosamente sus informes, en particular sus recomendaciones, y establecerá los mecanismos más adecuados para su seguimiento e implementación. El Gobierno de la República expresa su satisfacción por la visita de los relatores y reitera su compromiso para enfrentar los desafíos en materia de libertad de expresión a fin de 1 Relatoría Especial para la Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y Relatoría Especial de las Naciones Unidas para la Libertad de Opinión y Expresión, “Visita Oficial Conjunta a México, Observaciones Preliminares”, 24 de agosto de 2010, disponible en:

http://cidh.org/relatoria/ShowDocument.asp?DocumentID=218 3 garantizar plenamente ese derecho, componente esencial de nuestro sistema democrático2.

5. El presente informe reitera y profundiza los temas mencionados en las observaciones preliminares presentadas al final de la visita in loco. La Relatoría ha recabado una gran cantidad de información antes, durante y después de su visita a México. Para la elaboración de este informe la Relatoría ha recurrido a un amplio espectro de fuentes. En particular, se ha basado en información recibida del gobierno federal y de los gobiernos estatales, de los poderes legislativo y judicial, de organismos autónomos como la Comisión Nacional de Derechos Humanos y sus equivalentes a nivel estatal, de organizaciones no gubernamentales, y de periodistas y directores de medios. Asimismo, la Relatoría ha tomado nota de la información que ha aparecido en la prensa, así como estudios, investigaciones e informes preparados por organizaciones nacionales e internacionales de derechos humanos y de defensa de la libertad de expresión. Finalmente, con ocasión de su visita in loco, la Relatoría solicitó al Estado mexicano información detallada sobre las investigaciones realizadas respecto a un número considerable de asesinatos, desapariciones y ataques sufridos por periodistas en México3. La información enviada por el Estado en respuesta a esta solicitud4, proveniente de varias entidades del poder ejecutivo federal y algunas entidades estatales, ha sido incorporada en este informe.

6. El 28 de diciembre de 2010 la Relatoría transmitió la versión preliminar del presente informe al Estado mexicano con el objeto de brindarle la oportunidad de formular las observaciones que considerase pertinentes, de conformidad con el artículo 59 del Reglamento

de la CIDH. El 3 de febrero de 20115 y el 11 de febrero de 20116 el Estado mexicano presentó observaciones sobre esta versión preliminar. En dichas observaciones el Estado expresó: El Gobierno Federal agradece a la Relatoría Especial para la Libertad de Expresión el informe que elaboró en cumplimiento de su mandato. El Gobierno Federal toma con agrado sus atentas observaciones y recomendaciones. Sin duda, la visita conjunta que realizaron los mecanismos de la OEA y de la ONU en agosto de 2010, es el resultado de una política de diálogo, cooperación y plena apertura que mantiene el Gobierno de México con los mecanismos internacionales de derechos humanos. La visita de ambos Relatores ha sido especialmente útil para profundizar en la comprensión de algunos de los desafíos emergentes para la libertad de expresión, en la coyuntura que atraviesa nuestro país; así como en la implementación de mecanismos y estrategias que garanticen el ejercicio pleno de este derecho fundamental en nuestro país. Tal y como se comprometió el Gobierno Federal ante los Relatores Especiales, ha examinado cuidadosamente la versión preliminar del Informe que remite la Comisión Interamericana de Derechos Humanos. Se agradece que el documento refleje la gran cantidad de información recibida durante y después de la visita por las autoridades de los tres niveles tanto federales como de los estados de Chihuahua, Guerrero, Sinaloa y del Distrito Federal. 2 Secretaría de Relaciones Exteriores de México, Comunicado #259, 24 de agosto de 2010, disponible en: http://www.sre.gob.mx/csocial/contenido/comunicados/2010/ago/cp_259.html

3 Solicitud de información de la Relatoría al Estado mexicano, 2 de septiembre de 2010. 4 Ver Comunicación OEA-02567 de la Misión Permanente de México ante la OEA a la Relatoría, recibida el 12 de noviembre de 2010. 5 Comunicación OEA-00198 de la Misión Permanente de México ante la OEA a la Relatoría, “Observaciones del Gobierno de México al Informe Preliminar sobre la Situación de la Libertad de Expresión en México de la Relatoría para la Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos”, recibida el 3 de febrero de 2011. 6 Comunicación OEA-00262 de la Misión Permanente de México ante la OEA a la Relatoría, recibida el 11 de febrero de 2011. 4 Se observa que, en términos generales, el informe mantiene un equilibrio entre las acciones positivas, los avances, y, los desafíos a los que enfrenta el país. Sin embargo, y a fin de fortalecer el contenido del documento, se transmiten las siguientes observaciones de las diversas autoridades involucradas en la visita7. Tras considerar las observaciones formuladas por el Estado e incorporar las modificaciones que consideró pertinentes, la CIDH aprobó la incorporación del texto definitivo de este informe a su Informe Anual.

7. Con base en la información recibida y analizada con ocasión de su visita in loco a México, la Relatoría ha constatado que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en sus artículos 6º y 7º, protege, de manera explícita, los derechos a la libertad de expresión y al acceso a la información. Asimismo, México cuenta con avances legales

destacables como la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y sus equivalentes a nivel local; la despenalización a nivel federal y en varias entidades federativas de los delitos contra el honor; la protección de la reserva de la fuente en el Código Federal de Procedimientos Penales; y el artículo 134 de la Constitución mexicana en lo referente a la publicidad oficial. De igual forma, la Relatoría valora positivamente el proyecto de reforma del artículo 1º de la Constitución aprobada por el Senado de la República que eleva al rango de la Constitución los tratados internacionales de derechos humanos y que se encuentra pendiente de aprobación en la Cámara de Diputados8. Finalmente, la Relatoría reconoce las medidas adoptadas por el Estado mexicano en respuesta a la situación de violencia contra las y los comunicadores en el país, como la creación de una fiscalía especializada para investigar estos crímenes y, recientemente, el establecimiento de un comité de protección para periodistas.

8. Sin embargo, el pleno goce de la libertad de expresión en México enfrenta graves y diversos obstáculos, entre los cuales destacan los asesinatos de periodistas y otros gravísimos actos de violencia contra quienes difunden información, ideas y opiniones, y la impunidad generalizada en estos casos. Preocupa también a la Relatoría la vigencia de legislación que permite aplicar sanciones penales por el ejercicio de la libertad de expresión tanto a nivel federal como en un número importante de entidades federativas. Asimismo, la Relatoría considera que el vigor, la diversidad y el pluralismo en el debate democrático se encuentran seriamente limitados, entre otros motivos, por la alta concentración en la propiedad y

el control de los medios de comunicación a los que se les ha asignado frecuencias de radio y televisión; por la ausencia de un marco jurídico claro, certero y equitativo en materia de asignación de dichas frecuencias; por la inexistencia de mecanismos de acceso a medios alternativos de comunicación; y por la falta de regulación de la publicidad oficial. Finalmente, la Relatoría observa con preocupación una emergente tendencia a restringir el derecho de acceso a la información pública. Es precisamente la necesidad de reconocer esta crisis y sumar esfuerzos para encontrar soluciones, junto con el Estado y la sociedad, la que animó a la Relatoría a realizar una visita in loco a México y preparar este informe.

9. A continuación se analiza la situación de la libertad de expresión en México en relación con los siguientes temas: violencia, impunidad y autocensura; libertad, pluralismo y diversidad en el debate democrático; acciones legales relacionadas con el ejercicio de la libertad de expresión; y acceso a la información. También se formulan conclusiones y recomendaciones, las cuales coinciden en general con las emitidas al final de la visita in loco. A lo largo de este informe se citan casos concretos para ilustrar las situaciones observadas por la Relatoría. Los casos citados fueron elegidos fundamentalmente por su valor ejemplificante y en atención a la 7 Comunicación OEA-00198 de la Misión Permanente de México ante la OEA a la Relatoría, “Observaciones del Gobierno de México al Informe Preliminar sobre la Situación de la Libertad de Expresión en México de la Relatoría para la Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos”, recibida el 3 de febrero de 2011. 8 Ver Secretaría de Relaciones Exteriores, Boletín Informativo No. 173, 9 de abril de 2010, disponible en:

http://portal.sre.gob.mx/montreal/pdf/Bolderhum.pdf 5 disponibilidad de información relevante de diversas fuentes. La Relatoría agradece nuevamente a todas las entidades, organizaciones y personas que compartieron información, particularmente a las y los periodistas que han sido víctimas de violencia así como sus familiares. Esperamos que las observaciones, conclusiones y recomendaciones incluidas en el presente informe contribuyen a fortalecer la libertad de expresión de todas las mexicanas y los mexicanos.

II. VIOLENCIA, IMPUNIDAD Y AUTOCENSURA

A. Afectaciones de los derechos a la vida e integridad personal originadas en el ejercicio de la libertad de expresión

1. Panorama General: violencia en aumento

10. En el curso de su visita in loco, la Relatoría prestó especial atención a la violencia ejercida contra periodistas y medios de comunicación en el país. El noveno principio de la Declaración de Principios sobre la Libertad de Expresión, de la CIDH, establece que: "El asesinato, secuestro, intimidación, amenaza a los comunicadores sociales, así como la destrucción material de los medios de comunicación, viola los derechos fundamentales de las personas y coarta severamente la libertad de expresión. Es deber de los Estados prevenir e investigar estos hechos, sancionar a sus autores y asegurar a las víctimas una reparación adecuada". La Relatoría recuerda en este sentido que, de acuerdo con los estándares internacionales de derechos humanos, el Estado mexicano no solamente está obligado a garantizar que sus agentes no cometan actos de violencia contra periodistas, sino también a prevenir razonablemente las agresiones provenientes de particulares. El Estado tiene además la obligación de investigar, juzgar y, en su caso, sancionar a los autores de dicha violencia, aun

cuando las personas responsables no sean agentes estatales. En este sentido, el hecho de que la Relatoría se pronuncie sobre un acto de violencia, no necesariamente implica que ese acto resulte directamente atribuible al Estado. Sin embargo, estos hechos sí ponen de manifiesto la obligación del Estado de prevenir, proteger y, en su caso, sancionar este tipo de hechos.

11. Las diversas fuentes consultadas por la Relatoría confirman que, sin desconocer que el problema de la violencia afecta a todos los sectores de la población mexicana, la violencia contra periodistas en México es alarmante y tiende a intensificarse, debido a factores como el crecimiento del crimen organizado en ciertas zonas del país. Llama la atención de la Relatoría que sea la Comisión Nacional de Derechos Humanos (en adelante, “CNDH”) la única institución estatal que cuenta con un registro público y documentado de crímenes contra periodistas. Como se desprende del siguiente cuadro, la CNDH reporta que 64 periodistas fueron asesinados en México del año 2000 a julio de 2010, y 11 han sido desaparecidos del año 2006 a julio de 20109.

De estos casos, 29 asesinatos y 5 desapariciones han ocurrido tan sólo desde 200810.

CNDH: Violencia contra periodistas en México 2000-201011

Año Homicidios Desapariciones 2000 4 2001 4 2002 3 2003 1 2004 5 2005 4 1 2006 10 2 2007 4 3 2008 10 1 9 CNDH, Comunicado de Prensa CGCP/206/10, 27 de julio de 2010.

10 CNDH, Comunicado de Prensa CGCP/206/10, 27 de julio de 2010. 11 CNDH, Comunicado de Prensa CGCP/206/10, 27 de julio de 2010. 6 2009 12 1 2010 7 3 (hasta 27/7/2010) TOTAL 64 11

12. A estas cifras se suman los secuestros de periodistas y atentados con explosivos contra medios de comunicación registrados en los últimos años. Adicionalmente, la Relatoría constató a través de sus encuentros con periodistas durante la visita in loco, que las amenazas y hostigamientos son una característica regular del ejercicio del periodismo, principalmente del periodismo local que cubre temas de corrupción, delincuencia organizada, narcotráfico, y seguridad pública, entre otros. Según la información recibida, muchas agresiones contra periodistas locales, no se denuncian formalmente por falta de confianza en la gestión de las respectivas autoridades. Las cifras reportadas, así como la información adicional recibida, permiten afirmar que desde el año 2000 México es el país más peligroso para ejercer el periodismo en las Américas.

13. La Relatoría observa que la recopilación de estadísticas criminalísticas detalladas y desagregadas en un requisito esencial para el diseño, implementación y evaluación de políticas públicas efectivas de prevención, protección y persecución penal de la violaciones a los derechos humanos12. En este sentido, considera que las autoridades de seguridad pública y de procuración de justicia deben asumir urgentemente la tarea de compilar información cuantitativa y cualitativa sobre la violencia contra periodistas y la persecución penal de estos crímenes. Si bien las cifras compiladas por la CNDH son una herramienta útil para entender la

gravedad y deterioro de la situación enfrentada por los periodistas, la Relatoría observa con preocupación la inexistencia de una institución que tenga la función de recolectar y mantener actualizados y documentados los datos sobre la violencia contra los periodistas en México, y sobre los procesos penales y administrativos realizados en estos casos. En sus observaciones sobre la versión preliminar del presente informe, el Estado mexicano informó que la “Fiscalía Especial [para la Atención de Delitos Cometidos Contra la Libertad de Expresión] se ha dado a la tarea de elaborar una base de datos electrónica de homicidios y desapariciones de personas reportados por diferentes organizaciones gubernamentales y no gubernamentales”13. También informó que la Comisión Especial para el Seguimiento a las Agresiones a Periodistas y Medios de Comunicación de la Cámara de Diputados tiene contemplado durante 2011 promover la creación de “un banco de datos a nivel nacional, denominado Registro Nacional de Agresiones, con el fin de contar con cifras confiables, con base en el delito cometido y por entidad federativa”14.

14. Aún con las limitaciones generadas por la ausencia de estadísticas comprensivas acerca de la violencia contra periodistas, la Relatoría pudo constatar que la mayor parte de los asesinatos, desapariciones y secuestros recientes de periodistas se concentran en entidades federativas que padecen fuerte presencia del crimen organizado, incluyendo, entre otros, a los Estados de Chihuahua, Guerrero y Sinaloa, visitados por la Relatoría. A pesar de que la ausencia de investigaciones concluidas en la gran mayoría de los casos impide determinar con

exactitud las causas y responsables de estos crímenes, la información recibida por la Relatoría permite afirmar que en estos lugares el crimen organizado representa la mayor amenaza a la 12 Ver, por ejemplo, CIDH. Comunicado de Prensa 59/08, “CIDH Publica Observaciones Preliminares sobre Visita a Jamaica”, 5 de diciembre de 2008, “Conclusiones”, disponible en: http://www.cidh.org/Comunicados/Spanish/2008/59.08sp.htm 13 Comunicación OEA-00198 de la Misión Permanente de México ante la OEA a la Relatoría, “Observaciones del Gobierno de México al Informe Preliminar sobre la Situación de la Libertad de Expresión en México de la Relatoría para la Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos”, recibida el 3 de febrero de 2011. 14 Comunicación OEA-00198 de la Misión Permanente de México ante la OEA a la Relatoría, “Observaciones del Gobierno de México al Informe Preliminar sobre la Situación de la Libertad de Expresión en México de la Relatoría para la Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos”, recibida el 3 de febrero de 2011. 7 vida e integridad física de los periodistas, especialmente de aquellos que cubren noticias locales sobre corrupción, narcotráfico, delincuencia organizada, seguridad pública y asuntos relacionados.

15. Por otro lado, según la información recibida, en algunas regiones, la violencia e intimidación contra periodistas sería ejercida por grupos armados presuntamente afines a facciones políticas. Tal es el caso, por ejemplo, de los periodistas que fueron atacados en abril de 2010 cuando viajaban en una caravana humanitaria a San Juan Copala, Estado de Oaxaca,

con la intención de realizar un reportaje sobre el asesinato de Teresa Bautista Merino y Felicitas Martínez Sánchez, periodistas de una radio comunitaria, ocurrido en 2008. En el ataque, presuntamente cometido por un grupo armado ilegal que opera en Oaxaca, murieron dos activistas, mientras dos periodistas, uno de ellos herido de bala, permanecieron dos días atrapados en la zona hasta ser rescatados.

16. La Relatoría también recibió varias denuncias sobre hostigamientos y agresiones cometidas por miembros de las fuerzas públicas, tanto de las fuerzas armadas como de la Policía, en perjuicio de periodistas quienes, en ejercicio legítimo de su profesión, intentan cubrir temas de seguridad pública.

17. Por la gravedad de la situación que enfrenta la libertad de expresión y las personas que se dedican al periodismo en el país, resulta urgente que el Estado mexicano adopte una política integral de prevención, protección, y procuración de justicia, con la finalidad de garantizar las condiciones para un debate democrático libre, desinhibido y robusto.

2. Violencia contra periodistas en 2010

18. En cumplimiento del mandato que le corresponde a la Relatoría Especial de elaborar su informe anual, en este apartado se resumen los principales hechos de violencia contra comunicadores de los cuales se tuvo conocimiento durante 2010. Estos hechos se insertan en un contexto, como se ha mencionado, de aguda violencia contra los periodistas mexicanos. En especial, es importante anotar que los 13 asesinatos de periodistas documentados a continuación se suman a los 57 asesinatos ocurridos, según la CNDH, entre

2000 y 200915. a. Asesinatos

19. El 11 de enero de 2010 fue asesinado el periodista Valentín Valdés Espinosa del diario Zócalo Saltillo en la ciudad de Saltillo, Estado de Coahuila, México16.

20. Según la información recibida, el jueves 7 de enero de 2010, cerca de las 23:00 horas, el periodista de la sección local del diario Zócalo Saltillo, Valentín Valdés Espinosa, circulaba junto a dos colegas reporteros por el Boulevard Venustiano Carranza en la ciudad de Saltillo, Estado de Coahuila. Desconocidos que viajaban en dos camionetas los interceptaron y los obligaron a descender. Posteriormente, secuestraron a Valdés Espinosa y a otro reportero, quien fue liberado horas más tarde luego de ser golpeado. En la madrugada del viernes, el cuerpo de Valdés Espinosa fue hallado sin vida en el Boulevard Fundadores, frente al Motel Marbella, con un mensaje17. 15 CNDH, Comunicado de Prensa CGCP/206/10, 27 de julio de 2010. 16 Relatoría Especial para la Libertad de Expresión – CIDH. 11 de enero de 2010. Relatoría Especial expresa su profunda procupación por el asesinato de otro periodista en México. Comunicado No. R03/10. Disponible en:

http://www.cidh.oas.org/relatoria/showarticle.asp?artID=779&lID=2 17 Relatoría Especial para la Libertad de Expresión – CIDH. 11 de enero de 2010. Relatoría Especial expresa su profunda procupación por el asesinato de otro periodista en México. Comunicado No. R03/10. Disponible en:

http://www.cidh.oas.org/relatoria/showarticle.asp?artID=779&lID=2 8

21. Valdés fue torturado y víctima de varios disparos, y fue encontrado con una cartulina que decía: “Esto les va a pasar a los que no entiendan el mensaje es para todos”.

Según la Fiscalía General del Estado, existe la presunción de que el crimen fue perpetrado por miembros de la delincuencia organizada18. Con ocasión de su visita, la Relatoría solicitó al Estado mexicano información detallada sobre el caso19. En su respuesta recibida el 12 de noviembre de 2010, el Estado informó que la averiguación previa fue iniciada por la Procuraduría General de la República (en adelante, “PGR”) el 8 de enero de 2010. Dicha averiguación fue remitida a la Fiscalía Especial para la Atención de Delitos Cometidos Contra la Libertad de Expresión (en adelante, “FEADLE”) de la PGR el 14 de mayo de 2010 y sigue en trámite20.

22. En enero de 2010 se tuvo conocimiento del asesinato del periodista José Luis Romero del noticiero radial Línea Directa, Radio Sistema del Noroeste del Estado de Sinaloa.

De acuerdo con la información de la CNDH, Romero había sido reportado como desaparecido el 30 de diciembre de 2009 en Los Mochis, Sinaloa21. Según la información recibida por esta Relatoría, el cuerpo sin vida de Romero, quien cubría temas policiales, habría sido hallado el 16 de enero de 2010 a la vera de una carretera que conduce a la ciudad de Los Mochis, en el Estado de Sinaloa. La autopsia habría indicado que Romero llevaba más de quince días muerto

al momento del hallazgo de sus restos. Las sospechas recaen en las organizaciones delictivas que controlan el narcotráfico en la frontera norte de México22. Con ocasión de su visita, la Relatoría solicitó al Estado mexicano información detallada sobre el caso23. En su respuesta recibida el 12 de noviembre de 2010, el Estado envió información acerca de las diligencias realizadas después de la muerte del periodista, incluyendo solicitudes de información a varias entidades públicas y privadas24. Según informó el Estado, la investigación sigue en trámite en la Procuraduría General de Justicia del Estado de Sinaloa25.

23. El 29 de enero 2010 fue hallado el cadáver del periodista Jorge Ochoa Martínez en el municipio de Ayutla de los Libres, Estado de Guerrero. De acuerdo a la información recibida, el cuerpo del editor de los semanarios El Sol de la Costa y El Oportuno, habría sido hallado en su automóvil particular con un impacto de bala en la cabeza26.

24. La Procuraduría General de Justicia del Estado de Guerrero presentó públicamente el 11 de marzo de 2010 a los supuestos autores intelectuales del homicidio de 18 Comité para la Protección de Periodistas (CPJ). 8 de enero de 2010. México: Periodista secuestrado fue hallado muerto. Disponible en: http://cpj.org/es/2010/01/mexico-periodista-secuestrado-fue-hallado-muerto.php 19 Solicitud de información de la Relatoría al Estado mexicano, 2 de septiembre de 2010.

20 PGR, Oficio No. SJAI/CAIA/DGCI/2816/2010 del 20 de julio de 2010 y Oficio 0000144/FEADLE/2010, Anexos a Comunicación OEA-02567 de la Misión Permanente de México ante la OEA a la Relatoría, recibido el 12 de noviembre de 2010. 21 CNDH. Comunicado de prensa CGCP/011/10, 11 de enero de 2010. 22 Relatoría Especial para la libertad de expresión – CIDH. 23 de enero de 2010. Relatoría Especial expresa su profunda preocupación por el asesinato del periodista Jose Luis Romero. Comunicado No. R07/10. Disponible en: http://www.cidh.oas.org/relatoria/showarticle.asp?artID=780&lID=2; CNDH. Comunicado de prensa de 11 de enero de

2010. CGCP/011/10. Disponible en: http://www.cndh.org.mx/comsoc/compre/2010/011.pdf 23 Solicitud de información de la Relatoría al Estado mexicano, 2 de septiembre de 2010. 24 PGR, Oficio 0627/2010 del 5 de febrero de 2010, Anexo a Comunicación OEA-02567 de la Misión Permanente de México ante la OEA a la Relatoría, recibido el 12 de noviembre de 2010. 25 PGR, Oficio 0000144/FEADLE/2010, Anexo a Comunicación OEA-02567 de la Misión Permanente de México ante la OEA a la Relatoría, recibido el 12 de noviembre de 2010. 26 Relatoría Especial para la libertad de expresión – CIDH. 3 de febrero de 2010. Relatoria Especial manifesta

profunda preocupación por nuevo asesinato de un periodista en México, el tercero de 2010. Co

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