RELE - Libertad de Expresión y Procesos electorales el Caso de las Encuestas de Opinión y Los Sondeos de Boca de Urna
Relatoría Especial para la Libertad de Expresión
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- Título
- RELE - Libertad de Expresión y Procesos electorales el Caso de las Encuestas de Opinión y Los Sondeos de Boca de Urna
- Autor
- Relatoría Especial para la Libertad de Expresión
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Libertad de Prensa
- Año
- —
CAPITULO VI
LIBERTAD DE EXPRESIÓN Y PROCESOS ELECTORALES: EL CASO DE LAS
ENCUESTAS DE OPINIÓN Y LOS SONDEOS DE BOCA DE URNA1
A. Introducción
1. Las elecciones constituyen uno de los momentos fundamentales de la participación política y la vida democrática. El voto es un mecanismo esencial de las democracias representativas a través del cual el pueblo no solo elige a sus gobernantes sino, también, acepta o rechaza las políticas y el rumbo del gobierno y, en general, expresa su voluntad.
2. Los procesos electorales están íntimamente vinculados a la libertad de expresión e información, ya que para que los ciudadanos puedan llevar adelante sus decisiones en el momento de votar es indispensable que cuenten con la mayor cantidad de información posible. Para esto, es crucial que los hechos, las ideas y las opiniones circulen libremente. Sin lugar a dudas, el modo más común que tienen los ciudadanos de informarse en la actualidad es a través de los medios de comunicación de masas.
3. Durante los procesos electorales, entonces, la libertad de expresión cobra particular importancia. Sin embargo, es frecuente que se impongan ciertas restricciones a este derecho durante las campañas políticas y los comicios. Dentro de las más comunes se encuentran las limitaciones a la duración y los gastos de las campañas políticas, las regulaciones sobre la propaganda partidaria y las prohibiciones de difusión de encuestas de opinión y sondeos de boca de urna.
4. La Corte Interamericana de Derechos Humanos (en adelante, Corte Interamericana) y la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (en adelante, CIDH) han sostenido que la libertad de expresión es un requisito indispensable
4. La Corte Interamericana de Derechos Humanos (en adelante, Corte Interamericana) y la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (en adelante, CIDH) han sostenido que la libertad de expresión es un requisito indispensable para la existencia misma de una sociedad democrática. La Corte Interamericana, además, ha expresado que, debido a su importancia, es imprescindible que se proteja y garantice el ejercicio de este derecho en el debate político durante el proceso electoral .2 Teniendo en cuenta estos principios, la Relatoría para la Libertad de Expresión ha decidido abordar la cuestión de las limitaciones a las encuestas electorales y su impacto sobre la libertad de expresión. El propósito de este trabajo es analizar las principales tendencias doctrinarias y jurisprudenciales sobre un asunto que definitivamente es más complejo de lo que a simple vista
1 La elaboración de este capítulo fue posible gracias a la investigación y redacción preliminar realizada por Eleonora Rabinovich, reciente egresada del programa de maestría en Latin American and Caribbean Studies de New York University . Ella fue pasante en la Relatoría durante el año 2005. La Oficina agradece su contribución. 2 Corte IDH, Caso Ricardo Canese vs Paraguay, Sentencia del 31 de agosto de 2004, Serie C, No. 111.parece. Sin pretender agotar la materia, el presente informe pretende hacer una contribución al tema que pueda ampliarse y complementarse en un futuro con estudios concretos sobre situaciones determinadas.
5. Dada la falta de jurisprudencia interamericana en esta esfera de la libertad de expresión, la Relatoría se ha abocado a explorar sus posibles límites a través de un estudio comparativo de la jurisprudencia de tribunales locales de
5. Dada la falta de jurisprudencia interamericana en esta esfera de la libertad de expresión, la Relatoría se ha abocado a explorar sus posibles límites a través de un estudio comparativo de la jurisprudencia de tribunales locales de Europa y América, en cumplimiento del mandato conferido por los Jefes de Estado y de Gobierno en la Tercera Cumbre de las Américas, celebrada en Québec, Canadá, en abril de 2001 .3 En el curso de esa Cumbre, los Jefes de Estado y de Gobierno ratificaron el mandato del Relator Especial para la Libertad de Expresión y sostuvieron que los Estados respaldarán la labor del Sistema Interamericano de Derechos Humanos en el área de la Libertad de Expresión y, a través del Relator Especial para la Libertad de Expresión de la CIDH, procederán a divulgar estudios comparativos de la jurisprudencia, a la vez que se empeñarán en garantizar que las legislaciones nacionales sobre la libertad de expresión sean coherentes con las obligaciones jurídicas internacionales.
B. Derechos políticos, libertad de expresión y democracia
1. La protección de los derechos electorales en los instrumentos internacionales
6. Aunque las elecciones no son suficientes para garantizar la existencia de una democracia en el sentido más amplio del término ,4 sin la abierta competencia por el poder entre fuerzas sociales y agrupaciones políticas no se puede hablar de régimen democrático. Tanto es así, que todas las definiciones de democracia, aún las minimalistas ,5 consideran que la existencia de elecciones libres y regulares es un requisito sine qua non para poder clasificar un régimen como democrático. Así, por ejemplo, para el filósofo político italiano Norberto
democracia, aún las minimalistas ,5 consideran que la existencia de elecciones libres y regulares es un requisito sine qua non para poder clasificar un régimen como democrático. Así, por ejemplo, para el filósofo político italiano Norberto Bobbio, la democracia es "un conjunto de reglas procesales para la toma de decisiones colectivas en el que está prevista y propiciada la más amplia participación posible de los interesados" .6 De este modo, la concreción de la
3 “Plan de Acción”, Tercera Cumbre de las Américas, 20 -22 de abril del 2001, Quebec, Canadá, pág. 7, disponible en http://www.summit-americas.org 4 El concepto de democracia es quizás uno de lo más discutidos dentro de la ciencia política. Entrar en el debate académico sobre la materia excedería el propósito de este trabajo. Sin embargo, vale la pena mencionar que para numerosos autores las definiciones meramente formales no son suficientes. De este modo, las elecciones libres competitivas e institucionalizadas, y las reglas y los procedimientos para la formación y ejercicio del gobierno (conjunto al que se denomina democracia electoral) son componentes esenciales de la democracia y constituyen su esfera básica. Pero ni en sus alcances ni en sus posibilidades de realización la democracia se agota en esta esfera. Véase "La democracia en América Latina. Hacia una democracia de ciudadanas y ciudadanos", publicado para el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD), 2004, disponible en http://www.undp.org.ni/files/democracia.pdf 5 Por ejemplo, Adam Pzeworski define a la democracia como un sistema en que los partidos “pierden
disponible en http://www.undp.org.ni/files/democracia.pdf 5 Por ejemplo, Adam Pzeworski define a la democracia como un sistema en que los partidos “pierden elecciones” (En Democracy and the Market (Cambridge: Cambridge University Press 1991)). Joseph Schumpeter, por su parte, define a la democracia como un modus procedendi a partir del cual individuos específicos obtienen el poder mediante una competencia que tiene por objeto el voto popular (En Capitalism, Socialism and Democracy, (New York: Harper and Brothers 1942)).democracia supone, en primer término, la realización de actos de voluntad por parte de los ciudadanos. En segundo término, esos actos de voluntad deben ser asumidos con libertad. Y finalmente, esas decisiones, que se materializan en las elecciones, demandan la participación de la mayor cantidad posible de ciudadanos.7
7. En el sistema interamericano, el derecho a participar del gobierno por medio de elecciones goza de una amplia protección. El artículo 20 de la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre (en adelante, Declaración Americana), aprobada en el marco de la Novena Conferencia Internacional Americana en 1948, establece que “toda persona, legalmente capacitada, tiene el derecho de tomar parte en el gobierno de su país, directamente o por medio de sus representantes, y de participar en las elecciones populares, que serán de voto secreto, genuinas, periódicas y libres”.8
8. Por su parte, el artículo 23 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos (en adelante, Convención Americana), adoptada en San José de Costa Rica el 22 de noviembre de 1969 y en vigencia desde el 18 de julio de 1978, garantiza que todos los ciudadanos deben gozar del derecho de “participar
Derechos Humanos (en adelante, Convención Americana), adoptada en San José de Costa Rica el 22 de noviembre de 1969 y en vigencia desde el 18 de julio de 1978, garantiza que todos los ciudadanos deben gozar del derecho de “participar en la dirección de los asuntos públicos, directamente o por medio de representantes libremente elegidos” y de “votar y ser elegidos en elecciones periódicas auténticas, realizadas por sufragio universal e igual y por voto secreto que garantice la libre expresión de la voluntad de los electores”.9
9. En el ámbito del sistema universal de protección de los derechos humanos sucede lo mismo. De este modo, la Declaración Universal de los Derechos Humanos (en adelante, DUDH), aprobada el 10 de diciembre de 1948 por la Asamblea General de las Naciones Unidas, establece en su artículo 21 que “toda persona tiene derecho a participar en el gobierno de su país, directamente o por medio de representantes libremente escogidos”. También postula que “la voluntad del pueblo es la base de la autoridad del poder público; esta voluntad se expresará mediante elecciones auténticas que habrán de celebrarse periódicamente, por sufragio universal e igual y por voto secreto u otro procedimiento equivalente que garantice la libertad del voto” .10
6 Véase Bobbio, Norberto, El futuro de la democracia (Plaza & Janes 1985), p. 12. 7 Véase Corte Suprema de Justicia de Paraguay, Sala Constitucional, Acuerdo y sentencia número 99, del 5 de mayo de 1998. Parr. 4. 8 Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre, en Documentos Básicos en Materia de
del 5 de mayo de 1998. Parr. 4. 8 Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre, en Documentos Básicos en Materia de Derechos Humanos en el Sistema Interamericano, OEA/Ser.L/V/1.4.rev.11 9 Convención Americana sobre Derechos Humanos, en Documentos Básicos en Materia de Derechos Humanos en el Sistema Interamericano, OEA/Ser.L/V/1.4.rev. 9. 10 Declaración Universal de los Derechos Humanos, artículo 21, disponible en http://www.un.org/spanish/aboutun/hrights.htm10. De la misma manera, el artículo 25 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (en adelante, PIDCP) ,11 que se abrió a la firma, ratificación y adhesión el 16 de diciembre de 1966 y entró en vigencia el 23 de marzo de 1976, establece que todos los ciudadanos tienen el derecho y la oportunidad de “participar en la dirección de los asuntos públicos, directamente o por medio de representantes libremente elegidos” y de “ votar y ser elegidos en elecciones periódicas, auténticas, realizadas por sufragio universal e igual y por voto secreto que garantice la libre expresión de la voluntad de los electores”.
2. La importancia de la libertad de expresión en los procesos electorales
11. Como se dijo anteriormente, la libertad de expresión cobra particular relevancia durante los procesos electorales, ya que para que los ciudadanos puedan tomar decisiones de forma libre y racional es necesario que cuenten con la mayor cantidad de información posible sobre los candidatos, sus propuestas y el contexto político en general.
12. Así lo ha establecido la Corte Interamericana para quien la libertad
puedan tomar decisiones de forma libre y racional es necesario que cuenten con la mayor cantidad de información posible sobre los candidatos, sus propuestas y el contexto político en general.
12. Así lo ha establecido la Corte Interamericana para quien la libertad de pensamiento y de expresión es una herramienta esencial para la formación de la opinión pública de los electores y un auténtico instrumento de análisis de las plataformas políticas planteadas por los distintos candidatos, lo cual permite una mayor transparencia y fiscalización de las futuras autoridades y de su gestión.12
13. La Corte Interamericana nos advierte que “la formación de la voluntad colectiva mediante el ejercicio del sufragio individual se nutre de las diferentes opciones que presentan los partidos políticos a través de los candidatos que los representan. El debate democrático implica que se permita la circulación libre de ideas e información respecto de los candidatos y sus partidos políticos por parte de los medios de comunicación, de los propios candidatos y de cualquier persona que desee expresar su opinión o brindar información. Es preciso que todos puedan cuestionar e indagar sobre la capacidad e idoneidad de los candidatos, así como disentir y confrontar sus propuestas, ideas y opiniones de manera que los electores puedan formar su criterio para votar”. Es por este papel fundamental que se le otorga a la libertad de expresión en época electoral que la Corte Interamericana considera que es indispensable proteger y garantizar este derecho en el debate político que precede a las elecciones de las autoridades estatales que gobernarán un Estado.13
14. Del mismo modo, la Corte Europea de Derechos Humanos (en adelante, Corte Europea) ha establecido que los dos derechos están
estatales que gobernarán un Estado.13
14. Del mismo modo, la Corte Europea de Derechos Humanos (en adelante, Corte Europea) ha establecido que los dos derechos están
11 Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos, AG Res. 2200ª (XXI), 21 ONU GAOR /Sup. No.16), ONU Doc. A/6316 (1966), 999 U.N.T.S. 171. 12 Corte IDH, Caso Ricardo Canese vs Paraguay , Sentencia del 31 de agosto de 2004, Serie C, No. 111. párr. 88. 13 Ibid, párr. 90.interrelacionados y que la libertad de expresión es una de las “condiciones” necesarias para “asegurar la libre expresión de opinión del pueblo en la elección del cuerpo legislativo”. Por esta razón, es particularmente importante que las opiniones y la información de toda clase puedan circular libremente en el período que antecede a las elecciones.14
15. En definitiva, para la Corte Interamericana, el ejercicio de los derechos políticos y la libertad de pensamiento y de expresión se encuentran íntimamente ligados y se fortalecen entre sí. De igual manera, la Corte Europea, sostuvo que las elecciones libres y la libertad de expresión, particularmente la libertad de debate político, forman juntas el cimiento de cualquier sistema democrático.15
C. Las encuestas electorales y los sondeos de boca de urna
1. Concepto e historia
16. La Relatoría ha reiterado en varias oportunidades que los medios de comunicación fortalecen la democracia a través del ejercicio de la libertad de expresión.16 Durante los procesos electorales, los medios pueden fomentar la
1. Concepto e historia
16. La Relatoría ha reiterado en varias oportunidades que los medios de comunicación fortalecen la democracia a través del ejercicio de la libertad de expresión.16 Durante los procesos electorales, los medios pueden fomentar la participación pública – algo esencial en el desarrollo democrático – de distintas maneras: informando sobre el desempeño del gobierno, orientando a los electores sobre como ejercer sus derechos, dando cuenta del desarrollo de las campañas, ofreciendo una plataforma para que los partidos políticos difundan su mensaje entre el electorado y permitiendo que los candidatos debatan entre sí.17
17. Uno de los ritos de las campañas políticas modernas es la realización y publicación de encuestas electorales. Los sondeos son difundidos regularmente por los medios de comunicación, son utilizados por los políticos para preparar sus decisiones y afinar sus estrategias de campaña y son seguidos con interés por la opinión pública.
18. Conceptualmente, una encuesta es una técnica de investigación social que permite conocer las opiniones y actitudes de una colectividad por medio de un cuestionario que se aplica a un reducido y representativo grupo de
14 Corte EDH, Caso Mathieu-Mohin y Clerfayt c. Belgica , Sentencia de 2 de marzo de 1987, Serie A, No. 113, párr. 54. 15 Ibid., párr. 47; y Corte EDH, Caso Lingens c. Austria, Sentencia del de 8 de julio 1986, Serie A, No. 103, párrs. 41-42. 16 Véase por ejemplo CIDH, Informe Anual 2001, Vol. II “Informe de la Relatoría para la Libertad de
párrs. 41-42. 16 Véase por ejemplo CIDH, Informe Anual 2001, Vol. II “Informe de la Relatoría para la Libertad de Expresión”, Introducción, OEA/Ser. L/V/II. 114, Doc. 5 rev. 1. 17 Véase “Elecciones y Medios”, en Proyecto ACE. Disponible en http://www. aceproject.org/main/espanol/me/me.htm.sus integrantes al que se denomina “muestra”.18 Las encuestas de opinión se usan habitualmente para conocer la posición de la gente sobre algún tema en particular y también para revelar la intención de voto y efectuar proyecciones sobre el resultado de los comicios. Los sondeos de boca de urna – o “exit polls”, como se los conoce – son encuestas conducidas el mismo día de las elecciones para mostrar cómo la gente ha votado, y pueden también sugerir el resultado final de los comicios.
19. La primera encuesta sobre la que hay noticia la realizó el periódico Harrisburg Pennsylvanian en 1824, averiguando las preferencias de los ciudadanos de Wimiltown, en los Estados Unidos. El ejemplo fue seguido en 1880 por un grupo de periódicos integrado por el Boston Globe, el New York Herald Tribune, el St. Louis Republic y Los Angeles Times 19. Pero la fecha clave es 1936, cuando las encuestas de George Gallup y de Elmor Roper predijeron de manera acertada los resultados de la contienda electoral Roosevelt -Landon en los Estados Unidos .20 A partir de ese momento, y fundamentalmente a partir de la década del ‘60, las encuestas comenzaron a ser ampliamente utilizadas con fines electorales por los partidos políticos y los medios de comunicación. En América Latina, en cambio, el desarrollo de los estudios fue más tardío, ya que recién floreció durante las
encuestas comenzaron a ser ampliamente utilizadas con fines electorales por los partidos políticos y los medios de comunicación. En América Latina, en cambio, el desarrollo de los estudios fue más tardío, ya que recién floreció durante las transiciones de los gobiernos autoritarios a la democracia, a principios de los ‘80. La larga historia de inestabilidad política y de regímenes militares que caracterizó a la región no permitió el desarrollo de una actividad que requiere de amplia libertad para entrevistar a la ciudadanía y difundir los resultados.21
2. Posibilidades, riesgos y limitaciones de las encuestas
20. Las encuestas de opinión cumplen importantes funciones en las sociedades modernas. En primer lugar, informan sobre lo que piensan los hombres y mujeres de un lugar determinado y brindan herramientas para la toma de decisiones, tanto por parte de los políticos y funcionarios públicos como de los ciudadanos. Pero además, las encuestas pueden contribuir al control de la autoridad al someter a los políticos y a las medidas de gobierno al examen de la opinión pública .22 Durante las elecciones, además, los sondeos de boca de urna sirven para que los ciudadanos, al informarse por otras vías, puedan fiscalizar a las
18 Véase Durán Barba, Jaime, “Encuestas Electorales” en Diccionario Electoral, Centro de Asesoría y Promoción Electoral (CAPEL) del Instituto Interamericano de Derechos Humanos, disponible en http://www.iidh.ed.cr/capel/ 19 Ibid. 20 Véase Kavanagh, Dennis, “Las encuestas de opinión pública”, en Estudios Públicos 53 (verano 1994) y Abreu Sojo, Ivan, "El valor de las encuestas de opinión pública", en Revista Latina de Comunicación Social ,
19 Ibid. 20 Véase Kavanagh, Dennis, “Las encuestas de opinión pública”, en Estudios Públicos 53 (verano 1994) y Abreu Sojo, Ivan, "El valor de las encuestas de opinión pública", en Revista Latina de Comunicación Social , número 15, de marzo de 1999, La Laguna (Tenerife), disponible en http://www.ull.es/publicaciones/latina/a1999c/124ivan.htm 21 Véase Huneeus, Carlos, “Las encuestas de opinión pública en las nuevas democracias de América Latina”, En Contribuciones nº 62 abril-junio de 1999, Buenos Aires: CIEDLA. 22 Ibid.autoridades y exigirles explicaciones a ellas y a las empresas encuestadoras en caso de variaciones en los resultados.23
21. Durante las campañas políticas, las encuestas y los pronósticos ocupan el centro de atención. Sin embargo, ha habido numerosas fallas históricas: en 1948 todas las empresas predijeron la derrota de Harry Truman en los Estados Unidos; en 1990 la mayor parte de las encuestas predijeron el triunfo Sandinista sobre Violeta Chamorro en Nicaragua; en 1970 las encuestadoras se equivocaron al pronosticar la victoria laborista sobre los conservadores en Gran Bretaña, entre otros casos.24 ¿Esto significa que las encuestas no sirven? En realidad, la mayoría de los expertos señalan que – históricamente – los aciertos han sido mayores que los errores.25 Por otra parte, distintas razones que tienen que ver la cultura política contemporánea –fundamentalmente el deterioro de las adhesiones colectivas y la lealtad partidaria – han llevado a que cada vez haya un mayor porcentaje de votantes que se decida a último momento, lo que dificulta la predicción electoral .26
contemporánea –fundamentalmente el deterioro de las adhesiones colectivas y la lealtad partidaria – han llevado a que cada vez haya un mayor porcentaje de votantes que se decida a último momento, lo que dificulta la predicción electoral .26 No obstante, las encuestas ayudan a comprender la realidad, a establecer tendencias y a analizar lo que ocurre dentro de un proceso electoral.
22. Las encuestas son también criticadas porque se dice que pueden influir indebidamente en los electores, que deberían votar de acuerdo con lo que les dicta su conciencia. Tradicionalmente, se han mencionado dos efectos: 1) las encuestas tienden a favorecer al candidato que marcha en primer lugar,
(bandwagon effect ) porque los electores prefieren votar al que se avecina como ganador y porque alientan el voto “táctico”. Es lo que se conoce como "profecía autocumplida”; 2) la publicación tiende a perjudicar al candidato que marcha encabezando los sondeos ( underdog effect ) porque algunos electores prefieren apoyar al candidato perdedor. Otro efecto que se ha mencionado es el de la disminución de los votantes, pues allí donde una elección aparece clara según las encuestas mucha gente pierde la motivación y deja de ir a votar.27
23. Lo cierto es que no hay una opinión unánime ni hallazgos concluyentes sobre el impacto que producen los sondeos – y en general, los medios de comunicación – sobre las audiencias.28 En cambio, hay una variedad de teorías. Las visiones más mecánicas consisten en creer que los candidatos pueden persuadir a los votantes simplemente inyectándoles el mensaje adecuado. Ese
medios de comunicación – sobre las audiencias.28 En cambio, hay una variedad de teorías. Las visiones más mecánicas consisten en creer que los candidatos pueden persuadir a los votantes simplemente inyectándoles el mensaje adecuado. Ese modelo, conocido como el de “aguja hipodérmica” ha sido ampliamente criticado
23 Véase Sentencia del Tribunal Constitucional del Perú, 4 de abril de 2001. EXP. N.º 02-2001-AI/TC 24 Abreu Sojo, Op. Cit. 25 Abreu Sojo, Op. Cit. Véase también Colomé, Gabriel, “Sondeos de opinión, ¿el fracaso del oráculo?”, En Chasqui, Revista Latinoamericana de Comunicación, 71, 2000. 26 Huneeus, Op. Cit. 27 Véase Abreu Sojo, Op. Cit. Véase también Emery Claude, “ Public Opinion Polling in Canada ”, Parlamentary Information and Research Service, January 1994, disponible en http://www.parl.gc.ca/information/library/PRBpubs/bp371-e.htm y Sudman, Seymour, “ Do exit polls influence voting behaviour?”, en Public Opinion Quarterly 50, 1986. 28 Kavanagh, Op. Cit.y superado: prácticamente hoy todos los teóricos entienden que los medios masivos de comunicación no son fuerzas monolíticas que se imponen ante un receptor pasivo, inerte y aislado sino que, por el contrario, las audiencias se apropian de los mensajes y recrean y producen significados en función de un contexto y una dinámica sociocultural determinada. En contraste con el modelo hipodérmico, por ejemplo, el denominado “modelo de resonancia” postula que los mensajes de campaña operan en consonancia con las predisposiciones y sentimientos que ya tienen los votantes, siendo la más importante la identificación
hipodérmico, por ejemplo, el denominado “modelo de resonancia” postula que los mensajes de campaña operan en consonancia con las predisposiciones y sentimientos que ya tienen los votantes, siendo la más importante la identificación partidaria.29 En definitiva, la idea misma de que el elector decide su voto sin influencias es irreal .30 Y muchos y distintos factores explican cómo y porqué la gente vota, desde identificaciones partidarias hasta variables estructurales – como el estado de la economía –- o el impacto producido por las campañas políticas y las encuestas de opinión.
24. Otras voces críticas señalan el peligro de que las encuestas sean manipuladas o distorsionadas. Los sondeos de opinión pueden ser manipulados de distintas formas -al seleccionar las preguntas, la muestra, el momento de aplicarlascon independencia del margen de error natural que comporta toda encuesta.31 Para reducir este peligro, muchos países incluyen en sus legislaciones la obligación de los medios de comunicación de difundir, cuando publican encuestas, determinada información sobre la empresa que la ha conducido y sobre cómo ha sido realizada .32 En este campo, como en todo lo que tiene que ver con la publicación de información, es crucial el comportamiento ético y responsable de los medios de comunicación. Una cobertura profesional de las encuestas de opinión implica plantear un conjunto de preguntas clave acerca de ellas – quién realizó la encuesta, cuándo fue realizada, cuál fue el tamaño de la muestra, cuál es el margen de error, cómo se comparan los resultados con los de otros sondeos, etcétera – y ofrecerle al público las respuestas .33 También para los encuestadores existen normas éticas, como la que postula la Asociación Mundial
muestra, cuál es el margen de error, cómo se comparan los resultados con los de otros sondeos, etcétera – y ofrecerle al público las respuestas .33 También para los encuestadores existen normas éticas, como la que postula la Asociación Mundial de Opinión Pública (WAPOR, por sus siglas en inglés), una organización que reúne a los principales institutos y empresas de estudios de opinión. Dichas reglas establecen una serie de datos que los encuestadores deben proveer cuando
29 Véase Iyengar, Shanto and Adams, F. Simon, “New perspectives and evidence on political communication and campaign effects”, en Annual Review of Psychology, 51, 2000. 30 Durán Barba, Op. Cit. 31 Véase “Elecciones y Medios”, en Proyecto ACE, disponible en http:// www.aceproject.org/main/espanol/me/me.htm. 32 Por ejemplo, Canadá (véase http: //www. elections. ca/content.asp?section =loi&document=ec90506&dir=ref&lang=e&textonly=false) y Francia (véase http://www.senat.fr/dossierleg/pjl01-184.html). En muchos países, esta exigencia parte de una auto -regulación de los medios y no de requerimientos legales (Véase Spangenberg, Frits, “Information to be published with public opinion polls results”, en The freedom to publish opinion polls results. Report on a worldwide update , Foundation for Information, 2000, disponible en http://www.unl.edu/WAPOR/Opinion%20polls%202003%20final%20version.pdf). 33 Ver “Preguntas que Hacer sobre las Encuestas de Opinión”, en Proyecto ACE http://www.aceproject.org/main/espanol/me/med06a01.htm.informan los resultados de los sondeos que realicen, y que sirven para poner en perspectiva sus estudios.34.
http://www.aceproject.org/main/espanol/me/med06a01.htm.informan los resultados de los sondeos que realicen, y que sirven para poner en perspectiva sus estudios.34.
25. Finalmente, otras de las objeciones que se le hacen a las encuestas señala que la obsesión por los sondeos y la atención que reciben de los medios de
comunicación ha convertido a las campañas políticas en una “carrera de caballos”, donde el foco está puesto en ver quien gana y quien pierde y no en el debate de las propuestas y programas de los candidatos .35 Estas críticas, por lo general, se inscriben dentro de una tendencia más grande que mira con desconfianza la relación entre los medios de comunicación y los procesos políticos. En efecto, para un grupo de autores, los medios han distorsionado el proceso político convirtiendo a la política en “video -política”,36 esto es, un espectáculo basado en la batalla de imágenes y en la simplificación del debate. Sin embargo, la Relatoría comparte la perspectiva de muchos otros académicos que, si bien reconocen la “mediatización” de la política, consideran que este complejo fenómeno no se debe únicamente al poder de los medios de comunicación sino que debe ser analizado en función de la cultura política y la fortaleza de las instituciones y partidos políticos de cada país.37
26. En definitiva, los temores de que las encuestas alteren los procesos electorales han promovido distintas respuestas legales en todo el mundo. La mayoría de los países establece un plazo en el que se veda la publicación de las encuestas de opinión. Este plazo varía de acuerdo al país: algunos como Bulgaria, República Checa, Italia o Montenegro cuentan con restricciones de una semana o
mayoría de los países establece un plazo en el que se veda la publicación de las encuestas de opinión. Este plazo varía de acuerdo al país: algunos como Bulgaria, República Checa, Italia o Montenegro cuentan con restricciones de una semana o más; otros como Argentina, Colombia o Polonia c
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