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RELE - Marco jurídico interamericano sobre el derecho a la libertad de expresión - Actualización 2025

Relatoría Especial para la Libertad de Expresión

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Detalles

Título
RELE - Marco jurídico interamericano sobre el derecho a la libertad de expresión - Actualización 2025
Autor
Relatoría Especial para la Libertad de Expresión
Categoría
Doctrina
Área del derecho
Libertad de Prensa
Año
2025

OEA/Ser.L/V

/II CIDH/RELE/INF.29/25

Original en español

Marco jurídico interamericano sobre el derecho a la libertad de expresión: Actualización 2025

Relatoría Especial para la Libertad de Expresión

Comisión Interamericana de Derechos Humanos

Actualización: Pedro Vaca Villarreal Relator Especial para la Libertad de Expresión

Texto original: Catalina Botero Relatora Especial para la Libertad de Expresión

(2008-2014)Comisión Interamericana de Derechos Humanos Miembros José Luis Caballero Ochoa Andrea Pochak Arif Bulkan Roberta Clarke Carlos Bernal Pulido Edgar Stuardo Ralón Orellana Gloria Monique de Mees

Secretaria Ejecutiva Tania Renaum Panszi

Jefa de Gabinete Patricia Colchero Aragonés

Secretaria Ejecutiva Adjunta para el Monitoreo, Promoción y Cooperación Técnica María Claudia Pulido Escobar

Secretario Ejecutivo Adjunto para el Sistema de Peticiones y Casos Jorge Meza Flores

Relator Especial para la Libertad de Expresión Pedro Vaca Villarreal

Relator Especial sobre los Derechos Económicos, Sociales, Culturales y Ambientales Javier Palummo LantesActualización elaborada gracias al apoyo financiero de la Unión Europea.

OAS Cataloging-in-Publication Data

Inter-American Commission on Human Rights. Office of the Special Rapporteur for Freedom of Expression.

Javier Palummo LantesActualización elaborada gracias al apoyo financiero de la Unión Europea.

OAS Cataloging-in-Publication Data

Inter-American Commission on Human Rights. Office of the Special Rapporteur for Freedom of Expression.

Marco jurídico interamericano sobre el derecho a la libertad de expresión: Actualización 2025 / Relatoría Especial para la Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos.

  1. ; cm. (OAS. Documentos oficiales ; OEA/Ser.L/V/II)

ISBN 978-0-8270-7971-7

1. Freedom of information--Legal aspects--America. 2. Freedom of speech--America. 3. Freedom of information--America. 4. Civil rights--America. 5. Human rights--America. II. Title. III. Series.

OEA/Ser.L/V/II CIDH/RELE/INF.29/25Marco jurídico interamericano sobre el derecho a la libertad de expresión: Actualización 2025

TABLA DE ACRÓNIMOS Y REFERENCIAS

CIDH: Comisión Interamericana de Derechos Humanos Comisión Africana: Comisión Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos Convención Americana: Convención Americana sobre Derechos Humanos Convenio Europeo: Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y de las

Libertades Fundamentales Corte Interamericana: Corte Interamericana de Derechos Humanos Declaración de Principios: Declaración de Principios sobre Libertad de Expresión Declaración Americana: Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre

OEA: Organización de los Estados Americanos

Declaración de Principios: Declaración de Principios sobre Libertad de Expresión Declaración Americana: Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre

OEA: Organización de los Estados Americanos

OIT: Organización Internacional del Trabajo ONU: Organización de las Naciones Unidas OSCE: Organización para la Seguridad y la Cooperación en Europa PIDCP: Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos Relatoría Especial: Relatoría Especial para la Libertad de Expresión de la CIDH Tribunal Europeo: Tribunal Europeo de Derechos HumanosMarco jurídico interamericano sobre el derecho a la libertad de expresión: Actualización 2025

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ÍNDICE PRÓLOGO ............................................................................................................................ 5

I. IMPORTANCIA Y FUNCIÓN DEL DERECHO A LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN ............... 7

A. Importancia de la libertad de expresión en el marco jurídico interamericano ............. 7

B. Funciones del derecho a la libertad de expresión ......................................................... 8

C. Condiciones habilitantes de la libertad de expresión ................................................... 9

II. CARACTERÍSTICAS PRINCIPALES DEL DERECHO A LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN . 11

A. Titularidad del derecho a la libertad de expresión ...................................................... 11

B. Doble dimensión —individual y colectiva— de la libertad de expresión....................... 11

C. Deberes y responsabilidades que forman parte del contenido de la libertad de expresión .........................................................................................................................14

III. TIPOS DE DISCURSO PROTEGIDOS POR LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN ...................14

A. Tipos de discurso protegidos según su forma ..............................................................14

1. Formas de expresión específicamente protegidas por los instrumentos interamericanos ..........................................................................................................14

III. TIPOS DE DISCURSO PROTEGIDOS POR LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN ...................14

A. Tipos de discurso protegidos según su forma ..............................................................14

1. Formas de expresión específicamente protegidas por los instrumentos interamericanos ..........................................................................................................14

B. Tipos de discurso protegidos según su contenido ........................................................19

1. Presunción de cobertura ab initio para todo tipo dees, incluidos los discursos ofensivos, chocantes o perturbadores..........................................................................19

2. Discursos especialmente protegidos ....................................................................... 20

a. Asuntos de interés público .................................................................................. 20 El discurso político, incluido el discurso opositor ........................................................................ 22 Denuncias sobre corrupción .......................................................................................................... 23 Discurso sobre personas funcionarias públicas en ejercicio de sus funciones y sobre personas candidatas a ocupar cargos públicos ............................................................................................ 24 Discursos relativos a información ambiental .............................................................................. 34 Discursos relacionados a la lucha contra a las violencias y discriminación contra las mujeres por razones de género y a la igualdad de género entre mujeres y hombres ............................. 35 b. Discursos que expresan elementos esenciales de la identidad o dignidad personales ............................................................................................................... 36 Elementos que expresan la identidad de una etnia ...................................................................... 36 Elementos de la identidad religiosa ..............................................................................................38 Elementos que expresan la orientación sexual y la identidad de género ...................................38

C. Discursos no protegidos por la libertad de expresión ................................................. 39

IV. LIMITACIONES A LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN ........................................................41

A. Admisibilidad de limitaciones bajo la Convención Americana ....................................41

B. Condiciones que deben cumplir las limitaciones para ser legítimas según la Convención Americana ................................................................................................... 43

1. Regla general: Compatibilidad de las limitaciones con el principio democrático .... 43

B. Condiciones que deben cumplir las limitaciones para ser legítimas según la Convención Americana ................................................................................................... 43

1. Regla general: Compatibilidad de las limitaciones con el principio democrático .... 43

2. Condiciones específicas derivadas del artículo 13.2: El test tripartito ..................... 43

a. Las limitaciones deben establecerse mediante leyes redactadas de manera clara y precisa ..................................................................................................................... 43 b. Las limitaciones deben estar orientadas al logro de los objetivos imperiosos autorizados por la Convención Americana.............................................................. 45 La “protección de los derechos de los demás” como objetivo que justifica limitar la libertad de expresión .......................................................................................................................................... 45Marco jurídico interamericano sobre el derecho a la libertad de expresión: Actualización 2025

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La noción de seguridad nacional para efectos de la imposición de limitaciones a la libertad de expresión .......................................................................................................................................... 46 Contenido de la noción de “orden público” para efectos de la imposición de limitaciones a la libertad de expresión ...................................................................................................................... 47 La protección de la salud pública ................................................................................................. 48 c. Las limitaciones deben ser necesarias en una sociedad democrática para el logro de los fines imperiosos que persiguen, estrictamente proporcionadas a la finalidad que buscan, e idóneas para lograr el objetivo imperioso que pretenden ................. 48

3. Tipos de limitaciones incompatibles con el artículo 13 de la Convención Americana .................................................................................................................................... 50

a. Las limitaciones no deben equivaler a censura previa, por lo cual, únicamente pueden ser establecidas mediante responsabilidades ulteriores y proporcionales . 50 b. Las limitaciones no pueden ser discriminatorias ni producir efectos discriminatorios....................................................................................................... 51

a. Las limitaciones no deben equivaler a censura previa, por lo cual, únicamente pueden ser establecidas mediante responsabilidades ulteriores y proporcionales . 50 b. Las limitaciones no pueden ser discriminatorias ni producir efectos discriminatorios....................................................................................................... 51 c. Las limitaciones no se pueden imponer a través de medios indirectos como los que proscribe el artículo 13.3 de la Convención Americana .................................... 53

4. Carácter excepcional de las limitaciones ................................................................. 55

C. Estándares de control más estrictos para ciertas limitaciones en atención al tipo de discurso sobre el que recaen........................................................................................... 55

D. Medios de limitación de la libertad de expresión para proteger los derechos establecidos en el artículo 11 de la CADH ........................................................................ 56

1. Reglas generales ...................................................................................................... 56

2. Incompatibilidad fundamental entre las “leyes de desacato” y la Convención Americana....................................................................................................................61

3. Incompatibilidad de la sanción penal en el Sistema Interamericano ...................... 64

4. Los casos SLAPP ..................................................................................................... 66

5. Casos en los que la Corte Interamericana ha examinado el conflicto entre el derecho a la libertad de expresión y derechos personalísimos de quienes ejercen funciones públicas, como el derecho a la honra y reputación, .................................................... 67

E. El delito de sedición y la libertad de expresión ........................................................... 78

V. LA PROHIBICIÓN DE LA CENSURA Y DE LAS RESTRICCIONES INDIRECTAS A LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN ............................................................................................... 79

A. La prohibición de la censura previa directa ............................................................... 79

1. La cuestión del bloqueo y el filtrado de contenidos en internet ............................... 82

2. La cuestión de la censura previa de espectáculos públicos ...................................... 84

A. La prohibición de la censura previa directa ............................................................... 79

1. La cuestión del bloqueo y el filtrado de contenidos en internet ............................... 82

2. La cuestión de la censura previa de espectáculos públicos ...................................... 84

B. La prohibición de restricciones indirectas a la libertad de expresión por las autoridades .................................................................................................................... 84

1. La interceptación de comunicaciones y la colocación de micrófonos para la escucha de conversaciones como una violación al derecho a la libertad de expresión ............. 88

C. La prohibición de restricciones indirectas a la libertad de expresión por causas distintas al abuso de restricciones estatales ................................................................... 89

VI. PERIODISTAS Y MEDIOS DE COMUNICACIÓN SOCIAL ..............................................91

A. Importancia del periodismo y de los medios para la democracia. Caracterización del periodismo bajo la Convención Americana .....................................................................91

B. Responsabilidad inherente al ejercicio del periodismo .............................................. 93

C. Derechos de las personas periodistas y deberes estatales de protección de su integridad e independencia y de los medios de comunicación ........................................ 95

1. El derecho de informar libremente sobre lo que ocurre en la comunidad y de definir la línea informativa ..................................................................................................... 95

2. El derecho a la reserva de fuentes ........................................................................... 96

3. El deber del Estado de prevenir la violación de derechos humanos de periodistas . 96Marco jurídico interamericano sobre el derecho a la libertad de expresión: Actualización 2025

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4. El derecho de recibir protección del Estado, considerando el impacto diferenciado en grupos en situación de vulnerabilidad .................................................................. 101

5. El deber del Estado de combatir la impunidad ...................................................... 103

D. Periodistas que cubren situaciones de conflicto armado o de emergencia ............... 106

en grupos en situación de vulnerabilidad .................................................................. 101

5. El deber del Estado de combatir la impunidad ...................................................... 103

D. Periodistas que cubren situaciones de conflicto armado o de emergencia ............... 106

E. Violencia y discriminación contra mujeres periodistas por razones de género ......... 107

F. Condiciones inherentes al funcionamiento de los medios de comunicación ............ 108

G. La protección de la radiodifusión comunitaria ........................................................ 109

VII. EL EJERCICIO DE LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN POR PARTE DE PERSONAS QUE EJERCEN LA FUNCIÓN PÚBLICA ..................................................................................... 112

A. Deberes generales a los que está sujeto el ejercicio de la libertad de expresión por parte de personas que ejercen la función pública .......................................................... 112

B. El deber de confidencialidad al que pueden estar sujetos ciertos tipos de información manejada por el Estado ................................................................................................. 117

C. El derecho y deber las personas funcionarias públicas de efectuar denuncias de violaciones a los derechos humanos .............................................................................. 117

D. La situación particular de los miembros de las Fuerzas Armadas ............................. 118

E. La situación particular de las personas operadoras de justicia ................................. 119

VIII. LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN EN EL ÁMBITO DE LOS PROCESOS ELECTORALES Y EN CONTEXTOS DE GOLPE DE ESTADO .......................................................................... 121

IX. LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN Y EL EJERCICIO DEL DERECHO DE REUNIÓN, DE LA LIBERTAD DE ASOCIACIÓN Y DE LOS DERECHOS POLÍTICOS – EL DERECHO A LA PROTESTA ........................................................................................................................ 123

A. Protesta social ........................................................................................................... 124

X. LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN EN EL ÁMBITO DE LA DEFENSA DE DERECHOS LABORALES ...................................................................................................................... 126

PROTESTA ........................................................................................................................ 123

A. Protesta social ........................................................................................................... 124

X. LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN EN EL ÁMBITO DE LA DEFENSA DE DERECHOS LABORALES ...................................................................................................................... 126

XI. PLURALISMO, DIVERSIDAD Y LIBERTAD DE EXPRESIÓN ......................................128

XII. LIBERTAD DE EXPRESIÓN E INTERNET .................................................................. 131

A. La importancia de la libertad de expresión en internet ............................................. 131

B. Desafíos de la libertad de expresión en internet ........................................................ 133

C. Gobernanza e interjurisdiccionalidad ....................................................................... 136

D. Vigilancia masiva y privacidad ..................................................................................138Marco jurídico interamericano sobre el derecho a la libertad de expresión: Actualización 2025

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PRÓLOGO En el marco de los 25 años de su creación, la Relatoría Especial para la Libertad de Expresión de la CIDH presenta la edición actualizada del Marco Jurídico Interamericano sobre el Derecho a la Libertad de Expresión. Su primera edición en 2009, elaborada por la Relatora Especial Catalina Botero y su equipo de trabajo, desarrolló un análisis sistematizado de los estándares interamericanos en materia de libertad de expresión. Esta edición constituye una actualización del texto origi nal, con el fin de incorporar los avances desarrollados por el sistema interamericano. Se ha procurado respetar el enfoque y la estructura del documento original, sin prejuicio de realizar modificaciones para adecuarles a los avances identificados. Así como el documento original, esta actualización facilita que los principios regionales sobre el derecho a la libertad de expresión estén al alcance de personas legisladoras, juezas, abogadas y operadoras jurídicas

Así como el documento original, esta actualización facilita que los principios regionales sobre el derecho a la libertad de expresión estén al alcance de personas legisladoras, juezas, abogadas y operadoras jurídicas en general comprometidas con los valores de la democracia y de los derechos humanos . Este «Marco jurídico» es una herramienta relevante para fortalecer al Estado de Derecho frente al derecho a la libertad de expresión en las Américas. El documento inicia con la presentación de los principios, alcances y límites del derecho a la libertad de pensamiento y expresión según la interpretación impulsada por los órganos autorizados del sistema interamericano. Esta visión enfatiza la importancia fundamental de este derecho para el desarrollo de los sistemas democráticos y su doble dimensión : la individual —que garantiza la libre expresión de ideas, informaciones y opiniones a todas las persona s—; y la colectiva —que garantiza el derecho de la sociedad en su conjunto a recibir información e ideas de toda índole. En este punto, el presente Marco Jurídico agrega un apartado dedicado a las condiciones habilitantes para el ejercicio del derecho a la libertad de expresión. Asimismo, el informe profundiza en el reconocimiento constante, por parte de la jurisprudencia interamericana, de las múltiples facetas y formas de ejercer el derecho a la libertad de expresión, como el derecho a la identidad —incluyendo la identidad de géner o—, la manifestación de la identidad religiosa, la libertad académica, la libertad de expresión artística, el ejercicio del derecho de huelga y otras libertades sindicales, el ejercicio del derecho a presentar recursos judiciales y el derecho a la protesta. También se analizan los discursos especialmente protegidos y aquellos que se encuentran fuera del ámbito

sindicales, el ejercicio del derecho a presentar recursos judiciales y el derecho a la protesta. También se analizan los discursos especialmente protegidos y aquellos que se encuentran fuera del ámbito de protección de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. En efecto, las expresiones relacionadas con asuntos de interés público , o con personas que ocupan o buscan ocupar cargos oficiales , tienen un lugar relevante en el universo de protección del sistema por su estrecha relación con las instituciones democráticas. Este principio se manifiesta en reiterados estándares que la Corte y la Comisión Interamericanas han venido desarrollando un ejemplo es la mayor tolerancia a las críticas que deben soportar las personas que ejercen funciones públicas en tanto están sometidas a un escrutinio mayor por parte de la sociedad. A partir de la actualización jurisprudencial, la Relatoría identificó que en los últimos 15 años el sistema interamericano amplió el catálogo de discursos especialmente protegidos: la información sobre el medio ambiente , las expresiones que denuncian de violencias de género contra las mujeres, y la expresión que denuncia hechos de corrupción ahora también se enmarcan dentro los discursos con protección acentuada por su interés público. Asimismo, el sistema continuó desarrollando estándares sobre las formas discursivas un elemento integral de la identidad y dignidad personale s, por lo que también ameritan un nivel especial de protección. Al igual que con el delito de desacato en el informe publicado en 2009, esta edición del Marco Jurídico Interamericano también evalúa cómo el delito de sedición plantea desafíos importantes para el ejercicio del derecho a la libertad de expresión . E ste ap orte es además oportuno considerando la regresión de la

Interamericano también evalúa cómo el delito de sedición plantea desafíos importantes para el ejercicio del derecho a la libertad de expresión . E ste ap orte es además oportuno considerando la regresión de la democracia, el auge autoritario en la región y el retorno de los castigos de cárcel y criminalización de personas por sus expresiones, pensamientos e ideas. Por otro lado, el documento destaca que el sistema interamericano excluye de su ámbito de protección a ciertos tipos de discurso , de conformidad con el artículo 13.5 de la Convención Americana y con otros instrumentos de derechos humanos. Efectivamente, la propaganda de la guerra y la apología del odio que constituyan incitación a la violencia, con la voluntad y la potencialidad de causar violencia, así como la incitación directa y pública al genocidio y la explotación sexual infantil son expresiones no pro tegidas porMarco jurídico interamericano sobre el derecho a la libertad de expresión: Actualización 2025

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la Convención. En la presente edición, la Relatoría agrega reflexiones sobre la aplicación del Plan de acción de Rabat de las Naciones Unidas y los discursos discriminatorios. Las condiciones bajo las cuales las limitaciones al derecho a la libertad de expresión son admisibles persisten como uno de los temas de mayor importancia en el hemisferio . En efecto, la jurisprudencia interamericana ha desarrollado una prueba tripartita que se debe usar para determinar si las restricciones a la libertad de expresión son aceptables bajo los parámetros de la Convención Americana. Dicho estándar exige que las restricciones estén previstas de manera clara y precisa en una ley, que estén dirigi das al logro de los objetivos imperiosos reconocidos por la Convención y que sean necesarias en una sociedad

exige que las restricciones estén previstas de manera clara y precisa en una ley, que estén dirigi das al logro de los objetivos imperiosos reconocidos por la Convención y que sean necesarias en una sociedad democrática; y que las limitaciones acrediten proporcionalidad . Cuando se trata de la restricción de discursos especialmente protegidos, la jurisprudencia interamericana ha interpretado de modo más estricto estas limitaciones y ha señalado su carácter excepcional, tal y como se muestra en los casos que aquí se analizan. Por último, esta edición actualizada repasa la jurisprudencia interamericana relativa a diversas cuestiones que resultan relevantes para las sociedades democráticas actuales: la censura directa e indirecta; las garantías especiales de protección para periodistas y medios de comunicación social; los principios de pluralidad y diversidad que deben regir los sistemas de comunicación soci al; y la libertad de expresión en el ámbito electoral, entre otros. En este aspecto, el informe se actualiza con base en el entendimiento del SIDH consistente en la no procedencia convencional del uso del derecho penal para proteger el honor de quienes ejercen funciones públicas en distintos casos, así como también del enfoque recientemente dado por la Corte IDH a las demandas estratégicas contra la participación pública y por qué son consideradas un uso abusivo del derecho, bien sea por vía penal o civil cuando resulte desproporcionada. Esta actualización continúa identificando los deberes que deben atender quienes ejercen funciones públicas en el momento de pronunciarse públicamente y profundiza los estándares en el capítulo atinente a las personas militares ; también agreg a un nuevo apartado dedicado al ejercicio del derecho a la libertad de expresión por parte de las personas operadoras de justicia.

en el momento de pronunciarse públicamente y profundiza los estándares en el capítulo atinente a las personas militares ; también agreg a un nuevo apartado dedicado al ejercicio del derecho a la libertad de expresión por parte de las personas operadoras de justicia. La presente edición del Marco Jurídico Interamericano sobre el Derecho a la Libertad de Expresión cuenta con particulares referencias al desarrollo de los derechos de las personas periodistas de ser protegidas en situación de riesgo y el deber de prevención de los Estados. Ello incluye una mirada específica al rol de las mujeres periodistas. Asimismo, el nuevo Marco Jurídico añade un apartado específico dedicado al derecho a la protesta, así como al ejercicio del derecho a la libertad de expresión en internet.Marco jurídico interamericano sobre el derecho a la libertad de expresión: Actualización 2025

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I. IMPORTANCIA Y FUNCIÓN DEL DERECHO A LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN

A. Importancia de la libertad de expresión en el marco jurídico interamericano

1. El marco jurídico del sistema interamericano de protección de los derechos humanos es probablemente el sistema internacional que da mayor alcance y rodea de mejores garantías a la libertad de pensamiento y expresión. En efecto, la Convención Americana —en su artículo 131—, la Declaración Americana— en su artículo IV 2—, y la Carta Democrática Interamericana —en su artículo 4 3—, ofrecen un conjunto de garantías reforzadas que no parece tener parangón ni en el sistema universal ni en algún otro sistema regional de protección.

2. Desde una perspectiva comparada, si se contrastan los textos del artículo 13 de la Convención Americana, del artículo IV de la Declaración Americana y del artículo 4 de la Carta Democrática Interamegional de protección.

2. Desde una perspectiva comparada, si se contrastan los textos del artículo 13 de la Convención Americana, del artículo IV de la Declaración Americana y del artículo 4 de la Carta Democrática Interamericana, con las disposiciones relevantes de otros tratados sobre derechos humanos—específicamente con el artículo 19 del PIDCP o con el artículo 10 del Convenio Europeo—, es claro que el marco interamericano fue diseñado para ser el más generoso, y para reducir al mínimo las restricciones a la libre circulación de información, opiniones e ideas 4. Este hecho ha sido interpretado por la CIDH y la Corte Interamericana como una clara indicación de la importancia adscrita a la libre expresión dentro de las sociedades del continente.

En particular, en referencia al artículo 13 de la Convención Americana, la CIDH ha señalado que, “constituye una indicación de la importancia asignada por quienes redactaron la Convención [Americana] a la necesidad de expresar y recibir cualquier tipo de información, pensamientos, opiniones e ideas” 5. La importancia que otorga el artículo 13 a la libertad de expresión implica también que no son aplicables en el

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