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RELE,OSCE - Declaración Conjunta sobre Libertad de Expresión y Justicia, Comercialización y Libertad de Expresión y Difamación Penal

Relatoría Especial para la Libertad de Expresión,OSCE

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Detalles

Título
RELE,OSCE - Declaración Conjunta sobre Libertad de Expresión y Justicia, Comercialización y Libertad de Expresión y Difamación Penal
Autor
Relatoría Especial para la Libertad de Expresión,OSCE
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Libertad de Prensa
Año

Frase del día Toda persona tiene el derechoa acceder a la informaciónsobre sí misma o sus bienes enforma expedita y no onerosa,ya esté contenida en bases dedatos, registros públicos oprivados y, en el caso de quefuere necesario, actualizarla,rectificarla y/o enmendarla.Principio # 3 CIDH - Declaración dePrincipios sobre Libertad deExpresión Enlaces de Interés Artículo 13 - ConvenciónAmericana sobreDerechos Humanos Declaración de Principiossobre Libertad deExpresión OEA » CIDH » Relatoría Especial para la Libertad de Expresión » 2002 2002 Mecanismos internacionales para la promoción de la libertad de expresión DECLARACIÓN CONJUNTA de el Relator Especial de la ONU sobre la Libertad de Opinión y Expresión, elRepresentante de la OSCE sobre la Libertad de Prensa y el Relator Especialde la OEA sobre Libertad de Expresión Habiéndose reunido con representantes de las ONGS, UNESCO, asociaciones deperiodistas y expertos en derechos humanos en Londres, los días 9 y 10 dediciembre de 2002, con el auspicio de ARTICULO 19, Campaña Mundial para laLibertad de Expresión; Reiterando, con ocasión del Día de los Derechos Humanos, la necesidad de unambiente de respeto por los derechos humanos para la realización práctica delderecho a la libertad de expresión; Recordando y reafirmando las Declaraciones Conjuntas del 26 de noviembre de1999, 30 de noviembre de 2000 y 20 de noviembre de 2001;

Condenando los ataques contra periodistas, incluidos los asesinatos y las amenazas,así como el clima de impunidad que existe en muchos países, como se señal ó en laDeclaración Conjunta del 30 de noviembre de 2000; Reconociendo la importancia que los dos pilares de la libertad de prensa y laexistencia de una justicia independiente y efectiva tienen en el fortalecimientodemocrático; Celebrando el establecimiento de la Corte Penal Internacional; Subrayando que los problemas vinculados a una justicia débil no pueden abordarse mediante restricciones a la libertadde expresión; Conociendo la amenaza que plantea la creciente concentración de la propiedad de los medios de prensa y los medios decomunicación, en particular para la diversidad y la independencia editorial; Conscientes de la importante función fiscalizadora que desempeñan los medios de prensa al revelar la corrupción políticay económica y otras desviaciones; Recordando la preocupación expresada en la Declaración Conjunta del 20 de noviembre de 2001 por la interferencia en ellibre flujo de la información y las ideas por parte de figuras de gobierno y funcionarios del Estado que son propietarios demedios de prensa; Atentos al constante abuso de la legislación penal sobre difamación, inclusive por parte de políticos y otras personaspúblicas; Celebrando la Declaración de Principios sobre la Libertad de Expresión en Africa y el compromiso de la Comisión Africanade Derechos Humanos y de los Pueblos de adoptar un mecanismo regional de promoción del derecho a la libertad deexpresión; Observando la necesidad de contar con mecanismos especializados para promover la libertad de expresión en todas lasregiones del mundo; Adoptan la siguiente Declaración:

Observando la necesidad de contar con mecanismos especializados para promover la libertad de expresión en todas lasregiones del mundo; Adoptan la siguiente Declaración: Libertad de expresión y administración de justiciaNo se pueden justificar las restricciones especiales a los comentarios sobre tribunales y jueces; la justicia cumpleuna función pública clave y, como tal, debe estar sometida al escrutinio público. No se pueden justificar las restricciones a la información sobre procesos legales en curso, a menos que exista unriesgo sustancial de grave perjuicio para la imparcialidad de tales procesos y que la amenaza al derecho a unjuicio imparcial o a la presunción de inocencia supere el perjuicio para la libertad de expresión. Toda sanción por informar sobre procesos legales debe aplicarse únicamente tras un juicio justo y público ante untribunal competente, independiente e imparcial; es inaceptable la práctica de la justicia sumaria que se aplica encasos de crítica de los procesos judiciales. Los tribunales y los procesos judiciales, al igual que las demás funciones del Estado, están sometidos al principiode la máxima transparencia en la información, que sólo puede ser superado cuando es necesario para proteger elderecho a un juicio justo o a la presunción de inocencia. El derecho de los jueces a la libertad de expresión y a formular comentarios sobre asuntos de interés público sólodebe estar sometido a restricciones claramente delimitadas conforme sea necesario para proteger suindependencia e imparcialidad. Comercialización y libertad de expresión

Los gobiernos y los órganos públicos nunca deben abusar de su custodia de las finanzas públicas para tratar deinfluir en el contenido de la información de los medios de prensa; el anuncio de publicidad debe basarse enrazones de mercado. Los propietarios de los medios de prensa tienen la responsabilidad de respetar la libertad de expresión y, enparticular, la independencia editorial. El derecho a la libertad de expresión y a la diversidad de información e ideas debe ser respetado en los acuerdosfinancieros internacionales, incluida la próxima ronda de negociaciones de la Organización Mundial del Comercio,y por las instituciones financieras internacionales. Difamación penal La difamación penal no es una restricción justificable de la libertad de expresión; debe derogarse la legislaciónpenal sobre difamación y sustituirse, conforme sea necesario, por leyes civiles de difamación apropiadas. Ambeyi Ligabo Relator Especial de la ONU sobre la Libertad de Opinión y Expresión Freimut Duve Representante de la OSCE sobre la Libertad de Prensa Eduardo BertoniRelator Especial de la OEA sobre Libertad de Expresión © Copyright 2025 OEA Pasantías Becas Empleos Términos y Condiciones Contáctenos Enlaces Relacionados 1889 F St. N.W. Washington, DC, U.S.A. 20006 / E-mail: cidhoea@oas.org / Teléfono: (202) 370-9000 / Fax: (202) 458-3650

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