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Resolución 13291 de 2024

Ministerio de Relaciones Exteriores

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Detalles

Título
Resolución 13291 de 2024
Autor
Ministerio de Relaciones Exteriores
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Migratorio
Año
2024

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES RESOLUCIÓN ques “Por la cual se designan a las infancias, adolescentes y juventudes como Embajadores ad honorem con el fin de promover el manifiesto de la Coalición Mundial por la Paz con la Naturaleza y se crea la Red de Juventudes por la vida” mE 20 DIC 2024 EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES En ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en particular las conferidas por el artículo 208 de la Constitución Política, el artículo 2 de la Ley 1622 de 2013, el numeral 2 del artículo 4 del Decreto 869 de 2016 y, CONSIDERANDO Que en los artículos 44 y 45 de la Constitución Política se respalda el rol activo de los niños, niñas, adolescentes y jóvenes, que en estos se señala que el adolescente tiene derecho a la protección y a la formación integral y que el Estado y la sociedad deben garantizar la participación de los jóvenes en los organismos públicos y privados que tengan a cargo la protección, educación y el progreso de la juventud. Que el artículo 67 de la Constitución Política consagra la educación como un derecho y un servicio público que tiene una función social que busca el acceso al conocimiento, a la ciencia, a la técnica, y a los demás bienes y valores de la cultura. Que adicionalmente, la norma dispone que la educación formará al colombiano en el respeto a los derechos humanos, a la paz y a la democracia, así como en la práctica del trabajo y la recreación, para el mejoramiento cultural, científico, tecnológico y para la protección del ambiente. Finalmente, esta disposición establece que el Estado, la sociedad y la familia son responsables de la educación.

trabajo y la recreación, para el mejoramiento cultural, científico, tecnológico y para la protección del ambiente. Finalmente, esta disposición establece que el Estado, la sociedad y la familia son responsables de la educación. Que la Ley 115 de 1994 “Por la cual se expide la Ley general de educación” establece la educación ambiental como un componente esencial en la formación integral desde la infancia, promoviendo el desarrollo de conocimientos, actitudes y valores orientados hacia la sostenibilidad y la protección del medio ambiente, elementos fundamentales para enfrentar los desafíos globales relacionados con el cambio climático y la biodiversidad. Que la Ley 1622 de 2013, modificada por la Ley 1885 de 2018, fijó el marco institucional! para garantizar a todos los jóvenes el ejercicio pleno de la ciudadanía juvenil en los ámbitos, civil o personal, social y público, el goce efectivo de los derechos reconocidos en el ordenamiento jurídico interno y lo ratificado en los Tratados Internacionales, y la adopción de las políticas públicas necesarias para su realización, protección yZ Í 2 D DIC 2024 j DE Hoja número 2 RESOLUCIÓN NUME , y Did Continuación de la resolución «Por la cual se designan a las infancias, adolescentes y juventudes como Embajadores ad honorem con el fin de promover el manifiesto de la Coalición Mundial por la Paz con la Naturaleza y se crea la Red de Juventudes por la vida» sostenibilidad y para el fortalecimiento de sus capacidades y condiciones de igualdad de acceso, facilitando su participación e incidencia en la vida social, económica, cultural y democrática del país. Que el Plan Nacional de Desarrollo 20222026 “Colombia Potencia mundial de la vida”,

acceso, facilitando su participación e incidencia en la vida social, económica, cultural y democrática del país. Que el Plan Nacional de Desarrollo 20222026 “Colombia Potencia mundial de la vida”, fue aprobado por la Ley 2294 de 2022, tiene como objetivo sentar las bases para que el país se convierta en un líder de la protección de la vida a partir de la construcción de un nuevo contrato social que propicie la superación de injusticias y exclusiones históricas, la no repetición del conflicto, el cambio de nuestro relacionamiento con el ambiente y una transformación productiva sustentada en el conocimiento y en armonía con la naturaleza. Que de manera complementaria el Plan Nacional de Desarrollo contempla ocho (8) capítulos orientados a la garantía de derechos de la población colombiana reconociendo sus diversidades, en el que en el Capítulo poblacional “Jóvenes con derechos que lideran las transformaciones para la vida”, concibe a los jóvenes como una fuerza transtormadora y motor de cambio y crecimiento nacional. Su participación en el Plan de Gobierno se concibe como determinante para convertir a Colombia en una potencia mundial de la vida, razón por la cual la apuesta de política se orienta a consolidar una serie de apuestas programáticas que permitan visibilizar una agenda propia de política en favor de la juventud colombiana, articulada con los ejes transformacionales del PDN, reconociendo a las juventudes artífices de la Paz Total, concibiéndolas como protagonistas en su construcción, por lo que sus aportes serán fundamentales para promover procesos de construcción de memoria y ciudadanía. Que la Convención sobre los Derechos del Niño, firmada el 20 de noviembre de 1989 y que entró en vigor desde el 2 de septiembre de 1990, enfatiza que los niños tienen los

construcción de memoria y ciudadanía. Que la Convención sobre los Derechos del Niño, firmada el 20 de noviembre de 1989 y que entró en vigor desde el 2 de septiembre de 1990, enfatiza que los niños tienen los mismos derechos que los adultos y se subrayan aquellos derechos que se desprenden de su especial condición de seres humanos. Asimismo, en su artículo 12, establece el principio de participación infantil y juvenil, conforme con el cual los Estados Parte tienen el deber de garantizar a los niños el derecho a expresar libremente su opinión en todos los asuntos que los afecten, ya sea de manera directa o por medio de un representante o de un órgano apropiado para tal fin. Que durante la vigesimoquinta Conferencia de las Partes (COP25) celebrada en Madrid, un grupo de dirigentes mundiales hizo historia al unirse a jóvenes activistas para firmar la Declaración Intergubernamental sobre los Niños, Niñas, Jóvenes y la Acción Climática, nunca se había asumido un compromiso de ese tipo para impulsar políticas y acciones climáticas inclusivas y centradas en la infancia y la juventud a escala nacional y mundial. Que el Acuerdo de Escazú garantiza el derecho de acceso a la información, para que las personas jóvenes, incluyendo la niñez y adolescencia, puedan tener conocimiento sobre los impactos que pueden vivir y las posibles afectaciones que generan algunas acciones a raíz del Cambio Climático, el cual fue adoptado por Colombia mediante la Ley 2273 de 2022 y declarado exequible por la Corte Constitucional. Que las Conferencia de las Naciones Unidas sobre Biodiversidad -COP son espacios internacionales vitales para establecer agendas, compromisos y marcos de acción en

2022 y declarado exequible por la Corte Constitucional. Que las Conferencia de las Naciones Unidas sobre Biodiversidad -COP son espacios internacionales vitales para establecer agendas, compromisos y marcos de acción en relación con la conservación de la biodiversidad y los servicios ecosistémicos, y atender3: RESOLUCIÓN na yA ) hal pE ¿0 DIC 2024 Hoja número 3 0 é ce dera $ Continuación de la resolución «Por fa cual se designan a las infancias, adolescentes y juventudes como Embajadores ad honorem con el fin de promover el manifiesto de la Coalición Mundial por la Paz con la Naturaleza y se crea la Red de Juventudes por la vida» desafíos como la crisis climática, la pérdida de hábitats naturales, la sobreexplotación de recursos naturales, entre otros. Es así como la Conferencia de las Naciones Unidas sobre Biodiversidad (COP16) es una conferencia internacional que se llevó a cabo el 21 de octubre en la ciudad de Cali, Colombia, bajo el slogan “Paz con la Naturaleza” donde se negociaron las 23 metas y objetivos entorno a la masiva perdida de especies animales y vegetales que cada país participante de esta convención debe cumplir con plazo hasta el 2030. Que en el marco de la COP16, nació la Coalición Mundial por la Paz con la Naturaleza: Un Llamado a la Vida, cuyo propósito es vivir bien en equilibrio y armonía con la Madre Tierra, razón por la cual se hace un llamado a la acción para mejorar los esfuerzos y compromisos nacionales e internacionales para lograr una relación equilibrada y armoniosa con la naturaleza para garantizar una mayor sostenibilidad, protegiendo la

Tierra, razón por la cual se hace un llamado a la acción para mejorar los esfuerzos y compromisos nacionales e internacionales para lograr una relación equilibrada y armoniosa con la naturaleza para garantizar una mayor sostenibilidad, protegiendo la naturaleza y la conservación, restauración y uso sostenible de nuestra biodiversidad global. Que así mismo, la Coalición Mundial, enfatiza que frenar y revertir la perdida de la biodiversidad, restaurar la salud e integridad de los ecosistemas, así como su conservación, restauración y uso sostenible, requieren de la acción colectiva y constante de los Estados, las organizaciones internacionales, la sociedad civil, el sector privado y todas las partes interesadas y reconoce que todas las mujeres, niñas y jóvenes en diversas situaciones y condiciones juegan un papel fundamental como agentes de cambio a favor del desarrollo sostenible y de las prioridades de paz y naturaleza, por lo que hacen un llamado a cambiar la relación entre los seres humanos y la naturaleza. Que para la incorporación de más Estados en la Coalición Mundial de la Paz con la Naturaleza: Un Llamado a la Vida al tratarse de un asunto estratégico para el país, requiere ser transversalizado en el marco de la Política Exterior a través del empoderamiento de las infancias, adolescentes y juventudes para lo cual se designarán como embajadores ad honorem, reconociendo que sin su esfuerzo tal objetivo no se podrá alcanzar de manera global. Que de lo anterior también nace la necesidad de crear la Red de Jóvenes de la Cancillería en aras de articular, formular e implementar una política exterior que incluya y priorice las voces de los niños, niñas, adolescentes y jóvenes (NNAJ) en Colombia, en el marco de la

en aras de articular, formular e implementar una política exterior que incluya y priorice las voces de los niños, niñas, adolescentes y jóvenes (NNAJ) en Colombia, en el marco de la estrategia de Diplomacia Subnacional y Diplomacia Pública, que se involucre en la interlocución con colectivos de jóvenes en los territorios, logrando así amplificar y garantizar su voz en escenarios multilaterales. En mérito de lo expuesto, RESUELVE Artículo 1. Objeto. Designar a los infantes, jóvenes y adolescentes como Embajadores ad honorem con el fin de promover el manifiesto de la Coalición Mundial por la Paz con la Naturaleza y crear la Red de Jóvenes de la Cancillería.20 DIC 2004 Hoja número 4 . ñ Lajó RESOLUCIÓN NUMER A tt e i Continuación de la resolución «Por la cual se designan a las infancias, adolescentes y juventudes como Embajadores ad honorem con el fín de promover el manifiesto de la Coalición Mundial por la Paz con la Naturaleza y se crea la Red de Juventudes por la vida» Artículo 2. Embajadores. Como Embajadores ad honorem los infantes, adolescentes y juventudes desplegarán sus actividades Itinerantes con el apoyo de las misiones y circunscripciones consulares del Ministerio de Relaciones Exteriores. Artículo 3. Apoyo. Los Embajadores y Cónsules del Ministerio de Relaciones Exteriores deberán prestar, en el marco de sus funciones establecidas en el Decreto 869 de 2016, de todos los mecanismos necesarios para apoyar a los infantes, jóvenes y adolescentes en el objetivo de la Coalición Mundial por la Naturaleza.

deberán prestar, en el marco de sus funciones establecidas en el Decreto 869 de 2016, de todos los mecanismos necesarios para apoyar a los infantes, jóvenes y adolescentes en el objetivo de la Coalición Mundial por la Naturaleza. Artículo 4. Crear. La Red de Juventudes por la vida, como un espacio organizativo juvenil del Ministerio de Relaciones Exteriores enmarcado dentro de la Estrategia de Diplomacia Subnacional y Diplomacia Pública orientado a la interlocución con colectivos de jóvenes en los territorios en torno a la paz, la protección de la vida, la biodiversidad, el medio ambiente y efectos del cambio climático con el fin asegurar su voz en los escenarios multilaterales y en la formulación e implementación de la política exterior de Colombia. Artículo 5. Integrantes. El Ministerio de Relaciones Exteriores a través de la Dirección de Asuntos Económicos, Sociales y Ambientales convocará públicamente a los colectivos de jóvenes para que desde sus territorios se vinculen a la Red de Juventudes por la vida. Artículo 6. Apoyo. La conformación y organización de la Red de Juventudes por la vida estará apoyada desde la Dirección de Asuntos Económicos, Sociales y Ambientales del Ministerio de Relaciones Exteriores. Artículo 7. Vigencia. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá D.C., a ¿0 DTC 2024 LUIS GILB de O MURILLO URRUTIA Ministro dé, ; elaciones Exteriores Revisó: Paola Andrea Vásquez Restrepo — Secretaria General Revisó: Camilo Rincón - Jefe de Oficina Asesora Jurídica Interna EN

LUIS GILB de O MURILLO URRUTIA Ministro dé, ; elaciones Exteriores Revisó: Paola Andrea Vásquez Restrepo — Secretaria General Revisó: Camilo Rincón - Jefe de Oficina Asesora Jurídica Interna EN Revisó: Maria del Pilar Salcedo D - Coordinadora G.!.T Concept: Regulación Normatv27

Proyectó: Nikol Cedeño T -— Asesora G.1.T Conceptos y Regulación Narmativay.-

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