RESOLUCION - Por la cual se modifica la planta de personal de las procuradurias delegadas
Procuraduría General de la Nación
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Detalles
- Título
- RESOLUCION - Por la cual se modifica la planta de personal de las procuradurias delegadas
- Autor
- Procuraduría General de la Nación
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Disciplinario
- Año
- —
Ésta MODIFICÓ las Resoluciones Ñ o PROGURADURIA 196 y 211 de 2000 GENERAL DE LA NACIÓN RESOLUCION No. Ne 4 7 Bo » De 200 24 NOW 2008 > Por la cual se modifica la Planta de Personal de las Procuradurías Delegadas para el Ministerio Público en Asuntos Penales y . EL PROCURADOR GENERAL DE LA NACIÓN En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, y CONSIDERANDO: Que el Procurador General de la Nación con base en la facultad contenida en los numerales 38 y 39 del artículo 7%. del Decreto 262 de 2000, expidió las Resoluciones Nos, 211 y 196 de 2000, Por medio de las cuales se organizan la planta de personal de las Procuradurías Delegadas para el Ministerio Público en Asuntos Penales y para los Derechos de la Infancia, la Adolescencia y la Familia. Que por necesidades del servicio se requiere trasladar el cargo de Sustanciador, Grado 11 asignado a la Procuraduría 61 Judicial II Penal de Cali, en razón a que esta Procuraduría Judicial fue asignada a la Procuraduría Delegada para la Defensa de los Derechos de la Infancia, la adolescencia y la Familia En consecuencia, el cargo de Sustanciador Grado 11 se asigna a la Procuraduría 8”. Judicial II de Familia de Cali. Que en mérito de lo expuesto, RESUELVE: ARTICULO PRIMERO.- Modificase, las Plantas de Personal de las ProcuraduríasDelegadas para el Ministerio Público en Asuntos Penales y para la Defensa de los Derechos
de la Infancia, la Adolescencia y la Familia, organizadas mediante Resoluciones números 211 y 196 de 2000, en el siguiente sentido: ] Un (1) cargo de Sustanciador, Código 4SU, Grado 11 de la Procuraduría 61 Judicial II Penal de Cali, se ubica en la Procuraduria $. Judicial II de Familia de Cali. ARTICULO SEGUNDO.- La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
COMUNIQUESE Y CUMPLASE
> | Dada en Bogotá, D. 2