RESOLUCION - Por medio de la cual se adopta el plan de desarrollo estratégico de la procur
Procuraduría General de la Nación
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Detalles
- Título
- RESOLUCION - Por medio de la cual se adopta el plan de desarrollo estratégico de la procur
- Autor
- Procuraduría General de la Nación
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Disciplinario
- Año
- —
RESOLUCIÓN NUMERO 129
(MAYO 20 DE 2002) POR MEDIO DE LA CUAL SE CREA UN GRUPO DE TRABAJO ESPECIAL PARA INTERVENIR ANTE EL CONSEJO NACIONAL ELECTORAL El Procurador General de la Nación en uso de sus facultades constitucionales y legales, y
CONSIDERANDO
1. Que ante los hechos conocidos por el país a propósito de las elecciones del 10 de marzo del año en curso se requiere la creación de un grupo especializado de intervención ante el Consejo Nacional Electoral;
2. Que algunos funcionarios vienen trabajando bajo la Dirección del Procurador General de la Nación y la Coordinación del Viceprocurador en tal temática, no obstante debe organizarse tal intervención bajo la égida de un grupo de trabajo con funciones específicas; 3. que el numeral 7º del artículo 277 de la Carta Política permite la intervención del Procurador General de la Nación ante las autoridades administrativas, entre las cuales se encuentra el Consejo Nacional Electoral en los términos del artículo 1º del Código Contencioso Administrativo;
4. Que para tal intervención la ley contempla la creación de grupos de trabajo, según el numeral 34 del artículo 7º del Decreto 262 de 2000.
5. Que el parágrafo del numeral 58 del artículo 7º del Decreto 262 de 2000 permite la asignación, distribución y delegación de funciones constitucionales y legales.;
6. Que de acuerdo con la norma anterior en cualquier momento puede el Procurador General de la Nación reasumir las funciones desconcentradas; RESUELVE: PRIMERO. Crease un Grupo de Trabajo Especial para intervenir ante el Consejo Nacional Electoral en todo lo que tenga que ver con las reclamaciones relacionadas
con los procedimientos administrativos electorales que surgieron y surjan a propósito de las elecciones del 10 de marzo, 26 de mayo y, eventualmente, en las del 16 de junio de 2002, integrado por los servidores públicos de la entidad que se mencionarán a continuación.
SEGUNDO: El Grupo de Trabajo Especial estará presidido por el Viceprocurador General de la Nación en su condición de Presidente de la Comisión de Control y Asuntos Electorales y conforme a las funciones allí asignadas, vicepresidido por JUAN CARLOS GALINDO VACHA, Procurador Delegado ante el Consejo de Estado y coordinado por INOCENCIO MELÉNDEZ JULIO, Asesor Grado 24.
TERCERO: Integrarán este Grupo de Trabajo Especial, con la función de intervenir ante los respectivos Magistrados del Consejo Nacional Electoral los siguientes servidores de la Procuraduría General de la Nación, en las reclamaciones para el
Senado:
MAGISTRADO SERVIDOR PROCURADURIA
LUIS FELIPE VERGARA ROBERTO BUSTOS SERRATO
Procurador Judicial 12 Adminis.
MARCO TULIO GUTIERREZ INOCENCIO MELÉNDEZ JULIO
Asesor Grado 24
JUAN MANUEL RAMÍREZ JOSE ALBERTO GARCÍA C.
Procurador Judicial 3º Adminis.
ORLANDO SOLANO B. JESÚS E. GOMÉZ JARAMILLO
Procurador Judicial 2º Adminis.
JUAN CLÍMACO JIMÉNEZ C. GONZALO SALGUERO
Asesor Grado 24
JORGE PRETEL CHALJUB CLAUDIA NIÑO IZQUIERDO
Asesora Grado 24
MARTA L. LOPEZ MORA AUGUSTO REALES B.
Procurador Judicial 55 Adminis.
JAIME ÁNGULO BOSA DIOMAR ECHEVERRI GARZÓN
Conjuez Procurador Judicial 1ª Adminis.
MARIO CARBONELL SALAS GUSTAVO BUITRAGO MORA
Conjuez Procurador Judicial 10 Adminis. CUARTO. En los procedimientos Administrativos electorales que se surten respecto de las reclamaciones de Cámara de Representantes actuarán así:
CIRCUN. ELECTORAL SERVIDOR PROCURADURIA
CASANARE y CESAR JUAN CARLOS GALINDO VACHA
Proc. Del. 7º Consejo de Estado
BOLIVAR CLAUDIA NIÑO IZQUIERDO
Asesora Grado 24 QUINTO. Los servidores públicos comisionados intervendrán ante el respectivo Magistrado que conduzca el asunto solicitando pruebas. Interponiendo los recursos pertinentes y realizando todas las actividades necesarias para llevar hasta su culminación el trámite administrativo. Igualmente proyectarán el concepto definitivo para la firma del Procurador General de la Nación. SEXTO. Las actividades realizadas por los servidores públicos comisionados se harán bajo la dirección y orientación del Vicepresidente y el Coordinador del Grupo Especial de Trabajo. Los proyectos de conceptos para la firma del Procurador General se elaborarán por el comisionado respectivo quien los pasará al Vicepresidente y Coordinador, quienes revisarán y prepararán el concepto final para el Presidente del Grupo Especial de Trabajo. Consensuado el concepto y bajo la orientación sentada en el rendido en el trámite de reclamaciones de Casanare, s e presentará por el Presidente del Grupo Especial de Trabajo al señor Procurador
General de la Nación para su consideración y firma. Los comisionados rendirán informe semanal – viernes 4 P.M. – al Vicepresidente y Coordinador del Grupo de Trabajo. SÉPTIMO. Copia de esta decisión se enviará al Presidente del Consejo Nacional del Estado Civil. OCTAVO. Esta resolución rige a partir de la fecha de su expedición y será insertada en la página WEB de la Procuraduría General de la Nación . Dada en la ciudad de Bogotá el día veinte (20) de mayo de 2002.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
EDGARDO JOSE MAYA VILLAZON
Procurador General de la Nación