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RESOLUCION - Por medio de la cual se organiza el programa de fortalecimiento del talento h

Procuraduría General de la Nación

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Detalles

Título
RESOLUCION - Por medio de la cual se organiza el programa de fortalecimiento del talento h
Autor
Procuraduría General de la Nación
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Disciplinario
Año

Ésta DEROGA disposiciones de la Resolución 333 del 2.007

PROCURADURIA

GENERAL ELA CIO Resolución No. 243 23 ; | - 6 A60. 2009 “Por medio de la cual se organiza el Programa de Fortalecimiento del Talento Humano de la Procuraduría General de la Nación” EL PROCURADOR GENERAL DE LA NACIÓN En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las consagradas en los numerales 6, 7”, 8”, 34 y 38 del artículo 7” del Decreto 262 de 2000 y CONSIDERANDO Que el desarrollo de un Programa de Fortalecimiento del Talento Humano, cuyo propósito se enmarca en la gestión de proyectos que contribuyan a mejorar las habilidades y competencias de los funcionarios así como la gerencia del talento humano de la PGN contribuirán a un mejor desempeño de la entidad y al brindar un mejor servicio al ciudadano. Que dentro de los postulados de la gerencia pública moderna, la Gestión Humana se erige como un concepto orientado a dirigir y potenciar el desarrollo de competencias de las personas a través del trabajo coordinado y la gestión de estrategias de mejoramiento continuo. Que la Agencia de Cooperación Internacional -GTZ, ha realizado una serie de actividades cuyo propósito se enmarca en el Fortalecimiento del Talento Humano de la Procuraduría General de la Nación. En ese sentido ha ofrecido colaborar con la Entidad mediante el acompañamiento en las actividades que aquí se efectúen. Que la Procuraduría General de la Nación viene implementado desde el año 2003, un Programa de Modernización Integral que involucra a todos los servidores públicos, mediante la ejecución de proyectos y programas dirigidos al fortalecimiento

institucional y al mejoramiento continuo de las condiciones laborales de sus funcionarios que propenden por el desarrollo de sus talentos y habilidades personales. Que el Procurador General de la Nación de acuerdo con las normas citadas, está facultado para organizar las dependencias y distribuir entre ellas y sus servidores competencias o asignar funciones especiales.

PROCURADURIA «2 43 >

GENERILDELANACION Ag 2009

RESUELVE ARTICULO PRIMERO: Crear el Programa de Fortalecimiento del Talento Humano en la Procuraduría General de la Nación como un conjunto de proyectos diseñados con el propósito de dar valor agregado a la gestión del talento humano y sus procesos y a desarrollar habilidades y aptitudes en el servidor público con miras a lograr su crecimiento personal y el mejoramiento de la productividad organizacional.

ARTICULO SEGUNDO: Para efectos de lo dispuesto en el artículo anterior, se establecen los siguientes objetivos institucionales dentro del proceso de fortalecimiento del talento Humano: 2.1. Definir políticas y estrategias enfocadas en el servidor público de la Procuraduría General de la Nación 2.2. Diseñar e Implementar políticas, planes y proyectos tendientes al fortalecimiento del talento humano de la PGN 2.3. Diseñar e Implementar políticas, planes y proyectos tendientes al fortalecimiento de la gerencia del talento humano en la PGN 2.4. Articular los procesos y procedimientos que de manera aislada se realizan en la Procuraduría General de la Nación, en relación con la Gerencia del Talento Humano y diseñar propuestas de mejora. 2.5. Identificar y armonizar los intereses de los servidores, en el marco de los

valores institucionales y de la misión de la entidad. 2.6. Implementar acciones estratégicas para mejorar la asignación de recursos en procura del desarrollo humano e institucional. 2.7. Contribuir con el proceso de cambio cultural y el modelo de servicio al ciudadano diseñado en el marco del programa de modernización.

ARTICULO TERCERO: Para dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo primero de la presente resolución se conformarán dos equipos de trabajo:

3. 1. Equipo de trabajo Estratégico: Integrado por los siguientes funcionarios: Secretario General, responsable del programa Procurador Delegado para la Descentralización y las Entidades Territoriales Procurador Delegado para la Vigilancia Preventiva de la Función Pública Procurador Delegado para la Adolescencia, la infancia y la Familia Presidente de la Comisión de Personal

Presidente de la Comisión de Carrera Director del Instituto de Estudios de! Ministerio Público Jefe de Selección y Carrera Jefe de la Oficina de Planeación Jefe de División de Gestión Humana 3.2. Funciones Corresponde al equipo de trabajo estratégico formular las políticas; aprobar los planes, subprogramas y proyectos que contribuyan al fortalecimiento del talento humano; hacer cumplir los objetivos institucionales relativos a la gestión del talento PROCURADURIA 2 433 GENEALDELANCION .“6 AGO. 2009 humano, impulsar la implementación de los proyectos aprobados y coordinar las acciones desarrolladas por el equipo técnico. 3.3. Equipo de trabajo Técnico : Integrado por uno o dos funcionarios adscritos a las siguientes dependencias: e Oficina de Selección y Carrera e División de Capacitación del IEMP + División de Gestión Humana

+ Grupo de Bienestar e Grupo de Nómina + Centro de Atención al Servidor + Grupo de Apoyo al Fortalecimiento Institucional 3.4. Funciones Corresponde al equipo de trabajo técnico diseñar el plan de trabajo para el fortalecimiento del talento humano a partir de las directrices señaladas por el equipo estratégico; elaborar propuestas de subprogramas y proyectos para aprobación del equipo estratégico; participar en los procesos de facilitación de cambio cultural y de implementación del modelo de servicio al ciudadano.

ARTICULO CUARTO: El equipo de trabajo técnico tendrá un coordinador, quien se encargará de convocar y reunir a los participantes con el fin de dar cumplimiento a lo dispuesto. Dicho coordinador será el canal de comunicación entre el grupo y la GTZ en el proceso de acompañamiento y en general para facilitar la labor de dicha agencia de cooperación.

ARTICULO QUINTO: Los funcionarios que sean designados para integrar el equipo técnico, están autorizados para participar en las reuniones de trabajo que sea necesario adelantar para dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente resolución, en la asignación de funciones adicionales que deben cumplir.

ARTICULO SEXTO: La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición y deroga las disposiciones que le sean contrarias, específicamente la resolución 333 del 21 de noviembre de 2007, expedida por el Procurador General de la Nación.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá D.C., a los _6 A. 2009 la , —AALEJANDRO ORDOÑEZ MALDONADO Procurador General de la Nación

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