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RNEC - Circular 0087 de 2007

Registraduría Nacional del Estado Civil

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Detalles

Título
RNEC - Circular 0087 de 2007
Autor
Registraduría Nacional del Estado Civil
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Notariado
Año
2007

NACIONAL DEL ES1;PDO CML CIRCULAR Bogotá., 16 julio de 2007

PARA: FUNCIONARIOS 'OFICINAS CENTRALES, REGISTRADURIA

DlSTRlTAL Y DELEGACIONES DEPARTAMENTALES ASUNTO: LEGALIZACIÓN VIÁTICOS Y GASTOS DE VIAJECAJA MENOR Con toda atención me permito recordarles que los viáticos y gastos de viaje se deben legalizar a más tardar el quinto (5) día hábil siguiente a la terminación de la Comisión, para ello se debe anexar el tiquete o pasa bordo, la certificación del cumplido y los recibos de gastos de transporte. Con relación a los gastos de transporte, en caso de presentarse un menor valor en los pagos efectuados, estos recursos deben ser reintegrados en la cuenta corriente Nro. 040-001414 a nombre de la Registraduría Nacional del Estado Civil. Es importante resaltar que la Entidad a través de la Caja Menor gira un anticipo de gastos de viaje a la persona comisionada. Por lo anterior, se recomienda a los funcionarios la responsabilidad y la austeridad en dichos gastos, toda vez-que éstos son sujetos a una revisión posterior de los Entes Despacho del Registrador Nacional Axr~nida El nnradn dh-7íl Piqn S. t~16fn11ns. 77íl78 8íl ~wt 1556 Fau 3711 76 64

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