RNEC - Resolución 0604 de 2008

Registraduría Nacional del Estado Civil

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Detalles

Título
RNEC - Resolución 0604 de 2008
Autor
Registraduría Nacional del Estado Civil
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Electoral
Año
2008

REGISTRADURIA NACIONAL DEL ESTADO CIVIL . 08 RESOLUCIÓN Nd: 0604 08 Fes. 1 DE DE 2008

Por la cual se designa la COMISIÓN ESCRUTADORA para el proceso de elección de los candidatos a miembro de Junta Directiva de la Comisión Nacional de Televisión de que trata el literal d) del artículo 1%. de la Ley 335 de 1996. EL GERENTE ADMINISTRATIVO Y FINANCIERO En cumplimiento de las funciones delegadas por el señor Registrador Nacional del Estado Civil, al Gerente Administrativo y Financiero mediante Resolución No. 0507 del 4 de febrero de 2008 y de las normas generales en especial las conferidas por el artículo 26, numeral 19 del Código Electoral, la ley 335 de 1996 y el Decreto 3560 de septiembre 18 de 2007, emitido por el Gobierno Nacional; y CONSIDERANDO : Que mediante resolución No.0507 del 4 de febrero de 2008, suscrita por el señor Registrador Nacional del Estado Civil, en su artículo primero delegó en el Gerente Administrativo y Financiero, las siguientes funciones:

1. Dirigir las labores administrativas y técnicas de las diferentes dependencias de la Registraduría Nacional del Estado Civil, de acuerdo con la Constitución y la Ley.

2. Llevar la representación legal en los asuntos jurídicos o judiciales de la entidad, dentro del marco de competencias que le corresponden a la Registraduría Nacional del Estado Civil o al interior de la Organización Electoral, de todos los asuntos que en el ejercicio de sus funciones se presenten a favor o en contra de la entidad.

Que mediante decreto 3560 de 2007, el Gobierno Nacional reglamentó el procedimiento de elección del miembro de la Junta Directiva de la Comisión

Electoral, de todos los asuntos que en el ejercicio de sus funciones se presenten a favor o en contra de la entidad. Que mediante decreto 3560 de 2007, el Gobierno Nacional reglamentó el procedimiento de elección del miembro de la Junta Directiva de la Comisión Nacional de Televisión de que trata el literal d) del artículo 1%. De la Ley 335 de 1996. Que el artículo 2%. del citado decreto dispone que el procedimiento de elección del miembro de la Junta Directiva de la Comisión Nacional de Televisión de que trata el literal d) del artículo 1%. De la Ley 335 de 1996, será vigilado por la Registraduria Nacional del Estado Civil. Que mediante la resolución No. 000008 del 9 de enero de 2008, emitida por el Secretario General del Ministerio de comunicaciones se convocó a elección de los candidatos a miembro de Junta Directiva de la Comisión Nacional de televisión de que trata el literal d) del artículo 1. de la Ley 335 de 1996. Que el artículo 10, numeral 10.4 del decreto 3560, dispone que la elección de los candidatos de cada grupo elector, se realizará el tercer (3er) día hábil siguiente a la publicación de las listas consolidadas. Registraduria Nacional del Estado Civil. Regivtraduria Delegada on ta Electoral = Av calle 26 No. 51 - 50 Tercer piso Tel: 2202880 Est, 1321 y 1322 Bogorú D.C.LE US rio, e REGISTRADURÍA NACIONAL DEL ESTADO CIVIL Continuación de la Resolución No — del de 200€ Por la cual se designa la COMISIÓN ESCRUTADORA para el el proceso de elección de os candidatos a | miembro de Junta Directiva de la Comisión Nacional de Televisión de que trata el literal a) del

Continuación de la Resolución No — del de 200€ Por la cual se designa la COMISIÓN ESCRUTADORA para el el proceso de elección de os candidatos a | miembro de Junta Directiva de la Comisión Nacional de Televisión de que trata el literal a) del articulo 19, de la Ley 335 de 1996, Que conforme a la resolución No. 0176 del 11 de enero de 2008, mediante la cual la Registraduria Nacional fijo el calendario electoral, la fecha de la elección de los candidatos a Miembro de la Junta Directiva de la Comisión Nacional de Televisión se realizará el 12 de febrero de 2008. Que el artículo 10, numeral 10.4.2 del decreto 3560 de 2007, en concordancia con el artículo 5 de la resolución No. 000008 de 2008, establece que el escrutinio se realizará públicamente, en la sede de la elección, por quienes para el efecto sean designados, por el Registrador Nacional del Estado Civil. Que en virtud de lo anterior, se hace necesario designar la comisión escrutadora en cada uno de los departamentos en que se haya acreditado, grupo de electores para elegir el miembro de la Junta Directiva de la Comisión Nacional de Televisión RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO: Nombrar como integrantes de las comisiones escrutadoras, para escrutar los votos depositados a favor de la elección de los candidatos a miembro de la Junta Directiva de la Comisión Nacional de Televisión de que trata el literal d) del artículo 1%. de la Ley 335 de 1996, a los Delegados del Registrador Nacional del Estado Civil, los Registradores Distritales y a un profesional de la respectiva circunscripción, preferiblemente quien desempeñe funciones electorales,

Registrador Nacional del Estado Civil, los Registradores Distritales y a un profesional de la respectiva circunscripción, preferiblemente quien desempeñe funciones electorales, ARTICULO SEGUNDO: Remitir copias de la presente Resolución al señor Secretario General del Ministerio de Comunicaciones para su conocimiento Dada en Bogotá, D.C. alos

EDGAR ZAPATA BARRIOS:

Gerente Administrativo y Financiero CARLOS ALBERTO RIAS MONCALE NO Secretario General(E)-—— YOM Registraduria Nacional del Estado Civil.- Registracuria Delegada en lo Electoral Av culle 26 No $1 - 50 Tercer piso Tel: 2202880 Ext. 1321 y 1322 Bogotá D.C.

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