RNEC - Resolución 10664 de 2010
Detalles
- Título
- RNEC - Resolución 10664 de 2010
- Autor
- Registraduría Nacional del Estado Civil
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Migratorio
- Año
- 2010
REGISTRADUR~A .WIONAL DEL eST4DO CML Resolución No. de 2010 "Por la cual se suprimen unos grupos internos de trabajo y se reasignan unas funciones" EL REGISTRADOR NACIONAL DEL ESTADO CIVIL en uso de sus facultades legales, en especial las conferidas por el articulo 4" del Decreto Ley 1012 de 2000, y CONSIDERANDO: Que mediante Decreto Ley 1012 del 2000, el Gobierno Nacional modificó la planta de personal de la Registraduría Nacional del Estado Civil. Que mediante la Resolución No 0636 del 29 de enero de 2001, se crearon los grupos internos de trabajo de INFORMATICA adscrito a la Dirección Nacional de Registro Civil y el de SOPORTE TÉCNICO E INFORMATICO adscrito a la Dirección Nacional le Identificación. Que el articulo 4" del Decreto Ley 1012 de 2000. establece: "Grupos de trabajo. Con el fin de atender las necesidades del servicio y cumplir con eficacia y eficiencia los objetivos, las políticas y los programas de la entidad, el Registrador Nacional del Estado Civil podrá crear y organizar, con carácter permanente o transitorio, grupos internos de trabajo". 3ue una vez finalizado el Proyecto de Modernización Tecnológica PMT II. se hace necesario reasignar las funciones de algunas dependencias al interior de la Entidad. 3ue en virtud de lo anterior, ART~CULO PRIMERO: Supresión. A partir del 20 de septiembre de 2010, suprimir os grupos internos de trabajo de INFORMATICA adscrito a la Dirección Nacional de Registro Civil y el de SOPORTE TÉCNICO E INFORMATICO adscrito a la Dirección Nacional de Identificación, creados mediante resolución No. 636 de 2000.
os grupos internos de trabajo de INFORMATICA adscrito a la Dirección Nacional de Registro Civil y el de SOPORTE TÉCNICO E INFORMATICO adscrito a la Dirección Nacional de Identificación, creados mediante resolución No. 636 de 2000. ART~CULO SEGUNDO: Funciones. La función señalada en el numeral 5' del artículo 40 del Decreto 1010 del 2000, será asumida por el Grupo de Servicio Nacional de Inscripción adscrito a la Dirección Nacional de Registro Civil.Continuación de la Resoluci!n e 2010, Por la cual se suprimen unos grupos internos de trabajo y se reasignan unas funciones. Página 2 de 2 ART~CULO SEGUNDO: Vigencia. La presente resoluci6n rige a partir de su publicación Dada en Bogotá, D.C., 15 SET. ~z&L~%&EYA~Í~E~ Registrador Nacional del Estado ivilrez Bayona ilson