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RNEC - Resolución 1646 de 2015

Registraduría Nacional del Estado Civil

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Detalles

Título
RNEC - Resolución 1646 de 2015
Autor
Registraduría Nacional del Estado Civil
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Electoral
Año
2015

« Consejo Nacional Eectoral ROCA COLÓN RESOLUCIÓN No. 1646 DE 2015 29 de Julio) Por la cual se regulan aspectos rela vox aos anticipos de la financiación Estatal para las elecciones locales del 25 de “wtuprz de 2015, EL CONSEJO NACIONAL ELECTORAL En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las contenidas en los artículos 109 y 265 numeral 7° de la Constit.ción Política, y en los artículos 20 y siguientes de la Ley 1475 de 2011, y TON INEFANDO Que el artículo 109 de la Constitución Política, modificado por el articuio 3 del Acto Legaslativo 01 de 2009, es:ablece que el Estado fnanciacá nercialironto las sampanas de los candidatos avalados por los partidos y movimientos políficos con personería jurídica y los grupos significativos de ciudadanos Igualmente prevé que parie de esa financiación se les otorgue de manera anticipada a la ele=ción, co ani izacion «Ii Conse ¢ Nacional Electoral. Consagra la norma “El Estado vopeurará a la financiacion política y electoral de los Partidos y Movimientos Políticos cor. personería jurídica, de confo mlac con la ley Las campañas electorales que adelanten los canciatos avalados ver pa 17) + + unejentos con Ecrsonería Juridica o por grupos sigmlicativos de ciudadanos, serán »...sitiodas parcialmente con recursos estatales La ley determinar el porcentase ce vo. CIÓN MECCSANO pata tener derecho a dicha financiación { ) Un porcentaje de esta tnancioe - oo El EA AP. dos y nuvmientos con Personería

La ley determinar el porcentase ce vo. CIÓN MECCSANO pata tener derecho a dicha financiación { ) Un porcentaje de esta tnancioe - oo El EA AP. dos y nuvmientos con Personería Jurídica vigente, y a los grumos synicelivos de cumdadanos que avelen candidatos, previamente a la elección, o las ronstitas de acuerde con las condiciones y garanilas que determine la ley y con autorización <el Coni Nacien v Electaral [A rporación, segúr lo estabienies en el erícalo 265 da la Consttución Política, modificado por el artículo 12 del Acto Legisiativs £21 de 2009, ejres lag siguientes atribuciones: + “El Conseyo Nacional Ctectoral regula:ó, iso. cara, Jlá y concolará toda la actividad eleciaral de los Partidos y Movimi.nto. Peucto, de Lo. <r7upo Sun cptivos de ciudadanos, de sus Representantes Legal: s, Dwacios v Candriafe s, garaniizantn el cumpimiento de los principios y deber:s que a ci, 4 Je auiniemía presupuesta! y admirstretva Terdiál.s sigti> o3 5030 9e5 6 u 1 Ejemerla supeame ars, <2 () " 7 Disinburios aportes que para el fiado e les enmpañas efectorales y para asegurar el derecho de participación política ce les cniaadanos establo”ca la ley ()" Eto Eo FR, CAMISA 1A O ya za, Eloctoral DOT A A —Que e: Capi autoridad encargada las misinas Estipuias ¡a 21 i «untcjo Naconal £ eL meto nonnas er comenío “Articulo 79, Fuervss de fro.

DOT A A —Que e: Capi autoridad encargada las misinas Estipuias ¡a 21 i «untcjo Naconal £ eL meto nonnas er comenío “Articulo 79, Fuervss de fro. grupos significativas de ciudada podrán acu: & las saul iz Les ramvimiares de los parudos, movimientos y smtus a caiyoc Y coNPOraCIONeS de efección popular, HANCA ..1 08 SUS Campañas electorales: ( .) fuentes 6 Lafnancias Fo as. econ 5 £15 18 55 6, esta ley Artículo 21, 25.4 2 anciamiór of mE? 7 movimientos paí <us y B 08 28 Tudara us que inscriban concidatos, tendian derecho a hnanciación estatz’ de les correspondientes campañas electorales, mediante el sistema de reposición de gastos por volas válidos obtenidos siempre que obiengan el siguiente porcentaje de vot:5 £ + 278 415 7 UIPañas electorales. Los partidos y Artículo 22. Er: 205 eric cridadanos que rsouí LOS e dul enios y quupos significativos de 7 canoxialas, cadrán 5 en foma Justificeda af Consejo Nacional Electora, 112916 un acens po cebo /B0% de amiripe de la nnanciacion Estatal de las consultas o de lo compañas ele coraus en las que paricipen. El Consejo Neem! Electoral as ceniendo en cuenta la disponibiidad presupuesta", y e: -oaá su cun 1 e a Pad de vaky ne va fnanciación estalar recibida porel solicitame en 1a campaña a1evor para el MISMO CEIJO O Corporación, en la respectiva

presupuesta", y e: -oaá su cun 1 e a Pad de vaky ne va fnanciación estalar recibida porel solicitame en 1a campaña a1evor para el MISMO CEIJO O Corporación, en la respectiva eircunscnpción, acivalizado con hase en el Índice de precios del consumidor St el partido, movimiento polic= o grupo signitcativo de mudadanes no hubiere pameipado en la elección anteror, dicho an.epo se calcuizia temiendo er cuerta el menor valor ce reposición pagado para el respectivo cargo o ista enla e'ección amaior ret ar: Los anticipos a que se ere esa disposición pocán ser grados hasta por el monto garantizado, dentro az los erica das siguentes a la. .scripción del candidato o lisia, prevía aprobación y ecer.íción ce a púrza o da antía comesachoente El valor del arti>¿2 se vaducía oe la financicón que le correspondiere af parido o movimiento polí s a ga signd.cat vo de curladano. por concepto de reposición de gastos de la campaña Si no se obtuviers derecho a ímanciación estatal el beneficiario del anticipo deberá devolverlo en su :otahdad centro de fos tros meses sigweries a la declaralona de la elección, a cuyo vencimiento se nara efectiva la correspondiente poliza o garantía, excepto en el caso de las campañas presidenciales an las que no habrá ugar a la devolución del monto recibido por concepto de anticipo, siempre que hubiere sida gastado de conformidad con la fey. En estos casos, ¢ pertide, mo mero polaco) o grupo sigrificalvo de ciudadanos, podrá finaneiar fos gastcs vercentes de pago metante Imeiiiación privada dentro de los mentos

En estos casos, ¢ pertide, mo mero polaco) o grupo sigrificalvo de ciudadanos, podrá finaneiar fos gastcs vercentes de pago metante Imeiiiación privada dentro de los mentos señalados para .a coriespond.ene elección, previa autorización del Consejo Nacional Electoral. Si el valor del antcpo fucte s ipermor al velor de la franciación que le correspondiere (sic) partido movimiento político o grupo significativo de ciudadanos, este deberá pagar la diferencia dentro de los tres meses siguentes a la teclaratona de la elección, a cuyo =rrin ' la manera como se ctoral como la mulciar eim »gamiento a2 los an.opos de la financiación Estatal paraCuaszjo Nacione! Flectorat NONI tamma vencimiento se hará efectiva la re~ oot 1a niza o garantía Que con oficio CNE-FC-333 «7 fecha 25 de marzo de 2015, el fondo Nacional de Financiación Política, envió al Consejo Nacional Electoral el estudio del cálculo para determinar la cuantía, por concepto de anticipos, para las elacciones temntoriales a realizarse el próximo 25 de octubre de 2015, mdicando que el anticipo del 80% de los valores realmente girados a las crge . connes políicas asciande a la cuantía de $79 875 246 824 Que en consecuencia, mediants oficio UN-GF-262 da fecha 29 de mayo de 2015, la Dirección Financiera de la Re-=sr-dura Nacional del Estado Civil, informa que: “El Ministerio de Hacienda y Crédito + uMlico expidio la resolución No 1599 del 27 de mayo de 2015

Dirección Financiera de la Re-=sr-dura Nacional del Estado Civil, informa que: “El Ministerio de Hacienda y Crédito + uMlico expidio la resolución No 1599 del 27 de mayo de 2015 “Por la cual se efectúa vna oisf-Sución en of Presupuesto de Geclos de Funcionamiento del Mirusterio de Hacienda y Crédito Prblico para la vigencia fiscal de 2015" asignando recursos por valor de $30.000 000 000 00, para la Fe mstracinía Nacional del Estado Civil, en el rubro 3-6-3-19 Otras Transferencias = Disiubucien Previo concepto DGFEN con el im de afender la solicitud efectuada por el Consejo Nacional Elccina: con y niCado 1-2015-025079 de abril 07 de 2015, correspondienie al page de anic,os o a viento estalal de lus campañas electorales a realizarse en octubre de 2015” Que con oficio DF-G5-262 der 20 3 mayo dz 2015 16 Purcoón Fmensiera de la RNEC informa que “El Misterio de Hac,=nda y Criritc 96% 700: p oG e £satizón My 1699 de 27 de mayo de 2015 Parla cual se efecióa una dali e el Presunuesio de Cavor de Funcionamiento del Misterio de Haciendo y Crédro £k pare la vigencia fica! de 2017, asignando recursos por valor de $33 000,000 NOD UN, arar ura Novio se Civil, en el rebro 3-6-3-19 Otras Transferencias — Cidabución p< epi DGPE!: con er fa de atendur la solicitud efectuacia por el Con: Maciono! 0 de abril 07 de 2015,

Otras Transferencias — Cidabución p< epi DGPE!: con er fa de atendur la solicitud efectuacia por el Con: Maciono! 0 de abril 07 de 2015, coresnardinte al paye Je ario L. o Imrañas electorales a realizarse er coi“ ra de 2578" Que de conformidad con las motiv.cio' es € xpuestas en este proveído, la Corporación como entidad competente, considera nerusaro establecer el procedimiento para la solicitud de los anticipos, de que trata el Artículo 2 ++ ja Le « 1475 de 2011 para ls elecciones a realizarse el 25 de octubre de 2015

CERTA T3

ARTÍCULO PRIMERO.- CERTIFICACIONES DE DISPONIBILIDAD PRESUPUESTAL Y DEL VALOR DF LA REPOSICIÓN, St un, (18 dira antes del micio del término para la inscripzion de csadidatos a cargo "E la rección Financiera de la Registraduria Nacional ve Setadu o, A cenicaer al Conse Nacional Electoral el valor total de la disponibilidad presupuest ex:stente para reauzar anticipos a los partidos, movimientos políticos y grupos significat: /os de e, decano: que ino cipananoicetos S unta Dentro de este mismo téramo el == Mosienal de Firruación Poftica nertificará el valor reconocido per renosición 2 cada if a “eno Política A grupo 5 mificativo de ciudadanos en las elcctiones ante” —: para” VL G5IJOS y comoraciores públicas, debidamenteactualizado con bases. el invice ce precios 4. olsd Of ARTÍCULO SEGUND, SOL UDES De a6INNL A inds tardar el lunes diez (10) de Agosto de 2015, los paru0S, movimientos [

ARTÍCULO SEGUND, SOL UDES De a6INNL A inds tardar el lunes diez (10) de Agosto de 2015, los paru0S, movimientos [ soncitar ai Consejo Lava de anticipo de la tina participen S SIGt:tauvos de ciuvadanos podrán Cda, hasta L ochenta por ciento (80%) “E as camoanas electorzies en las que

Para efacios del rá: el Conse,o Naciona de an 1 UCA o 10, se & nenderd como oohicituc Gricamente la presentada ante Sora: par al represan.a.de ¿gar GHÍ dartico o movimiento político, para el caso de ¡os grupos :,rificatvos de oudiodanos o coliciud deberá ser firmada por los integrantes del comió :romo'a” de 9 uéafivs TA PARÁGRAFO PE: 3, mMevimertos políticos y/o grupos significatvos de cucada"es, cosigados ene: nacido ee coalción deberá indicarse de manera clara, quién es el responsabio de la soiclad ue i un s atite el Consejo Nacional Electoral y suscripción de la pólza v gaenl a barcara, caso, see PARÁGRAFO SEGUNDO, es el responsable a en los siguientes avé' tEn el acuerdo de coa.ció deberá indicarse de manera clara, quién Conca Nacional Ecctoral - Negistracuría Nacional del Estado Civil, a) Cuando de acrerdo a os resuraa n, 10 88 obtenga el derecho a la reposición de gamas ce campaña 5) Cuando la repos.ción qe gasos oe calaña se2 rienor al monto del andcipo otorgado c) Cuando el anmíc.uo no se utirza ge merera paria” e total

reposición de gamas ce campaña 5) Cuando la repos.ción qe gasos oe calaña se2 rienor al monto del andcipo otorgado c) Cuando el anmíc.uo no se utirza ge merera paria” e total ARTÍCULO TERCERO.- AUTORIZACIÓN UEL ANTICIPO. El Consejo Nacional Electoral, previa soliciud ¡ustifada del mieresado, eutolzará el anticipo distribuyendo de manera equitativa y proporcionat enfe torios les partos, "ori:íientos políticos y grupos significativos de ciudadanos cue lc hayan solicitado el varor usl or iificado de disponibilidad presupuestal, según las reglas previstas en el artículo 22 de la Ley 14/35 de 2011 ARTÍCULO CUARTO. FÓLIZA, O GARANTIA.- Los variidos, movimientos políticos o grupos significativos de ciudavares que mscriban carcidatus p.drán garantizar el valor del anticipo con póliza o garantía expe.ida por una compañis de segu s, corporación financiera, compañía de financiamiento comercial e esteblecimieric bancar, vigiedos por la Superintendencia Financiera de Colombia También podrá gara el anticipo con la comenación de los mecanismos señalados, según le convenga a s perlidos, movimientos o cupos significativos de ciudadanos, siempre y cuando la sumatoria ce los velores de 1a totajdad de .as cauciones no sea inferior al valor del anticipo que se autoriza o al que pretenda cuntrse, ni s.mere el monto máximo establecido en la Ley 1475 de 2011 La pólza o garanifa tancara, según coresporza, «eberán sujelarse a lo dispuesto en la

4S - —_— N . —— - .. o e ESE

Ley 1475 de 2011 La pólza o garanifa tancara, según coresporza, «eberán sujelarse a lo dispuesto en la 4S - —_— N . —— - .. o e ESE € 106? cional B presente resolución para ser apro w.aas pc la Regisirad ría Nac"..al del Estado Civil, como requisito previo al giro ARTÍCULO QUINTO.- CCNDICIO' previsto en el artíctilo 1047 del Cr + siguiente Y REQUISITOS DE LA FÚLIZA. Sin perjuicio de lo le Femercio, ja pálca de zeguro deberá contener lo 1 Nombre del tomador: : artido, ,.,1/1 de ciudadanos, que haya mzerto ol + iia 2 Nombre del afianzado: andidal-ís) junto con el partido movimiento o promotores/inscriptores del yrupo £ ricaliv> de cugadanos que havinscrito al candidato. 3 Nombre del asegurado Nación + Sisa Na nada Et Civil 4 Beneficiario: Nación - kegistrad. ro e carge: Esteao Coat

5. Valor asegurado: cierto po: of ik 1147 vaiy del antena que se pretende cubnr, dentro de 10s mies establecidos er v 717 Sd: 2011 y en el ací administrativo del Consejo Nacional Electoral que 103 2 uronos 6 Objeto. asegu.ar la dexoticon eo L7 59905508 da dinamo onión o eS se refiere el aniculo 22 de la Ley 1475 de 2011 E Em eu Sireunsto, da, como renuncia o retiro del candidato, revocatciio de ine . ncián, violación de tepzs, no presentación de cuentas,

de la Ley 1475 de 2011 E Em eu Sireunsto, da, como renuncia o retiro del candidato, revocatciio de ine . ncián, violación de tepzs, no presentación de cuentas, ausencia de sistema uo tductiz o matas MN vOa 5 inma para obtener el derecho a financiación, no se o ee! derecho a > fal cación estatal Igualmente garantizalá e: pago de: saldo pens ei 7 1 00 ej Ya: Ce la tepasición resulte menor que el anticipo entregado. 7 Vigencia: Desde ía = (> presentacion de 105 infue nt > de ta 1. 7 0205 CE Le DA políticas Ta de slo mV ea 1 de spués de la fecha de la “arte de las organizaciones p E PARÁGRAFO. La constancia de p 096.3 mima coneponciente - a póliza debera adjuntarse como requisito para la ario veción v <cep: A 9819 Aroma 1.91 ARTÍCULO SEXTO.- CONDICIÓN: — IS UFL VAL OO RANTIA BANCARIA. El partido, movimento o grupo significn3 +3 044 donos, € escogí 8511 opción, aeberá presentar una garantía bancana nto gada mora + Si Anar Viglara carla Superintendencia Financiera de Calomb + Lz 0% P ICC € valor dal anticipo que pretenda 5.27 conta ca ata ho, y EL los et 6 esto” lacicos en la Ley 1475 de 2011 ARTÍCULO EÍPTIMO. T4ÍMTT O CIO autorizado para las el:c S ETE manera : Tl Gio del anticipo realizará de la siguiente PECES

2011 ARTÍCULO EÍPTIMO. T4ÍMTT O CIO autorizado para las el:c S ETE manera : Tl Gio del anticipo realizará de la siguiente PECES La Registradi ra Delegada : io Fhe accio ¥ 2z 7 Neei sl Electoral, a más tardar, dentro de o5 dos (2) días hábiles st 0-5 > 3 tamoimient) del i.nino de modificación decandidaroas, 2011 ¢ grupos s-cmcabvos arcunsenpcores € identided del ca ercunsciipción El Corsejo Naciona respecto de los cu campaños clexiciales distnbtyéncolo d políticos y grupos $167 Previa publica ción <o a solicitar aja vito. concepto de anticipos La Direcuién Financ + certiicado de disper Los parteos, Puvinaanticipo deberán e de los reoursce, pra artículos precedentes La Gerencia Administ conducto del Fondo i los partidos movinner ordenación de gasto y . PAC aprobado por ¢ 1, anticipo autorizado vw grupos significativos de 1.- Pólza o garantía, resolución, respectiva de Colombia, donde = exclusivaments al rec pane de la Registrac.ina Oglegaaa en lo Eiedve 3 dia presente acto adminis + solicitado portas ote 27 20 eras disponbilidad presupuz > 5 porsices El pago del anticipo s 2 yetera 2 43 /h5re ARTÍCULO OCTAVU - € 2.-Certificación expel.-2 por la entidad finen. 16

disponbilidad presupuz > 5 porsices El pago del anticipo s 2 yetera 2 43 /h5re ARTÍCULO OCTAVU - € 2.-Certificación expel.-2 por la entidad finen. 16 campaña, con vigenc - manejo y aora oveTIONies políticas y >iaatos en tas diferentes o verTU.% rumcto de documento de 2, Mali o ¢, cepartamento y/ o Aé, UNA vez 56 aheyie A CorifiCación de candidatos INSCritos por venficava la inscripción de aquellos argeriananes polis + miren Eolciado anucipo para sus [es autorice el anticipo tes particos, movimientos Eo ASAÑOS ue 0 an so1citado conforme a la Ley y al 2 TAR, AD TB EN MA PRE LY LE TOOL "se quto:iza y distribuye el anticipo tel o4.< 181 de Financiación Politica, procederá 151800 Cil ei certificado de a la satne de dinero autorizada por

4 A IONAL G

cio Gu AJO - UN R A, EXpadirá el respectivo 27 CUic-la EN toco caso la solicitud de 6 atidadanos Je kdadanos cue soliciten el 20 Tidispensabie para el gro Ce. TL de fos donvmentos setalados en los wa y Finascera de la Mayos 10tría Nacional del Estado Civil, por na as Emcnciación rola - nunicará por el medio más expedito, a 7 gupa gr Ls de ciudadanos, la Resolución de o de an da carame Anual Mensualizado de Caja - -5e En'ado Civil realizará el giro del los partidos, movimientos políticos o g2 de los siguientes documentos IE

7 gupa gr Ls de ciudadanos, la Resolución de o de an da carame Anual Mensualizado de Caja - -5e En'ado Civil realizará el giro del los partidos, movimientos políticos o g2 de los siguientes documentos IE 1 los remmazs estable 05 amiculus 4, 5 y 6 de la presente nie Ja por ta Superintendencia Financiera tente a” manejo de tos recursos de la 5 cha cuenta será destnada úÚnICa y

XII. eCureoc de la respectiva campaña Na bienio a cuenta mE te MO mas de b1onal Electoral Cienveia mt ARTÍCULO NOVENO.- INFORME I LOS GIROS. La Registradulía Nacional del Estado Civil informará al Consejo Nacioral Elecival, el mismo día, o a más tardar el día siguiente en que se giren los recursos por concepto de =.iticnos al Partido, Movimiento Político o Grupo Significativo de Ciudadanos, sobre los giros ef_ctivamente realizados con la identificación precisa de sus beneficianos, a efectos que esta Comornvión pueda realizar las deducciones correspondientes dentro del trámite de reconocimiento y payo de ia rnos:cón de gastos de campaña ARTÍCULO DÉCIMO.- SO DEL ANFICh > Los pardos, movimientos políticos y grupos significativos de ciudadanos podrán <asfa o eciaronte en las camnañas de sus candidatos el valor de sus anticipos, teniendo en « oía ci, onto memo de gastos de la respectiva campaña electoral, que para el ef: Tre Conce Nacional Electoral, entregarlo al candidato único, o distribunlo libremente eso las integrantes de las listas, para las cuales fueron solicitados los anticipos

electoral, que para el ef: Tre Conce Nacional Electoral, entregarlo al candidato único, o distribunlo libremente eso las integrantes de las listas, para las cuales fueron solicitados los anticipos ARTÍCULO DÉCIMO PRIMERO, VICINCIA, La oresente Resolución tige a partir de la fecha de su publicación en el Dieno Oficia! > deroga en su intagridad todos los actos administrativos contrarios a lo aquí establec.do.

PIBILÍQUESE, CONUNÍQUEES Y GÓVDLASE

Dada en Bogotá D C.. alos ventnuove 29) días del mes de julio de dos mil quince (2015) > |

I Erfi'um PUIVENA BRAVO

Prestente Ausente la A ANGELA HERANDEZ vo Bo NA MEDINA Asesor EN FP Proyeutó MLBC NMBIAJAZ Reviss Jurídica C ME

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