RNEC - Resolución 4425 de 2005

Registraduría Nacional del Estado Civil

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Detalles

Título
RNEC - Resolución 4425 de 2005
Autor
Registraduría Nacional del Estado Civil
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Electoral
Año
2005

REGISTRADURIA NACIONAL DEL ESTADO CIVIL RESOLUCION No 4425 de 2005 ) 14 OCT 2005 ““Por la cual se modifica la Resolución número 0262 de 2005 y se fija el cierre de inscripción de cédulas en todo el territorio nacional.” LA REGISTRADORA NACIONAL DEL ESTADO CIVIL En uso de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial de las que le confiere el artículo 266 de la Constibución Política y el Decreto Ley 1010 de 2000, y CONSIDERANDO Que de deuerdo eon lo dispuesto por el inciso 2 del artículo 26€ de la Constitución Política, el artículo 26 numeral 2° del Decreto Ley 224:1 de 1986 y el articulo 25 del Decreto Ley 1010 de 2000, la Registradora Nacional del Estado Civil, tiene la facultad de dirigir y organizar el proceso electoral. Que de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 207 del Decreto Ley 2241 de 1986, las elecciones del Congreso de la República, periodo constitucional 2006-2010, se realizarán el segundo domingo de wmadarzo y las de Presidente y Vicepresidente, el último domingo del mes de mayo. Que por medio de la Resclución número 0262 del 3 de febrero de 2005, se reglamentó la inscripción de cédulas de ciudadania para las elecciones de Congreso y Presidente de la República, en las sedes de las Regisbradurias Especiales, Municipales y Auxiliares, en el horario habitual de «atención al público. Que con el fin de elaborar oportunamente el censo electoral que ha de utilizarse en las mencionadas elecciones, se hace necesario fijar la fecha de cierre del proceso de inscripción

al público. Que con el fin de elaborar oportunamente el censo electoral que ha de utilizarse en las mencionadas elecciones, se hace necesario fijar la fecha de cierre del proceso de inscripción de cedulas en todo territorio nacional.

RESUELVE: Continuación de la resolución N° 4425 de 2005, “Por la cual se modifica la Resolución número 0262 de 2005 y se fija el cierre de inscripción de cédulas en todo el territorio nacional.” Página N 2

ARTÍCULO PRIMERO.- INSCRIPCIÓN DE CÉDULAS. Ordenar ler inseripción de cédulas en los puestos de votación de los municipios Zzonificados, mumicipios Yo zoMificados y en los Corregimientos e Inspecciones de Policia, en los siguientes términos: AINSCRIPCIÓN DE CÉDULAS EN LOS PUESTOS DE MUNICIPIOS ZONIFICADOS. leer inseripción de cédulas en los puestos de votación de mumicipios zonificados, se redlizdard del primero (1) al diez (10) de Noviembre de 2005, en días hábiles, sábado, domingo y festivo en horario de 10:00 a.m. a 6:00 p.m. B-INSCRIPCIÓN DE CÉDULAS EN MUNICIPIOS NO ZONIFICADOS. leer inscripción de cédulas en los municipios no zonificados, se continuará redlizamdo en sus respectivas sedes, en el horario habitual de labores. Del primero (17) al diez (10) de Noviembre de 2005, se extenderá d los días sábado, domingo y lunes festivo en horario de 10:00 d.m. o 6:00 p.m.

horario habitual de labores. Del primero (17) al diez (10) de Noviembre de 2005, se extenderá d los días sábado, domingo y lunes festivo en horario de 10:00 d.m. o 6:00 p.m.

CINSCRIPCIÓN DE CÉDULAS EN CORREGIMIENTOS E INSPECCIONES DE POLICÍA.

Ler inseripeión de cédulas en Corregimientos e Inspecciones de Policia, se redlizará del primero (1) al seis (6) de Noviembre de 2005, en días hábiles, sábado y domingo, en horario de 10:00 a.m. ad 6:00 p.m. PARÁGRAFO. Dentro del período comprendido entre el día siete (07) y el diez (10) de noviembre de 2005, la inseripción para ciudadanos en Corregimientos e Inspecciones de Policía, se continuará realizando en la sede de la Registraduría, de la respectiva cabecera municipal, dentro de los horarios señalados en el literal B. ARTÍCULO SEGUNDO. Lets inscripciones redlizadeas en virtud de la Resolución 0262 de 2005 y las que se realicen en cumplimiento de lo ordenado en el presente debo administrativo, tendrán velidez para las votaciones de Senado de la Repiblica y Cámara de Representantes d redlizarse el 12 de marzo de 2006 y de Presidente y Vicepresidente del 28 de mayo de 2006 y el 18 de junio, si hubiere lugar o segunda vuelta, e igualmente en el evento de repetir cudlquier Votación, por haber obtenido el voto en blemeo la mayoría absoluta de los votos válidos.Continuación de la resolución N° 4425 de 2005, “Por la cual se modifica la Resolución

igualmente en el evento de repetir cudlquier Votación, por haber obtenido el voto en blemeo la mayoría absoluta de los votos válidos.Continuación de la resolución N° 4425 de 2005, “Por la cual se modifica la Resolución número 0262 de 2005 y se fija el cierre de inscripción de cédulas en todo el territorio nacional.” Página N 2 ARTÍCULO TERCERO. Let presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación y modifica en lo pertinente la Resolución número 0262 del Eres de febrero de 2005. PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE Derder en Bogotá, ed los 14 OCT 2005 Original Firmado

ALMABEATRIZ RENGIFO LOPEZ

Registradora Nacional del Estado Civil Original Firmado

CARLOS ALBERTO ARIAS MONCALEANO

Secretario General (E) CER/CTJ/amgg.

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