RNEC - Resolución 8375 de 2012
Detalles
- Título
- RNEC - Resolución 8375 de 2012
- Autor
- Registraduría Nacional del Estado Civil
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Electoral
- Año
- 2012
REGISTRADURIA NACIONAL DEL ESTADO CIVIL RESOLUCIÓN N 8 375 DE 2012
Coaracran Por la cual se deroga la Resolución No. 13625 del 06 de diciembre de 2011, y se delega una función en materia de ordenación del gasto y pago de sentencias judiciales y otros pagos. EL REGISTRADOR NACIONAL DEL ESTADO CIVIL En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las conferidas en el Decreto 1010 de 2000 y, CONSIDERANDO Que la Registraduría Nacional del Estado Civil, conforme al artículo 209 de la Constitución Política, desarrolla su función administrativa bajo los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones. Que de conformidad con lo previsto en la ley 489 de 1998 las autoridades administrativas podrán mediante acto de delegación, transferir el ejercicio de funciones, en los empleados públicos de los niveles directivo y asesor vinculados al organismo correspondiente, con el propósito de dar desarrollo a los principios de la función administrativa enunciados en el artículo 209 de la Constitución Política. Que el artículo 22 del Decreto 1010 de 2000, faculta al Registrador Nacional del Estado Civil, a delegar facultades de ejecución presupuestal, ordenación del gasto, ordenación del pago, contratación y otras competencias técnicas, administrativas y jurídicas en funcionarios del nivel directivo y asesor. Que con el fin de optimizar el cumplimiento de los principios que rigen la función pública y la gestión administrativa, se hace necesario delegar en la Gerencia Administrativa y Financiera y en la Dirección Administrativa funciones en materia
Que con el fin de optimizar el cumplimiento de los principios que rigen la función pública y la gestión administrativa, se hace necesario delegar en la Gerencia Administrativa y Financiera y en la Dirección Administrativa funciones en materia de ordenación del gasto y pago de sentencias judiciales y otros pagos. En mérito de lo expuesto este Despacho,
RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO: Delegar en el Gerente Administrativo y Financiero, la función de suscribir los actos administrativos en que la Registraduría Nacional del Estado Civil, deba reconocer la ordenación de gasto y pago de sentencias judiciales y otros pagos, desde una cuantía superior a trescientos (300) salarios mínimos legales mensuales vigentes.
ARTÍCULO SEGUNDO: Delegar en el Director Administrativo, la función de suscribir los actos administrativos en que la Registraduría Nacional del Estado Civil, deba reconocer la ordenación de gasto y pago de sentencias judiciales y »Continuación de la Resolución LA 8 de 2012, Por la cual se modifica la Resolución No. 13625 del 06 de dictembre de 2011, que delega una función en materia de ordenación del gasto y pago de sentencias judiciales y otros pagos.
Página No. 2 otros pagos, hasta por una cuantía de trescientos (300) salarios mínimos legales mensuales vigentes.
ARTÍCULO TERCERO: Las Dependencias afines con la materia de que trate la sentencia condenatoria o la orden de pago, es decir, la Gerencia de Talento Humano, las Delegaciones Departamentales, la Registraduría Distrital, la Dirección Administrativa, entre otras, previo al envío al Gerente Administrativo y Financiero o el Director Administrativo, para revisión y firma, deberán realizar el
siguiente procedimiento:
Humano, las Delegaciones Departamentales, la Registraduría Distrital, la Dirección Administrativa, entre otras, previo al envío al Gerente Administrativo y Financiero o el Director Administrativo, para revisión y firma, deberán realizar el siguiente procedimiento: a) Elaborar la liquidación según los términos de la sentencia o la orden de pago. b) Una vez elaborada la liquidación, remitir el proyecto de liquidación de acuerdo con la materia, a la Gerencia de Talento Humano (Salarios y prestaciones), a la Dirección Nacional de Identificación, (trámites de identificación) etc., según corresponda, a fin que las dependencias de las oficinas centrales competentes en la materia, revisen y den visto bueno de las liquidaciones o trámites proyectados. c) Finalmente, la dependencia encargada de elaborar el acto administrativo, remitirá a la Gerencia Administrativa y Financiera o a la Dirección Administrativa, para revisión y firma el proyecto de Resolución, el cual deberá contar con los vistos buenos de las áreas correspondientes, anexando la constancia de ejecutoria de la sentencia judicial, según sea el caso.
ARTÍCULO CUARTO: El Gerente Administrativo y Financiero o el Director Administrativo, una vez cuenten con la documentación pertinente solicitaran a la Dirección Financiera la expedición del Certificado de Disponibilidad Presupuestal con el fin de dar cumplimiento a la decisión judicial y orden de pago.
ARTÍCULO QUINTO: La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias en especial la Resolución No. 13625 del 06 de diciembre de 2011.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá, D.C., a los 19 OCT. 201
publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias en especial la Resolución No. 13625 del 06 de diciembre de 2011.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá, D.C., a los 19 OCT. 201 la el % - CARLOS ARIEL SÁNCHÉZ Ro il Registrador Nacional dél Estado Ci
Aalto ~ CARLOS ERNESTO TAMARGO ASSIS
Secretario General Revisó: — Maria Cecitla del Rio Baena: Jefa Oficina Jurídica Edna Patricia Rangel Barrag Directora Administrativa Elaboró: — Derty R. Alvarez P.