RNEC -Circular 0014 de 2010
Registraduría Nacional del Estado Civil
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Detalles
- Título
- RNEC -Circular 0014 de 2010
- Autor
- Registraduría Nacional del Estado Civil
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Notariado
- Año
- 2010
PARA: TODO EL PERSONAL NIVEL CENTRAL
DE: REGISTRADOR NACIONAL DEL ESTADO CIVIL
ASUNTO: OBLlGACION DE RESPONDER LOS DERECHOS DE PETICiÓN FECHA: .0 2 FEB. lO10
Les reitero la importancia que representa para la Registraduría Nacional del Estado Civil, como autoridad pública del orden nacional, ofrecer una . respuesta oportuna y de fondo a las peticiones verbales o escritas solicitadas por toda persona que acude en nuestro servicio, aspecto que se enfatiza con siguientes puntos:
1. A través de las Resoluciones No. 1131 del 15 de abril de 2003 y No. 7497 del 27 de diciembre de 2006, la Registraduría Nacional del Estado Civil, reglamentó el trámite del derecho de petición, fundado en los preceptos señalados en los artículos 23 y 74 de la Constitución Política; artículos 5 al 42 del Código Contencioso Administrativo y los artículos 12 y subsiguientes de la Ley 57 de 1985, entre otras disposiciones legales concordantes.
Conforme a la normatividad legal vigente, se advierte con claridad cual es la responsabilidad de los funcionarios en general 'frente al derecho de petición. No atender oportunamente' y con precisión los requerimientos y 2. 3. Te!.: 22028 80 Ext. 1550 -1551 www .registradu~ia.gov .co '" KEGISTRADURIA NACIONAL DEL ESTADO CIVIL CIRCULAR No.O 1 ,- - uncaso, paraeRazones suficientes para convocarlos a implementar los controles que
garanticen el cumplimiento de las normas mencionadas en procura de la prestación de un mejor servicio. . 1: c,U-y? A '7/1. ,- / J ~ CA- ~/"" 'CARLOY;RIEL SkNCHE TORRES Registrador Nacional del stado Civil . Te!.: 220 28 80 Ext. 1550 - 1551 www.registraduria.gav.ea~ o 2 FEB. 2010"