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RNEC - 20230530 Resolucion 030 florida

Registraduría Nacional del Estado Civil

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Detalles

Título
RNEC - 20230530 Resolucion 030 florida
Autor
Registraduría Nacional del Estado Civil
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Civil
Año

— ou]

REGISTRADURIA

NACIONAL DEL ESTADO CIVIL RESOLUCIÓN No. 030 { MAYO 03 DE 2018 } Por la cual NO se puede certificar el cumplimiento de los requisitos constitucionales y legales exigidos para la propuesta de un mecanismo de participación democrática municipal de Cabildo Abierto en el municipio de Florida — Valle, a pesar de tener la cantidad de apoyos necesarios. LA REGISTRADORA DEL ESTADO CIVIL DE FLORIDA - VALLE En uso de sus atribuciones legales y en especial las que le confiere el Decreto 1010 de 2000, Ley 134 de 1994, la Ley Estatutaria 1757 de 2015, la Resolución No.6917 del 01 de Agosto de 2016, la Consulta sobre presentación de estados contables de Cabildo Abierto Radicado 1113-16 del 03 de Agosto de 2016 emanada del Honorable Consejo Nacional Electoral, y... CONSIDERANDO Que los señores MANUEL ANDRES DELGADO TRUJILLO y LUIS CARLOS GIRALDO, identificados con C.C. # 6.391.204 y 6.300.659, respectivamente, el 03 de Noviembre de 2017, mediante escrito, actuando en calidad de voceros de Comité Promotor, solicitan ante la Registraduría Municipal del Estado Civil de Florida - Valle, el Formulario de Recolección de Apoyos para adelantar el Mecanismo de Participación Democrática de “Cabildo Abierto en el Municipio de Florida — Valle” ante el Concejo Municipal de ésta ciudad al tenor de lo dispuesto en la Ley 1757 de 2015 y en la Resolución 6917 del 01 de Agosto de 2016 emanada del Registrador Nacional del Estado Civil, al cual se le dio trámite remitiéndolo el 09 de Noviembre de 2017 a la Coordinación

Electoral de la Delegación Departamental del Valle, encontrándonos en el proceso de selección y posesión de personal supernumerario con miras al proceso electoral de Consulta interna de los Partidos llevada a cabo el 19 de Noviembre de 2017. Que por medio de Oficio, esta Registraduría remite el día 29 de Noviembre de 2017 a los voceros de la iniciativa de Cabildo Abierto el Formulario de Recolección de Apoyos respectivo, en el cual se establece el mínimo de firmas requerido en un total de 256 apoyos válidos y cuya iniciativa quedó con Radicado: CA-2017-11-001-31-055, así mismo se les remitió la Certificación emanada del Director de Censo Electoral sobre ei potencial electoral del municipio de Florida — Valle y el concepto del Consejo Nacional Electoral sobre la presentación de los gastos de campaña en la recolección de apoyos para un cabildo abierto acompañado de la INFORMACION PRESENTACION ESTADOS CONTABLES suscrita por la Doctora ANDREA MICHELLE VILORIA RAMIREZ — Contadora Pública del Fondo de Financiación Política del Consejo Nacional Electoral y el Formato de INFORME DE INGRESOS Y GASTOS RECOLECCION DE FIRMAS que debe ser; diligenciado y entregado con sus respectivos soportes y anexos dentro de los 15 días siguientes a la entrega ante la Registraduría de los apoyos recolectados por el comité. Que mediante ACTA No.001 (Formato MPFT03) del 09 de Enero de 2018, suscrita por los Voceros del Comité Promotor y por la Registradora del Estado Civil de Florida — Valle, se reciben los apoyos de la iniciativa para convocar Cabildo Abierto ...En esta misma fecha, mediante Oficio RMF-091026-003 se remiten los apoyos en comento a la Dirección Nacional de Censo Electoral El Acta de Recibo y la Carpeta contentiva de 30 folios con 450 apoyos suscritos, remisión hecha con Guía de Envío GN-25184944 de Thomas Express, lo que se informó mediante correo electrónico enviado el día 10 de Enero de 2018 a las 07:48 a.m. a la Coordinadora Electoral Departamental del Valle. Registraduria del Estado Civil Calle 9 No. 21 — 71 Centro / Florida — Valle / Tel: (2) 2638700 / Email: floridavalle@registraduria.gov.co Www. regi i co “Colombia es democracia, Registraduria su Garantia”

REGISTRADURÍA

NACICNAL DEL ESTADO CIVIL Continuación Resolución No. 030 de 2018 Por la cual NO se puede certificar el cumplimiento de los requisitos constitucionales y legales exigidos para la propuesta de un mecanismo de participación democrática municipal de Cabildo Abierto en el municipio de Florida — Valle, a pesarde tener la cantidad de apoyos necesarios. Que los voceros del Comité Promotor de Cabildo Abierto, el día 14 de Febrero de 2018 mediante|’ escrito presentado ante ésta oficina solicitan que se expida la certificación de Cabildo Abierto argumentando que “...de acuerdo a la normatividad la Registraduría Nacional tiene un plazo de 30 días para emanar la certificación de dicha iniciativa...” el que se puso en conocimiento de la Coordinación Electoral Departamental. Que el 15 de Febrero de 2018 mediante Oficio suscrito por la Registradora del Estado Civil de Florida — Valle se da respuesta a dicho requerimiento, haciendo acotación. del plazo de 45 días

establecidos en el Artículo Cuarto de la Resolución No.6917 del 01 de Agosto de 2016 y que hasta la fecha y hora no habían entregado los informes de Estados Contables para ser remitidos al C.N.E. para su certificación de cumplimiento o no de la presentación del informe en comento. Que de manera informal, el día 19 de Febrero de 2018, uno de los voceros del comité promotor de Cabildo Abierto, hace entrega de una copia del Oficio RDE-DCE-410 478 Correspondencia Enviada 008255 suscrito por el Director de Censo Electoral Dr. Carlos Alberto Sánchez Piedrahita, mediante el cual les remiten el Informe Técnico Proceso Verificación de Apoyo por Apoyo y resumen Radicado CA-2017-11-001-31-055, en el cual la Coordinadora del Grupo Verificación de Firmas, Dra. Martha Lucia Isaza Rodríguez informa que hay 364 apoyos que se encontraron OK en la investigación del Censo Electoral; lo que igualmente se puso en conocimiento de la Coordinación Electoral Departamental. Que. mediante Acta No.002 de 2018 (formato MPFT01) el día 24 de Febrero de 2018 se recibe en ésta Registraduría los Estados Contables de la campaña de recolección de apoyos para la realización de un Cabildo Abierto; la cual fue suscrita por los Voceros del Comité Promotor y la Registradora del Estado Civil de Florida — Valle; en el Acta se recibe un libro Contable y una Carpeta con un (1) folio correspondiente al Formulario INFORME DE INGRESOS Y GASTOS DE RECOLECCIÓN DE FIRMAS suscrito por los voceros del comité; documentos remitidos mediante

oficio emanado de éste Despacho el día 26 de Febrero de 2018 al Honorable Consejo Nacional Electoral. Que a través de la empresa de correo de Thomas Express el día 06 de Marzo de 2018 llega a éste Despacho el Oficio RDE-DCE-410-769 del 28 de Febrero de 2018 — Correspondencia Enviada 011498 del 02 de Marzo de 2018 suscrito por el Director Nacional de Censo Electoral, Dr. CARLOS ALBERTO SANCHEZ PIEDRAHITA y dirigido a la Registradora del Estado Civil de Florida — Valle, mediante el cual remite a ésta Oficina el INFORME TÉCNICO DEFINITIVO PROCEDIMIENTO DE VERIFICACIÓN DE FIRMAS DE APOYO Investigacion 567, CABILDO ABIERTO FLORIDA — VALLE “PORQUE ACUAVALLE ESTA EN DEUDA HISTORICA CON FLORIDA” VOCEROS: LUIS CARLOS GIRALDO — MANUEL ANDRES DELGADO TRUJILLO, en el cual la Coordinadora del Grupo Verificación de Firmas, Dra MARTHA LUCIA ISAZA RODRIGUEZ informa lo siguiente: Fecha de Radicado: 208-02-28 Cantidad de Tomos Analizados 1deí Registros Válidos: 364 Cantidad de Registros Analizados: 450 Registros Mínimos Requeridos: 256

Cantidad de Folios: 30

Descripcion Registros Ok En Censo investigación 364 No Censo Antes De 1988 1 No En Censo Nacional 1

No Ani : 6

Registro Duplicado 6 NACIONAL DEL ESTADO CIVIL Continuación Resolución No. 030 de 2018 Por la cual NO se puede certificar el cumplimiento de los requisitos constitucionales y legales exigidos para la propuesta de un

mecanismo de participación democrática municipal de Cabildo Abierto en el municipio de Florida — Valle, a pesar de tener la cantidad de apoyos necesarios. Dato ilegible 7 Datos incompletos 8 No En Censo investigación 26 Nombre No Corresponde 28 Registros Uniprocedentes 3 Que en virtud de lo anterior, Si se cumple con el requisito de la cantidad de apoyos necesarios para la realización de un Cabildo Abierto;. es importante anotar que en el penúltimo acápite del Oficio RDE-DCE-410-769 Correspondencia Enviada 011498, el Director Nacional de Censo Electoral acota textualmente: “.. Finalmente, le informo que la certificación de que trata el Artículo 5 de la Resolución 6917 del 01 de Agosto de 2016, está sujeta al cumplimiento de la certificación que expida el Consejo Nacional Electoral relacionado con los Estados Contables presentados por| los voceros del mecanismo inscrito y certificados por el Consejo Nacional Electoral...”. Que una vez finalizado el proceso posi-electoral (Escrutinios Auxiliares y Municipal y entrega de Pliegos Electorales a la Delegación Departamentaí del Valle) de las elecciones de Congreso de la República y Consulta de los Partidos llevadas a cabo el pasado 11 de Marzo de 2018; el día 22 de Marzo de 2018 se comunica a los voceros del Comité Promotor de Cabildo Abierto las observaciones hechas por el Dr. DIEGO LEONARDO MESA CASTILLO — CONTADOR PUBLICO | FONDO NACIONAL DE FINANCIACION POLITICA — CONSEJO NACIONAL ELECTORAL, mediante correo electrónico del 14 de Marzo de 2018 a las 10:48 a.m. dirigido a ésta Registraduría,

con el fin de continuar con el proceso de revisión de la información de Ingresos y gastos de la iniciativa de cabildo abierto, para lo cual era necesario allegar los documentos por El solicitados. Que mediante Oficio RMF-0910-26-0142 suscrito por la Registradora del Estado Civil de Florida — Valle, ei día 06 de Abril de 2018 se remiten físicamente, al Dr. DIEGO LEONARDO MESA CASTILLO - CONTADOR PUBLICO — FONDO NACIONAL DE FINANCIACION POLITICA — CONSEJO NACIONAL ELECTORAL, la documentación solicitada mediante correo electrónico del 14 de Marzo de 2018 a las 10:48 a.m. dirigido a ésta Registraduría y aportada por el Comité Promotor y por ésta Oficina. Que mediante correo electrónico dirigido al Dr. DIEGO LEONARDO MESA CASTILLO — CONTADOR PUBLICO - FONDO NACIONAL DE FINANCIACION POLITICA — CONSEJO NACIONAL ELECTORAL, el día 18 de Abril de 2018, éste Despacho solicita respetuosamente la pronta expedición de la Certificación del cumplimiento o no de los Estados Contables del Comité|- Promotor para proceder a la expedición de correspondiente Acto Administrativo por parte de ésta Oficina con fundamento en el Informe Técnico Definitivo de Verificación de Firmas de Apoyo. Que en respuesta a la solicitud hecha en el acápite anterior, el Dr. DIEGO LEONARDO MESA CASTILLO — CONTADOR PUBLICO — FONDO NACIONAL DE FINANCIACION POLITICA —| CONSEJO NACIONAL ELECTORAL, mediante correo electrónico del 23 de Abril de 2018 a las 9:02 am, da respuesta en los siguientes términos: “...De acuerdo a su inquietud le informo:...1-En

referencia a la certificación de los estados contables, el Fondo Nacional de Financiación Política envía a la Registraduria Delegada para lo electoral, quien por conducto regular debe remitirla a la Registraduría municipal correspondiente...2-De acuerdo a la ley 1757 de 2015 y la resolución 0171 de 2017, la iniciativa en mención esta por fuera de los términos establecidos y por lo tanto no es posible darle tramite a esta iniciativa...” Que en la respuesta de la CONSULTA SOBRE PRESENTACION DE ESTADOS CONTABLES —| CABILDO ABIERTO RADICADO 1113-16 del 03 de Agosto de 2016, emanada del Honorable Consejo Nacional Electoral, elevada por el Registrador Delegado en lo Electoral, dispone en su CONCLUSION: pr joni Cro Ea

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NACIONAL DEL ESTADO CIVIL Continuación Resolución No. 030 de 2018 Por la cual NO se puede certíficar el cumplimiento de los requisitos constitucionales y legales exigidos para la propuesta de un mecanismo de participación democrática municipal de Cabildo Abierto en el municipio de Florida — Valle, a pesar de tener la cantidad de apoyos necesarios. | De acuerdo con lo anteriormente expuesto, se le contesta al señor Registrador Delegado en lo ! Electoral, que los ciudadanos que tienen iniciativa del Cabildo Ablerto, están obligados a | presentar informe contable, conforme a lo requerido para los demás mecanismos de «participación ciudadana, el cual deberá presentarse 15 días después de la respectiva ! inscripción de la solicitud de realización del mecanismo.

Que el Doctor JOSE WILLIAM DAZA LEON, Funcionario de la Dirección de Censo Electoral — Grupo de Verificación de Firmas de la registraduría Nacional del Estado Civil, mediante correo electrónico del 26 de Abril de 2018 a las 3:43 pm, remite, entre otros documentos, en archivo PDF el Oficio CNE-FNFP-1373 del 18 de Abril de 2018 remitido el 20 de Abril de 2018 al Registrador Delegado en lo Electoral Dr. Jaime Hemando Suarez Bayona, adjunto al cual remite CONSTANCIA emanada de ¡os Doctores DIEGO MESA CASTILLO — Contador Público — Fondo Nacional De Financiación Política - Consejo Nacional Electoral y ALVARO CAMPOS MEDINA — Asesor del Fondo Nacional De Financiación Política — Consejo Nacional Electoral sobre la presentación de los soportes de ingresos y gastos de campaña del comité promotor de Cabildo Abierto en el Municipio de Florida — Valle, Radicado CA-2017-11-001-31-055, la cual en sus numerales 5%, 8% y 9° establece lo siguiente:

5. Que cotejada la documentación que soporta los ingresos y gastos frente a lo fijado por el Consejo Nacional Electoral en la Resolución No. 0171 del 31 de enero de 2017, en lo que respecta a mecanismos de orden Municipal, se puede establecer que una vez revisados los documentos presentados por el comité de promotores de la iniciativa ciudadana Cabildo abierto en el municipio de Florida-Vaile, Se observa que no sobrepasaron las sumas máximas fijadas por el Consejo Nacional Electoral para los gastos de la respectiva recolección de apoyos

ciudadanos.

8. Que segun el acta No. 001 de fecha 09 de Enero de 2018 y el acta No. 002 de fecha 24 de Febrero de 2018, se evidencia la entrega de los Estados Contables POR FUERA DE LOS TÉRMINOS FIJADOS EN LA LEY 1757 DE 2015, LA

INFORMACIÓN DE INGRESOS Y GASTOS FUE PRESENTADA DE MANERA

EXTEMPORÁNEA.

9. Que esta certificación se expide sin perjuicio de la competencia constitucional, legal y reglamentaria del Consejo Nacional Electoral para adelantar las investigaciones a que haya lugar respecto del cumplimiento de las normas.

Que el Artículo 15 Ley 1757 de 2015 establece: “... Artículo 15. Certificación. Vencido el término de verificación del que trata el artículo anterior y hechas ¡as verificaciones de ley, el respectivo Registrador Estado Civil certificará el número total de respaldos consignados, el número de apoyos válidos y nulos y, finalmente, si se ha cumplido o no con los requisitos constitucionales y legales exigidos para el anoyo de la propuesta de mecanismo de participación democrática...Si el número mínimo de firmas requerido no se ha cumplido y aún no ha vencido el plazo para su recolección podrá continuarse con el proceso por el periodo que falte por un mes más, con previo aviso a la respectiva Registraduría del Estado Civil. Vencida la prórroga, el promotor deberá presentar] nuevamente a la Registraduría los formularios diligenciados para su verificación...Parágrafo. El Registrador del Estado Civil correspondiente no podrá certificar el cumplimiento de los

requisitos constitucionales y legales, cuando el promotor no haya entregado los estados contables dentro del plazo contemplado en esta ley o cuando los estados contables reflejen que la campaña excedió los topes individuales y generales de financiamiento permitidos por el Consejo Nacional Electoral...”, (resaltado y subrayado fuera de texto).

REGISTRADURÍA

NACIONAL DEL ESTADO CIVIL Continuación Resolución No. 030 de 2018 Por la cual NO se puede certificar el cumplimiento de los requisitos constitucionales y legales exigidos para la propuesta de un mecanismo de participación democrática municipal de Cabildo Abierto en el municipio de Florida — Valle, a pesar de tener la cantidad de apoyos necesarios. En vírtud de las anteriores consideraciones de Hecho y de Derecho...

RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO: Éste Despacho NO puede certificar el cumplimiento de los requisitos constitucionales y legales del mecanismo de participación ciudadana de Cabildo Abierto en el Municipio de Florida - Valle - Radicado CA-2017-11-001-31-055; de conformidad con lo certificado en la CONSTANCIA emanada de los Doctores DIEGO MESA CASTILLO — Contador Público — Fondo Nacional De Financiación Política — Consejo Nacional Electoral y ALVARO CAMPOS MEDINA — Asesor del Fondo Nacional De Financiación Política — Consejo Nacional Electoral sobre la presentación de los soportes de ingresos y gastos de campaña del comité promotor de Cabildo Abierto en el Municipio de Florida — Valle, Radicado CA-2017-11-001-31-055, especialmente en lo contenido en el punto 8° de la misma y en concordancia con lo establecido en el parágrafo del

Artículo 15 de la Ley 1757 de 2015, citados en la parte considerativa del presente acto}: administrativo.

ARTÍCULO SEGUNDO: De conformidad con el INFORME TÉCNICO DEFINITIVO DE PROCEDIMIENTO DE VERIFICACIÓN DE FIRMAS DE APOYO investigación 567, CABILDO ABIERTO FLORIDA — VALLE “PORQUE ACUAVALLE ESTA EN DEUDA HISTORICA CON FLORIDA” VOCEROS: LUIS CARLOS GIRALDO —- MANUEL ANDRES DELGADO TRUJILLO, en el cual la Coordinadora del Grupo Verificación de Firmas, Dra MARTHA LUCIA ISAZA RODRIGUEZ informa lo siguiente: Fecha de Radicado: 208-02-28

Cantidad de Tomos Analizados 1 del Registros Válidos: 364 Cantidad de Registros Analizados: 450 Registros Mínimos Requeridos: 256

Cantidad de Folios: 30

Descripción Registros Ok En Censo Investigación 364 No Censo Antes De 1988 1 No En Censo Nacional No Ani 6 Registro Duplicado 6 Dato llegible 7 Datos incompletos 8 No En Censo investigación 26 Nombre No Corresponde 28 Registros Uniprocedentes 3 Con lo cual Sí se cumpiió con el requisito de la cantidad de apoyos necesarios para la realización de un Cabildo Abierto; sin embargo el informe de Estados Contables fue presentado de manera extemporánea por el comité promotor de un Cabildo Abierto en el Municipio de Florida — Valle, Radicado CA-2017-11-001-31-055, por fo cual No es posible certificar el cumplimiento de los

requisitos constitucionales y legales del mecanismo en comento con fundamento en lo establecido en el parágrafo del Artículo 15 de la Ley 1757 de 2015.

ARTÍCULO TERCERO: Notificar la presente a los voceros de la iniciativa del mecanismo de participación ciudadana de Cabildo Abierto en ei Municipio de Florida — Valle, Radicado CA-2017REGISTRADURIA

NACIONAL DEL ESTADO CIVIL Continuación Resolución No. 030 de 2018 Por ia cual NO se puede certificar ei cumplimiento de los requisitos constitucionales y legales exigidos para la propuesta de un mecanismo de particinación democrática municipal de Cabildo Abierto en el municipio de Florida — Valle, a pesar de tener la cantidad de apoyos necesarios. 11-001-31-055, señores MANUEL ANDRES DELGADO TRUJILLO y LUIS CARLOS GIRALDO, identificados con C.C. 6.391.204 y 6.300.659, respectivamente.

ARTÍCULO CUARTO: Comunicar el presente acto administrativo a la Coordinación Electoral Departamental del Valle y a los Señores Delegados del Registrador Nacional para el Valle del Cauca para los fines a que haya lugar.

ARTÍCULO QUINTO: Contra la presente resolución no procede ningún recurso por tratarse! de un Acto de trámite.

Dada en el municipio de Florida - Valla # (03) dias del mes de Mayo de Dos Mil Dieciocho (2018).

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