RNEC - 20230712 Resolucion 038 sincelejo
Registraduría Nacional del Estado Civil
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Detalles
- Título
- RNEC - 20230712 Resolucion 038 sincelejo
- Autor
- Registraduría Nacional del Estado Civil
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Civil
- Año
- —
EPLICA
ORGANIZACION ELECTORAL
REGISTRADURIA
NACIONAL DEL ESTADO CIVIL RESOLUCION No.038 29 de nov.2022
Por la cual se certifica el número de apoyos, los registros analizados y el cumplimiento del requisito legal exigido para la propuesta DEL MECANISMO DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA "Cabildo Abierto" denominado "S.O.S SINCELEJO .INSEGURO" Los Registradores Especiales de Sincelejo, en uso de sus facultades legales y en especial las que le confiere el Decreto 1010 de 2000, la Ley 134 de 1994, y la ley 1757 de 2015, y: CONSIDERANDO: Que el Art. 103 de la Constitución Politica consagra el cabildo abierto como uno de los mecanismos de participación del pueblo en ejercicio de su soberanía disponiendo que serán reglamentados por la Ley. Que la Ley Estatutaria 1757 de 2015 reglamenta y dispone protección del derecho a la participación democrática ARTÍCUL0 4. Reglas comunes a los mecanismos de participación ciudadana de origen popular. Las reglas sobre inscripción y recolección de apoyos ciudadanos desarrolladas en este capitulo aplican para Referendos, Iniciativas Legislativas o Normativas, Consultas Populares de Origen Ciudadano y Revocatorias de Mandato, establecidos en esta ley. PARÁGRAFO. El cabildo abierto se regula por las normas especiales contenidas en la presente ley y no le serán aplicables las normas generales descritas para los otros mecanismos de participación. Que la Resolución 3586 del4 de Agosto de 2022 por el cual se adiciona un parágrafo
al articulo primero de la Resolución No. 0150 de 2021 que establece el procedimiento para la presentación de los estados contables de campaña para la recolección de apoyos de cualquier propuesta sobre los mecanismos de participación ciudadana, en el punto: (..)2.11 Conforme al anterior análisis jurídico, es dable determinar que, los promotores del Cabildo Abierto, no están en la obligación de presentar estados contables del proceso de recolección de apoyos, teniendo como sustento lo dispuesto en el parágrafo del artículo 4°de la Ley 1757 de 2015, el cual excluye a tal mecanismo de participación ciudadana del cumplimiento de las reglas generales determinadas para los demás, por lo que se debe destacar que dentro del Registraduria Especial del Estado Civil Calle 20 No. 21 43 -Teléfono (095) 2820708 CP 700001 Sincelejo -sincelejosucre@registraduria.gov.co SomosS el sigloX
RRGSTRADRIA
PLCA
KACoLMBIA
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REGISTRADURÍA NACIONAL DEL ESTADO CIVIL procedimiento para la materialización del mismo, no es dable exigirla expedición de una certificación por parte de ésta autoridad electoral sobre el cumplimiento de las normas Sobre financiación que rigen para otros mecanismos, por lo que queda a disposición de los promotores del cabildo abierto la presentación de tales informes, como medida de transparencia del mismo. Qué la Dirección de Censo Electoral mediante (...) 410
RDE DCE10955 RADICADO No. 167334
Bogotá D.C., 22 de noviembre de 2022
Señor ALDEMAR ALFARO RIVERO Vocero iniciativa cabildo abierto gruposossincelejo@gmail.comn Sincelejo - Sucre Asunto: Traslado Informe Técnico Proceso Verificación Firmas de Apoyo por Apoyo y Resumen iniciativa cabildo abierto en el Municipio de Sincelejo, radicado CA2022-11-001-028-001. Cordial saludo, En cumplimiento de lo establecido en el numeral10° del artículo tercero de la Resolución No. 6245 del 22 de diciembre de 2015 proferida por el Consejo Nacional Electoral, doy traslado del Informe Técnico de Verificación de Apoyo por Apoyo y del Resumen correspondiente al proceso de verificación de las firmas de apoyo que buscan respaldar el mecanismo de participación ciudadana para convocar en el Municipio de Sincelejo, la iniciativa de cabildo abierto denominada "S.O.S SINCELEJO INSEGURO" radicada bajo el consecutivo CA-2022-11-001-028001. De igual forma, me permito comunicar que el Informe Técnico de Verificación Apoyo p eo str a A blp eo cy io d, o d ene c eo l n ns ui mde er ra ar ll o 1 1n °e dc ee ls a ar ri to ic, u lp oo d ter rá c es re or do eb j le a ta Rd eo s od le u cc ióo nn f Nor om . i 6d 2a 4d 5 c do en l 2l 2o de diciembre de 2015 proferida por el Consejo Nacional Electoral. Finalmente, en cumplimiento de lo establecido en el numeral 10° del articulo tercero
de la Resolución 6245 del Consejo Nacional Electoral, el lnforme Técnico Apoyo por A cop no oy co i my i eR nte os um de en se lr aá p cu ib ul dic aa nd ío a ee nn la g ep ná eg ri an la w ee nb de e l la R sie gg ui is et nra ted uría e np laa cra e Registraduria Especial del Estado Civil Calle 20 No. 21 43 - Teléfono (095) 2820708 CP 700001 Sincelejo sincelejosucre@registraduria.gov.co Somos XX CA coLONBLA
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https://www.registraduria.gov.co/nformes-Tecnicos-.html(Ruta Electoral Mecanismos de Participación - Cabildo Abierto - Informes Técnicos). Cordialmente, ROBERTO CADAVID -Director de Censo Electoral Informe Técnico de Verificación de Firm Que mediante escrito de radicado 001430 de fecha 28 de noviembre de 2022, el Promotor de esta iniciativa Sr. Aldemar Alfaro Rivero, manifestó:
"ASUNTO: RENUNCIA A TERMINOS Y SOLICITUD DE EXPEDICION DDE
RESOLUCION DE CERTIFICACION DE CABILDO ABIERTO.
RAD. 001058 tL eo ns i ea nb da ojo e f nir m cuan et ne ts a, m quie em hb ir co ims od se l lc a ab ei nl td ro e ga ab ie mrt ao te " rS iaO l S d eS lI N núC mEL erE oJ O d eI DN fi iS r rE m ecG a csU i óR npO a dr" ea, dCac eer n le asd o ait
c a E rr el dela c i ttv aoo cr ial óu l n net l da dd el í ad n e ú2 m3lo es d r es o i nn doc eve al ie e pj m oa yn b oro e ss d nd i ee o c c etro sa an s rv l iao odc soa dp r d e aa e rl l a mm i cn ai ofs tno em r v rm io o a e c li ay zt ré aq c a r u n ce i lac obo si lc d do o en a rte ebn ciet hi rv oto o s s sf Eo u e sl n s i pidc o oi at nm ra e em e s ln l o odts a e q l n uem t es ro u pa y d r eelc sla e o cp nm ua ta oe r ltd i rsci eed i np a usam o nc l cie ió c in aint t óe ap so tq éelí r su t mt oie ec l ir ia n cm,e i o tn it on de an ea i e mtr e rla n a uds d s y i lo a a d3e co0n o d mdc ee eu l de n in in o dft v o aa i r m e mq m eeu nb e t tr é ee ce nl d ie ecp x oe 2 p,r 0 i ee2o dn2d i . ro a rd a lse a de que adquie Rra e soe luje cc ióu nto r di ea cey r, t ificación de los apoyos de que trata el articulo correspondiente 6917 de 2016..." quinto de la Resolución En mérito a lo expuesto,
RESUELVE: de los requisitos constitucionales PRIMERO: Certificar el cumplimiento Democrática de ARTICULO de Participación la propuesta de un Mecanismo radicado bajo el y legales para "S.O.S SINCELEJO INSEGURO" Cabildo Abierto denominado consecutivo CA-2022-11-001-028-001.
Notificar la presente Resolución al vocero de la iniciativa ARTIUCLO SEGUNDO: identificado con CC No. 92.544.672
Señor: Aldemar Alfaro Rivero Comunicar la presente Resolución al Honorable Concejo TERCERO: ARTICULO de su competencia. lo del Municipio de Sincelejo, para
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REGISTRADURIA NACIONAL DEL ESTADO CIVIL ARTICULO CUARTO: Publicar en la página Web de la Registraduria Nacional del Estado Civil.
ARTICULO QUINTO: Contra la presente Resolución, no procede recurso alguno.
PUBLIQUESE, COMUNIQUESE Sincelejo, 29 de Noviembre de 2022
EDUARDO PEREZ NAVARRO HERNANDÓ PEXÉZ MENDIVIL
Registradores Especiales de Shcelejo. Registradurla Especial del Estado Civil Calle 20 No. 21 43 Teléfono (095) 2820708 CP 700001 - Sincelejo - sincelejosucre@registraduria.gov.co Somos el siglo XI