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RNEC - 20230817 Resolucion 001 puerto boyaca

Registraduría Nacional del Estado Civil

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Detalles

Título
RNEC - 20230817 Resolucion 001 puerto boyaca
Autor
Registraduría Nacional del Estado Civil
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Civil
Año

El om me LF

REGISTRADURÍA

NACIONAL DEL ESTADO CIVIL RESOLUCIÓN No. 001 (18 julio 2023) Por la cual se da cumplimiento al artículo 16 de la Ley 1757 de 2015, como consecuencia del desistimiento presentado pore l Comité Promotodrel Cabildo Abierto “SALUD PUBLICA, SERVICIOS PUBLICOS, CONTRATACION MUNICIPAL, EMPLEO PUBLICO”, en el municipio de Puerto Boyacá

  • Boyacá, Radicado No. CA-2017-11-001-07-214.

EL REGISTRADOR MUNICIPAL DEL ESTADO CIVIL DE PUERTO BOYACABOYACA En uso de sus atribuciones legales y en especial las que le confiere el Decreto — Ley 1010 de 2000, las Leyes Estatutarias 134 de 1994 y 1757 de 2015, y CONSIDERANDO: Que el día veinticuatro (24) de enero de dos mil diecisiete (2017), el señor WILSON VALENCIA VILLA, radicó ante la Registraduría Municipal de Puerto Boyacá - Boyacá la solicitud para la inscripción del mecanismo de participación ciudadana Cabildo Abierto

denominado "SALUD PUBLICA, SERVICIOS PUBLICOS, CONTRATACION MUNICIPAL,

EMPLEO PUBLICO”.

Que la Registraduría Munici pal hizo entrega al promotor y vocero del respectivo formulario de recolección de apoyos elaborado por la Registraduría Nacional del Estado Civil. Que el señor WILSON VALENCIA VILLA, identificado con C.C..No. 7.253.535, en calidad de promotor y vocero de la iniciativa, manifestó verbalmente ante esta

Dependencia la decisión de desistir de la citada iniciativa ciudadana. - Que mérito de lo expuesto, RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO: Aceptar el desistimiento del Cabildo Abierto de origen ciudadano denominado “SALUD PUBLICA, SERVICIOS PUBLICOS, CONTRATACION MUNICIPAL, EMPLEO PUBLICO” radicado bajo el No. CA-2017-11-001-07-214, ante la Registraduría Municipal del Estado Civil de Puerto Boyacá — Boyaca, el dia 24 de enero de 2017, por el promotor y vocero, señor WILSON VALENCIA VILLA, identificado con C.C. No. 7.253.535

ARTÍCULO SEGUNDO: Notificar de la presente resolución al vocero de la iniciativa.

ARTÍCULO TERCERO: Comunicar el presente acto a la Registraduría Delegada en lo

Electoral-Dirección de Gestión Electoral.

ARTÍCULO CUARTO: Enviar copia de la presente resolución a la Oficina de Comunicaciones y Prensa de la Registraduria Nacional del Estado Civil, para su publicación en la página web de la Entidad. nante arco

REGISTRADURÍA NACIONAL DEL ESTADO CIVIL Continuación Resolución No. 001 de 2023: “Por la cual se da cumplimiento al artículo 16 de la Ley 1757 de 2015, como consecuencia del desistimiento presentado por el Comité Promotodrel Cabitdo Abierto "SALUD PUBLICA, SERVICIOS] PUBLICOS, CONTRATACION MUNICIPAL, EMPLEO PUBLICO”, en el municipio de Puerto Boyacá - Boyacá, Radicado No. CA-2017-11-001-07-214

ARTÍCULO “QUINTO: La presente Resolución rige a partir de la fecha de su comunicación. COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE Dada en Puerto Boyacá - Boyacá, a los dieciocho (18) días del mes dé julio de 2023. REYES Registradora del Estado Civil de Villa Puerto Boyacá - Boyacá

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