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RNEC - 20231110 - Resolución 26116 de 2023

Registraduría Nacional del Estado Civil

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Detalles

Título
RNEC - 20231110 - Resolución 26116 de 2023
Autor
Registraduría Nacional del Estado Civil
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Civil
Año
2023
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1,,A/orc, 174, laRgAlft"a

REGISTRADURIA

NACIONAL DEL ESTADO CIVIL RESOLUCIÓ1 No.(cid:9) DE IPZ 6 1 1 6 --) O 9 NOV. /ta Por la cual se archiva el mecanismo de partic(cid:9) n ciudadana de Iniciativa Popular Legislativa denominada "No a los abusos en los peajes en Colombia" radicada bajo el consecutivo IL-2021-001-004 EL REGISTRADOR DELEGADO EN LO ELECTORAL En uso de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las que le confiere los artículos 2, 3, 11 numeral 3, y 35 numeral 2 y 3 del Decreto 1010 de 2000, y CONSIDERANDO Que el preámbulo de la Constitución Política, en aras de fortalecer la unidad de la Nación, promulga la seguridad en la participación, convivencia e igualdad del pueblo dentro de un marco jurídico, democrático y participativo que garantice un orden político, económico y social justo. Que como consecuencia de lo anterior, y al tenor de lo dispuesto en el artículo 1° de la Constitución, se establece que, Colombia es un Estado social de derecho organizado en forma de República unitaria, democrática, participativa y pluralista. Que el artículo 40 Superior, determina que todo ciudadano tiene derecho a participar en la conformación, ejercicio y control del poder político y lo puede realizar, entre otras, tomando parte en los diferentes mecanismos de participación democrática. Que el artículo 103 ibídem, establece la iniciativa ciudadana como un mecanismo de participación ciudadana, mediante el cual el pueblo puede ejercer la soberanía dentro de

una democracia participativa. Que el artículo 2 de la Ley Estatutaria 134 de 1994 define la iniciativa legislativa como: "La iniciativa popular legislativa y normativa ante las corporaciones públicas es el derecho político de un grupo de ciudadanos de presentar Proyecto de Acto Legislativo y de ley ante el Congreso de la República, de Ordenanza ante las Asambleas Departamentales, de Acuerdo ante los Concejos Municipales o Distritales y de Resolución ante las Juntas Administradoras Locales, y demás resoluciones de las corporaciones de las entidades territoriales, de acuerdo con las leyes que las reglamentan, según el caso, para que sean debatidos y posteriormente aprobados, modificados o negados por la corporación pública correspondiente." Que de conformidad con el literal a) del Artículo 9 de la Ley Estatutaria 1757 de 2015, para que una iniciativa legislativa sea presentada ante el Congreso de la República, se requiere del apoyo de un número de ciudadanos igual o superior al 5% del censo electoral de la fecha respectiva. Que mediante Resolución 12879 del 08 de noviembre de 2021 proferida por el Registrador Delegado en lo Electoral, se declaró que la solicitud de inscripción para la iniciativa legislativa denominada "No a los abusos en los peajes en Colombia", cumplió con los requisitos establecidos en la Ley Estatutaria 1757 de 2015, y se reconoció como vocero de la iniciativa al señor SERGIO ANDRES PÉREZ LOZANO identificado con cédula de ciudadanía No.1.095.906.370 y a los miembros del comité promotor, a saber: 11.1. "(cid:9) I

A . 411 ca'(cid:9) nn 7Efa:Á trV nx0/1WCIbñ turma

REGISTRADURIA NACIONAL DEL ESTADO CIVIL R.2 6 1 1 6 0 9 NOV. 2023

Continuación Resolución .(cid:9) de Por la cual se archiva el mecanismo de participación ciudadana de Iniciativa Popular Legislativa denominada "Wo a los abusos en los peajes en Colombia" radicada bajo el consecutivo IL-2021-001-004

NOMBRES Y APELLIDOS (cid:9) CÉDULA DE CIUDADANÍA

SERGIO ANDRÉS PÉREZ LOZANO 1.095.906.370

LUZ MARINA REY COBOS 63.328.300

CEFERINO GARAY CABALLERO 13.537.382

CECILIA MANTILLA TORRES 63.319.820

RICARDO SÁNCHEZ RIVERO 13.642.754

CLARA INÉS FERRER GOMEZ 63.510.425

YASMIN RONDÓN BONILLA 30.210.131

RAFAEL GIL VÁZQUEZ 91.270.499

MARÍA EMILCEN ALVARADO RUEDA 51.816.266

Que a la solicitud del mecanismo de participación democrática denominada "No a los abusos en los peajes en Colombia", le fue asignado el número de radicado IL-2021-001004; cuya propuesta es la siguiente: "Colombia posee un poco más de 142 peajes a lo largo de sus vías. Estos han ido incrementándose en los últimos años, duplicándose, incluso, en algunas vías departamentales. La ley 787 de 2002 establece un principio fundamental

para hacer más equitativa la norma sobre los peajes. En el artículo 1° que modificó el artículo 21 de la ley 105, en su numeral d, establece lo siguiente: Las tasas de peaje serán diferenciales, es decir, se fijarán en proporción a las distancias recorridas, las características vehiculares y sus respectivos costos de operación. Pero esto no se cumple en el país. En distancias de 500 km hay un poco más de 12 peajes. O en el caso de la vía de Bucaramanga a Barrancabermeja existirán cinco peajes en 110 kilómetros, con valores de 9.000 pesos en la categoría 1. ¡Es necesario detener estos abusos!" Que el día 12 de noviembre de 2021, el Registrador Delegado en lo Electoral, hizo entrega del formulario de recolección de apoyos diseñado por la Registraduría Nacional del Estado Civil al comité promotor del mecanismo de participación ciudadana. Que el mínimo de firmas requerido como respaldo a la iniciativa ciudadana era de 1.931.100 apoyos, equivalentes al 5% del Censo Electoral nacional, que para el año 2021 ascendía a 38.621.981 ciudadanos de conformidad con el oficio RDE-DCE-115 del 08 de noviembre de 2021. Que el 12 de mayo de 2022 vencido el plazo definitivo para la recolección de las firmas de apoyo, el comité promotor de la iniciativa ciudadana no completó el número mínimo de apoyos válidos requeridos de que trata la Ley Estatutaria 1757 de 2015, necesarios para continuar con la iniciativa. Que de acuerdo con lo establecido en el artículo 10° de la Ley Estatutaria 1757 de 2015,

mediante comunicación RDE-021 del 01 de febrero de 2023, se solicitó al Consejo Nacional Electoral se informará si el vocero de la iniciativa ciudadana radicado IL-2021001-004 presentó solicitud de prórroga para el proceso de recolección de los apoyos. Que mediante oficio CNE-AJ-2023-0183 del 31 de marzo de 2023 el Consejo Nacional Electoral manifiesta que no reposa documento y/o solicitud alguna relacionada con la prórroga para continuar el proceso de recolección de apoyos de dicha iniciativa ciudadana. 10-$ yw y4dr . lid 111 cou.mt, oacAnzicil EUCTORAL

REGISTRADURIA

1.201.L SIEL1ES¿ADO CIVIL

20239 NOV. Continuación Resolución _ o,_ de 0 Por la cual se archiva el mecanismo de participación ciudi-dan-a de Iniciativa Popular Legislativa denominada "No a los abusos en los peajes en Colombia" radicada bajo el consecutivo IL-2021-001-004 Que el artículo 11 de la Ley Estatutaria 1757 de 2015 preceptúa que, vencido el plazo sin que se haya logrado completar el número mínimo de apoyos válidos requeridos, la propuesta será archivada. Que en virtud de lo anterior este Despacho RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO: Archivar la iniciativa legislativa radicada bajo el consecutivo IL2021-001-004 denominada "No a los abusos en los peajes en Colombia".

ARTÍCULO SEGUNDO: Notificar el presente acto administrativo al señor SERGIO

ANDRES PÉREZ LOZANO identificado con cédula de ciudadanía No.1.095.906.370,

vocero de la iniciativa radicada bajo el consecutivo IL-2021-001-004, conforme con lo establecido en el artículo 67 y siguientes del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.

ARTÍCULO TERCERO: Publíquese la presente Resolución en la página Web de la Registraduría Nacional del Estado Civil ARTÍCULO CUARTO: La presente Resolución rige a partir de la fecha de su notificación.

ARTÍCULO QUINTO: Contra la presente resoluci n no procede ningún recurso.

NOTIFÍQUESE, PUB QUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá D. C., a los 0 9 N 2023

ICOLÁS FARFÁ AMÉN

Re istrador Delegado en Electoral Aprobó: Roberto Cadavid - Director Censo Electoral Revisó: Maria Alejandra Victoria C a arca - Coordinado Grupo Jurídico RDE Martha Lucia Isya Rodríg oordin. sor. rupo Verificación de Apoyo Proyectó: Johandra LPOeros - Pa za - S 1,r-(cid:9) h¡rjey Hernandez.

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