RNEC - 20231110 - Resolución 26117 de 2023
Registraduría Nacional del Estado Civil
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Detalles
- Título
- RNEC - 20231110 - Resolución 26117 de 2023
- Autor
- Registraduría Nacional del Estado Civil
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Civil
- Año
- 2023
REGISTRADURÍA
NACIONAL DEL ESTADO CIVIL 6 7 DE
RESOLUCIÓN Wel 1j 9 NOV. 20713 ( O Por la cual se archiva el mecanismo de participación ciudadana de Iniciativa Popular Legislativa denominada "UNIDOS POR EL PROGRAMA TODOS A APRENDER" radicada bajo el consecutivo IL-2021-001-006 EL REGISTRADOR DELEGADO EN LO ELECTORAL En uso de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las que le confiere los artículos 2, 3, 11 numeral 3, y 35 numeral 2 y 3 del Decreto 1010 de 2000, y CONSIDERANDO Que el preámbulo de la Constitución Política, en aras de fortalecer la unidad de la Nación, promulga la seguridad en la participación, convivencia e igualdad del pueblo dentro de un marco jurídico, democrático y participativo que garantice un orden político, económico y social justo. Que como consecuencia de lo anterior, y al tenor de lo dispuesto en el artículo 1° de la Constitución, se establece que, Colombia es un Estado social de derecho organizado en forma de República unitaria, democrática, participativa y pluralista. Que el artículo 40 Superior, determina que todo ciudadano tiene derecho a participar en la conformación, ejercicio y control del poder político y lo puede realizar, entre otras, tomando parte en los diferentes mecanismos de participación democrática. Que el artículo 103 ibídem, establece la iniciativa legislativa como un mecanismo de participación ciudadana, mediante el cual el pueblo puede ejercer la soberanía dentro de una democracia participativa.
Que el artículo 2 de la Ley Estatutaria 134 de 1994 define la iniciativa legislativa como: "La iniciativa popular legislativa y normativa ante las corporaciones públicas es el derecho político de un grupo de ciudadanos de presentar Proyecto de Acto Legislativo y de ley ante el Congreso de la República, de Ordenanza ante las Asambleas Departamentales, de Acuerdo ante los Concejos Municipales o Distritales y de Resolución ante las Juntas Administradoras Locales, y demás resoluciones de las corporaciones de las entidades territoriales, de acuerdo con las leyes que las reglamentan, según el caso, para que sean debatidos y posteriormente aprobados, modificados o negados por la corporación pública correspondiente." Que de conformidad con el literal a) del artículo 9 de la Ley Estatutaria 1757 de 2015, para que una iniciativa legislativa sea presentada ante el Congreso de la República, se requiere del apoyo de un número de ciudadanos igual o superior al 5% del censo electoral de la fecha respectiva. Que mediante Resolución 14248 del 25 de noviembre de 2021 proferida por el Registrador Delegado en lo Electoral, se declaró que la solicitud de inscripción para la iniciativa legislativa denominada "UNIDOS POR EL PROGRAMA TODOS A APRENDER", cumplió con los requisitos establecidos en la Ley Estatutaria 1757 de 039.1T.A19.1)
REGISTRADURÍA NACIONAL DEL ESTADO CIVIL . ._ 0 9 NOV. 2023
Continuación Resolución K 2 de Por la cual se archiva el mecanismo de participación ciudadana de Iniciativa Popular Legislativa denominada "UNIDOS POR EL PROGRAMA TODOS A APRENDER" radicada bajo el consecutivo IL-2021-001-006
2015, y se reconoció como vocero de la iniciativa al señor HERNÁN ENRIQUE POLO MELO, identificado con cédula de ciudadanía No. 10.777.563. Que a la solicitud del mecanismo de participación democrática denominada "UNIDOS POR EL PROGRAMA TODOS A APRENDER", le fue asignado el número de radicado IL-2021-001-006; cuya propuesta es la siguiente: "El Programa Todos a Aprender del MEN ha sido una de las principales estrategias gubernamentales para promover la Educación de Calidad a través de la formación y acompañamiento de docentes en Establecimientos Educativos del País. Tiene amplio reconocimiento. Considerado por la comunidad nacional e internacional ejemplo de buenas prácticas en formación docente. El Programa Regional para el Desarrollo de la Profesión Docente en América Latina y el Caribe (PREDALC) reconoció al PTA como una experiencia Innovadora en Formación Docente. La UNESCO notificó al MEN que el PTA fue seleccionado como mejor Proyecto del 2020 premio UNESCO Hamdam bin Rashid Al-Matoum." Que mediante oficio RDE-456 el Registrador Delegado en lo Electoral, hizo entrega del formulario de recolección de apoyos diseñado por la Registraduría Nacional del Estado Civil al comité promotor del mecanismo de participación ciudadana. Que el mínimo de firmas requerido como respaldo a la iniciativa ciudadana era de 1.934.167 apoyos, equivalentes al 5% del Censo Electoral nacional, que para el año 2022 ascendía a 38.683.321 ciudadanos de conformidad con el oficio RDE-DCE-126 del 29 de noviembre de 2022 Que el 28 de junio de 2022 vencido el plazo definitivo para la recolección de las firmas
de apoyo, el comité promotor de la iniciativa ciudadana no completó el número mínimo de apoyos válidos requeridos de que trata la Ley Estatutaria 1757 de 2015, necesarios para continuar con la iniciativa. Que de acuerdo con lo establecido en el artículo 10° de la Ley Estatutaria 1757 de 2015, mediante comunicación RDE-021 del 01 de febrero de 2023, se solicitó al Consejo Nacional Electoral se informará si el vocero de la iniciativa ciudadana radicado IL-2021-001-006 presentó solicitud de prórroga para el proceso de recolección de los apoyos. Que mediante oficio CNE-AJ-2023-0183 del 31 de marzo de 2023 el Consejo Nacional Electoral manifiesta que no reposa documento y/o solicitud alguna relacionada con la prórroga para continuar el proceso de recolección de apoyos de dicha iniciativa ciudadana. Que el artículo 11 de la Ley Estatutaria 1757 de 2015 preceptúa que, vencido el plazo sin que se haya logrado completar el número mínimo de apoyos válidos requeridos, la propuesta será archivada. Que en virtud de lo anterior este Despacho 0.01.1% oRamiCI,F arromi ---`11:v-----
REGISTRADURÍA InONhIL IIEL.ESZADO CIVIL 2023 0 9 NOV 71 11 1 1
Continuación ResoluciórMA de Por la cual se archiva el mecanismo de participación ciudadana de In-relativa Popular Legislativa denominada "UNIDOS POR EL PROGRAMA TODOS A APRENDER" radicada bajo el consecutivo IL-2021-001-006
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: Archivar la iniciativa legislativa radicada bajo el consecutivo IL2021-001-006 denominada "UNIDOS POR EL PROGRAMA TODOS A APRENDER".
ARTÍCULO SEGUNDO: Notificar el presente acto administrativo al señor HERNÁN ENRIQUE POLO MELO, identificado con cédula de ciudadanía No. 10.777.563, vocero de la iniciativa radicada bajo el consecutivo IL-2021-001-006, conforme con lo establecido en el artículo 67 y siguientes del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
ARTÍCULO TERCERO: Publíquese la presente Resolución en la página Web de la Registraduría Nacional del Estado Civil ARTÍCULO CUARTO: La presente Resolución rige a partir de la fecha de su notificación.
ARTÍCULO QUINTO: Contra la presente resolución n procede ningún recurso.
NOTIFÍQUESE, PUBLÍQU E Y CÚMPLASE
(cid:9) 0 9 NOV. 23 Dada en Bogotá D. C., a los
ICOLÁS FARFÁN MÉN
R istrador Delegado en I Electoral 5 11
Aprobó: Roberto Cadavid — Director de e so Electoral Revisó: María Alejandra Victoria Caja — Coordinador Grupo Jurídico RDE Martha Lucia Isaza Rodrí • • inado a Grupo Verificación de Apoyos Proyectó: Johandra La(cid:9) os — Pau traza— (cid:9) Shirley Hernandez.