RNEC - 20231221 Resolucion 21 neiva
Registraduría Nacional del Estado Civil
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Detalles
- Título
- RNEC - 20231221 Resolucion 21 neiva
- Autor
- Registraduría Nacional del Estado Civil
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Civil
- Año
- —
Le
REGISTRADURÍA
NACIONAL DEL ESTADO CIVIL RESOLUCIÓN No. 21 DE 2023 (20 de diciembre) Por la cual se certifica el NO cumplimiento de los requisitos constitucionales y legales exigidos para el trámite del mecanismo de participación ciudadana de Cabildo Abierto
denominado: “CABILDO ABIERTO DEL MUNICIPIO DE NEIVA-HUILA.
CONSTRUCCION CENTRO COMERCIAL PARA VENDEDORES INFORMALES EN
LA PLAZA CIVICA DE NEIVA” LOS REGISTRADORES ESPECIALES DEL ESTADO CIVIL DE NEIVA En uso de sus atribuciones legales y en especial las que le confiere el Decreto Ley 1010 de 2000, Ley 134 de 1994 y Ley Estatutaria 1757 de 2015, y CONSIDERANDO Que el (la) señor (a) JOSE DANIEL REAPIRA ORDOÑEZ, identificado (a) con cédula de ciudadanía No.12.120.587, radico el primero (01) de noviembre de 2017 ante la Registraduría ESPECIAL MUNICIPAL DEL ESTADO CIVIL DE NEIVA, un mecanismo de participación ciudadana para adelantar el cabildo abierto denominado: “CABILDO ABIERTO DEL MUNICIPIO DE NEIVA-HUILA. CONSTRUCCION CENTRO COMERCIAL PARA VENDEDORES INFORMALES EN LA PLAZA CIVICA DE NEIVA”, actuando como vocero del comité promotor. Que a la solicitud de inscripción del mecanismo de participación ciudadana denominada:
“CABILDO ABIERTO DEL MUNICIPIO DE NEIVA-HUILA. CONSTRUCCION CENTRO
COMERCIAL PARA VENDEDORES INFORMALES EN LA PLAZA CIVICA DE NEIVA” le fue asignado el consecutivo CA-2018-11-001-19-001. Que la REGISTRADURIA ESPECIAL DEL ESTADO CIVIL DE NEIVA, mediante Oficio 177 del 30 de enero de 2018, oficio al señor JOSE DANIEL REAPIRA ORDOÑEZ presentarse a las instalaciones de la Registraduría Especial para hacerle entrega al vocero de la iniciativa denominada: “CABILDO ABIERTO DEL MUNICIPIO DE NEIVAHUILA. CONSTRUCCION CENTRO COMERCIAL PARA VENDEDORES INFORMALES EN LA PLAZA CIVICA DE NEIVA”, el formulario de recolección de apoyos bajo radicado No. -2018-11-001-19-001 y la respectiva constancia del censo, así mismo, con oficio No. 202 de febrero 2 de 2018 se remitió el formulario de recolección de
REGISTRADURIA
NACIONAL DEL ESTADO CIVIL Continuación Resolución No. 21 de 2023 Por la cual se certifica el NO cumplimiento de los requisitos constitucionales y legales exigidos para el trámite del mecanismo de participación ciudadana de Cabildo Abierto denominado: “CABILDO ABIERTO DEL MUNICIPIO DE NEIVA-HUILA. CONSTRUCCION CENTRO COMERCIAL PARA VENDEDORES INFORMALES EN LA PLAZA CIVICA DE NEIVA" apoyos No. -2018-11-001-19-001 y la certificación de censo al señor JOSE DANIEL REAPIRA ORDONEZ a la dirección por el relacionada, sin que a la fecha el interesado
haya hecho entrega de los formularios con las respectivas firmas. Que el artículo 15 de la Ley Estatutaria 1757 de 2015, establece que vencido el término de revisión de los apoyos y hechas las verificaciones de ley, el respectivo Registrador del Estado Civil certificará si se ha cumplido o no con los requisitos constitucionales y legales exigidos para el apoyo de la propuesta de mecanismo de participación democrática, señalando igualmente que no se podrá certificar el cumplimiento de los requisitos constitucionales y legales, cuando el promotor no haya entregado los estados contables dentro del plazo contemplado en esta ley o cuando los estados contables reflejen que la campaña excedió los topes individuales y generales de financiamiento permitidos por el Consejo Nacional Electoral. Que el Consejo Nacional Electoral mediante concepto con radicado No. 1113 de 2016, concluyó que los ciudadanos que inscribieron ante la Registraduría un cabildo abierto están obligados a presentar informe contable, conforme a lo requerido para los demás mecanismos de participación ciudadana, el cual deberá presentarse 15 días después de la respectiva inscripción de la solicitud de realización del mecanismo. Que el Consejo Nacional Electoral mediante Resolución No. 150 de 20 de enero de 2021, estableció el procedimiento para la presentación de los estados contables de campaña para la recolección de apoyos de cualquier propuesta sobre los mecanismos de participación ciudadana. Que el Consejo Nacional Electoral mediante Resolución No. 3586 de 2022, adicionó un parágrafo al artículo primero de la Resolución 150 de 2021, el cual establece que el
procedimiento para la presentación de los estados contables de la iniciativa no cobija el al mecanismo de participación ciudadana de cabildo abierto; estableciéndose en el artículo segundo de la norma en cita que se tendrá en cuenta como medida de transparencia, los informes de ingresos y gastos que presenten los promotores del cabildo abierto, así como también los que se encuentren en trámite ante el Fondo Nacional de Financiación Política del Consejo Nacional Electoral. Que el Consejo Nacional Electoral mediante concepto con radicado No. 6476 del 1 de agosto de 2017 dispuso que: “(...) el término de recolección de apoyos depende de la fecha de la celebración de las sesiones ordinarias de las Asambleas Departamentales, Concejos Municipales o Distritales o de las Juntas Administradores Locales, según sea el caso. Así las cosas, la Corporación al recibir
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NACIONAL DEL ESTADO CIVIL Continuación Resolución No. 21 de 2023 Por la cual se certifica el NO cumplimiento de los requisitos constitucionales y legales exigidos para el trámite del mecanismo de participación ciudadana de Cabildo Abierto denominado: "CABILDO ABIERTO DEL MUNICIPIO DE NEIVA-HUILA. CONSTRUCCION CENTRO COMERCIAL PARA VENDEDORES INFORMALES EN LA PLAZA CIVICA DE NEIVA" la solicitud de Cabildo Abierto, debatirá la petición y decidirá sobre su celebración. Por tanto, el comité promotor de la iniciativa puede adicionar apoyos hasta completar los necesarios hasta antes del inicio de las sesiones ordinarias de las respectivas Corporaciones, de lo contrario la iniciativa tendrá que ser archivada por parte de la
corporación respectiva. (sic)”. (Subrayado y negrilla fuera del texto). Que el vocero de la iniciativa después de citarse para recibir el formulario de recolección de apoyos y ser remitidos los respectivos documentos (formulario de recolección de apoyos y certificado de censo) a la dirección de notificaciones por el relacionada, el día 2 de febrero de 2018 no hizo entrega del predicho formulario con los apoyos ciudadanos, en el término señalado por el Consejo Nacional Electoral, tampoco se volvió a presentar! o impulsar la actuación iniciada con motivo de su solicitud de cabildo abierto. Que el cabildo abierto denominado: “CABILDO ABIERTO DEL MUNICIPIO DE NEIVAHUILA. CONSTRUCCION CENTRO COMERCIAL PARA VENDEDORES INFORMALES EN LA PLAZA CIVICA DE NEIVA” con consecutivo No. CA No. -201811-001-19-001 NO cumplió con los requisitos constitucionales y legales exigidos para el apoyo de la propuesta en el periodo constitucional de la corporación En virtud de lo anteriormente expuesto, RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO: Certificar el NO CUMPLIMIENTO de los requisitos constitucionales y legales del mecanismo de participación ciudadana Cabildo Abierto
denominado: “CABILDO ABIERTO DEL MUNICIPIO DE NEIVA-HUILA.
CONSTRUCCION CENTRO COMERCIAL PARA VENDEDORES INFORMALES EN LA
PLAZA CIVICA DE NEIVA” con consecutivo No. CA 2018-11-001-19-001.
ARTÍCULO SEGUNDO: Notifíquese al señor JOSE DANIEL REAPIRA ORDOÑEZ
identificado con cédula de ciudadanía No.12.120.587 en calidad de vocero de la iniciativa ciudadana y publíquese para conocimiento de la ciudadanía en general.
ARTÍCULO TERCERO: Contra la presente resolución no procede ningún recurso.
REGISTRADURIA
NACIONAL DEL ESTADO CIVIL Continuación Resolución No. 21 de 2023 Por la cual se certifica el NO cumplimiento de los requisitos constitucionales y legales exigidos para el trámite del mecanismo de participación ciudadana de Cabildo Abierto denominado: “CABILDO ABIERTO DEL MUNICIPIO DE NEIVA-HUILA. CONSTRUCCION CENTRO COMERCIAL PARA VENDEDORES INFORMALES EN LA PLAZA CIVICA DE NEIVA" NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE Dada en Neiva, a los veinte (20) días del mes de diciembre de 2023. J
LUIS FELIPE CIFUENTES CHARRY NORMA CONS Al P SERRANO
Registradores Especiales de Neiva - Huila